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Pensión compartida

8 Comentarios
 
Pensión compartida
13/09/2004 18:17
Actualmente estoy separado, fruto de mi matrimonio tuve dos hijos, uno de los cuales desde hace 1 año vive conmigo, mi otro hijo convive con su madre. Los dos son menores de edad. Le paso una pensión por alimentos a mi ex-mujer por el hijo que tiene a su cargo y ella a mi no. Tengo algún derecho legal a pedir yo también una pensión o el derecho a no pagarle nada puesto que cada uno tiene a su cargo un hijo que genera prácticamente los mismos gastos. Actualmente los dos padres estamos trabajando.
14/09/2004 12:07
Para responder a tu preguntas deberías especificar que decretó la sentencia de separación y cuáles eran las circunstancias antaño. Deberás también relatar las circunstancias actuales. Si no ofreces esos datos, mal se puede asesorar.

Un abrazo, Alejandro.
14/09/2004 12:59
Hola alegato, antes de nada gracias por intentar ayudarme.
En un principio mi ex-mujer se hizo cargo de nuestros dos hijos, por los cuales yo pasaba una pensión mensual para cada uno de ellos. Después de un año en esta situación, mi hijo mayor vivo a vivir conmigo, con lo que deje de pasar a mi ex la parte de la pensión que le correspondía a él. Actualmente sigo pasandole la pensión a mi otro hijo y también me hago cargo de todos los gastos que genera mi hijo mayor que es el que vive conmigo. Con lo cual, económicamente me estoy haciendo yo exclusivamente cargo de mis dos hijos. Tengo algún derecho a no pagarle la pensión a mi ex mujer, puesto que ella está trabajando y a mi no me paga nada; de esta manera, ella pagaría los gastos del hijo que vive con ella y yo del que vive conmigo.

Nuevamente gracias, un saludo
14/09/2004 13:31
Entiendo que en tu caso es factible la modificación de medidas en orden a adecuar la sentencia matrimonial a las nuevas circunstancias. No obstante, para llegar a la solución que ofreces habrá que examinar los ingresos de ambos progenitores y las necesidades de ambos hijos.

En tu contra tienes tu propia conducta dado que una vez que uno de los hijos decidió irse a vivir contigo, en vez de modificar la situación en dicho momento y regularla judicialmente, tú decidiste seguir abonando la mitad de la pensión de alimentos por el otro hijo. Existe también otra dificultad procesal en tu asunto y es que si bien puedes extinguir la pensión de alimentos a la que judicialmente resultas obligado por el hijo que tienes a tu cargo, no puedes, sin embargo, solicitar de tu ex-esposa una pensión de alimentos a favor del mismo dada su mayoría de edad y la falta de legitimación que tendrías en el proceso matrimonial. Ello no quita que si dicho hijo mayor de edad sigue dependiendo económicamente de sus padres y vive en tu domicilio, dicha circunstancia, sea utilizada para rebajar la pensión del otro hijo que convive con la madre si es que los ingresos de los progenitores, como anteriormente he dicho, son similares o parejos.

Un saludo.
14/09/2004 17:36
Disculpa alegato, quizás no he me sabido explicar bién, pero mis dos hijos son menores de edad, con lo cual estoy obligado a hacerme cargo económicamente de ellos. Lo que no acabo de entender es por que suponiendo que los ingresos de los padres sean parecidos por que tengo yo que hacerme cargo de todos los gastos que generan mis hijos, cuando en este caso ambos estamos capacitados para alimentarlos, vestirlos, y todo lo que representa cuidarse de un hijo; en mi caso, me da la sensación de que sólo el padre esta obligado a pagar.
Puesto que los dos son menores, los dos deberían tener el mismo derecho económico. Actualmente el hijo que vive con su madre tiene más beneficios y con lo cual más "caprichos" que el otro, puesto que cuenta con el sueldo de su madre y el mio, cosa que el hijo que vive conmigo no tiene.

Un saludo
14/09/2004 18:03
Si los ingresos de los cónyuges son los mismos que al tiempo de la firma del convenio regulador, lo único en lo que podrás modificar la sentencia es en el extremo referente a la extinción de la pensión de alimentos del hijo que tienes a tu cargo, cuestión ésta que, por otro lado, se ha llevado ya a la práctica de hecho.

La madre contribuye a la pensión del hijo que tiene a su cargo en atención a su capacidad económica que, como intuyo -aunque no lo expresas-, es muy inferior a la tuya. Por la anterior circunstancia, deberás seguir pasando la pensión por el hijo yúnicamente tendrás derecho a extinguir la que pagabas por el otro hijo que ahora está contigo, aunque de hecho, como tu mismo has expuesto, desde que se fue a vivir contigo no se abona.

Un saludo.
14/09/2004 18:50
Gracias por tu ayuda alegato.
Te agradezco que me hayas podrido resolver mi duda, aunque también debo decir que me parece injusto, y hablo a terminos legales; aunque todos sabemos que hoy en día la madre siempre tiene las de ganar, y en este caso en concreto creo que no me equivoco de mucho. Prácticamente todo lo que yo gano va destinado a la manutención de mis hijos, mientras que ella por su parte no se hace cargo de ningún gasto económico más de los que ella misma se genera; que intuyo que serán mucho mayores y mejores que los mios.

De todas maneras gracias por su ayuda.
Un saludo
14/09/2004 21:07
Alejandro: En estas situaciones se cruzan las obligaciones de prestar alimentos: la madre debe pasarte pensión a tí y tú a la madre. Si los gastos son similares y los ingresos también el juez evaluará la situación amén de examinar si es conveniente para los niños vivir separados y puede establecer que ambos no os paseis pensiones (poruqe cada uno tenéis un hijo a vuestro cargo y lo alimentais) o que estas se crucen como te he dicho. Las cuantías irán en función de los ingresos que tenéis cada uno de vosotros y los gastos que tienen vuestros hijos de manera que uno pase 240,00 euros y otro 120,00 por ejemplo.

Otra cosa, plantea la modificación de medidas cuanto antes porque al Juez no le consta el cambio de situación fáctica del convenio o de la sentencia y tu mujer podría reclamarte todas las pensiones que no has pagado. Ha habido padres que por ejemplo no plantearon al juez la extinción de una pensión alimenticia a hijos que les constaba que no trabajaban y se han encontrado que al cabo del tiempo les han reclamado todo porque no plantearon la modificación de medidas (y no estoy buscando clientes en la red).

Un saludo.
14/09/2004 21:12
Por cierto, se me olvidaba una cosa. Tienes dos hijos, no has dicho en ningún momento qué edad tenían y lo digo porque el principio que suele seguirse es el de no separar a los hermanos (caso que no es el tuyo) salvo que haya razones de peso para ello o bien resulte que haya entre ellos una sustancial diferencia de edad y, obviamente, entre ellos existiría una relación muy dispar (me refiero por ejemplo a hermanos con diferencias de edad de entre 6 o 7 años) y en el pleito se tendrá que evaluar también la conveniencia amén de la situación que ya se ha creado.

Consulta no obstante con un abogado que lleve temas de familia en tu zona.


Un saludo.
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13/09/2004 18:17
Actualmente estoy separado, fruto de mi matrimonio tuve dos hijos, uno de los cuales desde hace 1 año vive conmigo, mi otro hijo convive con su madre. Los dos son menores de edad. Le paso una pensión por alimentos a mi ex-mujer por el hijo que tiene a su cargo y ella a mi no. Tengo algún derecho legal a pedir yo también una pensión o el derecho a no pagarle nada puesto que cada uno tiene a su cargo un hijo que genera prácticamente los mismos gastos. Actualmente los dos padres estamos trabajando.
14/09/2004 12:07
Para responder a tu preguntas deberías especificar que decretó la sentencia de separación y cuáles eran las circunstancias antaño. Deberás también relatar las circunstancias actuales. Si no ofreces esos datos, mal se puede asesorar.

Un abrazo, Alejandro.
14/09/2004 12:59
Hola alegato, antes de nada gracias por intentar ayudarme.
En un principio mi ex-mujer se hizo cargo de nuestros dos hijos, por los cuales yo pasaba una pensión mensual para cada uno de ellos. Después de un año en esta situación, mi hijo mayor vivo a vivir conmigo, con lo que deje de pasar a mi ex la parte de la pensión que le correspondía a él. Actualmente sigo pasandole la pensión a mi otro hijo y también me hago cargo de todos los gastos que genera mi hijo mayor que es el que vive conmigo. Con lo cual, económicamente me estoy haciendo yo exclusivamente cargo de mis dos hijos. Tengo algún derecho a no pagarle la pensión a mi ex mujer, puesto que ella está trabajando y a mi no me paga nada; de esta manera, ella pagaría los gastos del hijo que vive con ella y yo del que vive conmigo.

Nuevamente gracias, un saludo
14/09/2004 13:31
Entiendo que en tu caso es factible la modificación de medidas en orden a adecuar la sentencia matrimonial a las nuevas circunstancias. No obstante, para llegar a la solución que ofreces habrá que examinar los ingresos de ambos progenitores y las necesidades de ambos hijos.

En tu contra tienes tu propia conducta dado que una vez que uno de los hijos decidió irse a vivir contigo, en vez de modificar la situación en dicho momento y regularla judicialmente, tú decidiste seguir abonando la mitad de la pensión de alimentos por el otro hijo. Existe también otra dificultad procesal en tu asunto y es que si bien puedes extinguir la pensión de alimentos a la que judicialmente resultas obligado por el hijo que tienes a tu cargo, no puedes, sin embargo, solicitar de tu ex-esposa una pensión de alimentos a favor del mismo dada su mayoría de edad y la falta de legitimación que tendrías en el proceso matrimonial. Ello no quita que si dicho hijo mayor de edad sigue dependiendo económicamente de sus padres y vive en tu domicilio, dicha circunstancia, sea utilizada para rebajar la pensión del otro hijo que convive con la madre si es que los ingresos de los progenitores, como anteriormente he dicho, son similares o parejos.

Un saludo.
14/09/2004 17:36
Disculpa alegato, quizás no he me sabido explicar bién, pero mis dos hijos son menores de edad, con lo cual estoy obligado a hacerme cargo económicamente de ellos. Lo que no acabo de entender es por que suponiendo que los ingresos de los padres sean parecidos por que tengo yo que hacerme cargo de todos los gastos que generan mis hijos, cuando en este caso ambos estamos capacitados para alimentarlos, vestirlos, y todo lo que representa cuidarse de un hijo; en mi caso, me da la sensación de que sólo el padre esta obligado a pagar.
Puesto que los dos son menores, los dos deberían tener el mismo derecho económico. Actualmente el hijo que vive con su madre tiene más beneficios y con lo cual más "caprichos" que el otro, puesto que cuenta con el sueldo de su madre y el mio, cosa que el hijo que vive conmigo no tiene.

Un saludo
14/09/2004 18:03
Si los ingresos de los cónyuges son los mismos que al tiempo de la firma del convenio regulador, lo único en lo que podrás modificar la sentencia es en el extremo referente a la extinción de la pensión de alimentos del hijo que tienes a tu cargo, cuestión ésta que, por otro lado, se ha llevado ya a la práctica de hecho.

La madre contribuye a la pensión del hijo que tiene a su cargo en atención a su capacidad económica que, como intuyo -aunque no lo expresas-, es muy inferior a la tuya. Por la anterior circunstancia, deberás seguir pasando la pensión por el hijo yúnicamente tendrás derecho a extinguir la que pagabas por el otro hijo que ahora está contigo, aunque de hecho, como tu mismo has expuesto, desde que se fue a vivir contigo no se abona.

Un saludo.
14/09/2004 18:50
Gracias por tu ayuda alegato.
Te agradezco que me hayas podrido resolver mi duda, aunque también debo decir que me parece injusto, y hablo a terminos legales; aunque todos sabemos que hoy en día la madre siempre tiene las de ganar, y en este caso en concreto creo que no me equivoco de mucho. Prácticamente todo lo que yo gano va destinado a la manutención de mis hijos, mientras que ella por su parte no se hace cargo de ningún gasto económico más de los que ella misma se genera; que intuyo que serán mucho mayores y mejores que los mios.

De todas maneras gracias por su ayuda.
Un saludo
14/09/2004 21:07
Alejandro: En estas situaciones se cruzan las obligaciones de prestar alimentos: la madre debe pasarte pensión a tí y tú a la madre. Si los gastos son similares y los ingresos también el juez evaluará la situación amén de examinar si es conveniente para los niños vivir separados y puede establecer que ambos no os paseis pensiones (poruqe cada uno tenéis un hijo a vuestro cargo y lo alimentais) o que estas se crucen como te he dicho. Las cuantías irán en función de los ingresos que tenéis cada uno de vosotros y los gastos que tienen vuestros hijos de manera que uno pase 240,00 euros y otro 120,00 por ejemplo.

Otra cosa, plantea la modificación de medidas cuanto antes porque al Juez no le consta el cambio de situación fáctica del convenio o de la sentencia y tu mujer podría reclamarte todas las pensiones que no has pagado. Ha habido padres que por ejemplo no plantearon al juez la extinción de una pensión alimenticia a hijos que les constaba que no trabajaban y se han encontrado que al cabo del tiempo les han reclamado todo porque no plantearon la modificación de medidas (y no estoy buscando clientes en la red).

Un saludo.
14/09/2004 21:12
Por cierto, se me olvidaba una cosa. Tienes dos hijos, no has dicho en ningún momento qué edad tenían y lo digo porque el principio que suele seguirse es el de no separar a los hermanos (caso que no es el tuyo) salvo que haya razones de peso para ello o bien resulte que haya entre ellos una sustancial diferencia de edad y, obviamente, entre ellos existiría una relación muy dispar (me refiero por ejemplo a hermanos con diferencias de edad de entre 6 o 7 años) y en el pleito se tendrá que evaluar también la conveniencia amén de la situación que ya se ha creado.

Consulta no obstante con un abogado que lleve temas de familia en tu zona.


Un saludo.