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              conyuge de comunitario
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Autor: chachole Fecha: 12/08/2009
Tema: conyuge de comunitario
Soy ciudadana italiana y mi esposo es argentino con tarjeta de residencia en régimen comunitario, queria que ambos nos benefiriaramos de decuentos en pasajes , que se les otorgan a todos los residentes de las islas y ciudadanos de la union, para eso necesitamos de un certificado de viajes que emite el ayuntamiento, el tema es que a mi me lo emiten y a mi marido no por no ser comunitario, tengo entendido que sus derechos se asimilan a los mios por estar casados, me gustaria que me respondieran si estoy equivocada y en caso de no estarlo que me dijeran en que ley puedo basarme para hacer una reclamación, gracias.

Autor: chachole Fecha: 12/08/2009
Adjunto el articulo del decreto ley 1316/2001, en el cual se basan para no dar el descuento a mi marido.
"Las bonificaciones en las tarifas de los servicios regulares del transporte aéreo y marítimo reguladas en este Real Decreto se aplicarán a los ciudadanos españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de Suiza, que acrediten la condición de residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla"

Autor: Morinelli Fecha: 18/08/2009
se aplicarán a los "ciudadanos" españoles y de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados firmantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de Suiza

Autor: chachole Fecha: 23/08/2009
hola morinelli, te agradezco tu contestación, pero mi pregunta es si el conyuge de ciudadano comunitario tiene derecho a tener residencia comunitaria, (que es el caso) por que no tiene derecho a descuentos, no se aplicaria la regla "quien puede lo más puede lo menos"?
Saludos,

Autor: Morinelli Fecha: 24/08/2009
Lo primero es que no sé porqué consideras una cosa lo "más" y la otra lo "menos", pero en cualquier caso ten en cuenta que no se trata de descuentos en los billetes sino de subvenciones. Y que para optar a ellas tiene que existir una norma que expresamente lo habilite, cosa que no existe... Y en cuanto a que vuestros derechos se "asimilen" no es así en absoluto. Tu marido tiene unos derechos, que además de ser "menos" que los tuyos, dependen de que exista el matrimonio.

Autor: chachole Fecha: 29/08/2009
Gracias por la aclaración, no lo veia desde ese punto de vista sino que desde mi conveniencia.
Saludos.


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