buenas tardes, una persona que cobraba paro y se dá de alta en autónomos por un periodo no superior a 24 meses he leido que puede volver a reanudarlo, pero también leo que antes había que notificar la suspensión en el inem y luego ya tramitar las altas, si no se hace la notificación en el inem ya no puedes reanudarlo? gracias de antemano
No es así, lo normal es que al formalizar el alta en la SS, los datos entre los dos organismos se crucen. No implica nada para posteriores reanudaciones. Ahora bien, lo que sí se debe hacer, porque es obligación realizarlo, es comunicar la colocación (por cuenta ajena o cuenta propia) al Sepe. En el caso de autónomo es recomendable hacerlo porque si se da de alta a mitad de mes, puede que le corten el paro a principios de mes, pudiendo cobrarlo hasta el inicio de la actividad. Si no se hace lo normal es lo que comento en el primer párrafo. También sería recomendable ir por el Sepe para informarse de las ventajas que pueda haber iniciar una actividad por cuenta propia, como es la capitalización de la prestación o subvención de cuotas. Saludos.