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extincion por violencia de genero

1 Comentarios
 
Extincion por violencia de genero
31/10/2014 14:02
Mi pregunta es para el siguiente caso:
La mujer tiene una sentencia en la que se condena a su ex pareja por violencia doméstica, tiene a su favor orden de alejamiento de 500 m , de comunicación por cualquier medio etc durante dos años. Ella quiere pedir la baja en su trabajo por esto mismo. Les ha llevado la sentencia pero le dicen que necesita un informe del Ministerio fiscal o una orden de protección aparte, que con la sentencia en el que pone la orden de alejamiento no les vale. Yo tenía entendido que la orden de alejamiento venía a equivaler a una orden de protección, por ejemplo para cobrar la RAI, con la sentencia sirve. La empresa tiene razón? O con la orden de alejamiento en la sentencia valdría?

Gracias por anticipado. Un saludo!
31/10/2014 20:54
yo diría que la sentencia va a misa, el informe del monisterio fiscal es para el caso de que todavía no haya recaído sentencia.
además, son requisitos alternativos, unos en defecto de otros no acumulativos.....
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Artículo 23 Acreditación de las situaciones de violencia de género ejercida sobre las trabajadoras

Las situaciones de violencia que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en este capítulo se acreditarán con la orden de protección a favor de la víctima. Excepcionalmente, será título de acreditación de esta situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.

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Extincion por violencia de genero
31/10/2014 14:02
Mi pregunta es para el siguiente caso:
La mujer tiene una sentencia en la que se condena a su ex pareja por violencia doméstica, tiene a su favor orden de alejamiento de 500 m , de comunicación por cualquier medio etc durante dos años. Ella quiere pedir la baja en su trabajo por esto mismo. Les ha llevado la sentencia pero le dicen que necesita un informe del Ministerio fiscal o una orden de protección aparte, que con la sentencia en el que pone la orden de alejamiento no les vale. Yo tenía entendido que la orden de alejamiento venía a equivaler a una orden de protección, por ejemplo para cobrar la RAI, con la sentencia sirve. La empresa tiene razón? O con la orden de alejamiento en la sentencia valdría?

Gracias por anticipado. Un saludo!
31/10/2014 20:54
yo diría que la sentencia va a misa, el informe del monisterio fiscal es para el caso de que todavía no haya recaído sentencia.
además, son requisitos alternativos, unos en defecto de otros no acumulativos.....
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Artículo 23 Acreditación de las situaciones de violencia de género ejercida sobre las trabajadoras

Las situaciones de violencia que dan lugar al reconocimiento de los derechos regulados en este capítulo se acreditarán con la orden de protección a favor de la víctima. Excepcionalmente, será título de acreditación de esta situación, el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima de violencia de género hasta tanto se dicte la orden de protección.