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Subsidio mayores de 55

1 Comentarios
 
Subsidio mayores de 55
19/08/2014 22:19
Si un trabajador de 55 años se le termina el subsidio de la RAI y durante su vida laboral tiene cotizados 17 años y 4 meses de los cuales 6.6 años son en régimen general. Tiene derecho a cobrar el subsidio?

El punto en concreto que no entiendo es el siguiente:

Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social, es decir, haber cotizado al menos durante 15 años, de los cuales dos deberán haberlo sido dentro de los quince últimos años.

Nota en los últimos 15 años no he cotizado 2 años en Régimen General sino de autonomo
19/08/2014 22:44
Ese requisito es el específico para tener derecho a la jubilación. Puede ser en el régimen por cuenta propia o cuenta ajena.
El problema es que ahora mismo no tendría derecho al subsidio porque la RAI (que no tiene consideración de subsidio como los regulados en la LGSS) no da vía de acceso al subsidio para mayores de 55 años. La vía de acceso se consigue si agota la prestación con los 55 años cumplidos, está cobrando un subsidio por desempleo y cumple 55 años o finaliza en situación legal de desempleo habiendo cotizado (cotizaciones nuevas) un mínimo de tres meses.
Saludos.
Subsidio mayores de 55 | PorticoLegal
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19/08/2014 22:19
Si un trabajador de 55 años se le termina el subsidio de la RAI y durante su vida laboral tiene cotizados 17 años y 4 meses de los cuales 6.6 años son en régimen general. Tiene derecho a cobrar el subsidio?

El punto en concreto que no entiendo es el siguiente:

Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social, es decir, haber cotizado al menos durante 15 años, de los cuales dos deberán haberlo sido dentro de los quince últimos años.

Nota en los últimos 15 años no he cotizado 2 años en Régimen General sino de autonomo
19/08/2014 22:44
Ese requisito es el específico para tener derecho a la jubilación. Puede ser en el régimen por cuenta propia o cuenta ajena.
El problema es que ahora mismo no tendría derecho al subsidio porque la RAI (que no tiene consideración de subsidio como los regulados en la LGSS) no da vía de acceso al subsidio para mayores de 55 años. La vía de acceso se consigue si agota la prestación con los 55 años cumplidos, está cobrando un subsidio por desempleo y cumple 55 años o finaliza en situación legal de desempleo habiendo cotizado (cotizaciones nuevas) un mínimo de tres meses.
Saludos.