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              cobrar el paro todo junto
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Autor: cjs Fecha: 12/10/2011
Tema: cobrar el paro todo junto
hola soy argentina con nacionalidad española, me despidieron y me quiero volver a mi pais, y queria saber si pued cobrar el paro todo junto, para porder empezar alla de cero... muchas gracias

Autor: leo897 Fecha: 12/10/2011
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/Tripticoretornovoluntario.pdf

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00d06.html

Autor: cjs Fecha: 13/10/2011
muchas gracias leo897, pero aunque tenga la nacionalidad española puedo? o tendria q renunciar? pregunte en mil lados y nadie sabe decirme... gracias

Autor: sole2012 Fecha: 02/02/2012
cjs pudiste informarte? tengo la misma situación, supiste algo más?. cuando puedas me respondes.

Autor: Condedecartagena Fecha: 02/02/2012
Hola.

Las personas que tienen la nacionalidad española no pueden acogerse al plan de retorno voluntario. El motivo es que los destinatarios son los trabajadores extranjeros y quien tiene la nacionalidad española ya no es considerado extranjero.

Un cordial saludo.

Autor: sole2012 Fecha: 02/02/2012
Condedecartagena una consulta pero entonces si uno se va del pais, el dinero que uno cotizo, se pierde?-

Autor: Condedecartagena Fecha: 02/02/2012
Hola. La prestación de desempleo solo puede exportarse a otros países de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, mientras se busca y encuentra trabajo en ellos. Pero no puede llevarse fuera de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo.

La naturaleza de la prestación por desempleo es servir de ayuda al trabajador desempleado mientras busca un nuevo empleo o asiste a acciones formativas en España mismo o en otros Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo. Excepcionalmente, se había previsto en este Plan Retorno, que los extranjeros extracomunitarios, bajo ciertas condiciones y compromisos (básicamente, volver a su país, renunciar a la autorización de residencia y comprometerse a no volver a España en 3 años), pudieran cobrar la prestación íntegra, pero esto ha sido una medida excepcional, dada la actual coyuntura económica.

El tiempo cotizado en España, para otras contingencias, sí puede ser llevado al país de origen, en el caso de que exista un Convenio bilateral o Convenio multilateral, a efectos del cómputo total para el cálculo de la pensión de jubilación. Pero la prestación de desempleo suele estar excluida.

Un cordial saludo.

Autor: sole2012 Fecha: 02/02/2012
Condedecartagena , gracias por tu explicación!


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