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sobre Reclamación Previa

4 Comentarios
 
Sobre reclamación previa
22/12/2014 17:40
Buenas tardes,

la consulta es la siguiente:
Mi madre fué el viernes ha presentar una RECLAMACION PREVIA a su oficina del inem y tenia entendido que le debian sellar la copia de la reclamación que entregaba.
Hoy me ha enseñado un papel en el que indica que ha realizado la entrega de una documentación y que el archivo ha entrado como ALEGACIONES_NOMBRE-APELLIDOS.

¿Lo han recogido como Alegaciones o se entiende que si en el escrito que ha presentado indica que es una Reclamación Previa , se lo tomaan como tal? y no como lo que indica en el "justificante" que le entregaron
22/12/2014 20:11
Vamos a ver....
La Reclamación Previa pq la ha presentado?
La Reclamaciones Previas a las q aludimos a menudo se presentan en el INNS y como q es el paso previo a demanda judicial.. es preferible q la redacte y presente un abogado. La defensa se basaría en lo q ponga la reclamación previa.
Cuéntanos de que va...
23/12/2014 00:03
La reclamación previa se ha presentado porque cuando recibió la resolución de la solicitud de prestación por desempleo han.contabilizado mal los días cotizados. Ella ha estado trabajando desde 2001 hasta julio 4 horas diarias de lunes ha viernes hasta el despido de julio por el que se denunció y se llegó a un acuerdo el 5 de noviembre. En el inem.no le informaron de que debía entregar documentación si había trabajado con jornada ha tiempo parcial para contabilizar correctamente los días cotizados y dicen que sólo tiene 458 días cotizados y que le pertenecen 120 días de prestación.
23/12/2014 00:16
Ok.
Muchas Gracias por la aclaración.
27/12/2014 21:25
pues lo que ha presentado es una reclamación previa auqnue la califiquen de alegacioens, probablemente el funcionario que registró la entrada de la reclamación no sabía si era alegaciones o reclamación, incluso es probable que el funcionario no sea del SEPE (antiguo INEM) y que sea del servicio autonómico de empleo, que no tiene competencias en materia de prestaciones pero sí que generalmente llevan las funciones de registro.
Quien tiene que resolver es el sepe y si ha aportado la documentación justificativa de los días trabajados a la semana para que le calculen correctamente el periodo d ocupación cotizado, no debería tener problemas.
En otro caso, la resolución de la reclamación previa (homólogo al recurso de alzada) agota la vía administrativa, y el paso siguiente será demanda ante el juzgado de lo social.
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4 Comentarios
 
Sobre reclamación previa
22/12/2014 17:40
Buenas tardes,

la consulta es la siguiente:
Mi madre fué el viernes ha presentar una RECLAMACION PREVIA a su oficina del inem y tenia entendido que le debian sellar la copia de la reclamación que entregaba.
Hoy me ha enseñado un papel en el que indica que ha realizado la entrega de una documentación y que el archivo ha entrado como ALEGACIONES_NOMBRE-APELLIDOS.

¿Lo han recogido como Alegaciones o se entiende que si en el escrito que ha presentado indica que es una Reclamación Previa , se lo tomaan como tal? y no como lo que indica en el "justificante" que le entregaron
22/12/2014 20:11
Vamos a ver....
La Reclamación Previa pq la ha presentado?
La Reclamaciones Previas a las q aludimos a menudo se presentan en el INNS y como q es el paso previo a demanda judicial.. es preferible q la redacte y presente un abogado. La defensa se basaría en lo q ponga la reclamación previa.
Cuéntanos de que va...
23/12/2014 00:03
La reclamación previa se ha presentado porque cuando recibió la resolución de la solicitud de prestación por desempleo han.contabilizado mal los días cotizados. Ella ha estado trabajando desde 2001 hasta julio 4 horas diarias de lunes ha viernes hasta el despido de julio por el que se denunció y se llegó a un acuerdo el 5 de noviembre. En el inem.no le informaron de que debía entregar documentación si había trabajado con jornada ha tiempo parcial para contabilizar correctamente los días cotizados y dicen que sólo tiene 458 días cotizados y que le pertenecen 120 días de prestación.
23/12/2014 00:16
Ok.
Muchas Gracias por la aclaración.
27/12/2014 21:25
pues lo que ha presentado es una reclamación previa auqnue la califiquen de alegacioens, probablemente el funcionario que registró la entrada de la reclamación no sabía si era alegaciones o reclamación, incluso es probable que el funcionario no sea del SEPE (antiguo INEM) y que sea del servicio autonómico de empleo, que no tiene competencias en materia de prestaciones pero sí que generalmente llevan las funciones de registro.
Quien tiene que resolver es el sepe y si ha aportado la documentación justificativa de los días trabajados a la semana para que le calculen correctamente el periodo d ocupación cotizado, no debería tener problemas.
En otro caso, la resolución de la reclamación previa (homólogo al recurso de alzada) agota la vía administrativa, y el paso siguiente será demanda ante el juzgado de lo social.