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FORO DE DERECHO CONSTITUCIONAL |
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Autor: ismaele00 |
Fecha: 20/12/2011 |
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Tema: derecho de amparo |
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Buenas tardes,
Me gustaría saber si existe la posibilidad de usar el Derecho de Amparo para ejercer una Recurso de Inconstitucionalidad a título personal o si por el contrario únicament se puede ejercer tal derecho en caso de verse afectado DIRECTAMENTE un Derecho (art. 14 a 29 CE y objeción de conciencia) en un juicio.
Es decir, ¿podría yo como ciudadano español considerar que se está vejando el Derecho a la vida con la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo? Por poner un ejemplo.
Saludos. |
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Autor: mirodgi |
Fecha: 12/01/2012 |
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Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53,2, de esta Constitución, en los casos y formas que la Ley establezca.
Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
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Autor: ismaele00 |
Fecha: 12/01/2012 |
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Gracias por el interés mirodgi.
Pero, sinceramente, me he quedado igual que estaba.
Saludos. |
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Autor: el rapido |
Fecha: 22/01/2012 |
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El recurso de inconstitucionalidad solo lo pueden ejercer los poderes publicos contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley.
En tu caso, te quedaría la posibilidad de queja frente al Defensor del Pueblo.
O iniciativa legislativa popular.
Esto lo digo, desde mi humilde opinión |
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Autor: jaimegvr |
Fecha: 22/01/2012 |
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La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo ya está recurrida ante el TC por el PP. |
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Autor: el rapido |
Fecha: 22/01/2012 |
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Exacto, cuando dije que lo pueden interponer los poderes publicos, uno de los casos serán 50 diputados, según el art. 27.2 de la LOTC
en mi humilde opinión. |
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Autor: The shining |
Fecha: 09/02/2012 |
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mirodgi lleva razón, el recurso de amparo lo puede interponer toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal, directamente ante el Tribunal Constitucional.
El recurso de amparo constitucional se iniciará mediante demanda en la que se expondrán con claridad y concisión los hechos que la fundamenten, se citarán los preceptos constitucionales que se estimen infringidos y se fijará con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o libertad que se considere vulnerado. En todo caso, la demanda justificará la especial trascendencia constitucional del recurso.
Con la demanda se acompañaran:
El documento que acredite la representación del solicitante del amparo.
En su caso, la copia, traslado o certificación de la resolución recaída en el procedimiento judicial o administrativo.
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