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Hola.
Hace 3 años mi hijo, menor de edad, fue sorprendido con un grupo de amigos en posesión de bebidas alcohólicas. (calimocho). Se trataba de la feria de una localidad andaluza en la que se vendia alcohol indiscriminadamente por todas las vías públicas, ya que no se celebra en un recinto ferial, sino por las calles del pueblo. El control sobre esta circunstancia siempre ha sido nulo. Parece ser que hubo cierta "competencia ilegal" por parte de algun comercio y los kioskos que se montan en la calle a tal efecto (vender bebidas de todo tipo) se quejaron. La Policía Local, en lugar de sancionar a todo el que estuviera vendiendo alcohol a menores, denunció a éstos. Me abrieron un expediente sancionador a mí, como padre, (la madre parece que no cuenta para esto). Me notificaron una propuesta de sanción que podía consistir en apercibimiento. A mi no me pareció del todo mal, pues yo ya había regañado a mi hijo y esto podría dar más apoyo a la regañina. Pero, cuando me entregaron la notificación, el propio funcionario del Ayuntamiento me dijo que la Policia se habia pasado y que lo dejara estar, que la sanción no se iba a aplicar. Así que no hice alegación alguna. Cuando el asunto ya estaba totalmente olvidado, ahora, 3 años después y una crisis económica brutal por medio, me notifican la resolución, sancionándome a mí, no a mi hijo, a una pena de multa.
Son varias las cuestiones que me planteo:
- Caducidad del expediente.
- Prescripción de la infracción (leve).
- Incompetencia del órgano sancionador. La ley andaluza 7/2006 dice que el órgano competente es el alcalde. Aquí me sanciona un funcionario, por delegación del concejal, que a su vez había sido delegado por el alcalde. ¿puede delegarse esta función en dos ocasiones cuando no lo prevé la ley?
- Falta de legitimación pasiva.- El infractor será el menor, no sus padres. Aunque tuvieramos que pagar solidariamente con él. ¿no?
- Falta de dolo o culpa.- No se me ocurre ninguna manera de evitar que mi hijo pueda consumir alcohol cuando le es vendido libremente por las calles, a no ser que lo deje sin salir de casa. Si multiplicamos esto por todos los jóvenes del municipio, y sus familias, la feria no tendría sentido: Los jóvenes no podrían ir, y los padres tampoco, porque los tendrían que vigilar en casa.
- Inaplicabilidad de esta ley andaluza.- Esta ley es la que pretende regular el botellón. la misma dice que no se aplicará a ferias... (lógico). ¿No es un contrasentido aplicarla sólo a los menores, cuando el propio ayuntamiento esta favoreciendo el consumo de bebidas alcohólicas en medio del pueblo?
Gracias por cualquier aportación. No llevo este tipo de asuntos y lo mismo estoy equivocado, pero a mi todo esto me parece un despropósito. |