Buenas a todos/as. A ver si podéis aclararme un poco más sobre esto....aunque no se si es el foro correcto.
Cuando mi mujer y yo compramos nuestra vivienda, el banco nos "obligó" a sacar un seguro de vida a cada uno. En el caso de mi mujer también le cubría el desempleo en el caso de que fuera un despido improcedente o causas objetivas.
Bien, pues la empresa en la que estaba trabajando ha cerrado y por tanto la han despedido por causas objetivas. Hemos presentado toda la documentación al banco para poder hacer efectivo el seguro por desempleo y nos dicen que debemos entregarle también el documento del finiquito.
Este documento no lo tenemos ya que en la carta de despido se especifica que le corresponde una indemnización de X dinero pero que no la hacen efectiva por no tenerla en ese momento. El empresario se comprometió a ir pagandola poco a poco que es lo que está haciendo (indemnización en diferido, como diría la Cospe) pero no nos ha dado el documento de liquidación.
El banco nos dice que sin ese documento, no pueden dar como válido el despido.
¿Es necesario este documento para que un despido sea válido?
Actualmente mi mujer está cobrando la prestación por desempleo y no le han puesto ninguna pega para cobrarlo sin tener ese documento, por lo que ellos dan por válido el despido...entiendo yo.
El finiquito no es, en si mismo, el documento que acredita la pérdida de empleo, por lo que únicamente me cabe entenderlo como una maniobra dilatoria por parte del banco.
Quedo a su disposición,
Motta&L Abogados Madrid Mottalara-abogados@mottalara-abogados.es
Hola Germán, Como te comentan desde Mottalara parece un intento de retrasar los pagos por parte del seguro... Entiendo que no quereis acudir a la empresa a solicitar el finiquito... ¿Teneis copia del certificado de empresa? En el certificado pone claramente la causa y quizás desde el banco lo consideren un documento más "oficial"