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ipa absoluta en primera instancia

5 Comentarios
 
Ipa absoluta en primera instancia
18/12/2014 13:51
me han concedido la ipa en primera instancia y el INSS, a hecho intención de reclamar, digo "intención" porque me dice mi abogada que ellos avisan pero luego tienen que ponerla. De ser así y si me la denegase el TSJ, tengo que devolver los atrasos y pension recibidos? ella dice que si pero en los foros leo que no , por favor alguien que le haya pasado o que me explique en base a que es una cosa u otra, estoy muy nerviosa ademas de la situación de que me sirve si me ingresan el dinero? y es mas estoy dada de alta como autónomo en IPT, nadie ni la Tesoreria sabe en que situación estoy, ni quien me paga hasta que sea firme, os ruego aclaración por que la alegría de hace una semana parece que se difumina. Muchísimas gracias.
19/12/2014 15:54
Hola,
Me sorprende que preguntes eso teniendo abogada.
Cuando dies: Ella me dice que si ...pero en el foro leo que No.. "Ella" es la abogada?
Si tienes q ir a juicio... ojito con la letrada pq me temo q no conoce muy bien lo q lleva entremanos.
Los casos que yo conozco no han tenido que devolver nada.
Si han cambiado las leyes te lo debo.
Suerte!!
19/12/2014 16:23
pues si te parecerá increíble como a mi, pero también te he dicho que he ido a juicio y he ganado en primera instancia, también he hablado con la tesorería y te sorprenderías lo que me han contado y luego han tenido que rectificar, voy a pensar que tenia un mal dia ...pero cuando termine todo tendré una conversación con ella, por que lo que me planteo es un absurdo que sigo de alta como autónoma ¿?¿? si me dan la pensión como voy a seguir cobrando it que es como estoy ahora, osea o trabajo o estoy jubilada sentido común pero en fin ya os contare como acaba esta tortura. Muchas gracias por contestar.
UN saludo
19/12/2014 22:42
No puedes cobrar IT y al mismo tiempo cobrar la Pensión de IPA.
Lo de seguir pagando autónomos... no entiendo mucho de eso pero creo q yo dejaría de pagar....
Si te coinciden fechas deberás devolver el dinero que hayas cobrado de la SS.
Otra cosa muy importante!! No estás Jubilada.
Te han concedido una Incapacidad Permanente Absoluta. Eso quiere decir que te pueden llamar a revisión hasta q tengas la edad de Jubilación.
Suerte!!
20/12/2014 19:52
concedida una IPA.
Sigue pagando autónomos....
Cobra IT......
yo no entiendo nada.

En fin , jubilada no estás ni estarás hasta cumplir la edad.
Las incapacidades son vitalicias mientras existan motivos para estar incapacitado , si desaparece el motivo de la incapacidad , desaparece la pensión , al menos , hasta cumplir la edad de jubilación.
21/12/2014 04:28
Que suerte has tenido, porque yo he tenido que denunciar y estoy al comienzo para que me concedan la incapacidad absoluta, aún así tengo la total hace dos años y medio y por agravamiento he tenido que pedir una revisión y no me la han concedido, a ver con lo que tengo que me explique alguien como voy a poder trabajar.
Saludos.
ipa absoluta en primera instancia | PorticoLegal
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Ipa absoluta en primera instancia
18/12/2014 13:51
me han concedido la ipa en primera instancia y el INSS, a hecho intención de reclamar, digo "intención" porque me dice mi abogada que ellos avisan pero luego tienen que ponerla. De ser así y si me la denegase el TSJ, tengo que devolver los atrasos y pension recibidos? ella dice que si pero en los foros leo que no , por favor alguien que le haya pasado o que me explique en base a que es una cosa u otra, estoy muy nerviosa ademas de la situación de que me sirve si me ingresan el dinero? y es mas estoy dada de alta como autónomo en IPT, nadie ni la Tesoreria sabe en que situación estoy, ni quien me paga hasta que sea firme, os ruego aclaración por que la alegría de hace una semana parece que se difumina. Muchísimas gracias.
19/12/2014 15:54
Hola,
Me sorprende que preguntes eso teniendo abogada.
Cuando dies: Ella me dice que si ...pero en el foro leo que No.. "Ella" es la abogada?
Si tienes q ir a juicio... ojito con la letrada pq me temo q no conoce muy bien lo q lleva entremanos.
Los casos que yo conozco no han tenido que devolver nada.
Si han cambiado las leyes te lo debo.
Suerte!!
19/12/2014 16:23
pues si te parecerá increíble como a mi, pero también te he dicho que he ido a juicio y he ganado en primera instancia, también he hablado con la tesorería y te sorprenderías lo que me han contado y luego han tenido que rectificar, voy a pensar que tenia un mal dia ...pero cuando termine todo tendré una conversación con ella, por que lo que me planteo es un absurdo que sigo de alta como autónoma ¿?¿? si me dan la pensión como voy a seguir cobrando it que es como estoy ahora, osea o trabajo o estoy jubilada sentido común pero en fin ya os contare como acaba esta tortura. Muchas gracias por contestar.
UN saludo
19/12/2014 22:42
No puedes cobrar IT y al mismo tiempo cobrar la Pensión de IPA.
Lo de seguir pagando autónomos... no entiendo mucho de eso pero creo q yo dejaría de pagar....
Si te coinciden fechas deberás devolver el dinero que hayas cobrado de la SS.
Otra cosa muy importante!! No estás Jubilada.
Te han concedido una Incapacidad Permanente Absoluta. Eso quiere decir que te pueden llamar a revisión hasta q tengas la edad de Jubilación.
Suerte!!
20/12/2014 19:52
concedida una IPA.
Sigue pagando autónomos....
Cobra IT......
yo no entiendo nada.

En fin , jubilada no estás ni estarás hasta cumplir la edad.
Las incapacidades son vitalicias mientras existan motivos para estar incapacitado , si desaparece el motivo de la incapacidad , desaparece la pensión , al menos , hasta cumplir la edad de jubilación.
21/12/2014 04:28
Que suerte has tenido, porque yo he tenido que denunciar y estoy al comienzo para que me concedan la incapacidad absoluta, aún así tengo la total hace dos años y medio y por agravamiento he tenido que pedir una revisión y no me la han concedido, a ver con lo que tengo que me explique alguien como voy a poder trabajar.
Saludos.