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bloqueo de cuentas bancarias por fallecimiento de conyuge

7 Comentarios
 
Bloqueo de cuentas bancarias por fallecimiento de conyuge
06/09/2009 01:56
Mi hermana va a quedar en breve viuda por enfermedad de mi cuñado.
El problema que se suscita es si es cierto que se van a bloquear las cuentas conjuntas de los dos en el momento de su fallecimiento.
Las cuentas corrientes del matrimonio son una individual a nombre de mi cuñado y otras dos a nombre de ambos de tipo SOLIDARIA, en la que ambos podian sacar indistintamente de la entidad bancaria.

Mi pregunta es si mi hermana se saca una cuenta individual solo a su nombre ¿Tambien se la bloquearan en el momento de la muerte de mi cuñado?.

¿Como se puede hacer para satisfacer los gastos de la casa (luz , telefono, agua en tanto se lee el testamento ?. El temor de mi hermana es que se la declare morosa y tenga que pagar con recargo en el momento de la herencia, pues es un proceso que puede llevar su tiempo y en cambio los acreedores no esperan.

Tambien quiere poder tener una reserva de dinero para gastos de dia a dia (comida, vestido, etc...) pero no sabemos si sacandose una cuenta individual a su nombre ahora que aun vive su marido no se la vayan a bloquear tambien.
06/09/2009 16:44
1.- Se bloquean las cuentas conjuntas.
2.- En las cuentas solidarias se bloquea el 50 % ( se presupone está mitad y mitad del matrimonio).
3.- La cuenta individual del fallecido se bloquea hasta que se presente el impuesto de sucesiones pagado por el / la herederos, y dispondrá el designado por legado o herencia en el testamento, que habrá de presentar al banco.
4.- Las cuentas individuales de su hermana no se bloquean, por fallecimiento del marido. Siguen fuera del testamento.
5.- Para prever gastos futuros lo mejor es hacer una provisión de dinero en casa, o una cuenta entre dos personas de confianza con libre disposición.
Siendo previsible lo que indica ,su hermana puede abrir ya una cuenta individual, y acopiar lo que le interese en la misma. No la bloquearán.
07/09/2009 00:02
Creo que Vio tiene razón, que abra su hermana una cuenta y que pase allí el dinero que considere necesario y oportuno... o la mitad del mismo que se supone que es suyo..

No nos dice si su hermana tiene hijos o no y si podria tener problemas con supuestos herederos...

Vio: se bloquean las cuentas conjuntas? Yo creo que solo las individuales... y mas que nada porque es el fallecido el que tiene que disponer de ellas y no puede hacerlo, porque en las que son conjuntas perfectamente puede ir otra persona que este en ellas y sacar el dinero... además el banco ni se entera del fallecimiento si es una ciudad grande... otra cosa es que para la herencia se certifique por el banco la cantidad que habia en la cuenta el dia del fallecimiento y los titulares de la misma...

07/09/2009 00:20
Recientemente he tenido un caso de bloqueo total de de cuenta conjunta en un matrimonio, y de otros activos a nombre de la esposa,obligando el banco a presentar el testamento, liquidación de impuesto de sucesiones completa, y poco menos que el cuaderno particional, siendo el director de la sucursal abogado. Menos mal que perdonó la testamentarias ante Notario, porque los activos monetarios eran un legado directo entre esposos sobre el tercio de libre disposición.
Por ello mi consejo general es que se pongan a buen recaudo, activos financieros, cuando se prevé, como es el caso, un fallecimiento, llegando incluso a retirar todos los fondos de los bancos si es preciso, pues los bancos y cajas han pasado a ser cuasifuncionarios obligados de las Haciendas....
Y por supuesto siempre los banco certifican a la fecha de fallecimiento para liquidar el i. de sucesiones, que quieren ver, y hasta que no se les entregue esa liquidación no sueltan prenda.
07/09/2009 10:33
A Miriam 52 decirle que el cuñado si tiene una hija mayor de edad (32 años), con respecto a que en la cuenta solidaria o conjunta de ambos se la bloquean en caso de fallecimiento del cuñado, confimar que en el banco comentan que si se la bloquean, alegando a que el cotitular pueda coger en un momento dado mas de la mitad correspondiente, y para curarse en salud de cara a los futuros problemas en herencia la bloquean incluso de cara al cobro de recibos.

07/09/2009 15:02
A nuestro entender es mejor olvidar los hijos y legitimas, pues será preferible discutir con ellos, antes que con el Impuesto de Sucesiones, por lo que es mejor retirar todos los activos financieros, incluso liquidar fondos y depósitos ante una previsible defunción
El impuesto de Sucesiones, según muchos autores, es uno de lo más indecentes y repugnantes, y permanece por reminiscencias históricas.
07/09/2009 15:31
Toda la razón Vio... y ademas es que en algunas comunidades autonomas se paga y en otras no...

09/09/2009 14:47
sabes en cuales se paga a fecha de hoy?
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Bloqueo de cuentas bancarias por fallecimiento de conyuge
06/09/2009 01:56
Mi hermana va a quedar en breve viuda por enfermedad de mi cuñado.
El problema que se suscita es si es cierto que se van a bloquear las cuentas conjuntas de los dos en el momento de su fallecimiento.
Las cuentas corrientes del matrimonio son una individual a nombre de mi cuñado y otras dos a nombre de ambos de tipo SOLIDARIA, en la que ambos podian sacar indistintamente de la entidad bancaria.

Mi pregunta es si mi hermana se saca una cuenta individual solo a su nombre ¿Tambien se la bloquearan en el momento de la muerte de mi cuñado?.

¿Como se puede hacer para satisfacer los gastos de la casa (luz , telefono, agua en tanto se lee el testamento ?. El temor de mi hermana es que se la declare morosa y tenga que pagar con recargo en el momento de la herencia, pues es un proceso que puede llevar su tiempo y en cambio los acreedores no esperan.

Tambien quiere poder tener una reserva de dinero para gastos de dia a dia (comida, vestido, etc...) pero no sabemos si sacandose una cuenta individual a su nombre ahora que aun vive su marido no se la vayan a bloquear tambien.
06/09/2009 16:44
1.- Se bloquean las cuentas conjuntas.
2.- En las cuentas solidarias se bloquea el 50 % ( se presupone está mitad y mitad del matrimonio).
3.- La cuenta individual del fallecido se bloquea hasta que se presente el impuesto de sucesiones pagado por el / la herederos, y dispondrá el designado por legado o herencia en el testamento, que habrá de presentar al banco.
4.- Las cuentas individuales de su hermana no se bloquean, por fallecimiento del marido. Siguen fuera del testamento.
5.- Para prever gastos futuros lo mejor es hacer una provisión de dinero en casa, o una cuenta entre dos personas de confianza con libre disposición.
Siendo previsible lo que indica ,su hermana puede abrir ya una cuenta individual, y acopiar lo que le interese en la misma. No la bloquearán.
07/09/2009 00:02
Creo que Vio tiene razón, que abra su hermana una cuenta y que pase allí el dinero que considere necesario y oportuno... o la mitad del mismo que se supone que es suyo..

No nos dice si su hermana tiene hijos o no y si podria tener problemas con supuestos herederos...

Vio: se bloquean las cuentas conjuntas? Yo creo que solo las individuales... y mas que nada porque es el fallecido el que tiene que disponer de ellas y no puede hacerlo, porque en las que son conjuntas perfectamente puede ir otra persona que este en ellas y sacar el dinero... además el banco ni se entera del fallecimiento si es una ciudad grande... otra cosa es que para la herencia se certifique por el banco la cantidad que habia en la cuenta el dia del fallecimiento y los titulares de la misma...

07/09/2009 00:20
Recientemente he tenido un caso de bloqueo total de de cuenta conjunta en un matrimonio, y de otros activos a nombre de la esposa,obligando el banco a presentar el testamento, liquidación de impuesto de sucesiones completa, y poco menos que el cuaderno particional, siendo el director de la sucursal abogado. Menos mal que perdonó la testamentarias ante Notario, porque los activos monetarios eran un legado directo entre esposos sobre el tercio de libre disposición.
Por ello mi consejo general es que se pongan a buen recaudo, activos financieros, cuando se prevé, como es el caso, un fallecimiento, llegando incluso a retirar todos los fondos de los bancos si es preciso, pues los bancos y cajas han pasado a ser cuasifuncionarios obligados de las Haciendas....
Y por supuesto siempre los banco certifican a la fecha de fallecimiento para liquidar el i. de sucesiones, que quieren ver, y hasta que no se les entregue esa liquidación no sueltan prenda.
07/09/2009 10:33
A Miriam 52 decirle que el cuñado si tiene una hija mayor de edad (32 años), con respecto a que en la cuenta solidaria o conjunta de ambos se la bloquean en caso de fallecimiento del cuñado, confimar que en el banco comentan que si se la bloquean, alegando a que el cotitular pueda coger en un momento dado mas de la mitad correspondiente, y para curarse en salud de cara a los futuros problemas en herencia la bloquean incluso de cara al cobro de recibos.

07/09/2009 15:02
A nuestro entender es mejor olvidar los hijos y legitimas, pues será preferible discutir con ellos, antes que con el Impuesto de Sucesiones, por lo que es mejor retirar todos los activos financieros, incluso liquidar fondos y depósitos ante una previsible defunción
El impuesto de Sucesiones, según muchos autores, es uno de lo más indecentes y repugnantes, y permanece por reminiscencias históricas.
07/09/2009 15:31
Toda la razón Vio... y ademas es que en algunas comunidades autonomas se paga y en otras no...

09/09/2009 14:47
sabes en cuales se paga a fecha de hoy?