Imaginaros que conozco una persona a la cual le hacen falta 4.000 euros, pero, actualmente, no dispone de ellos. Si yo quiero prestarselos, pero asegurandome que los recuperaré, ¿qué debería hacer? ¿Cogerme una plantilla de contrato de préstamo, rellenarlo y firmarlo? ¿Con eso bastaría o hay que ir a un notario a darle validez?
Lo mejor sería que firmaran un contrato de préstamo. Lo de acudir a un Notario es darle más seguridad porque la persona con la que lo firme no podrá negar que firmó el documento ya que el Notario da fe sobretodo de la fecha y la intervención de las partes, además de los pactos y que éstos se adecúan a la Ley.
¿Es necesario ir a una gestoría o con que las dos partes firmen es suficiente? Una vez firmado, ¿hay que registrarlo en alguna oficina? ¿Dónde puedo conseguir una plantilla de contrato de préstamo?
guillermo_1x2, estudias derecho, ¿verdad?.Mira el CC y verás que el contrato de préstamo no requiere forma escrita ni ninguna otra formalidad.
Así que bastaría con pactar las condiciones verbalmente. Como el problema es la prueba, mejor por escrito.
No necesitas "plantilla", porque puedes poner lo que te dé la gana.
Lo más práctico, por triplicado. Una copia para tí, otra para el que recibe el dinero y otra para alguien que pueda hacer de testigo si surgen problemas.
Se pone la fecha, el lugar, y las condiciones:
Que en este momento fulanito entrega a menganito 4.000 euros en concepto de préstamo. Menganito devolverá el dinero en x mensualidades de tantos euros, comenzando a pagar el día ... (o la forma de devolución que os convenga). Con o sin intereses. Forma y lugar de pago.
Que las partes firman de conformidad, estando presente pepito.
Y añadiría una cosa, si lo hace sin notario lleve el documento a una oficina liquidadora y declarelo exento (que lo está). Le dará fehaciencia de la fecha.