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Autor: rosauriya |
Fecha: 02/02/2012 |
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Tema: pension alimenticia |
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Hola a tod@s, me gustaria que alguien me pudiera aclara una duda que tenemos mi marido y yo.Mi marido tiene un hijo de su anterior relacion que en Marzo cumplirá la mayoría de edad.Nos gustaría a partir de entonces pasarle a él la pensión pues estamos hartos de que se la quede la madre para su uso y disfrute y no le compre a su hijo lo que necesita, gasto que asumimos nosotros con algunas cosas.Su hijo está de acuerdo en hacerlo porque tambien está un poco cansado de la madre pues no le dá para salir, transporte......y él había pensado que de lo que su padre le diera mensualmente, darle una parte a su madre ya que en la sentencia pone claramente que la otra parte de la manutencion la tiene que poner la madre, en concepto de alimentos, gastos varios...etc.No se si esto es posible hacerlo con un acuerdo entre el padre y el hijo (que ya es mayor de edad) o hay que hacer algún tramite judicial.Gracias |
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Autor: sarapiki |
Fecha: 02/02/2012 |
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Buenos dias
Es perfectamente posible hacerlo, pero a traves del juzgado, promoviendo modificacion de medidas |
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Autor: rosauriya |
Fecha: 02/02/2012 |
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hola sarapiki graicas por contestarme, quiere decir que aunque el hijo sea ya mayor de edad lo tenemos que hacer a traves del juzgado??? es que yo creía que igual que la sentencia a partir de los 18 años ya no es válida es decir a partir de ésa edad el niño puede hacer lo que quiera, si se quiere venir un dia con el padre que no le corresponde por sentencia lo puede hacer, pensaba que la pensión como es suya y él ya es adulto es el que tiene que administrarsela como a él le parezca, dandole a su madre la parte que sea.
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Autor: sarapiki |
Fecha: 02/02/2012 |
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La pension se establece para el menor, pero la administra el progenitor custodio. Ya te digo que es perfectamente posible, pero hay que modificar el convenio, y eso hay que hacerlo en el juzgado donde se resolvio la separacion o divorcio, es un procedimiento civil, y supone asistir representado por procurador y defendido por letrado |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Hola sarapiki, perdona pero no se esta hablando de un menor , si no de una persona que tiene 18 años y wue segun nuestra legislacion actual , si esta provista de todas sus facultades normales , es mayor de edad ante la ley , por lo que sus progenitores pasan a ser lo importantes en su vida, tanto como el lo decida ,ya que todas sus decisiones pasan a ser suyas y solo suyas.
Entonces la pension de manutencion pasa a ser suya su responsabilidad de administrarsela. |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 03/02/2012 |
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No. Mientras una sentencia judicial diga que x dinero se ingresa en la cuenta de fulanita de tal, así debe seguir, para cambiar eso se necesita presentar una demanda de modificación de medidas,de lo contrario se podrán reclamar los impagos. Esto es así te parezca lógico o no.
Que con 18 años uno es legalmente adulto, pues sí, pero a ver si por ese fastidio que parece ser que produce que lo administre la madre, al final va a dar como resultado que el chico disponga de ese dinero para fiestas, eso puede ser peligroso, su padre tendría que valorar también ese aspecto ( eso ya solo es una opinión personal ), y en todo caso será su padre el que le pase la manutención, no "vosotros", pues al no ser tu hijo no creo que esa obligación te la impusiese a ti el juez. |
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Autor: sarapiki |
Fecha: 03/02/2012 |
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gusta40, lo siento, pero no entiendo lo que quieres decir ¿¿¿¿?????
Lo que se pregunta en el hilo inicial es si puede el padre directamente pasar la pension al hijo, y lo que se contesta es que para poder hacerlo, previamente tiene que solicitar modificacion de medidas, vamos, que es un cambio que no se da automaticamente por el simple hecho de cumplir la mayoria de edad |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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No es un simple echo, ya que la sentencia siempre y expresamente habla y se refiere a la figura de el "menor" , figura que desaparece automaticamente una vez que se cumple la mayoria de edad , entonces como se come esto yo sinceramente no lo entiendo maxime cuando en derecho la figura juridica es importantisima, por favor explicarmelo ,carezco de estudios superiores y esto sobrepasa a mi logica. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Ha! Otra cosa respecto a lo de las "fiestas", que hace alusion nuestra amiga lamanchega, decir que ya quisiera su madre tener la mitad de conocimiento y de rsponsabilidad que tiene su hijo, mi hijo se hizo cargo todo el verano pasado de su hermano de 5 meses de edad y de su hermana de 8 años ,teniendo ademas toda la casa brillante, para cuando yo llegaba de trabajar es un sol. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Sobre todo gracias a todos-das. |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 03/02/2012 |
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Bueno, pues me alegro que así sea, yo lo he dicho obviamente porque no conozco al chico, y también es muy común en hijos de padres separados que ellos llegados a una edad tiran y aflojan de un lado u otro según les va la feria, por eso lo decía, no vaya a ser que el decir "mi madre no me da dinero", se para según qué cosa, pues yo soy partidaria de dar dinero a los chicos para salir, pero créame si le digo que a veces tener un excedente para según que cosas aumenta los peligros.
No digo que sea el caso de su hijo, lo digo por si las moscas.
Espero haberme explicado. Saludos. |
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Autor: sarapiki |
Fecha: 03/02/2012 |
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A ver, intento explicartelo: en Derecho, hay determinadas circunstancias que no operan por el simple transcurso del tiempo, sino que hay que solicitar su inscripcion en el sentido que se desee, es decir, la modificacion se tiene que hacer a instancia de parte.
A ver si con otro ejemplo te resulta mas facil entenderlo: Compras una vivienda y solicitas un credito hipotecario a una entidad bancaria. Ese hipoteca, que grava la propiedad de la vivienda, queda inscrita en el registro de la propiedad. Pongamos (es un ejemplo), que al cabo de 5 años, has satisfecho todas las cantidades adeudades, o sea, has pagado el credito. La entidad bancaria ya no te reclama mas pagos, pero para que desaparezca esa carga inscrita en el registro, tienes que solicitar tu que se "borre" esa inscripcion, es decir, que conste expresamente que, al haber abonado el credito hipotecario en su totalidad, tu vivienda ya esta libre de cargas.
Pues bien, en el caso de las pensiones de alimentos, se fijan a menores o a mayores de edad, (la obligacion de alimentos esta establecida en el CC español y no tiene que ver con la edad, sino con los recursos). En el caso de este hilo, parece que se fijo cuando el chico era menor de edad, por tanto, imagino (por suspuesto no tengo el convenio delante) que se reflejaria con una formula parecida a "el padre contribuira al sostenimiento de las cargas familiares con la cantidad X que, en concepto de pension de alimentos, ingresara en la cuenta que designe la madre a tal efecto.... " Y no creo que haya ninguna estipulacion a continuacion en el sentido "tal obligacion cesara en el momento en que el hijo cumpla la mayoria de edad"
Por tanto, ese convenio sigue vigente hasta que no se modifique a instancia de alguna de las partes.
Yo no entro a valorar si la ley es logica o no. Pero si alguien hace una pregunta y se le contesta conforme a ley, y no le gusta la respuesta, yo creo que lo mejor es que intente promover un cambio en la legislacion.
Tampoco entiendo, gusta40, que tiene que ver aqui tu hijo con el hijo del que se habla en el hilo inicial... aunque parece que conoces al hijo en cuestion y a la madre en cuestion, y presumes que ese hijo es igual de responsable que el tuyo. Pero bueno, eso es otro tema.... |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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No te preocupes amiga, te entendi perfectamente y aprecio tu interes. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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perdona por mi insistencia ,pero lo que yo entiendo es que ,cuando cumplo yo la mayoria de edad , deveria mandar un escrito al ministerio del interior avisando de ello , puesto que si no lo hago me seguiran tratando como un menor toda la vida ya que segun tu segun en que casos en derecho no existe el tiempo como tal, y la mayoria de edad es uno de ellos.
De todos modos os agradezco buestro esfuerzo por explicarmelo seguiremos como estamos por si tenemos mas problemas todavia y ten encuenta que en ningun momento dije que no me gustara tu respuesta , no es bueno hacer juicios de valor sin pruevas , el pensamiento es nuestro e intransferible, otra vez gracias. |
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Autor: sarapiki |
Fecha: 03/02/2012 |
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Mira hij@, yo no se si quires rizar el rizo o tomarme el pelo. Yo no he dicho que la mayoria de edad no opere directamente, caramba, yo estoy hablando de las pensiones de alimentos establecidas en convenio...
¿gusta40, eres la misma persona que rosauriya, que fue quien inicio el hilo? |
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Autor: terabithia |
Fecha: 03/02/2012 |
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Entender que la pensión alimenticia se debe seguir haciendo e ingresandola en la cuenta estipulada para ello según sentencia ,es de lo más sencillo.
Una sentencia solo se puede variar por otra sentencia o auto de un juez.
Con lo cual una sentencia es de obligado cumplimiento hasta que no salga otra.
Ahora bien ,si el hijo es mayor de edad ,quiere administrarse él la pensión de alimentos ,pues acudis todos al juzgado ,haceis una modificación de medidas y el juez después de oir a la madre ,al hijo y al padre decidirá. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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No por favor no quiero tomar el pelo a nadie, al contrario agradezco vuestras respuestas, como aclaracion dire que la del post es mi mujer que se me adelanto , por eso mi interes, bueno y denuevo al post, entonces entiendo que por ejemplo esta sentencia si no vamos a ningun judgado ,serviria para los restos de los dias? Siempre que mi hijo no trabajase.? |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Y otra cosa si yo cambio el ingreso de la pension , a otra cuenta de mi hijo especificando , todos los meses el ingreso , incurriria en un delito,falta,,,,,,,,,o en nada en absoluto. |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 03/02/2012 |
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Y dale con que la abuela fuma !, mire, ingrese donde le de la gana, y cuando la madre le reclame el pago y el juez le embargue a usted ya viene y nos lo cuenta.
De lo contrario solo hay una fórmula : abogado, procurador e iniciar procedimiento de modificación. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Perdon pero me cuesta entender , que lo de cumplir la mayoria de edad es irrelevante, lo siento pero no puedo creer que sea asi. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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vamos a ver, estoy leyendo la sentencia y no dice en ningun sitio que tenga que pasar la pension al progenitor custodio, ni siquiera numero de cuenta, textualmente pone : "El padre abonara en concepto de alimentos para su hijo, la cantidad de...............al mes por doce meses al año y siendo actualizable conforme al IPC en enero de cada año." |
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Autor: José Ramón Viesca |
Fecha: 03/02/2012 |
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Gusta40, lo que le comentan es lo correcto, mecesita hacer una modificación de medidas en cuanto a alimentos para que el juez autorice que Vd. ingrese la pensión de alimentos a su hijo en vez de a la madre (como hizo hasta ahora)
Existe una sentencia que dice que debe abonar una pensión de alimentos al menor (es de suponer que si la sentencia no dice que debe ingresarla al custodio es porque se da por sobreentendido así como que la madre le aportará una cuenta bancaria para ello, aunque hay otras fórmulas posibles) esa sentencia seguirá en vigor hasta que otra resolución judicial la anule, por tanto necesita promover esa modificación de medidas para que el juez dicte una resolución judicial diciendo que puede pagar al hijo directamente. Si Vd. ingresara directamente al hijo sin autorización judicial la madre podría reclamar y el juez le obligaría a pagar a la madre lo que ya pagó al hijo, porque hay una sentencia que dice que debe pagar a la madre y no lo hizo, aunque Vd. alegara que lo pagó al hijo legalmente no valdría, Vd. puede parle a su hijo lo que quiera, pero la sentencia debe cumplirla:pagar alimentos a la madre hasta que un juez dicte lo contrario.
Imagine incluso este caso, su hijo como es mayor de edad decide vivir con Vd. y Vd. corre con todos los gastos del menor sin la madre aportar nada. Pero no realiza modificación de medidas sobre alimentos (para Vd. dejar de pagarlos a la madre y que la madre los pague al hijo) Imagine que la madre dentro de cinco años (hasta cinco años pueden reclamarse los atrasos en alimentos) solicita al juez los atrasos que adeuda Vd. Legalmente el juez sentenciará que Vd. debe pagar a la madre cinco años de alimentos actualizados con el IPC.
Así es la lógica y mecánica judicial, haga lo que ya le indicaron, solicite modificación de medidas y no tendrá problemas para que se le conceda si el hijo está de acuerdo, es de suponer que la madre también deberá aportar a alimentos al hijo. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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ante todo gracias por su respuesta, pero yo sigo en mis trece, usted dice que en la sentencia no dice a quien se le ingresa porque se sobreentiende que es al custodio, pues hay esta el clik, cuando la persona cumple la mayoria de edad, su propio custodio se sobreentiende que es el mismo no??? |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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lo que yo no entiendo es porque en derecho hay cosas tan logicas e ilogicas a la vez ,hay cosas que se sobreentienden y las que no, eres mayor de edad para ir a la carcel a nivel juridico y a nivel estatal pero,,,,depende para que?, no entiendo todas estas cosas sin sentido, si es cierto que hay una sentencia de cuando el niño tenia 4 años si la hay , pero esa sentencia es para siempre ..... mientras que mi hijo no trabaje y viva con su madre yo, tendre que pasar la pension de manutencion a la madre? , aunque tenga el niño 40 años y la madre 63? perdon señores letrados pero que tiene esto de logica, perdon otra vez pero esto es inentedible, como ven soy una persona dificil de convencer, pero tengo que decirles que aunque de mis palabras se pueda desprender algo de crispacion, no es asi , me encanta debatir de cosas dificiles y esta es una de ellas, maxime cuando me pasa de cerca, gracias muchas gracias a todos-das, pero de todo lo que me han explicado , lo unico que e sacado en claro, esque, el derecho es la manera de complicar las cosas faciles. |
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Autor: José Ramón Viesca |
Fecha: 03/02/2012 |
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N, si cabezotas podemos ser cualquiera ¿eh?
Mire, no conozco su caso pero me da que Vd. hasta ahora ingresó la pensión de alimentos a la madre ¿o no? pues eso ya es suficiente para que evidenciar que "de hecho" (y de derecho aunque Vd, no quiera entenderlo) acató la decisión judicial (que debe pagar a la madre los alimentos) y que si quiere variarlo debe ser un juez quien lo autorice.
Entiendo que le moleste, que haya que pagar por todo cuando podía haber fórmulas automáticas, pero mientras no varien las leyes o Vd. hace una modificación de medidas (con abogado y procurador, pueden ser de oficio, gratis, si gana menos de unos 1500€/mes) o si ingresa al hijo, si la madre reclama, deberá pagarle a ella aunque lo haya ingresado al hijo.
Pero si está seguro que su caso es diferente, adelante, ya nos contará su triunfo... |
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Autor: José Ramón Viesca |
Fecha: 03/02/2012 |
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Yo tampoco soy abogado, y coincido en que el derecho no implica lógica mas que desde la lógica que crea su administración y las leyes. Una sentencia debe ser anulada con otra resolución judicial, esa es la premisa que barre otras cuestiones lógicas, pero esta premisa, que una sentencia debe ser anulada por resolución judicial siempre se da, por tanto es lógico entender que el derecho tiene lógica...y mas de lo que se piensa, otra cuestión es como se aplique conforme a la libre interpretación y la dinámica de crear necesidades corporativas para hacer imprescindibles, de forma exagerada, ciertos profesionales.
Ya me gustaría que el caso de mi hija se resolviera con la lógica que yo decidiera...pero no es así.
Gástese tiempo y dinero en una modificación de medidas, de lo contrario se lo gastará mas tarde y encima deberá dinero a su ex.
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Bueno muchas gracias , pero dejare las cosas como estan ,veo que es lo mas practico y sobre todo barato , no merece la pena por orgullo liar todo esto , pero vuelvo a repetir que gracias muchas gracias e aprendido bastante de esta conversacion. |
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Autor: katia |
Fecha: 03/02/2012 |
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Si desde luego, es lo que debe hacer, si no quiere encontrarse con reclamaciones por impagos de pensiones, aunque se las abone al hijo, que por muy mayor de edad que sea, no puede hacerlo, sin modificar las medidas.
Un saludo, |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Bueno y ya que hemos llegado hasta aqui , por favor expliquenme los pasos a seguir para hacerlo legalmente, se lo agradecere.
Y asi me lo pienso si me compensa. |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 04/02/2012 |
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Pero vamos a ver, ahora usted dice "dejare las cosas como estan ,veo que es lo mas practico y sobre todo barato , no merece la pena por orgullo liar todo esto",.....
Entonces ???, resulta que se trata de eso?, de su orgullo porque le fastidia que la madre administre el dinero que usted aporta, y de lo que sea más cómodo y barato para usted ?,
¿ No era en un principio porque su hijo no era atendido económicamente por la madre y usted quería subsanar los problemas de su hijo, no era el bienestar de su hijo lo que más le importaba tanto a usted como a su pareja cuando inició este hilo ?.
¿ En qué quedamos?, resulta según usted que su hijo vive una situación injusta y que hay una madre que se gasta el dinero del hijo en otras cosas, y que a usted solo le preocupa el hijo o solo le preocupa su orgullo y lo que le salga a usted más barato y cómodo ?. |
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Autor: José Ramón Viesca |
Fecha: 04/02/2012 |
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Gusta40, Si gana menos de 1500€/mes, puede tener derecho a justicia gratuita, los impresos para solicitarla se encuentran en los juzgados y colegios de abogados.
Deberá disponer de abogado y procurador para solicitar la modificación de medidas planteando que el hijo es mayor de edad y está dispuesto a recibir directamente la pensión de alimentos. Una vez presentada la documentación, es de suponer con documento que acredite que el hijo desea esa fórmula, la madre podrá alegar al respecto, con abogado y procurador y será el juez quien sentencie lo que considere adecuado. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 04/02/2012 |
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Ante todo gracias señor Viesca.
Por otro lado usted señora manchega, esta pelin desquiciada ,digame en donde e escrito yo que mi hijo no esta protegido economicamente por su madre y que su madre se gasta el dinero en otras cosas y no en su hijo, jamas dije eso señora , por favor jamas ponga palabras en mi boca que yo no dije señora! , yo solo pienso que no tengo porque darla a esa señora ,que no es nada mio y wue ha intentado durante 16 años hacerme la vida imposible y que mi hijo no quisiera ni verme,lo que no ha podido, y por orgullo torero me parece que tengo derecho a querer que no toque nada mio y que no tenga que ver nada con migo señora!haber si aprendemos a saber lo que decimos señora!
Y por favor dejeme usted empaz señora!. |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 04/02/2012 |
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Su pareja inició el hilo con lo siguiente :
"Nos gustaría a partir de entonces pasarle a él la pensión pues estamos hartos de que se la quede la madre para su uso y disfrute y no le compre a su hijo lo que necesita"
A ver si se aclaran, aquí en todo caso el desquiciado será usted cuando se refiere a su "orgullo torero", que parece ser que es de lo que se trata el tema.
Caballero, opinaré lo que me de la gana, cuantas veces me de la gana y como me de la gana, es a lo que uno se expone cuando explica su problema en un foro, no puede usted decir, "fulanito, contestame que me viene bien lo que me dices, pero menganita, dejame en paz, desquiciada, que lo que tú me dices no me interesa", porque menganita hará lo que le salga de las narices.
Vamos, que resulta que aquí se trata de esa fijación de muchos contra la madre de su hijo, "señoras que no les toca nada", claaaaaaro, pues mire, es la madre de su hijo, si eso es que no le toca nada, usted mismo. Entonces dice que su hijo no está desatendido en lo económico por su madre, y quiere poner al chico en esa situación tan incómoda y comprometida, ¿ por qué ?, ¿ por su orgullo torero?, pues oiga, olé, olé y olé, eso es pensar en el chico y lo demás tonterías, sí señor, va a salir usted a hombros por la plaza. |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 04/02/2012 |
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Ah, y los insultos para su señora, si se los aguanta, majete. |
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Autor: rosauriya |
Fecha: 04/02/2012 |
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Perdone Sra. Manchega pero los insultos..... Para Vd.Yo emPece esta conversación y como veo q los ánimos se caldean voy a respaldar a mi marido. Fui yo la que dije q su madre no administra bien el dinero y a mi modo de ver es así. Mire yo he visto como un día de nieve y con frío mi hijastro venia con unas sandalias de verano y con una chaqueta de lana en vez de un abrigo. Y como el niño venia y nos contaba q su madre le decía " que sepas q el dinero q tu padre t pasa nos lo gastamos en Pagar las vacaciones de todos"" .... Y muchas cosas mas. Mi marido puede pensar lo que quiera él no es objetivo porque para eso es su hijo, Pero hay mujeres para las q tener un hijo significa un negocio de por vida. Vds. Piense lo q le de la gana y diga lo q quiera Para eso esta en un foro pero me parece q lo que no es normal es que tengamos q Pagar dinero porque un juez nos diga que ya le podemos pagar el dinero al niño cuando a mi ni a su padre esa Sra. nos toca nada,mientras el niño ha sido pequeño todavía tienes q tragar pero ahora..... Porque???? Yo creo q esta resentida como muchas mujeres q no exprimen al ex marido lo que ellas quieren, pero mire ese no es mi problema yo ya tengo bastante con lo mío. Y la próxima vez antes de insultar se lo piensa dos veces |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 04/02/2012 |
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Que antes de insular me lo piense ?, aqui el unico que ha insultado ha sido su marido llamandome desquiciada, hagaselo mirar,porque lo que ustedes asimilan como verdad no coincide con la realidad . Y yo no necesito exprimir a nadie , me gano bien la vida. |
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Autor: rosauriya |
Fecha: 04/02/2012 |
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Pues mire si se gana Vds. Bien la vida me parece perfecto yo también lo hago pero le voy a decir una cosa lo q mi marido le diga o le deje de decir no le da derecho a pasarme a mi los insultos yo empece este debate preguntando las posibilidades, de momento ya se lO q hay q hacer si lo hacemos o no ya es cuestión nuestra al igual q lo q es legal me parezca bien o no. Igual que Vds. Habla libremente en este debate yo también lo puedo hacer y de lo q estoy totalmente segura es q en estos temas la justicia esta de parte de la mujer y mire..... Se lo dice una mujer q ha visto como una prima suya se la encontró su marido con otro en la cama y el juez le dio las niñas y el piso a ella y el a la puta calle con una nomina de 1.500€ pagando 600 de Pension y mi prima como no trabaja ni tiene intención recibiendo los 425€ como no hay hipoteca ni deudas con algo mas de 1000€ vive y lo q le dan mis tios se ríe de su ex q las pasa canutas para vivir, Pagar alquiler..... A Vds. Le Parece justo? A mi no aunque sea de mi familia es una mala persona. Desde luego no todas son así hay mujeres buenas q mantienen una buena relación con sus ex por el bien de sus hijo pero hay mas de las otras. Mire yo lo único q he sacado en claro es q si quieres algo o tienes dinero o eres un desgraciado pese a saber q tu ex esta en su casa calentita sin salir a trabajar ( dejo el trabajo porque le salió de las narices) mi marido cuando el niño necesita algo y su madre por supuesto no le comPra se lo compra el y ese dinero su madre lo usa para tomarse unas cañitas por ahí. Y yo y su padre con dos hijos y levantandonos a las seis de pa mañana. Si eso l parece bien y nos dice q tenemos aversión a su madre..... Como para no tenerla, a ver si algunas mujeres se dan cuenta q abrirse de piernas y tener un hijo no significa pension vitalicia |
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Autor: Brigida |
Fecha: 04/02/2012 |
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Como se queda esto…
…Padre que dice en el proceso de divorcio, que los hijos con la madre. Eso si, trata de hacerse insolvente. Sale sentencia, y claro como se ha visto la realidad…hay una sentencia justa. El padre recurre todo lo económico y dice que los hijos a vivir con la madre. Pero un mes después presenta una demanda de cambio de custodia…pidiendo cambio de custodia, y que se supriman las pensiones. Como ya se sabe que la justicia es lenta…el padre decide hacer de su voluntad sentencia…suprime las pensiones, se lleva con el al hijo mayor de edad…y al poco al menor. Como presento demanda de cambio de custodia y solicita en ella que se supriman las pensiones…¿eso vale?...pues NO, pues si eso fuera así, NO necesitaríamos divorciarnos, cada uno con su peor…leche…hacer de su voluntad sentencia.
Decir que a los hijos, el padre les da llave, calle, regalos…y les hace participes de las denuncias que yo he puesto. Los lleva a los juicios de faltas, y les dice que van a pasar necesidad por mi culpa.
Hay un MENOR que el padre impide la comunicación conmigo. La justicia es lenta…pero las denuncias están ahí. Aunque el tiempo que pasa NO se recupera.
La manchega, algun@s se piensan que el dinero que dan de pensiones, es para la madre, como si los hijos NO tuvieran gastos. Pero esta señora y señor que hacen la pregunta, NO se cuestionan, el que el adulto del hijo que cumple 18 añazos, se vaya a vivir con ellos, y se quede con la pensión para el, pero en casa de ellos. Que un@ a de querer todo, pero no solo el fastidiar a la ex.
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Autor: rosauriya |
Fecha: 04/02/2012 |
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Miren nOsotro lo único q queremos es q el dinero se use en el niño porque ES PARA EL no para q su madre se vaya de vacaciones ni deje de trabajar, y como eso no se cumple porque con lo q le pasamos tiene bastante y nOsotros no tendríamos q comprarle y darle a parte para otras cosas, pues por eso queremos cambiarlo nada mas. Si su madre lo utilizara correctamente nosotros ni nos lo hubiéramos planteado pero claro est situación termina por hartarte cuando ves q su madre se permite el lujO de dejar su trabajo y tu te estas rompiendo la esPalda trabajando para ella |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 05/02/2012 |
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Ahhhh, que su marido tiene derecho a insultarme pero yo no tengo derecho a decirle que los insultos se los guarde para su señora si es que esta se los aguanta, ( que yo ni la he insultado ni he dicho que sea usted una desquiciada, pues ni lo se ni me importa ).
Y que sí, que todas las ex del mundo mundial si perciben manutención es porque son unas malas malísimas personas,, porque mientras sus hijos no comen y pasan con aire, ellas viven a cuerpo de rey con suculentos "sueldos" de 180, 200 o 300 euros y con eso incluso dejan de trabajar, pues vale, aceptamos barco.
Eso sí, yo creo que no se trata de que la ex de su marido se abriese de piernas como dice usted ( espero que no le diga esas cosas tan desagradables a su hijastro ), se trata de que formó una familia con el que ahora es su marido y eso conlleva unas cargas para ambos, cargas con las que usted en su momento tuvo que contar, si no lo asumió en tantos años ese no es mi problema, por lo visto no lo lleva usted con mucha alegría.
Ahora bien, si usted se divorcia en un futuro ya veremos si piensa que su ex debe aportar alimentos a sus hijos o no, o quizás sea usted muy muy digna y considere que como usted se abrió de piernas, usted apechuga, y si no haberlas tenido cerraditas, no ?, según su teoría, claro, bastante machista por cierto.
Y si la ex de su marido no trabaja, pues chica, no creo que ese sea su problema, aquí todo el mundo habla de ex que no trabajan porque no les da la gana con una ligereza alucinante, cuando vivimos en un país con más de 5 millones de parados.
Si usted se tiene que levantar a las 6 de la mañana para ir a currar, pues que quiere que le diga, es lo que tiene ser currito, se levanta usted para ir a trabajar como millones y millones de personas.
Y diganos, ¿ cuál es esa cantidad taaan suculenta y maravillosa que le pasa su marido a la ex?, ¿ esa cantidad por culpa de la cual usted debe deslomarse trabajando y gracias a la cual la otra vive cual Koplovitz dejando el trabajo y de cañas con sus colegas ?, ¿esa cantidad con la que se va de vacaciones?, cuánto ?, 200, 250, 320 ???, porque imagino que el niño a sus 18 añazos come pan y agua, y si come filetes en el super van casi regalados.
Mire, la solución de Brigida es fantástica, abra las puertas de su casa y que el hijo de su marido viva allí como uno más y no como un visitante, o eso no interesa ????
Es lamentable que primero decís que el chico está desatendido económicamente y luego que no lo está, ¿entonces?, para qué la necesidad de poner a un chaval de 18 años en la tesitura de que tenga que estar de acuerdo o no en el tema de la manutención, para qué meterle mier...a sobre su madre ????, por orgullo torero?,vamos, por favor. |
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Autor: José Ramón Viesca |
Fecha: 05/02/2012 |
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No sé que significa "orgullo torero", pero sea por lo que sea el no custodio (y pagador de alimentos) tiene derecho a estimar, o tener certezas, de la adecuada o inadecuada utilización de lo que paga de alimentos por parte del custodio (según su criterio, lógicamente) Del mismo modo tiene todo el derecho, yo diría incluso la obligación, a plantear a los hijos, cuando son mayores de edad, si prefieren cobrar directamente los alimentos y gestionarlos ellos. Incluso es normal informar a los hijos que si gestiona él los alimentos puede solicitar a ambos progenitores alimentos.
¿O es que los hijos no deben saber cómo funciona todo cuando son mayores de edad?¿o es que son mayores para unas cosas pero no para otras? |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 05/02/2012 |
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José Ramón, no he sido yo la que apeló al "orgullo torero", es gusta40 en una de sus contestaciones el que puso ese concepto como argumento, yo solo lo he repetido puesto que parece que es lo que a ellos les importa.
Naturalmente que los hijos en su mayoría de edad tiene derecho a ser informados, pero si esa información se basa en mensajes del tipo " tu madre es una aprovechada que vive a nuestra costa sin trabajar y no se ocupa de tus necesidades ", pues entonces habrá que ver si esas informaciones, primero, son ciertas o no, y segundo son positivas para el chico o no, pues a mi entender es traspasar a la conciencia de un chaval de 18 años las cargas propias de rencor y resentimiento propios, y eso no creo que sea "por su bien ".
A mi lo que no me cuadra es la exposición que han hecho, primero el chico está desatendido económicamente por su madre, pero luego si resulta que con tener al hijo de su parte no vale y se necesita abogado y procurador, pues entonces ni la madre es tan mala, ni el chico está desatendido y solo se valora lo que es más barato y práctico para los que aquí exponen la cuestión.
Entonces, en ese momento surge mi duda y al plantearla soy atacada, ¿ qué es lo que importa realmente, el bienestar del chico?, ¿en serio ?,....no me lo creo. |
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Autor: José Ramón Viesca |
Fecha: 05/02/2012 |
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Lamanchega, es de suponer que un hijo, con 18 años, ya percibió el sentimiento y actitudes de sus progenitores el uno con el otro, vivan juntos o separados los progenitores. No creo que le llegue de sorpresa a esa edad ningún comentario ni actitud.
Lógicamente todo lo que sea dicho y hecho con respeto y consideración (incluso cuando se considera que la otra parte puede no merecerlo) es mas adecuado que dejarse llevar por desahogos o pretensiones de influenciar.
Es de suponer que los consultantes no hablen con su hijo ni con los términos ni con los planteamientos que aquí lo hacen, ya que no está el hijo, pero si lo hicieran sería su decisión, respetable, ya que estarían hablando con un adulto, no con un menor al que se pretende influenciar.
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Autor: rosauriya |
Fecha: 05/02/2012 |
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Mire Vd. Señora manches al final le voy a tener q dar la razón a mi marido de q es un desquiciada. Si quiere saber lo que nosotros le damos a la ex de mi marido para la manutención puede esperar sentada, Vd. NO es quien para es peculiar sobre si yo llevo o no llevo bien o si acepto o no acepto a mi hijastro, eso es cosa mia y le voy a decir una cosa es un hijo mas por el que me preocupo y del q estoy a su cuidado desde q tenia 2 años. Si Vd. Cree q nosotros hacemos ese tipo de comentarios al q se refiere esta equivocada los hace su propio hijo de ella cuando se enfada por las cosas q hemos comentado en este foro, pero al final es su madre y yo lo entiendo. Si el dice mańana q se viene a vivir a m casa pues estupendo pero es algo q tiene q decidir él y ni yo ni su padre le vamos a presionar. Vuelvo a repetir que lo que yo pregunte al principio ya me ha quedado claro lo q tengo q hacer si no lo hago seguramente será por un tema económico pues dicen q con una nomina de 1500€ es gratuito pero y si la tienes de 1600€ ya lo puedes pagar??? No me parece justo comO tampoco me lo parece la gestión q su madre hace con el dinero cuando según la sentencia ella tiene q aportar otra cantidad igual, que por cierto no se ve xningun sitio. Intente Vd. No ser tan agresiva hablando porque da la imPresión q descarga Vd. Sus iras personales contra las Personas del foro. Ah y le diré otra cosa para mi esta mujer sí se abrió literalmente las piernas porque cuando lo hIzo y el niño tenia 9 meses se fue a vivir con otro y abandono a mi marido. |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 05/02/2012 |
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No , si yo ya sabía de sobras que la cantidad de esa super mega manutención que pasa tu marido no la ibas a decir ni muerta, supongo que será para evitar que quede ridículo todo aquello de "esta señora dejo de trabajar y vive de la pensión,...yo me deslomo a trabajar por su culpa y ella a vivir como una reina y bla,bla,bla,....". De todos modos ya me ha quedado claro igualmente que la pensión será de lo más normalita pero a ti te quema.
Y si soy quien para especular lo que me de la gana en la misma medida que usted especula sobre mis iras personales o mis desquiciamientos, pues ni me conoce ni yo a usted, pero sigo sin creerme aquello de que lo que más os preocupa es el chaval en cuestión,.....Poderoso caballero es don Dinero. |
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Autor: gusta40 |
Fecha: 05/02/2012 |
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Comenzare diciendo que es impresionante como se toman las cosas que ni les va ni les viene, algunas personas .
Lamanchega seguro que es una persona maravillosa pero, lo que deja escrito aqui y se puede leer de ella , dista mucho de esta definicion , no se el interes que tendra en saber lo que le doy a la maravillosa madre de mi hijo mayor ,para la MITAZ de manutencion de el mismo , pero que por mi no quede ,le doy 500€ .
Supongo que por lo menos dormira mejor despues de haber descubierto el gran enigma.
Voy a explicarlo por ultima vez de una manera grafica para ,que usted señora lo entienda y no haya malos entendidos,
imaginese alreves la situacion,usted esta 16 años pasandole una pension a un señor que a tenido un hijo con usted ,porque es responsabilidad suya ,aportar para las necesidades de el, aunque este señor se pasa los 16 años intentandole amargar la existencia dentro de lo posible , y fastidiando hasta el ultimo de los detalles , dentro se sus posibilidades, usted como es una persona afable y no amiga de enfrentamientos, maxime si puede afectar algo a su hijo, deja todo pasar y le quita importancia a todo.
Usted cree que despues de todos estos años ,esperando liberarse de esta persona , te das cuenta que el sistema la ayuda a ella yyyyyyy cual es tu pensamiento?.
Eso es orgullo torero señora!
Y permitame decirla con todo respeto que, esfa usted completamente equivocada con mi hacer respecto a mi hijo y su madre, no se pueden hacer juicios de valor sin conocer a la persona , espero no haber ofendido a nadie y si fuese asi lo siento. |
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Autor: Lamanchega |
Fecha: 05/02/2012 |
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Bueno, lo mismo digo, admitan mis disculpas si me he excedido.
Es que en este foro se habla mucho de madres custodias que parece que tengan la vida solucionada con manutenciones que en ocasiones son de risa, y no en pocas ocasiones entran las nuevas mujeres preguntando a ver la forma de escatimar para los hijos de sus parejas.Obviamente por lo que cuentan este no es el caso de ustedes.
Y la verdad es que 500 euros es una cantidad considerable.
Mire, lo que usted pretende se puede hacer, solo le hace falta abogado y procurador, yo le aconsejo que si no le corresponde uno de oficio, se puede buscar uno privado que sea económico y le solicita antes una hoja de encargo para evitar sorpresas en la minuta, y eso es un procedimiento sencillo, obviamente si su hijo tiene 18 años está en su derecho de administrar los recursos que le proporciona su padre, solo permítame el consejo también de que lo plantee como cosa suya para crearle al chaval los menos problemas posibles, así si su madre se opone también se le verá el plumero.
Un saludo. |
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