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Derrama aprobada sin presupuestos aprobados

32 Comentarios
Viendo 21 - 32 de 32 comentarios
19/07/2007 15:46
TN yo considero que es legítimo reclamar un dinero siempre que sea para una provisión de fondos, pero en este caso es para acometer el total de las obras que no se puede saber porque no se ha enseñado ningún presupuesto y ni siquiera se han solicitado los tres que se demandaban por cada obra.

Además creo que un administrador no puede actuar a salto de mata, sino con conocimiento de causa. El a mi me ha comentado que los que se ha aprobado es la derrama, pero dada la fragilidad con la que se ha calculado todo lo pongo en duda, sobre todo porque hay que desembolsar 70.000 euros y no se puede hacer por la cuenta de la vieja, ni siquiera redondeando; como han hecho, cada presupuesto para posibles imprevistos y aspectos no presupuestados.

Además ellos ya tienen muy cerrado quies es el que va a acometer cada obra, puesto que son conocidos "que no les van a fallar y que les dan todas las garantías", cosa que pongo en duda ya que como los presupuestos no cumplen con el CIF, IVA etc, si se comienza una obra estaremos condenados a que nos suban el importe si quieren.

Por cierto TM no serás Rafael?? Porque sería ya muy fuerte que hasta en el foro me cuentes lo mismo.

Por favor si alguien más puede orientarme lo agradezco, puesto que es mi primer piso y la primera vez que entro en el mundo de las comunidades, y me da la sensación que se estan aprovechando de eso.
perfil TN
19/07/2007 13:50
Vamos a ver, es perfectamente posible, legal e incluso habitual, pedir una derrama para un tema determinado sin aprobar presupuesto, porque una cosa es la forma de obtener el dinero y otra la ejecución de la obra.

Por ejemplo, en este caso, se estima que puede costar unos 70.000 euros y que será 1500 por persona, pues se puede aprobar la derrama para obtener los fondos y, a posteriori, aprobar el presupuesto en cuestión entre las propuestas que haya.

No es posible empezar la obras sin la aprobación del presupuesto, pero sí es posible establecer una derrama para un tema determinado puesto que son dos cosas distintas.

Si está aprobada la derrama, aún sin estar aprobado el presupuesto concreto, se puede demandar a los que no hayan pagado, pues está aprobado en junta y no se ha impugnado.
19/07/2007 13:26
Hola de nuevo JVA229. Las obras no han empezado puesto que se acordó´´que hasta que todos los vecinos no hubieran pagado los 1500 euros no empezarían, lo que ocurre es que nos reclaman una derrama de 1500 euros sin presupuestos aprobados, sin proyecto y sin haberlo enseñado a los vecinos.
19/07/2007 11:33
Estimado escodaes, deberás tener un gran poder de "seducción oral" para convencer a tus convecinos, en realidad no es justo que pagues los pecados de otros. Desde mi punto de vista, y no soy abogado/a ni nada por el estilo, pero ante todo lo que has comentado y recapitulando entiendo que: PRIMERO: los presupuestos debían haber sido presentados a todos los propietarios, escogido uno y presentado a votación en junta y reflejado en el acta. SEGUNDO: La forma de pago, dependiendo de que tengáis estatutos o no, la forma de pagar las cuotas comunitarias así se debería haber hecho los cálculos, si las cuotas son a partes iguales, perfecto, si no he entendido mal esto es lo únicio de lo que ha quedado constancia. TERCERO: SI pasado los 6 meses no se ha realizado obra alguna, deberías preguntar ¿si tan urgentes eran las reparaciones, porque no se han empezado ya a realizar?. CUARTO: Ten en cuenta que cuando tú contratas un servicio de obras, reparaciones, etc. hasta que no te lo hacen tú no pagas, ejemplo, se te estropea la lavadora, llamas al técnico, te la mira, te la repara y te presenta factura y pagas. Sí nada más llegar ya te presenta la factura para que primero le pagues sin tan siquiera saber lo que le pasa ¿tú le pagarías? esta claro que no. Pues bien esto sucede con todo lo que nosotros a nivel particular contratamos y es lo mismo para las comunidades, si para nosotros que pagar lo mejor que podamos encontrar a un precio más asequible nos pasará lo mismo para el bien comunitario. Quiero decir, que cada empresa tiene una forma de pago y negociable, a la firma del contrato se puede pagar %, al empiece de las obras otro % y cuando se finalicen negociarlo, porque habrá que tener en cuenta que el trabajo realizado por ellos haya quedado dentro de lo bueno, porque si han hecho una "chapuza" y le habéis pagado completamente, será imposible reclamarles nada y deberéis volver a arreglar los estropicios. ¿no te parece que es una pérdida de dinero y tiempo?. Bien con lo que si te pueden echar, si consiguen la mayoría porque les han "lavado el cerebro" por alguna cosa y si, tus vecinos son mayores (de 60 años en adelante) resulta mucho más fácil contarles una "trola" y que se la crean sobre todo si viene por una parte... (a entender como se quiera)pues sí, no te voy a engañar, pero sabes todavía puedes hacer campaña creándoles dudas razonables: ¿no os parece raro que no se hayan empezado las obras, si tan necesarias eran? o "Estoy tan hecho polvo con todo este asunto, que comentándolo con mis amigos, me han dicho que si los propietarios no tenemos constancia de los presupuestos, del proyecto de obra o todo eso, y sí además de no tener en nuestro poder esas cosas, no hay constancia en el libro de actas de su aprobación, mi pregunta es ¿por qué no se hizo?". A nivel particular y, como te he dicho, no soy abogado/a, te aconsejo que de aquí al próximo martes, te hagas una fotocopia del libro de actas, presupuestos, facturas... de todo lo que puedas para justificar, si logran destituirte y os llevaran a juicio, porqué no habéis realizado los pagos de dichas derramas, para así tener pruebas suficientes. Además, como hasta que se haga efectivo el nombramiento de un nuevo presidente, tendréis tiempo suficiente para presentar vosotros una demanda a la comunidad por ¿improcedencia? No se donde vives, pero si es en Madrid puedes ir a Plaza Castilla a los Juzgados que hay abogados para estas consultas y, además coste cero. De todas maneras, también podríais llegar a un acuerdo los 21 vecinos que no habéis pagado y realizar los trámites para consignar ese importe en el Juzgado a la espera de que se resuelva este embrollo. Decididamente, no se si te habré ayudado, vuelvo a reiterar que no soy abogado/a, te aconsejo que mantengas una mente abierta, que veas todos los ángulos del problemas con todas sus posibilidades y contradicciones. Piensa siempre en positivo y si te lees bien la Ley de Propiedad Horizontal, y los artículos del Código Civil y Penal a los que hacen referencia, verás que tienes más posibilidades de ganar que de perder. SUERTE.
18/07/2007 22:27
Una última consulta, en esta Junta extraordinaria que se va a celebrar el martes se han recogido firmas para que conste en el orden del dia mi destitución como presidente, sin alegar motivo alguno.

Verbalmente le han comentado al administrador que es porque se voto el denunciar a las personas que no habían pagado y yo no he procedido a firmar la denuncia, hecho que no he realizado al ver la situación de los temas expuestos.

¿Pueden echarme? ¿Puedo recurrir si se vota? Además el administrador me ha comentado que como tenemos la deuda de la derrama esta que he comentado no podremos votar, que a el le conviene por como se ha desarrollado el tema.

Mil gracias de nuevo.
18/07/2007 18:33
Contestando a tu pregunta, decirte que os podéis negar hasta que realmente no esté aprobado en junta conforme a lo que la Ley de Propiedad Horizontal indica, de todas manera te copio el artículo 18 que dice: Artículo 18: 1. Los acuerdos de la Junta de propietarios serán impugnables ante los Tribunales, de conformidad con lo establecido en la legislación procesal general, en los siguientes supuestos: a) Cuando sean contrarios a la Ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios. b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios. c) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho. 2. Estarán legitimados para la impugnación de estos acuerdos los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta, los ausentes por cualquier causa y los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto. Para impugnar los acuerdos de la Junta el propietario deberá estar al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad o proceder previamente a la consignación judicial de las mismas. Esta regla no será de aplicación para la impugnación de los acuerdos de la Junta relativos al establecimiento o alteración de las cuotas de participación a que se refiere el artículo 9 entre los propietarios. Puedes verlo completamente en www.comunidades.com

18/07/2007 18:18
Sobre el dinero no hay problema puesto que esta en una cuenta y no se ha tocado.

Lo que quiero saber es si debemos ingresar el importe de la derrama aprobada o si nos podemos negar. ¿Se puede denunciar además a los que no han pagado la derrama?

En la Junta del próximo martes he pensado leer el escrito remitido por burofax, exponer los presupuestos sin iva, leer las anteriores actas, que dejan en evidencia el proceso, y poner entre las cuerdas al administrador puesto que como tal debería haber hecho el trabajo con todas las garantías legales y no dejando tantos flecos al aire.

MUCHAS GRACIAS por asesorarme, para mi la verdad es que ha venido todo de golpe y lo que más me preocupa es que quieren destituirme y el que se presente como presidente haga las cosas mal.

un saludo
18/07/2007 17:58
Buenas tardes escoades, primero decirte que los procedimientos anteriores iniciados para dichas obras son correctos, pero lo que ya no es CORRECTO es que el anterior presidente no presentara en junta los presupuestos ni proyecto. Está clarísimo que los vecinos que no habéis realizado el pago de la derrama lo habéis hecho porque no hay un acta que avale estos hechos. Es más, si todavía no se ha realizado ninguna obra deberías averiguar que ha sucedido con el dinero que han puesto los 21 vecinos. Que yo sepa ninguna obra se paga antes de iniciarla y, desde luego, el montante es muy alto. Lo que debes recabar es toda la información necesaria para que puedas defenderte en esa junta del próximo martes. Como eres el presidente puedes solicitar un extracto bancario con todos los ingresos y los pagos y los puedes cotejar con las facturas, recibos... etc. que obre en poder de la administración. Pero ten presente que muchos administradores son muy listos así que deberás hacer además, de detective, llamando a aquellas empresas que te resulten raros los pagos que la comunidad haya realizado solicitándoles la documentación que creas necesarias para la contratación de esos servicios ya pagados. En internet, puedes consultar la ley de propiedad horizontal, deberes y obligaciones del presidente de la comunidad, de los vecinos y del administrador o sercretario, etc. Lo que te recomiendo que seas más listo que los vecinos y que el administrador dándoles las menos posibles explicaciones y soltándolo todo en dicha junta. Espero haberte ayudado. Suerte.
18/07/2007 17:19
escodaes, muy mal el llamar al administraidor, pues seguro que es él quién está detrás d etodo ésto. Ya sabe, las comisiones, y no obreras precisamente.

Mire el último acta d ela junta y el orden del día de la convocatoria.
Si no aparece qu ese le nombra administrador al administraidor, le puede echar, ya que no ha sido renovado.
18/07/2007 15:58
Por cierto ¿donde puedo consultar cual es el procedimiento?

Además de lo que he expuesto he remitido un burofax al administrador en el que le pido de explicaciones ante la comunidad. Espero que sirva para algo.
18/07/2007 15:54
Estimado JVA229, gracias por tu comentario inicial.

Vamos a ver en una primera junta varios vecinos solicitaron que se realizaran una serie de obras. se comentó que se iban a pedir los presupuestos. Pasados unos meses en una junta el anterior presidente indica que se han pedido los presupuestos y qie el montante asciende a 70,500 euros y que por tanto a 1,500 por vecino, todo ello sin presentar presupuestos, proyecto ni someterlo a votación.

Se abre un plazo de 6 meses para abonar dicha cantidad. Pasada esa fecha en una asamblea extraordinaria se comenta que ha pasado la fecha y que han pagado 21 de los 47 y se somente a votación denunciar el impago, de lo que para mi es una derrama sin justificar ante los hechos.

Cuando asumo la presidencia, en esta última junta, me hago con los presupuestos y veo que se han pedido sin IVA, CIF, con apartados sin presupuestar, etc.

Sobre tus preguntas, no se ha iniciado ninguna obra (¡menos mal!) dicen que pagamos a partes iguales porque hace unos años se voto, pero el administrador no tiene ese acta ni el libro.

El proximo martes hay una junta extraordinaria convocada por los vecinos para destituirme por no haberme movido en la denuncia, pero ante lo visto he preferido informarme de todo lo que he podido, en el que sólo han pasado dos meses y medio, pero quieren hacer esto.

Ya me dices que te parece, porque de momento es un lio tremendo.

GRACIAS por adelantado.
18/07/2007 13:41
Buenos días escodaes, en menudo problemón te has metido¡. Siendo presidente lo tienes bastante fácil, antes de llegar al juzgado, donde desde mi humilde punto de vista, perderíais y con razón. Para aprobar una derrama hay que tener una causa justificada, haberse solicitado presupuestos a diversas empresas con sus correspondientes CIF y el correspondiente IVA, haber hecho llegar a todos los vecinos los mismos, la realización de una junta para decidir entre todos los propietarios que presupuesto se ajusta mejor y, desde luego, si es cerrado, el haber votado y haberse aprobado. Como parece ser que "sólo se comentó" se puede llegar a pensar muchas cosas de donde ha ido a parar ese dinero... mis preguntas son: ¿se han realizado algunas de las diversas obras que dices? ¿pagáis a partes iguales o por coeficientes?. Yo de tí convocaría una junta extraordinaria para tratar el asunto, si no se ha empezado ninguna obra, volvería a solicitar presupuestos y actuaría conforme indica la Ley. Evita por todos los medios posibles dando alternativas a esas personas que se niegan o, perdona ¿que quieres decir por "incumplimiento" a quien habésis incumplido?
Derrama aprobada sin presupuestos aprobados
18/07/2007 12:10
Hola, quisiera formular una cuestión por si alguien puede contestarme.

Soy presidente de una comunidad de vecinos desde hace unos meses. Hace tiempo se solicitó que se pidieran presupuestos para realizar diversas obras, estos presupuestos se pidieron pero nunca se enseñaron ni sometieron a junta, sólo se comentó que sumaban 70,500 euros y que cada vecino tenía que pagar 1,500, se sometió a votación y se aprobó la derrama, sin enseñar presupuesto alguno.

Ahora se quiere llevar al juzgado el tema porque hemos incumplido la derrama y hemos alegado que no se han enseñado los presupuestos, que algunos (ya que al ser presidente los he visto) no incluyen iva ni CIF y comentan que no es necesario y por eso no queremos hacer la derrama.

¿Nos pueden obligar a pagar una derrama sobre unas obras que no se ha presupuestado correctamente ni se han aprobado por los vecinos?

¿Que puedo hacer?

Gracias por vuestra atención.