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Fecha límite de contrato, vestuario, c.comunes

4 Comentarios
 
fecha límite de contrato, vestuario, c.comunes
20/08/2014 13:54
Hola.
Hace poco me puse a trabajar en una gran cadena de hostelería, resulta que es mi primer trabajo y tengo algunas dudas.
1) He firmado el indefinido con un periodo de prueba de 30 días resulta que me dijeron que solo se cuenta a partir de los días que trabaje es decir los jueves hasta domingos y no también los días que libre. Mañana vuelvo a trabajar y quería saber la situación en la que me encuentro.
2) He tenido que comprar el vestuario y tengo un plus de 2€ que se incluye en la nomina todos los meses. Si no me renovan, t¿engo derecho a pedir el pago inmediato?
3) Quería saber algo mas de la ayuda que da a los empresarios que contraten a trabajadores que nunca allan cotizado, si no me equivoco ¿Se les baja las contingencias comunes de la nomina?

Gracias de antemano.
20/08/2014 17:41
1) Generalmente, el establecimiento de si los períodos de prueba son por días naturales (de trabajo y libres) o laborables (sólo aquéllos en los que trabajas), lo viene estableciendo el Convenio de aplicación para el sector. Aunque, normalmente, se establecen días laborables.

2) ¿Has tenido que pagar tú el uniforme que la Empresa obliga a llevar a sus Trabajadores? ¡Es la primera vez que lo oigo! Sí he encontrado algunas Empresas que tienen una normativa interna de vestimenta que obliga a llevar trajes o determinado tipo de ropa, pero que no se considera uniforme y, algunas de estas Empresas, acostumbran a ofrecer una compensación a los Trabajadores por ello.

3) Existen diferentes tipos de bonificaciones, compensaciones y/o subvenciones para los Empresarios (cada vez menos) por diferentes tipos de contratación y a diferentes sectores de la población (empleo joven, primer empleo, mujeres subrepresentadas, violencia de género, sustitución de maternidad...) Estas bonificacionesy/o subvenciones lo son exclusivamente para la Empresa y afectan a las cuotas que paga la Empresa, no el Trabajador, quien, generalmente, continuará cotizando exactamente igual que si la Empresa no tuviera estos "descuentos o ayudas", es decir, el Trabajador vendrá percibiendo las mismas percepciones en cualquier caso. Y estas bonificaciones no se descuentan de la nómina, sino de los Seguros Sociales o después de la presentación de la documentación requerida (que suele ser muchísima) para acceder a la subvención. Generalmente, estas ayudas se hacen para hacer más atractiva la contratación de determinados colectivos para los Empresarios. Es decir, el Trabajador no se ve afectado por ellas, no cobra ni más ni menos por eso.
20/08/2014 21:44
Oks!! Tomo nota
20/08/2014 21:44
Oks!! Tomo nota
20/08/2014 21:44
Gracias!!
Fecha límite de contrato, vestuario, c.comunes | PorticoLegal
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fecha límite de contrato, vestuario, c.comunes
20/08/2014 13:54
Hola.
Hace poco me puse a trabajar en una gran cadena de hostelería, resulta que es mi primer trabajo y tengo algunas dudas.
1) He firmado el indefinido con un periodo de prueba de 30 días resulta que me dijeron que solo se cuenta a partir de los días que trabaje es decir los jueves hasta domingos y no también los días que libre. Mañana vuelvo a trabajar y quería saber la situación en la que me encuentro.
2) He tenido que comprar el vestuario y tengo un plus de 2€ que se incluye en la nomina todos los meses. Si no me renovan, t¿engo derecho a pedir el pago inmediato?
3) Quería saber algo mas de la ayuda que da a los empresarios que contraten a trabajadores que nunca allan cotizado, si no me equivoco ¿Se les baja las contingencias comunes de la nomina?

Gracias de antemano.
20/08/2014 17:41
1) Generalmente, el establecimiento de si los períodos de prueba son por días naturales (de trabajo y libres) o laborables (sólo aquéllos en los que trabajas), lo viene estableciendo el Convenio de aplicación para el sector. Aunque, normalmente, se establecen días laborables.

2) ¿Has tenido que pagar tú el uniforme que la Empresa obliga a llevar a sus Trabajadores? ¡Es la primera vez que lo oigo! Sí he encontrado algunas Empresas que tienen una normativa interna de vestimenta que obliga a llevar trajes o determinado tipo de ropa, pero que no se considera uniforme y, algunas de estas Empresas, acostumbran a ofrecer una compensación a los Trabajadores por ello.

3) Existen diferentes tipos de bonificaciones, compensaciones y/o subvenciones para los Empresarios (cada vez menos) por diferentes tipos de contratación y a diferentes sectores de la población (empleo joven, primer empleo, mujeres subrepresentadas, violencia de género, sustitución de maternidad...) Estas bonificacionesy/o subvenciones lo son exclusivamente para la Empresa y afectan a las cuotas que paga la Empresa, no el Trabajador, quien, generalmente, continuará cotizando exactamente igual que si la Empresa no tuviera estos "descuentos o ayudas", es decir, el Trabajador vendrá percibiendo las mismas percepciones en cualquier caso. Y estas bonificaciones no se descuentan de la nómina, sino de los Seguros Sociales o después de la presentación de la documentación requerida (que suele ser muchísima) para acceder a la subvención. Generalmente, estas ayudas se hacen para hacer más atractiva la contratación de determinados colectivos para los Empresarios. Es decir, el Trabajador no se ve afectado por ellas, no cobra ni más ni menos por eso.
20/08/2014 21:44
Oks!! Tomo nota
20/08/2014 21:44
Oks!! Tomo nota
20/08/2014 21:44
Gracias!!