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pareja de hecho

8 Comentarios
 
Pareja de hecho
10/06/2011 12:53
Hola! Ante todo un cordial saludo y una felicitación y agradecimiento por tal excelente foro. Mi caso es el siguiente soy venezolana y voy a cumplir un año en situación irregular en España, mi novio y yo queremos formalizar de algún modo nuestra relación mediánte este trámite no vivimos juntos cada uno por separado pero ambos queremos hacerlo de este. Modo para que me puedan dar la residencia para así poder optar un mejor trabajo y tomar el paso. Actualmente vivo con mi hermana ella me enpadrono al llegar al país, que me aconsejan que pasos debo seguir mi pareja debe empadronarme nuevamente le agradecería una pronta respuesta y gracias nuevamente.
10/06/2011 13:01
Hola. Primero, es necesario saber en qué comunidad autónoma vive, porque la normativa varía de un lugar a otro.

Luego, la normativa de casi todas las comunidades autónomas exigen que al menos uno de los dos miembros esté empadronado en su comunidad autónoma o en el municipio, si se trata de un registro municipal.

Por otro lado, en la práctica, para poder obtener su tarjeta, deberá estar empadronada en el mismo domicilio con su pareja. Por eso, es recomendable que comience por empadronarse con su novio en el mismo domicilio.

Luego, vaya preparando tanto usted como su novio, la obtención del certificado de estado civil:

- Si su novio es español, basta la FE DE VIDA Y ESTADO, que se solicita en el Registro Civil.

- Si es de otro país europeo, debe solicitar el certificado de estado civil de su país, debidamente legalizado y traducido (salvo que en su país se expida certificado plurilingüe).

- USTED: su certificado de estado civil. Debe mandarlo a pedir a su país o solicitarlo en España en el Consulado de su país. Si viene de su país, debe ser enviado con la Apostilla de La Haya. Si se lo expide el Consulado de su país acreditado en España, debe contar con el sello de legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en Madrid.

Un cordial saludo.
10/06/2011 13:40
Bueno la comunidad autónoma es baleares y bueno el a vivido en palma de mallorca toda su vida, éstando en situación irregular puede el empadronarme sin tener problemas o yo dado el caso? Sobre los certificados puede realizarlo mi madre en Venezuela con. Un poder y enviarmelo, o tengo q hacerlo directamente yo en madrid lo digo por el hecho de no poder viajar por mi irregularidad en los papeles gracias por responder
10/06/2011 17:12
Hola. Si está en Islas Baleares, la normativa reguladora es:

Ley 18/2001, de 19 de diciembre, de Parejas Estables.

Decreto 112/2002, de 30 de agosto, de creación de un Registro de Parejas Estables de las Islas Baleares.

Se exige que al menos uno de los dos tenga vecindad civil balear (no solo vecindad administrativa, que es el empadronamiento). Si su novio nació en las islas Baleares o ha vivido ahí durante los últimos 10 años, debe en el certificado de empadronamiento constar ese tiempo (que normalmente consta).

Si usted es venezolana, hasta donde llega mi conocimiento, los consulados de Venezuela no confieren el certificado de estado civil, sino que debe enviar un poder a una persona de confianza allá, que podría ser su madre, para que en su nombre y representación, obtenga el certificado de estado civil (hace dos semanas una joven venezolana, en situación similar a la suya, aunque ella vive en Asturias, intentó solicitar al Consulado de Venezuela en Vigo, que es el que le corresponde por su demarcación consular y le indicaron que el Consulado no expedía ese certificado). No olvide que el poder debe otorgarse por escritura pública y debe luego llevarlo a que en el Colegio de Notarios le coloquen la Apostilla de La Haya.

Cuando tenga ya el certificado de estado civil enviado desde su país, con la Apostilla de La Haya, podrá comparecer con su novio a inscribirse. Su novio tendrá que presentar su DNI y la Fe de vida y estado, expedida por el Registro Civil de la localidad. Ambos deben presentar sus certificados de empadronamiento, el de su novio, que cuide especialmente que aparezca el tiempo que lleva empadronado.

Nota.- Se exige que, además del certificado de estado civil de su país, usted presente la Fe de Vida y Estado del Registro Civil español. Es decir, usted, en virtud de su calidad de extranjera, está obligada a presentar dos certificados de estado civil: el español y el de su país.

HOJA INFORMATIVA CON REQUISITOS

http://www.caib.es/govern/archivo.do?id=457111

IMPRESOS
http://www.caib.es/govern/archivo.do?id=378243

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

GOVERN DE LES ILLES BALEARS
Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración
Dirección General de Menores y Familia
C/ de San Juan de la Salle, 7
07003 Palma
Tel.: 971 17 74 00
Fax: 971 176416
Correo Electrónico: rparelles@dgmenors.caib.es

EXTRANJERÍA:

1.- Cuando ya tenga el certificado de inscripción del Registro de Parejas de Hecho, debe solicitar cita previa en la Oficina de Extranjeros que le corresponda.

2.- El impreso a cumplimentar es el EX-16 :

http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/ex_16.pdf

3.- No olvide que le exigirán también que presente los certificados de estado civil. Por ello, no entregue originales sino copias compulsadas cuando haga el trámite de inscripción ante la Administración Autonómica.

4.- Lugar de presentación:
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ISLAS BALEARES

OFICINA DE EXTRANJEROS DE LAS ISLAS BALEARES

C/ Ciudad de Queretaro, s/n Polígono Levante
07006 - Palma
(Balears, Illes)
Tel.: 971989170
(Horario: De lunes a jueves de 9.00 a 17.00 y viernes de 9.00 a 14.00)

Un cordial saludo.
10/06/2011 20:58
Gracias por ayudarme y aclarar mis dudas, me sirvio muchisimo su ayuda mil gracias!
17/10/2011 18:25
hola de nuevo!!!! aun no he hecho el procedimiento en parte por falta de conocimiento y entre duda y duda no he terminado el tramite. ya llevo 1 año y 4 meses en palma de mallorca aun sigo empadronada con mi hermana. bueno me enredo mucho en cuanto a este tema creo estar bloqueada no se como empezar. mi pareja y yo vivimos en casa de us padres, el cual veo que se complica mi historia...como puede empadronarme mi chico en casa de sus padres si el no es titular de la casa? es necesario que me empadrone o solo sirve el que me ha hecho mi hermana en su domicilio? sino me empadrona el no podre obtener la residencia? y donde se saca el el certificado civil balear? necesito ayuda urgente porque cada vez mas me hecha mas para atras todo y por falta de conocimiento no me animo a moverme ...le agradeceria mucho si usted pudiera aclarar mis dudas. gracias por la paciencia y su tiempo.
17/10/2011 20:18
Hola:

1.- Se entiende que su novio tiene vecindad civil balear si nació de padres con vecindad civil balear o si ha vivido 10 años continuados en las islas Baleares. El certificado literal de nacimiento de su novio o el certificado de empadronamiento que acredite que su novio lleva al menos 10 años empadronado en cualquier municipio de las islas Baleares, sirven para acreditar este extremo en este procedimiento.

2.- El certificado de estado civil (fe de vida y estado), también debe solicitarlo al Registro Civil.

El que viene de su país debe venir con la Apostilla de La Haya.

3.- Para empadronarse, suele bastar con que el titular de la vivienda autorice a que se empadrone en ella, nada más. No es algo complicado, suele resolverse en poco tiempo. Puede comparecer el interesado con usted o puede firmar la autorización y adjuntar una copia del DNI.

No es necesario, pero sí conveniente, que ambos figuren empadronados en el mismo domicilio.

Y debe tener en cuenta que el primer procedimiento, de inscripción como pareja estable, es de competencia autonómica. Una vez que tenga el certificado de inscripción, será cuando podrá solicitar su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjeros, que es dependencia de la Administración General del Estado. Le digo esto para que no esté perdiendo el tiempo haciendo al personal de las Administraciones preguntas de materias que son ajenas a sus competencias.

Un cordial saludo.
25/10/2011 11:35
hola conde; gracias por la ayuda prestada, dices que basta con que el titular de la vivienda autorice para poder empadronarse en ella, como se hace esta autorizacion? debe ser redactada con un notario? en fin como puedo realizarla gracias.
25/10/2011 11:39
Hola. Normalmente, los Ayuntamientos tienen ya un impreso con esta autorización. Puede acercarse y solicitar el impreso.

Un cordial saludo.
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10/06/2011 12:53
Hola! Ante todo un cordial saludo y una felicitación y agradecimiento por tal excelente foro. Mi caso es el siguiente soy venezolana y voy a cumplir un año en situación irregular en España, mi novio y yo queremos formalizar de algún modo nuestra relación mediánte este trámite no vivimos juntos cada uno por separado pero ambos queremos hacerlo de este. Modo para que me puedan dar la residencia para así poder optar un mejor trabajo y tomar el paso. Actualmente vivo con mi hermana ella me enpadrono al llegar al país, que me aconsejan que pasos debo seguir mi pareja debe empadronarme nuevamente le agradecería una pronta respuesta y gracias nuevamente.
10/06/2011 13:01
Hola. Primero, es necesario saber en qué comunidad autónoma vive, porque la normativa varía de un lugar a otro.

Luego, la normativa de casi todas las comunidades autónomas exigen que al menos uno de los dos miembros esté empadronado en su comunidad autónoma o en el municipio, si se trata de un registro municipal.

Por otro lado, en la práctica, para poder obtener su tarjeta, deberá estar empadronada en el mismo domicilio con su pareja. Por eso, es recomendable que comience por empadronarse con su novio en el mismo domicilio.

Luego, vaya preparando tanto usted como su novio, la obtención del certificado de estado civil:

- Si su novio es español, basta la FE DE VIDA Y ESTADO, que se solicita en el Registro Civil.

- Si es de otro país europeo, debe solicitar el certificado de estado civil de su país, debidamente legalizado y traducido (salvo que en su país se expida certificado plurilingüe).

- USTED: su certificado de estado civil. Debe mandarlo a pedir a su país o solicitarlo en España en el Consulado de su país. Si viene de su país, debe ser enviado con la Apostilla de La Haya. Si se lo expide el Consulado de su país acreditado en España, debe contar con el sello de legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en Madrid.

Un cordial saludo.
10/06/2011 13:40
Bueno la comunidad autónoma es baleares y bueno el a vivido en palma de mallorca toda su vida, éstando en situación irregular puede el empadronarme sin tener problemas o yo dado el caso? Sobre los certificados puede realizarlo mi madre en Venezuela con. Un poder y enviarmelo, o tengo q hacerlo directamente yo en madrid lo digo por el hecho de no poder viajar por mi irregularidad en los papeles gracias por responder
10/06/2011 17:12
Hola. Si está en Islas Baleares, la normativa reguladora es:

Ley 18/2001, de 19 de diciembre, de Parejas Estables.

Decreto 112/2002, de 30 de agosto, de creación de un Registro de Parejas Estables de las Islas Baleares.

Se exige que al menos uno de los dos tenga vecindad civil balear (no solo vecindad administrativa, que es el empadronamiento). Si su novio nació en las islas Baleares o ha vivido ahí durante los últimos 10 años, debe en el certificado de empadronamiento constar ese tiempo (que normalmente consta).

Si usted es venezolana, hasta donde llega mi conocimiento, los consulados de Venezuela no confieren el certificado de estado civil, sino que debe enviar un poder a una persona de confianza allá, que podría ser su madre, para que en su nombre y representación, obtenga el certificado de estado civil (hace dos semanas una joven venezolana, en situación similar a la suya, aunque ella vive en Asturias, intentó solicitar al Consulado de Venezuela en Vigo, que es el que le corresponde por su demarcación consular y le indicaron que el Consulado no expedía ese certificado). No olvide que el poder debe otorgarse por escritura pública y debe luego llevarlo a que en el Colegio de Notarios le coloquen la Apostilla de La Haya.

Cuando tenga ya el certificado de estado civil enviado desde su país, con la Apostilla de La Haya, podrá comparecer con su novio a inscribirse. Su novio tendrá que presentar su DNI y la Fe de vida y estado, expedida por el Registro Civil de la localidad. Ambos deben presentar sus certificados de empadronamiento, el de su novio, que cuide especialmente que aparezca el tiempo que lleva empadronado.

Nota.- Se exige que, además del certificado de estado civil de su país, usted presente la Fe de Vida y Estado del Registro Civil español. Es decir, usted, en virtud de su calidad de extranjera, está obligada a presentar dos certificados de estado civil: el español y el de su país.

HOJA INFORMATIVA CON REQUISITOS

http://www.caib.es/govern/archivo.do?id=457111

IMPRESOS
http://www.caib.es/govern/archivo.do?id=378243

LUGAR DE PRESENTACIÓN:

GOVERN DE LES ILLES BALEARS
Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración
Dirección General de Menores y Familia
C/ de San Juan de la Salle, 7
07003 Palma
Tel.: 971 17 74 00
Fax: 971 176416
Correo Electrónico: rparelles@dgmenors.caib.es

EXTRANJERÍA:

1.- Cuando ya tenga el certificado de inscripción del Registro de Parejas de Hecho, debe solicitar cita previa en la Oficina de Extranjeros que le corresponda.

2.- El impreso a cumplimentar es el EX-16 :

http://www.mir.es/SGACAVT/modelos/extranjeria/ex_16.pdf

3.- No olvide que le exigirán también que presente los certificados de estado civil. Por ello, no entregue originales sino copias compulsadas cuando haga el trámite de inscripción ante la Administración Autonómica.

4.- Lugar de presentación:
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ISLAS BALEARES

OFICINA DE EXTRANJEROS DE LAS ISLAS BALEARES

C/ Ciudad de Queretaro, s/n Polígono Levante
07006 - Palma
(Balears, Illes)
Tel.: 971989170
(Horario: De lunes a jueves de 9.00 a 17.00 y viernes de 9.00 a 14.00)

Un cordial saludo.
10/06/2011 20:58
Gracias por ayudarme y aclarar mis dudas, me sirvio muchisimo su ayuda mil gracias!
17/10/2011 18:25
hola de nuevo!!!! aun no he hecho el procedimiento en parte por falta de conocimiento y entre duda y duda no he terminado el tramite. ya llevo 1 año y 4 meses en palma de mallorca aun sigo empadronada con mi hermana. bueno me enredo mucho en cuanto a este tema creo estar bloqueada no se como empezar. mi pareja y yo vivimos en casa de us padres, el cual veo que se complica mi historia...como puede empadronarme mi chico en casa de sus padres si el no es titular de la casa? es necesario que me empadrone o solo sirve el que me ha hecho mi hermana en su domicilio? sino me empadrona el no podre obtener la residencia? y donde se saca el el certificado civil balear? necesito ayuda urgente porque cada vez mas me hecha mas para atras todo y por falta de conocimiento no me animo a moverme ...le agradeceria mucho si usted pudiera aclarar mis dudas. gracias por la paciencia y su tiempo.
17/10/2011 20:18
Hola:

1.- Se entiende que su novio tiene vecindad civil balear si nació de padres con vecindad civil balear o si ha vivido 10 años continuados en las islas Baleares. El certificado literal de nacimiento de su novio o el certificado de empadronamiento que acredite que su novio lleva al menos 10 años empadronado en cualquier municipio de las islas Baleares, sirven para acreditar este extremo en este procedimiento.

2.- El certificado de estado civil (fe de vida y estado), también debe solicitarlo al Registro Civil.

El que viene de su país debe venir con la Apostilla de La Haya.

3.- Para empadronarse, suele bastar con que el titular de la vivienda autorice a que se empadrone en ella, nada más. No es algo complicado, suele resolverse en poco tiempo. Puede comparecer el interesado con usted o puede firmar la autorización y adjuntar una copia del DNI.

No es necesario, pero sí conveniente, que ambos figuren empadronados en el mismo domicilio.

Y debe tener en cuenta que el primer procedimiento, de inscripción como pareja estable, es de competencia autonómica. Una vez que tenga el certificado de inscripción, será cuando podrá solicitar su tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión en la Oficina de Extranjeros, que es dependencia de la Administración General del Estado. Le digo esto para que no esté perdiendo el tiempo haciendo al personal de las Administraciones preguntas de materias que son ajenas a sus competencias.

Un cordial saludo.
25/10/2011 11:35
hola conde; gracias por la ayuda prestada, dices que basta con que el titular de la vivienda autorice para poder empadronarse en ella, como se hace esta autorizacion? debe ser redactada con un notario? en fin como puedo realizarla gracias.
25/10/2011 11:39
Hola. Normalmente, los Ayuntamientos tienen ya un impreso con esta autorización. Puede acercarse y solicitar el impreso.

Un cordial saludo.