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Apelación después de la sentencia.

7 Comentarios
 
Apelación después de la sentencia.
05/03/2008 11:23
Hola,
En Julio 2007 me tuve que poner en manos de un abogado, ya que mis inquilinos dejaron de pagarme. Pusimos una demanda y el juicio se celebró en noviembre 2007 con fecha de desahucio en Enero 2008. La sentencia que dictaron fué para deshuciarlos pero mis inquilinos se presentaron al juicio sin abogado y sin procurador y HAN APELADO LA SENTENCIA. A dia de hoy no se nada, ya que mi abogado me ha pedido que tenga paciencia. Mi pregunta es:
¿Cuanto se tarda en que le asignen a los inquilinos una abogado de oficio y procurador para que se proceda al juicio?.
¿Hasta cuanto puede alargarse este asunto?.
¿Llegaré a cobrar todo el dinero que me deben?
Muchas gracias anticipidas.
05/03/2008 12:08
Formula usted muchas preguntas sin dar apenas datos del asunto que le preocupa.

Lo primero que hay que saber es si usted ha formulado demanda, únicamente de desahucio o demanda de desahucio mas reclamación de rentas.

Si ha formulado únicamente demanda de desahucio, para poder percibir las rentas adeudadas deberá interponer nuevamente demanda en reclamación de las rentas que no se les han pagado.

Según nos dice, el juicio de desahucio se celebró pero a la vista del juicio los inquilinos fueron sin abogado ni procurador. Esto no le perjudica a usted.

Seguramente el juez ha dictado sentencia acordando el desahucio y los inquilinos han solicitado abogado de oficio para recurrir la sentencia. En este caso, para poder recurrir es requisito indispensable para que pueda tenerse por preparado el recurso de apelación ante la Audiencia Províncial el consignar las rentas debidas a la fecha en que se presenta el escrito, en caso contrario no se admite el recurso y se procederá a ejecutar la sentencia de desahucio.

Seguramente, es una argucia para ganar tiempo, aproximadamente un par de meses o 3 hasta que se le designe abogado.
05/03/2008 16:22
Muchas gracias.
Entonces una vez le asignen el abogado de oficio y preparen el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, ¿transcurre mucho tiempo hasta el proximo juicio?.
Y si al contrario le asignan el abogado de oficio y no consigna las rentas debidas me comentas que se procederá a ejecutar la sentencia de deshaucio que mas o menos, cuanto tiempo puede transcurrir.??
La verdad es que estoy desesperada por que es la primera vez que me ocurre esto y no sé nada desde noviembre 2007 y no sé hasta cuanto se puede alargar.
Muchas gracias.
06/03/2008 13:00
Hola sandravalenciana. Como muy bien ha explicado mi compañero iura habría que saber si la demanda era sólo de desahucio o demanda de desahucio acumulando acción de reclamación de rentas. Casi con toda probabilidad nos hallemos en la segunda de ellas(desahucio y reclamación).

Una vez que a su arrendatario se le asigne un/a abogado/a de oficio y un/a procuradora para poder PREPARAR y, posteriormente, INTERPONER Recurso de Apelación DEBE consignar LAS RENTAS DEBIDAS(las que constan en la demanda) MÁS las que se hayan devengado y las que se devenguen. Si NO consignan dichas rentas el RECURSO se declarará DESIERTO y se procederá a EJECUTAR la sentencia.

El recurso de Apelación NO es un nuevo juicio.

La persona más indicada, por conocer de primera mano todas las circunstancias, para resolver sus dudas acerca de los plazos es su abogado/a.

Reciba un cordial saludo.
06/03/2008 13:23
Nota aclaratoria: Para evitar estos retrasos efectuados por inquilinos de mala fe, seria conveniente que la próxima reforma de la LEC o LAU, se introdujera que antes de proceder a solicitar Abogado de oficio por el arrendatario se consignaran las rentas debida. Esto evitaría estas demoras innecesaria e impedirían la falta de formalización del recurso por falta de consignación de rentas.
07/03/2008 10:57
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Os tengo que aclarar que la demanda que interpusimos fue solo de desahucio y posteriormente procederemos a la demanda de reclamación de las rentas pendientes hasta la fecha del desahucio.
Ya he recibido noticias sobre el asunto.
Parece ser que mis inquilinos no han presentado ninguna documentación para solicitar el abogado de oficio y se les ha pasado la fecha. Mi abogado me ha comentado que esto va ir mas rápido de lo que parece.
Agradeceros vuestro interes y ayuda ya que todo esto para mi es nuevo y mis terminos son pésimos.
11/03/2008 00:40
hola jan , quiesiera saber si en un lanzamiento el nombre del arrendador esta mal escrito ej: el nombre real de la cedula es Cecilia elzir Buritica y en los procesos hechos por el arrendador aparace Cecilia elzir Buitrago, hay algo que se pueda hacer al respecto??? ademas la arrendataria ha pagados sus arriendos puntualmente por medio de consignaciones hechas a un banco , gracias por su colaboracion y en espera de su pronta respuesta
11/03/2008 16:26
Hola dafeliel. Debe ponerse en conocimiento del Juzgado el error en el nombre de alguna de las partes intervinientes en el proceso.

Reciba un cordial saludo.
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Apelación después de la sentencia.
05/03/2008 11:23
Hola,
En Julio 2007 me tuve que poner en manos de un abogado, ya que mis inquilinos dejaron de pagarme. Pusimos una demanda y el juicio se celebró en noviembre 2007 con fecha de desahucio en Enero 2008. La sentencia que dictaron fué para deshuciarlos pero mis inquilinos se presentaron al juicio sin abogado y sin procurador y HAN APELADO LA SENTENCIA. A dia de hoy no se nada, ya que mi abogado me ha pedido que tenga paciencia. Mi pregunta es:
¿Cuanto se tarda en que le asignen a los inquilinos una abogado de oficio y procurador para que se proceda al juicio?.
¿Hasta cuanto puede alargarse este asunto?.
¿Llegaré a cobrar todo el dinero que me deben?
Muchas gracias anticipidas.
05/03/2008 12:08
Formula usted muchas preguntas sin dar apenas datos del asunto que le preocupa.

Lo primero que hay que saber es si usted ha formulado demanda, únicamente de desahucio o demanda de desahucio mas reclamación de rentas.

Si ha formulado únicamente demanda de desahucio, para poder percibir las rentas adeudadas deberá interponer nuevamente demanda en reclamación de las rentas que no se les han pagado.

Según nos dice, el juicio de desahucio se celebró pero a la vista del juicio los inquilinos fueron sin abogado ni procurador. Esto no le perjudica a usted.

Seguramente el juez ha dictado sentencia acordando el desahucio y los inquilinos han solicitado abogado de oficio para recurrir la sentencia. En este caso, para poder recurrir es requisito indispensable para que pueda tenerse por preparado el recurso de apelación ante la Audiencia Províncial el consignar las rentas debidas a la fecha en que se presenta el escrito, en caso contrario no se admite el recurso y se procederá a ejecutar la sentencia de desahucio.

Seguramente, es una argucia para ganar tiempo, aproximadamente un par de meses o 3 hasta que se le designe abogado.
05/03/2008 16:22
Muchas gracias.
Entonces una vez le asignen el abogado de oficio y preparen el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, ¿transcurre mucho tiempo hasta el proximo juicio?.
Y si al contrario le asignan el abogado de oficio y no consigna las rentas debidas me comentas que se procederá a ejecutar la sentencia de deshaucio que mas o menos, cuanto tiempo puede transcurrir.??
La verdad es que estoy desesperada por que es la primera vez que me ocurre esto y no sé nada desde noviembre 2007 y no sé hasta cuanto se puede alargar.
Muchas gracias.
06/03/2008 13:00
Hola sandravalenciana. Como muy bien ha explicado mi compañero iura habría que saber si la demanda era sólo de desahucio o demanda de desahucio acumulando acción de reclamación de rentas. Casi con toda probabilidad nos hallemos en la segunda de ellas(desahucio y reclamación).

Una vez que a su arrendatario se le asigne un/a abogado/a de oficio y un/a procuradora para poder PREPARAR y, posteriormente, INTERPONER Recurso de Apelación DEBE consignar LAS RENTAS DEBIDAS(las que constan en la demanda) MÁS las que se hayan devengado y las que se devenguen. Si NO consignan dichas rentas el RECURSO se declarará DESIERTO y se procederá a EJECUTAR la sentencia.

El recurso de Apelación NO es un nuevo juicio.

La persona más indicada, por conocer de primera mano todas las circunstancias, para resolver sus dudas acerca de los plazos es su abogado/a.

Reciba un cordial saludo.
06/03/2008 13:23
Nota aclaratoria: Para evitar estos retrasos efectuados por inquilinos de mala fe, seria conveniente que la próxima reforma de la LEC o LAU, se introdujera que antes de proceder a solicitar Abogado de oficio por el arrendatario se consignaran las rentas debida. Esto evitaría estas demoras innecesaria e impedirían la falta de formalización del recurso por falta de consignación de rentas.
07/03/2008 10:57
Muchas gracias por vuestras respuestas.
Os tengo que aclarar que la demanda que interpusimos fue solo de desahucio y posteriormente procederemos a la demanda de reclamación de las rentas pendientes hasta la fecha del desahucio.
Ya he recibido noticias sobre el asunto.
Parece ser que mis inquilinos no han presentado ninguna documentación para solicitar el abogado de oficio y se les ha pasado la fecha. Mi abogado me ha comentado que esto va ir mas rápido de lo que parece.
Agradeceros vuestro interes y ayuda ya que todo esto para mi es nuevo y mis terminos son pésimos.
11/03/2008 00:40
hola jan , quiesiera saber si en un lanzamiento el nombre del arrendador esta mal escrito ej: el nombre real de la cedula es Cecilia elzir Buritica y en los procesos hechos por el arrendador aparace Cecilia elzir Buitrago, hay algo que se pueda hacer al respecto??? ademas la arrendataria ha pagados sus arriendos puntualmente por medio de consignaciones hechas a un banco , gracias por su colaboracion y en espera de su pronta respuesta
11/03/2008 16:26
Hola dafeliel. Debe ponerse en conocimiento del Juzgado el error en el nombre de alguna de las partes intervinientes en el proceso.

Reciba un cordial saludo.