¿Se puede echar a un funcionario?
23 de Julio, 2007 Autor: cbg
Conforme al artículo 14 del Estatuto Básico del Empleado Público, los empleados públicos tienen, entre otros derechos, el de ‘la inamovilidad en la condición de funcionario de carrera’.
Pero esa “inamovilidad” no significa que los funcionarios públicos no puedan dejar de serlo. En el artículo 63 del Estatuto se enumeran las causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera. Entre otras, la sanción disciplinaria de separación del servicio que tuviere carácter firme y la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público que tuviere carácter firme.
Tampoco significa que todos los funcionarios sean igual de “inamovibles”. Hay que distinguir entre funcionarios de carrera y funcionarios interinos. Estos últimos se caracterizan por el carácter no permanente del cargo.
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