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bloqueo de cuenta bancaria por muerte de un titular

37 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 37 comentarios
Bloqueo de cuenta bancaria por muerte de un titular
18/08/2008 15:44
Buenos dias:
Tengo una duda. Resulta que mi padre murio hace 8 años, y estaba de cotitular en una cuenta bancaria con mi hermano que establecieron para pagar la hipoteca de un local de este. Aunque mi padre le avaló con su casa, nunca introdujo dinero en dicha cuenta.
Como digo, hace 8 años que murió aunque seguia operativa la cuenta ya que solo se tenia para abonar las letras de la hipoteca.
Una vez que se ha acabado el importe de la hipoteca hemos querido cancelar la cuenta, y al decir que uno de los titulares murió hace 8 años, han bloqueado la cuenta, con los ingresos actuales.
Es eso legal? No tenian que haber bloqueado exclusivamente el importe que hubiera en la fecha del fallecimiento, hace 8 años. Ningun muerto puede ingresar dinero en la cuenta, y aunque ante nunca lo hizo, en los ultimos 8 años seguro que no ha podido. Esto está trayendo perjucio a mi hermano que no puede realizar los pagos varios que le llegan al banco ni disponer del dinero de su mujer, ya que aunque no es titular le ingresan la nomina allí.
Esto puede traer algun problema, ademas de estos perjucios, con hacienda. En la época del fallecimiento creo que la cuenta estaba vacía.
Gracias por adelantado. Un saludo.
18/08/2008 15:51
De momento cambie inmediatamente la nómina a otro banco. No creo que puedan bloquear la cuenta si su hermano está de cotitular, puesto que es de pleno dominio.

Domicilie los pagos en otra entidad y vaya inmediatamente a un abogado a ponerle en aviso de lo que le está pasando por si huibiera que demandar al banco. Salvo mejor criterio, un saludo
18/08/2008 16:16
Pues si pueden bloquearla porque hemos ido a sacar dinero y esta bloqueada la cuenta y nos han dicho que esa es la causa.

Lo que no entiendo es como pueden bloquear una cuenta 8 años despues del fallecimiento, cuando todos los movimientos de ingresos se han hecho despues del fallecimiento.

Lo logico es que bloqueen la cantidad que hubiera de saldo a fecha del fallecimiento, no?

Tendria cabida una demanda?
18/08/2008 16:20
No se puede demandar,puesto que han hecho lo correcto.Aunque no es una práctica habitual,el deber del titular o titulares de cuentas,así como familiares del finado tienen la obligación de comunicar a las entidades bancarias del fallecimiento de una persona.Se bloquean las cuentas en tanto en cuanto no se dilucide quién o quienes son los herederos legales para poder recuperar legítimamente el activo de dichas cuentas.En todo caso dé gracias de que no le han dicho nada en la entidad bancaria por eso.
18/08/2008 16:23
Pero lo más adecuado es que fueran los herederos con el testamento o algo así, ¿no? quizá un notario sepa lo que hacer y la consulta no le van a cobrar,Suerte.
18/08/2008 16:27
Pero será el activo de la cuenta que había a fecha del fallecimiento, no?

Como se puede heredar un dinero que se haya ingresado con posterioridad a la muerte de una persona?

Si el dinero lo ingresa mi hermano para pagar su letra, despues de la muerte de uno de los titulares durante 8 años, como lo voy a heredar yo aunque sea heredera universal.
No tiene mucho sentido, no?
18/08/2008 16:37
Eso es en modo preventivo y automático.Luego evidentemente se verá el activo propio del difunto y el ingresado con posterioridad.No se alarme que todo se aclacará.Pero hágalo pronto,mediante la aportación,si tiene de documentación que acredite que se es el heredero.
18/08/2008 16:45
Pero herederos legales somos 3, pero no queremos nada, creemos que ese dinero le pertenece a mi hermano ya que nos consta que ha sido el unico que ha ingresado dinero en la cuenta antes y despues del fallecimiento.
Nos han pedido la declaracion de herederos, y a ese tio que le importa lo que yo he heredado, que no estoy ni de titular de la cuenta, y ademas no quiero nada de lo que hay en ella por que se que no es mio.
Ademas, me traerá problemas con hacienda, sin querer un duro de ahi.
Puedo hacer ante notario una renuncia a lo que me toque de esa cuenta. Se que no es mio y no lo quiero.
18/08/2008 17:21
Solo es para saber los nombres de los herederos y comprobar su identidad.AL banco solo le interesa eso y no sus bienes heredados.Por otra parte,claro que puede renunciar a la herencia,si no ha firmado nada aún,sí.Debe comunicarselo al notario y firmar la renuncia.
18/08/2008 17:29
Gracias por las respuestas.

En realidad no quiero renunciar a mi herencia, solo a esa parte, por que se que no me corresponde y me parece lo mas honesto.

En cualquier caso en la fecha del fallecimiento, no creo que hubiera demasiado dinero. Pero me parece una guarrada que hayan bloqueado los ingresos de alguien que tiene que hacer frente a pagos, para repartir dos duros y medio entre quien no los quiere.

En fin, es la logica ilogica de la ley.

Gracias de nuevo por las respuestas.

Imagino que presentado los papeles en el banco, no tardaran mucho en levantar el bloqueo o si?
Al final voy a tener que hacer frente a los pagos de mi hermano yo misma. Me parece todo un sin sentido tremendo.

18/08/2008 17:38
No sé lo que pueden tardar,a veces es mejor retirar fondos sin clausurar las cuentas y hacer una nueva en otra entidad,domiciliando todo de nuevo.
18/08/2008 17:43
Eso queriamos. Pero como se enteraron del fallecimiento, nos la han bloqueado antes de que pudieramos hacerlo.
18/08/2008 17:48
Claro!..al final se cruzan los datos y todo se acaba sabiéndo.

Suerte.
18/08/2008 17:52
Gracias.
18/08/2008 23:01
Me han dicho en el día de hoy, y he leido en algun artículo por ahi, que en el caso que he contado, si hay varios titulares no pueden bloquear la totalidad del saldo bancario de la cuenta. Es decir, si hay dos titulares solo pueden bloquear el 50% que es el que corresponde al titular fallecido, el otro 50% correspondería al otro titular que sigue vivo y podría disponer de esa mitad de saldo.
Alguien me puede decir si esto es correcto?
Gracias por adelantado.
18/08/2008 23:14
Que hayan varios titulares de una cuenta bancaria,no significa que sean dueños del activo en partes iguales.Osea que una persona comparta titularidad con otra en una cuenta no quiere decir que sea el 50% para cada una.
18/08/2008 23:41
Yo pensé, y es lo que me han dicho, que salvo que se demuestre lo contrario, todos los titulares tienen el mismo derecho sobre el saldo de una cuenta. De hecho es obligación declarar a hacienda el 50% cada uno (siempre que no sean coyujes que declaren de forma conjunta), no?
En este caso, el que no tiene ningun derecho sobre el saldo acumulado 8 años despues de su muerte, sera en todo caso el difunto.
18/08/2008 23:51
Se puede disponer,que es distinto de ser el dueño..entiende la diferencia?.
18/08/2008 23:58
Pues, regular. Si puedes disponer de algo será por que se considera que es tuyo no?

Por ejemplo, yo tengo una cuenta con un familiar como cotitular, no es mi dinero, pero legalmente puedo disponer de el, o sea que es como si fuera mio, y lo declaro por que está a mi nombre.

En el caso que contaba en este post, hay 3 titulares, por que haya fallecido uno, los otros dos no pueden disponer al menos de una parte proporcional? Los herederos no pueden repartirse el dinero de los vivos, siguen siendo titulares vivos, y sea suyo o puedan disponer de el, no creo que esten dispuestos a regalarlos a terceros si llegara el caso.
Esto tiene que estar regulado de alguna forma.
Si no, en una cuenta conjunta de un matrimonio, si se muere uno, el otro no puede disponer del dinero, en los meses en los que se estan arreglando los papeles? Si no tiene otros ingresos se muere de hambre mientras? Va a la beneficiencia?
Esto estará regulado de alguna forma. Entiendo que una viuda podrá disponer de la mitad del saldo de su cuenta mientras se aclara la situacion o no.
19/08/2008 00:06
Vamos a ver.Una cuenta con varios titulares,(si no se especifica lo contrario es indistinta),quiere decir que se pueden hacer ingresos y reintegros,así como retirar todos los fondos y dejarla vacía.Pero eso no significa que quien haya vaciado la cuenta,sea el legítimo dueño del dinero.Así que llegado el momento de que un heredero reclamara el activo de esa cuenta porque legalmente le corrresponde,entonces quién hubiese retirado los fondos,tendría serios porblemas.Lo comprende ahora?.
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Bloqueo de cuenta bancaria por muerte de un titular
18/08/2008 15:44
Buenos dias:
Tengo una duda. Resulta que mi padre murio hace 8 años, y estaba de cotitular en una cuenta bancaria con mi hermano que establecieron para pagar la hipoteca de un local de este. Aunque mi padre le avaló con su casa, nunca introdujo dinero en dicha cuenta.
Como digo, hace 8 años que murió aunque seguia operativa la cuenta ya que solo se tenia para abonar las letras de la hipoteca.
Una vez que se ha acabado el importe de la hipoteca hemos querido cancelar la cuenta, y al decir que uno de los titulares murió hace 8 años, han bloqueado la cuenta, con los ingresos actuales.
Es eso legal? No tenian que haber bloqueado exclusivamente el importe que hubiera en la fecha del fallecimiento, hace 8 años. Ningun muerto puede ingresar dinero en la cuenta, y aunque ante nunca lo hizo, en los ultimos 8 años seguro que no ha podido. Esto está trayendo perjucio a mi hermano que no puede realizar los pagos varios que le llegan al banco ni disponer del dinero de su mujer, ya que aunque no es titular le ingresan la nomina allí.
Esto puede traer algun problema, ademas de estos perjucios, con hacienda. En la época del fallecimiento creo que la cuenta estaba vacía.
Gracias por adelantado. Un saludo.
18/08/2008 15:51
De momento cambie inmediatamente la nómina a otro banco. No creo que puedan bloquear la cuenta si su hermano está de cotitular, puesto que es de pleno dominio.

Domicilie los pagos en otra entidad y vaya inmediatamente a un abogado a ponerle en aviso de lo que le está pasando por si huibiera que demandar al banco. Salvo mejor criterio, un saludo
18/08/2008 16:16
Pues si pueden bloquearla porque hemos ido a sacar dinero y esta bloqueada la cuenta y nos han dicho que esa es la causa.

Lo que no entiendo es como pueden bloquear una cuenta 8 años despues del fallecimiento, cuando todos los movimientos de ingresos se han hecho despues del fallecimiento.

Lo logico es que bloqueen la cantidad que hubiera de saldo a fecha del fallecimiento, no?

Tendria cabida una demanda?
18/08/2008 16:20
No se puede demandar,puesto que han hecho lo correcto.Aunque no es una práctica habitual,el deber del titular o titulares de cuentas,así como familiares del finado tienen la obligación de comunicar a las entidades bancarias del fallecimiento de una persona.Se bloquean las cuentas en tanto en cuanto no se dilucide quién o quienes son los herederos legales para poder recuperar legítimamente el activo de dichas cuentas.En todo caso dé gracias de que no le han dicho nada en la entidad bancaria por eso.
18/08/2008 16:23
Pero lo más adecuado es que fueran los herederos con el testamento o algo así, ¿no? quizá un notario sepa lo que hacer y la consulta no le van a cobrar,Suerte.
18/08/2008 16:27
Pero será el activo de la cuenta que había a fecha del fallecimiento, no?

Como se puede heredar un dinero que se haya ingresado con posterioridad a la muerte de una persona?

Si el dinero lo ingresa mi hermano para pagar su letra, despues de la muerte de uno de los titulares durante 8 años, como lo voy a heredar yo aunque sea heredera universal.
No tiene mucho sentido, no?
18/08/2008 16:37
Eso es en modo preventivo y automático.Luego evidentemente se verá el activo propio del difunto y el ingresado con posterioridad.No se alarme que todo se aclacará.Pero hágalo pronto,mediante la aportación,si tiene de documentación que acredite que se es el heredero.
18/08/2008 16:45
Pero herederos legales somos 3, pero no queremos nada, creemos que ese dinero le pertenece a mi hermano ya que nos consta que ha sido el unico que ha ingresado dinero en la cuenta antes y despues del fallecimiento.
Nos han pedido la declaracion de herederos, y a ese tio que le importa lo que yo he heredado, que no estoy ni de titular de la cuenta, y ademas no quiero nada de lo que hay en ella por que se que no es mio.
Ademas, me traerá problemas con hacienda, sin querer un duro de ahi.
Puedo hacer ante notario una renuncia a lo que me toque de esa cuenta. Se que no es mio y no lo quiero.
18/08/2008 17:21
Solo es para saber los nombres de los herederos y comprobar su identidad.AL banco solo le interesa eso y no sus bienes heredados.Por otra parte,claro que puede renunciar a la herencia,si no ha firmado nada aún,sí.Debe comunicarselo al notario y firmar la renuncia.
18/08/2008 17:29
Gracias por las respuestas.

En realidad no quiero renunciar a mi herencia, solo a esa parte, por que se que no me corresponde y me parece lo mas honesto.

En cualquier caso en la fecha del fallecimiento, no creo que hubiera demasiado dinero. Pero me parece una guarrada que hayan bloqueado los ingresos de alguien que tiene que hacer frente a pagos, para repartir dos duros y medio entre quien no los quiere.

En fin, es la logica ilogica de la ley.

Gracias de nuevo por las respuestas.

Imagino que presentado los papeles en el banco, no tardaran mucho en levantar el bloqueo o si?
Al final voy a tener que hacer frente a los pagos de mi hermano yo misma. Me parece todo un sin sentido tremendo.

18/08/2008 17:38
No sé lo que pueden tardar,a veces es mejor retirar fondos sin clausurar las cuentas y hacer una nueva en otra entidad,domiciliando todo de nuevo.
18/08/2008 17:43
Eso queriamos. Pero como se enteraron del fallecimiento, nos la han bloqueado antes de que pudieramos hacerlo.
18/08/2008 17:48
Claro!..al final se cruzan los datos y todo se acaba sabiéndo.

Suerte.
18/08/2008 17:52
Gracias.
18/08/2008 23:01
Me han dicho en el día de hoy, y he leido en algun artículo por ahi, que en el caso que he contado, si hay varios titulares no pueden bloquear la totalidad del saldo bancario de la cuenta. Es decir, si hay dos titulares solo pueden bloquear el 50% que es el que corresponde al titular fallecido, el otro 50% correspondería al otro titular que sigue vivo y podría disponer de esa mitad de saldo.
Alguien me puede decir si esto es correcto?
Gracias por adelantado.
18/08/2008 23:14
Que hayan varios titulares de una cuenta bancaria,no significa que sean dueños del activo en partes iguales.Osea que una persona comparta titularidad con otra en una cuenta no quiere decir que sea el 50% para cada una.
18/08/2008 23:41
Yo pensé, y es lo que me han dicho, que salvo que se demuestre lo contrario, todos los titulares tienen el mismo derecho sobre el saldo de una cuenta. De hecho es obligación declarar a hacienda el 50% cada uno (siempre que no sean coyujes que declaren de forma conjunta), no?
En este caso, el que no tiene ningun derecho sobre el saldo acumulado 8 años despues de su muerte, sera en todo caso el difunto.
18/08/2008 23:51
Se puede disponer,que es distinto de ser el dueño..entiende la diferencia?.
18/08/2008 23:58
Pues, regular. Si puedes disponer de algo será por que se considera que es tuyo no?

Por ejemplo, yo tengo una cuenta con un familiar como cotitular, no es mi dinero, pero legalmente puedo disponer de el, o sea que es como si fuera mio, y lo declaro por que está a mi nombre.

En el caso que contaba en este post, hay 3 titulares, por que haya fallecido uno, los otros dos no pueden disponer al menos de una parte proporcional? Los herederos no pueden repartirse el dinero de los vivos, siguen siendo titulares vivos, y sea suyo o puedan disponer de el, no creo que esten dispuestos a regalarlos a terceros si llegara el caso.
Esto tiene que estar regulado de alguna forma.
Si no, en una cuenta conjunta de un matrimonio, si se muere uno, el otro no puede disponer del dinero, en los meses en los que se estan arreglando los papeles? Si no tiene otros ingresos se muere de hambre mientras? Va a la beneficiencia?
Esto estará regulado de alguna forma. Entiendo que una viuda podrá disponer de la mitad del saldo de su cuenta mientras se aclara la situacion o no.
19/08/2008 00:06
Vamos a ver.Una cuenta con varios titulares,(si no se especifica lo contrario es indistinta),quiere decir que se pueden hacer ingresos y reintegros,así como retirar todos los fondos y dejarla vacía.Pero eso no significa que quien haya vaciado la cuenta,sea el legítimo dueño del dinero.Así que llegado el momento de que un heredero reclamara el activo de esa cuenta porque legalmente le corrresponde,entonces quién hubiese retirado los fondos,tendría serios porblemas.Lo comprende ahora?.