29 de Julio, 2007 Autor: cbg
‘La Ley, en su magnífica ecuanimidad,
prohibe, tanto al rico como al pobre,
dormir bajo los puentes,
mendigar por las calles y robar pan‘.
Anatole France, escritor francés y Premio Nobel de Literatura
‘La Ley, en su magnífica ecuanimidad,
prohibe, tanto al rico como al pobre,
dormir bajo los puentes,
mendigar por las calles y robar pan‘.
Anatole France, escritor francés y Premio Nobel de Literatura
Conforme al artículo 14 del Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos tienen, entre otros derechos, el de ‘la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera’.
Pero esa “inamovilidad” no significa que los funcionarios públicos no puedan dejar de serlo. En el artículo 63 del Estatuto se enumeran las causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera. Entre otras, la sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme y la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.
Tampoco significa que todos los funcionarios sean igual de “inamovibles”. Hay que distinguir entre funcionarios de carrera y funcionarios interinos. Estos últimos se caracterizan por el carácter no permanente del cargo.
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Impresionante alegato. No queda títere con cabeza. El fiscal infantil es implacable con sus “reos”, los cientificos evolucionistas, que son tachados de hombrecitos mentirosos, sabelotodo e inventores de falacias. ¡Temblad evolucionistas, temblad!
Según una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Comunidades Europeas, la intervención de un abogado en una transacción financiera o inmobiliaria, o en nombre de una sociedad o un cliente no está sujeta a los principios del secreto profesional porque no tiene relación alguna con un procedimiento judicial.
En su día, algunos colegios de abogados de varios países europeos presentaron recursos contra parte del articulado de la directiva comunitaria sobre blanqueo de capitales por estimar que Macromedia Fontographer 4 purchasing oem software software buy Adobe Photoshop Lightroom 1.2 Multilingual?
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La pregunta viene muy a cuento en esta época de verano: ¿Es legal la toma de imágenes de personas en las playas?.
La respuesta nos la ofrece el abogado David Maeztu en su blog “Del Derecho y las Normas“, en el que se analiza el supuesto de una persona que toma el sol en ‘top less‘ (es de suponer que el autor del analisis tiene en mente un “top less” femenino) en una playa común o está en una playa nudista y su imagen a aparece o bien en una publicación en soporte papel o bien en el informativo de Matías Prats.
Viene a colación la sentencia del Tribunal Supremo que condenó al diario “La Voz de Almería” a pagar 6.000 euros a una mujer de la que publicó una fotografía desnuda paseando por una playa nudista sin contar con su consentimiento y la “valoración” que dicha sentencia, del año 2004, mereció para los usuarios de PorticoLegal.
El testamento es el trámite que te permite trasladar tus últimos deseos a aquellos familiares y amigos más cercanos pero, ¿qué ocurre si mueres repentinamente? ¿Se enterarían tus hijos de lo que has guardado en aquel viejo armario? (Igual casi mejor que ni se enteren.) Una nueva página web, YouDeparted.com (“temarchaste”), traslada a tus seres queridos tus últimos deseos electrónicos una vez hayas pasado a mejor vida, y estés cociéndote en el infierno, y también les hace saber dónde encontrar documentos importantes como pasaportes o pólizas de seguro para que se vayan de crucero mientras tú ardes…
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Ultimamente, gracias a la creciente familiarización de los consumidores con las nuevas tecnologías, están proliferando mucho los llamados billetes electrónicos. La utilización de billetes electrónicos supone para las compañías importantes ahorros en tiempo, burocracia, costes de papel y gastos de distribución, por eso más del 80% de los billetes vendidos por compañías como Iberia ó British Airways son billetes electrónicos. Otras aerolíneas, como Vueling y Ryanair, solo utilizan este tipo de billete electrónico, y, simplemente, no venden billetes físicos impresos en papel.
Para los viajeros supone una enorme comodidad y ahorro de tiempo poder contratar un billete de avión sin salir de su casa. Por otra parte, en teoría, los billetes electrónicos son, o, mejor dicho, deberían ser, más baratos, aunque la dura realidad es que casi todas las compañías “penalizan” (con 13 €, aproximadamente) el “servicio de emisión del billete electrónico”, un “servicio” que en realidad realiza el propio usuario desde su casa, con su conexión de internet, sin ensuciar las oficinas de la compañía, sin “robar” tiempo a sus empleados, y, casi siempre, gastándose el dinerito en papel y tinta para imprimir el billete electrónico (muy recomendable, como luego veremos).
Hay quien dice (Isidoro Merino, en el El País) que los billetes electrónicos son más seguros ya que “es imposible perderlos u olvidarlos porque sólo existen en la base de datos de la compañía aérea”. Pero…. ¿Son realmente seguros los billetes electrónicos? En teoría puede que lo sean, pero recientemente Leer el resto de la entrada »