Me gustaría que me ayudasen con una duda que tengo:
El pasado 23 de Septiembre mi empresa me comunico una sanción grave de 15 días de empleo y sueldo, para cumplir el 25 de Septiembre. El 24 de Septiembre, tengo baja médica, por lo que mi empresa, no pudo sancionarme. A los pocos días, esta me remitió un Burofax, indicándome que la sanción se impondría al tener el alta médica. Actualmente sigo de baja médica, mi duda es la siguiente: El convenio indica que las sanciones graves, prescriben a los 20 días, y en TODO CASO A LOS 6 MESES. Este en todo caso, quiere decir que si estoy más de 6 meses de baja, ya no podrán sancionarme,?
Entiendo que los 20 días de prescripción es si no me hubieran notificado desde que ocurrió el hecho causante, pero los seis meses como dice EN TODO CASO (Se refiere a bajas médicas, maternidades o toda circunstancia)
Usted ya ha sido sancionado, por lo que no es de aplicación la figura de la prescripción (ni los 20 días ni los 6 meses), otra cuestión distinta (y que es la que usted plantea ) es cuando se aplica la sanción cuya fecha puede ser elegida por la empresa.
Vamos, que si me incorporo al séptimo mes mi empresa me puede sancionar sin inconveniente alguno verdad, pero deberá de notificarme de nuevo por escrito y si no lo hace no se aplicaría esta?