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dietas

4 Comentarios
 
Dietas
19/09/2014 13:11
Tengo entendido que las dietas en territorio nacional, se hayan exentas de cotización e IRPF , 26,67€ diarios , siempre que se hayan devengado por el desplazamiento a un municipio diferente al del centro de trabajo habitual, así como del que constituya la propia residencia del trabajador y también tienen que acreditarse los días y el lugar de desplazamiento, y mi pregunta a efectos prácticos sería, para un trabajador contratado como viajante en el sector comercio ¿qué documento sería el necesario para que quedara acreditado los días y el lugar de desplazamiento? muchas gracias
23/09/2014 09:08
gastos de restaurantes, hoteles, gasolina etc...
no tienes doc firmado que te fije las dietas diarias o km recorridos ??

24/09/2014 08:17
Buenos días, a eso me refiero, tendría que haber algún documento? ¿donde podría encontrar un modelo o como debería ser?
Por otro lado la dieta de 26,67 diaria creo que no es necesario que exista ticket de restaurante, etc, basta con justificar la necesidad del viaje y que éste halla existido, es eso correcto?
24/09/2014 13:23
Documento si se refiere a algún escrito donde ir anotando los km así como comidas y pernoctas (en el caso de dormir fuera) seguro que en internet encuentra alguno.
En cuanto a la exención dice que no cree necesario guardar tiquet para justificar esa dieta pues yo pienso que si porque como están las cosas en hacienda pueden pensar que esa cantidad diaria es una parte de sueldo camuflada como dieta para cotizar menos, no le parece?
24/09/2014 14:59
He hablado en varias ocasiones con Hacienda y ellos insisten en que no es necesario la justificación con tickets, sino que se justifique el trayecto fuera de la localidad, lo que a mi personalmente me parece un poco elevada la cantidad, ya que el trabajador sólo realiza una comida fuera, pero hacienda no distingue entre este importe y lo que si podria ser una media dieta como si se distingue en varios convenios colectivos. En realidad me preocupa más la inspección de trabajo que la de Hacienda. En este caso el convenio al hablar de dietas se refiere al la misma cantidad que esté exenta de IRPF, con lo cual me quedo con la duda ¿alguna oponión más? Muchas gracias
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19/09/2014 13:11
Tengo entendido que las dietas en territorio nacional, se hayan exentas de cotización e IRPF , 26,67€ diarios , siempre que se hayan devengado por el desplazamiento a un municipio diferente al del centro de trabajo habitual, así como del que constituya la propia residencia del trabajador y también tienen que acreditarse los días y el lugar de desplazamiento, y mi pregunta a efectos prácticos sería, para un trabajador contratado como viajante en el sector comercio ¿qué documento sería el necesario para que quedara acreditado los días y el lugar de desplazamiento? muchas gracias
23/09/2014 09:08
gastos de restaurantes, hoteles, gasolina etc...
no tienes doc firmado que te fije las dietas diarias o km recorridos ??

24/09/2014 08:17
Buenos días, a eso me refiero, tendría que haber algún documento? ¿donde podría encontrar un modelo o como debería ser?
Por otro lado la dieta de 26,67 diaria creo que no es necesario que exista ticket de restaurante, etc, basta con justificar la necesidad del viaje y que éste halla existido, es eso correcto?
24/09/2014 13:23
Documento si se refiere a algún escrito donde ir anotando los km así como comidas y pernoctas (en el caso de dormir fuera) seguro que en internet encuentra alguno.
En cuanto a la exención dice que no cree necesario guardar tiquet para justificar esa dieta pues yo pienso que si porque como están las cosas en hacienda pueden pensar que esa cantidad diaria es una parte de sueldo camuflada como dieta para cotizar menos, no le parece?
24/09/2014 14:59
He hablado en varias ocasiones con Hacienda y ellos insisten en que no es necesario la justificación con tickets, sino que se justifique el trayecto fuera de la localidad, lo que a mi personalmente me parece un poco elevada la cantidad, ya que el trabajador sólo realiza una comida fuera, pero hacienda no distingue entre este importe y lo que si podria ser una media dieta como si se distingue en varios convenios colectivos. En realidad me preocupa más la inspección de trabajo que la de Hacienda. En este caso el convenio al hablar de dietas se refiere al la misma cantidad que esté exenta de IRPF, con lo cual me quedo con la duda ¿alguna oponión más? Muchas gracias