|
|
|
FORO DE DERECHO EXTRANJERíA |
|
|
|
Autor: cjs |
Fecha: 12/10/2011 |
|
Tema: cobrar el paro todo junto |
|
|
hola soy argentina con nacionalidad española, me despidieron y me quiero volver a mi pais, y queria saber si pued cobrar el paro todo junto, para porder empezar alla de cero... muchas gracias |
|
Autor: leo897 |
Fecha: 12/10/2011 |
|
|
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/Tripticoretornovoluntario.pdf
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00d06.html |
|
Autor: cjs |
Fecha: 13/10/2011 |
|
|
muchas gracias leo897, pero aunque tenga la nacionalidad española puedo? o tendria q renunciar? pregunte en mil lados y nadie sabe decirme... gracias
|
|
Autor: sole2012 |
Fecha: 02/02/2012 |
|
|
cjs pudiste informarte? tengo la misma situación, supiste algo más?. cuando puedas me respondes. |
|
Autor: Condedecartagena |
Fecha: 02/02/2012 |
|
|
Hola.
Las personas que tienen la nacionalidad española no pueden acogerse al plan de retorno voluntario. El motivo es que los destinatarios son los trabajadores extranjeros y quien tiene la nacionalidad española ya no es considerado extranjero.
Un cordial saludo. |
|
Autor: sole2012 |
Fecha: 02/02/2012 |
|
|
Condedecartagena una consulta pero entonces si uno se va del pais, el dinero que uno cotizo, se pierde?- |
|
Autor: Condedecartagena |
Fecha: 02/02/2012 |
|
|
Hola. La prestación de desempleo solo puede exportarse a otros países de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo, mientras se busca y encuentra trabajo en ellos. Pero no puede llevarse fuera de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo.
La naturaleza de la prestación por desempleo es servir de ayuda al trabajador desempleado mientras busca un nuevo empleo o asiste a acciones formativas en España mismo o en otros Estados miembros de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo. Excepcionalmente, se había previsto en este Plan Retorno, que los extranjeros extracomunitarios, bajo ciertas condiciones y compromisos (básicamente, volver a su país, renunciar a la autorización de residencia y comprometerse a no volver a España en 3 años), pudieran cobrar la prestación íntegra, pero esto ha sido una medida excepcional, dada la actual coyuntura económica.
El tiempo cotizado en España, para otras contingencias, sí puede ser llevado al país de origen, en el caso de que exista un Convenio bilateral o Convenio multilateral, a efectos del cómputo total para el cálculo de la pensión de jubilación. Pero la prestación de desempleo suele estar excluida.
Un cordial saludo. |
|
Autor: sole2012 |
Fecha: 02/02/2012 |
|
|
Condedecartagena , gracias por tu explicación! |
Para poder enviar mensajes al foro es imprescindible estar dado de alta como usuario registrado
Iniciar sesión
- Darse de alta
Bufetes de abogados especialistas en Derecho Extranjería:
| María Dolores BAQUERO GARCES (SEVILLA) |
Ver ficha |
| Desde 1991 Especializados en Extranjería, Civil (Familia), Administrativo. Problemas de escolarización colegios públicos y concertados |
| Juan Luis JIMÉNEZ HERRERA (CACERES, Cáceres) |
Ver ficha |
| - CONSULTAS ON LINE GRATIS - PENAL -DIVORCIOS - EXTRANJERÍA - CIVIL - ALCOHOLEMIAS - NEGLIGENCIAS MÉDICAS - |
| Azucena LIBRAN (PONFERRADA, León) |
Ver ficha |
| Civil, Penal, Extranjería |
| Carmen SANCHEZ HERRERO (ZARAGOZA) |
Ver ficha |
| Derecho Penal, causas con preso, visitas en los Centros Penitenciarios de toda España. |
| Oihana VIGIOLA BILBAO (BILBAO, Vizcaya) |
Ver ficha |
| Asesoramiento integral; especialización en temas familiares, como divorcios, liquidaciones, adopciones, incapacitaciones, herencias. |
| Daniel RODRÍGUEZ DE MIGUEL VILAGUT (BARCELONA) |
Ver ficha |
| Alejandra ALIAS LAJARA (VALENCIA) |
Ver ficha |
|
|