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cobrar todo el paro junto...

7 Comentarios
 
Cobrar todo el paro junto...
24/11/2005 18:49
Tengo entendido que antes, cuando alguien estaba en situacion de desempleo y queria montar un negocio, podia solicitar todo el dinero que le correspondia como subsidio por desempleo para montar una empresa de una sola vez. ¿es eso cierto?,¿se puede hoy dia?,¿cuanto tiempo pasa?.
un saludo y gracias de antemano
25/11/2005 12:45
Según tengo entendido yo eso se podía hacer hace por lo menos 11 años. Tengo un caso muy cercano que lo intentó en el año 96, con la firme intención de montar una empresa (que al final montó por sus medios) y ya entonces no era válido. No sé si las cosas han vuelto a cambiar.
25/11/2005 13:16
Se puede si montas una sociedad laboral o cooperativa, o si tienes minusvalía superior al 33%.

Si no cumples lo anterior, osea autonomo sin más, te dan hasta el 20% de la prestación, si inviertes, y el resto te lo abonan trimestralmente, por el importe del cupon de autómnomos.

En la pagina web del inem viene perfectamente explicado
25/11/2005 13:40
Risk si que puedes solicitarlo, entra en la pagina inem.es y ves al apartado de prestaciones, ahi tienes toda la información.

25/11/2005 13:53
Hola.

Estoy de acuerdo con Stivi.

Si se puede hacer y hay 3 tipos de capitalización del paro para crear un negocio:

1) Pago único: se solicita por anticipado el 100% de la prestación por desempleo. SOLO PUEDEN ACCEDER QUIENES VAYAN A CREAR SDADES LABORALES, COOPERATIVAS O BIEN DESEMPLEADOS CON MINUSVALIA IGUAL O SUPERIOR AL 33%

2) Parcial: Recibes un 20% de la prestación en efectivo y el 80% restante se compensa con las cuotas mensuales a pagar hasta agotar el importe de la prestación. Pueden acceder tanto empresarios individuales o autónomos de sdades mercantiles además de cooperativas o sociedades laborales.
3) Devolución trimestral de cuotas de la Seguridad Social de autonomos. Aqui no se pide adelanto alguno, sino que todo el derecho a prestación se compensará con las cuotas a pagar hasta agotar el total de la misma. Se pagan las cuotas de 3 en 3 meses que se recuperan mediante abono trimestral por parte del Inem. Pueden hacerlo autonomos, sociedades, etc.

Una puntualización, al menos en el caso de empresario individual, el orden correcto es:
1) Solicitar desempleo
2) Solicitar capitalicación
3) Alta en autónomos

----NO CURSAR EL ALTA DE AUTONOMOS ANTES DE LA SOLICITUD DE CAPITALIZACION O TE LO DENEGARAN---------

25/11/2005 19:48
Me adelante a los acontecimientos:

"Los desempleados que inicien actividad como autónomos podrán percibir, de una sola vez, el 40 por 100 de la prestación por desempleo para financiar los gastos de inversión del inicio de la actividad




El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que pretende incentivar el autoempleo de los beneficiarios de desempleo que utilicen el importe de su prestación para constituirse como autónomos o como socios trabajadores de cooperativas o sociedades laborales.

Podrán percibir, de una sola vez, el 40% de la prestación por desempleo para financiar los gastos de inversión del inicio de la actividad (el doble del actual, un 20%). El resto de la prestación por desempleo podrán destinarlo a cubrir los gastos de las cotizaciones sociales.

Se calcula - en función de los importes medios de las prestaciones de desempleo - que quienes realicen tal opción dispondran de 4.240 € de media para inversión, más unos 6.400 € para reducir el coste de las futuras cotizaciones a la Seguridad Social.

Asimismo, el Real Decreto incluye como medida para favorecer la estabilidad en el empleo la posibilidad de que trabajadores que han tenido una relación laboral temporal previa con cooperativas o sociedades laborales, no superior a 24 meses, en lugar del límite vigente de doce meses, puedan percibir la prestación por desempleo en su totalidad para aportarla a estas empresas de autoempleo colectivo para formar parte como socios trabajadores. Además, se amplía el importe de la prestación que se puede percibir en un pago único para ser socio trabajador de una cooperativa, al extenderlo también a las aportaciones voluntarias y a la cuota de ingreso en la misma y no sólo a la aportación obligatoria.

Por último, se adelanta el abono de la prestación mensual en vez de trimestral para subvencionar la cotización del trabajador autoempleado a la Seguridad Social."

Fuente:www. abog.net
27/11/2005 20:30
Hola.

TunoNegro, esto que comentas imagino que estará aprobado pero no en vigor aún, no? Quiero decir que aún se sigue haciendo según lo del 20%. Es que la semana pasada mismo se preparó en la oficina un expediente de capitalización y aún se regía por lo que he comentado.

Y si es así, sabes para cuando se empezará a aplicar el nuevo decreto?

Gracias
28/09/2013 13:15
Hola

Soy socio minoritario de una empresa, tengo una nómina y por tanto no soy autónomo-
El socio administrador y accionista mayoritario quiere dejar la empresa y venderme sus acciones. yo estoy muy interesado pero no dispongo de capital.
Mi pregunta es la siguiente:
Puedo cobrar todo el paro junto, hacerme autónomo y comprar las acciones de mi socio mayoritario con ese dinero?

Un saludo
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Cobrar todo el paro junto...
24/11/2005 18:49
Tengo entendido que antes, cuando alguien estaba en situacion de desempleo y queria montar un negocio, podia solicitar todo el dinero que le correspondia como subsidio por desempleo para montar una empresa de una sola vez. ¿es eso cierto?,¿se puede hoy dia?,¿cuanto tiempo pasa?.
un saludo y gracias de antemano
25/11/2005 12:45
Según tengo entendido yo eso se podía hacer hace por lo menos 11 años. Tengo un caso muy cercano que lo intentó en el año 96, con la firme intención de montar una empresa (que al final montó por sus medios) y ya entonces no era válido. No sé si las cosas han vuelto a cambiar.
25/11/2005 13:16
Se puede si montas una sociedad laboral o cooperativa, o si tienes minusvalía superior al 33%.

Si no cumples lo anterior, osea autonomo sin más, te dan hasta el 20% de la prestación, si inviertes, y el resto te lo abonan trimestralmente, por el importe del cupon de autómnomos.

En la pagina web del inem viene perfectamente explicado
25/11/2005 13:40
Risk si que puedes solicitarlo, entra en la pagina inem.es y ves al apartado de prestaciones, ahi tienes toda la información.

25/11/2005 13:53
Hola.

Estoy de acuerdo con Stivi.

Si se puede hacer y hay 3 tipos de capitalización del paro para crear un negocio:

1) Pago único: se solicita por anticipado el 100% de la prestación por desempleo. SOLO PUEDEN ACCEDER QUIENES VAYAN A CREAR SDADES LABORALES, COOPERATIVAS O BIEN DESEMPLEADOS CON MINUSVALIA IGUAL O SUPERIOR AL 33%

2) Parcial: Recibes un 20% de la prestación en efectivo y el 80% restante se compensa con las cuotas mensuales a pagar hasta agotar el importe de la prestación. Pueden acceder tanto empresarios individuales o autónomos de sdades mercantiles además de cooperativas o sociedades laborales.
3) Devolución trimestral de cuotas de la Seguridad Social de autonomos. Aqui no se pide adelanto alguno, sino que todo el derecho a prestación se compensará con las cuotas a pagar hasta agotar el total de la misma. Se pagan las cuotas de 3 en 3 meses que se recuperan mediante abono trimestral por parte del Inem. Pueden hacerlo autonomos, sociedades, etc.

Una puntualización, al menos en el caso de empresario individual, el orden correcto es:
1) Solicitar desempleo
2) Solicitar capitalicación
3) Alta en autónomos

----NO CURSAR EL ALTA DE AUTONOMOS ANTES DE LA SOLICITUD DE CAPITALIZACION O TE LO DENEGARAN---------

25/11/2005 19:48
Me adelante a los acontecimientos:

"Los desempleados que inicien actividad como autónomos podrán percibir, de una sola vez, el 40 por 100 de la prestación por desempleo para financiar los gastos de inversión del inicio de la actividad




El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que pretende incentivar el autoempleo de los beneficiarios de desempleo que utilicen el importe de su prestación para constituirse como autónomos o como socios trabajadores de cooperativas o sociedades laborales.

Podrán percibir, de una sola vez, el 40% de la prestación por desempleo para financiar los gastos de inversión del inicio de la actividad (el doble del actual, un 20%). El resto de la prestación por desempleo podrán destinarlo a cubrir los gastos de las cotizaciones sociales.

Se calcula - en función de los importes medios de las prestaciones de desempleo - que quienes realicen tal opción dispondran de 4.240 € de media para inversión, más unos 6.400 € para reducir el coste de las futuras cotizaciones a la Seguridad Social.

Asimismo, el Real Decreto incluye como medida para favorecer la estabilidad en el empleo la posibilidad de que trabajadores que han tenido una relación laboral temporal previa con cooperativas o sociedades laborales, no superior a 24 meses, en lugar del límite vigente de doce meses, puedan percibir la prestación por desempleo en su totalidad para aportarla a estas empresas de autoempleo colectivo para formar parte como socios trabajadores. Además, se amplía el importe de la prestación que se puede percibir en un pago único para ser socio trabajador de una cooperativa, al extenderlo también a las aportaciones voluntarias y a la cuota de ingreso en la misma y no sólo a la aportación obligatoria.

Por último, se adelanta el abono de la prestación mensual en vez de trimestral para subvencionar la cotización del trabajador autoempleado a la Seguridad Social."

Fuente:www. abog.net
27/11/2005 20:30
Hola.

TunoNegro, esto que comentas imagino que estará aprobado pero no en vigor aún, no? Quiero decir que aún se sigue haciendo según lo del 20%. Es que la semana pasada mismo se preparó en la oficina un expediente de capitalización y aún se regía por lo que he comentado.

Y si es así, sabes para cuando se empezará a aplicar el nuevo decreto?

Gracias
28/09/2013 13:15
Hola

Soy socio minoritario de una empresa, tengo una nómina y por tanto no soy autónomo-
El socio administrador y accionista mayoritario quiere dejar la empresa y venderme sus acciones. yo estoy muy interesado pero no dispongo de capital.
Mi pregunta es la siguiente:
Puedo cobrar todo el paro junto, hacerme autónomo y comprar las acciones de mi socio mayoritario con ese dinero?

Un saludo