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Grado de invalidez

6 Comentarios
 
Grado de invalidez
17/04/2014 16:18
¿En caso de una enfermedad por Alzheimer que grado de invalidez le pertenecería, lo dictamina el tribunal o es algo ya establecido para este tipo de enfermedad, como se calcula el importe que debería cobrar?
17/04/2014 20:30
En los casos graves de Alzheimer es decir... cuando ya está avanzado le tienen q dar Una Gran Invalidez q equivale al 150 % del baremo de cotización pq se entiende q precisa ayuda de 3 era persona.
En el supuesto de q sea incipiente.. pues pueden empezar por la total 55 o 75% en función de la edad...con revisiones para otorgar la Absoluta a medida q vaya avanzando 100 % ..hasta llegar a la Gran Invalidez.

Mientras... puede pasar por el Centro base como se denomina en algunas Comunidades.. o Bienestar Social,... para q le hagan una valoración de minusvalía. esta valoración solo le beneficia a efectos Fiscales o alguna otra mejora...
Saludos
17/04/2014 20:44
Muchísimas gracias por la información
20/04/2014 20:02
Depende de las funciones que resulten afectadas. Si no puede valerse por si misma y necesita la ayuda de una tercera persona lo normal es que la graduen como gran invalidez y por ello perciba el 150 por ciento de su base reguladora. Caso de que no necesite ayuda de tercera persona para las necesidades cotidianas de la vida, en ese caso, dependiendo de su afectación le dará una total (55% o 75% según a edad) o bien una absoluta (100).

en todo caso este grado puede recurrirse ante el Juzgado de lo social.

Quedo a su disposición en la web www.abogadoescribanogares.com
21/04/2014 17:19
El cálculo de dicha pension es sumar las 90 últimas bases de cotización y el resultado dividirlo por 112?
El resultado de las 90 bases de cotización es de 92.360,49 euros esto dividido por 112 da como resultado 901.870, de dicha cantidad hay que aplicar el porcentaje en tanto por ciento depende de su grado de invalidez ¿esto es así?
21/04/2014 19:50
Yo en su caso, para no andar perdido, pediría al Inss un calculo de su futura pensión, en concreto de la base reguladora por enfermedad común que le corresponde según sus cotizaciones, que creo es su caso. Para ello solo basta presentar una instancia pidiéndolo y aportando copia del DNI. Ellos le enviaran a su casa todas las cotizaciones y un calculo de su base reguladora por dicha contingencia. Sobre la misma podremos discutir si hay algún error y aplicar los porcentajes correspondientes, dependiendo del grado de incapacidad. Esto es lo mas seguro para no llevarnos sorpresas que al final deriven en reclamaciones judiciales.

Quedo a su disposición en www.abogadoescribanogares.com
21/04/2014 20:34
Muchas gracias seguiré su consejo, y ya comentaré
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Grado de invalidez
17/04/2014 16:18
¿En caso de una enfermedad por Alzheimer que grado de invalidez le pertenecería, lo dictamina el tribunal o es algo ya establecido para este tipo de enfermedad, como se calcula el importe que debería cobrar?
17/04/2014 20:30
En los casos graves de Alzheimer es decir... cuando ya está avanzado le tienen q dar Una Gran Invalidez q equivale al 150 % del baremo de cotización pq se entiende q precisa ayuda de 3 era persona.
En el supuesto de q sea incipiente.. pues pueden empezar por la total 55 o 75% en función de la edad...con revisiones para otorgar la Absoluta a medida q vaya avanzando 100 % ..hasta llegar a la Gran Invalidez.

Mientras... puede pasar por el Centro base como se denomina en algunas Comunidades.. o Bienestar Social,... para q le hagan una valoración de minusvalía. esta valoración solo le beneficia a efectos Fiscales o alguna otra mejora...
Saludos
17/04/2014 20:44
Muchísimas gracias por la información
20/04/2014 20:02
Depende de las funciones que resulten afectadas. Si no puede valerse por si misma y necesita la ayuda de una tercera persona lo normal es que la graduen como gran invalidez y por ello perciba el 150 por ciento de su base reguladora. Caso de que no necesite ayuda de tercera persona para las necesidades cotidianas de la vida, en ese caso, dependiendo de su afectación le dará una total (55% o 75% según a edad) o bien una absoluta (100).

en todo caso este grado puede recurrirse ante el Juzgado de lo social.

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21/04/2014 17:19
El cálculo de dicha pension es sumar las 90 últimas bases de cotización y el resultado dividirlo por 112?
El resultado de las 90 bases de cotización es de 92.360,49 euros esto dividido por 112 da como resultado 901.870, de dicha cantidad hay que aplicar el porcentaje en tanto por ciento depende de su grado de invalidez ¿esto es así?
21/04/2014 19:50
Yo en su caso, para no andar perdido, pediría al Inss un calculo de su futura pensión, en concreto de la base reguladora por enfermedad común que le corresponde según sus cotizaciones, que creo es su caso. Para ello solo basta presentar una instancia pidiéndolo y aportando copia del DNI. Ellos le enviaran a su casa todas las cotizaciones y un calculo de su base reguladora por dicha contingencia. Sobre la misma podremos discutir si hay algún error y aplicar los porcentajes correspondientes, dependiendo del grado de incapacidad. Esto es lo mas seguro para no llevarnos sorpresas que al final deriven en reclamaciones judiciales.

Quedo a su disposición en www.abogadoescribanogares.com
21/04/2014 20:34
Muchas gracias seguiré su consejo, y ya comentaré