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proceso inspección de trabajo

9 Comentarios
 
Proceso inspección de trabajo
24/09/2006 16:26
tengo intención de poner una denuncia a inspección de trabajo, por diversas irregularidades, entre las que están retrasos de meses en el pago de salarios y en cantidades inferiores a las que marca el convenio, me he bajado de la web del mtas el impreso, me gustaría saber que garantías hay de la empresa no conozca quien ha denunciado (al margen de que lo sospechen) y cuanto tiempo tarda la inspección en acudir, y si notifica al denunciante el resultado,
resumiendo, como funciona este proceso,
25/09/2006 01:19
Te lo diré de la forma que lo puedas entender, para que no tengas dudas.

1. Puedes denunciarlos por el juzgado de lo social (mediante abogado) por Cantidad, mientras tengas pruebas de lo que dices es cierto.

2. Por la Inspección de trabajo

A. Garantías: El inspector nunca dará el nombre del denunciante porque así lo tiene tipificado y más si se lo dices tú.

B. La denuncia: Llevas dos copias a la inspección y cuando te la sellen (tienes que poner tú nombre y firmarla) te quedas con una copia. Recuerda que si llevas pruebas como las nóminas les haces fotocopias y las grapas con la denuncia que le dás a ellos y presentes así como todas las pruebas que tengas con un recibo bancario donde se puede apreciar que días has cobrado con retraso.

C. Tiempo: Por lo general, después de presentar la denuncia a los 2 ó 3 días ya tiene un Inspector asignado. Como tú denuncia tiene un registro puedes llamar y preguntar qué inspector lleva la tuya para que le pidas sita y hables con el directamente y le dices que si puede acelerar tú denuncia.

Lo normal es que si no haces esto tarde un inspector en pasar por tú empresa alrededor de un mes, más o menos.

D. Notificación: Cuando el inspector ya hubiese acudido a la empresa y le exija a ésta que regularice tus quejas tal vez si o tal vez no, mediante la ley los sancione. Pero una vez que ha pasado el inspector seguramente no volveran a fallarte en tú salio. Si siguen así le vuelves a poner otra denuncia por lo mismo entonces casi seguro que el inspector los sancione.

Cuando el inspector resuelva la denuncia te llegará una carta a la dirección que tú le pongas, sea a tú favor o no.

Saludos.
25/09/2006 09:14


1. La denuncia en el Juzgado de lo Social puede hacerla por si misma, pero previamente deberá presentar papeleta de conciliación en el CMAC correspondiente. No necesita abogado, aunque es conveniente.

2. Si en el impreso de denuncia no especifica que quiere ser informada, la ITSS no le hará llegar ninguna información sobre el procedimiento.
25/09/2006 14:46
Pues no sabia eso Ladyhalcon, yo pensaba que ellos te tienen que mandar la resolución sea a favor o no, eso tenía entendido.

También hay que decir que sea cual sea el procedimiento del inspector o por la vía que el actúe tiene 9 meses para resolver.

Saludos.
25/09/2006 19:42
Muchisimas gracias
sí tengo pruebas ya que cuando me pagan lo hacen por transferencias, y también las tengo de la actividad, las nóminas no me las entregan,
en el impreso de denuncia no encuentro donde se tiene que especificar que quiero estar informada del procedimiento.
Mi idea es primero denuncia a la i.t. para que les quede claro el convenio, cuyas tablas salariales son superiores a las que generalmente paga la empresa, luego CMAC o juzgado, reclamando todas las cantidades 10% anual, en este caso iré con abogado.
En el impreso de denuncia que hay en la web de i.t. pregunta si se tiene presentada demanda por el mismo motivo ¿supone esto que si hay demanda actúa de otra forma ?
26/09/2006 19:34
¿supone esto que si hay demanda actúa de otra forma ?

Puede ser, pero es para saber si ya hay denuncias por el mismo motivo y se pueden llevar por ellas a la hora de hacer la resuloción de ésta.

Salud.
27/09/2006 00:59
En mi caso pasó la inspección por un accidente de trabajo que tuve yo y me enteré de ello cuando me llegaron los informes de la inspección a mi casa y más tarde la resolución de la misma,a la empresa le cayó un recargo de prestaciones.
27/09/2006 13:56
"En el impreso de denuncia que hay en la web de i.t. pregunta si se tiene presentada demanda por el mismo motivo ¿supone esto que si hay demanda actúa de otra forma ? "


(Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social)

El art. 9 f), ya nos dice que No SE TRAMITARÁN (por la Inspección de Trabajo) LAS DENUNCIAS que coincidan con asuntos de que conozca un órgano jurisdiccional.
27/09/2006 15:04
Unomás.

Siempre no pasa esto, por eso dije "puede ser", debido a que yo siempre he puesto 1º las denuncias pora la inspección de trabajo y luego más tarde por el CMAC y luego al juzgado.

Saludos.
27/09/2006 15:13
Perdón, me explico:

1º Lo que haría sería poner por la Inspección de Trabajo es denunciar por las tablas salarias según convenio.

2ª Más tarde, cuando ya ha ido el inspector por la empresa, pongo por el CMAC luego juzgado sino hay acuerdo la misma denuncia pidiendo o reclamando el 10% anual

3º En el tiempo que transcurre la denuncia por el juzgado (que suele tardar) seguramente ya tendré la resolución del inspector y me servirá de prueba en el juicio.

Saludos.
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9 Comentarios
 
Proceso inspección de trabajo
24/09/2006 16:26
tengo intención de poner una denuncia a inspección de trabajo, por diversas irregularidades, entre las que están retrasos de meses en el pago de salarios y en cantidades inferiores a las que marca el convenio, me he bajado de la web del mtas el impreso, me gustaría saber que garantías hay de la empresa no conozca quien ha denunciado (al margen de que lo sospechen) y cuanto tiempo tarda la inspección en acudir, y si notifica al denunciante el resultado,
resumiendo, como funciona este proceso,
25/09/2006 01:19
Te lo diré de la forma que lo puedas entender, para que no tengas dudas.

1. Puedes denunciarlos por el juzgado de lo social (mediante abogado) por Cantidad, mientras tengas pruebas de lo que dices es cierto.

2. Por la Inspección de trabajo

A. Garantías: El inspector nunca dará el nombre del denunciante porque así lo tiene tipificado y más si se lo dices tú.

B. La denuncia: Llevas dos copias a la inspección y cuando te la sellen (tienes que poner tú nombre y firmarla) te quedas con una copia. Recuerda que si llevas pruebas como las nóminas les haces fotocopias y las grapas con la denuncia que le dás a ellos y presentes así como todas las pruebas que tengas con un recibo bancario donde se puede apreciar que días has cobrado con retraso.

C. Tiempo: Por lo general, después de presentar la denuncia a los 2 ó 3 días ya tiene un Inspector asignado. Como tú denuncia tiene un registro puedes llamar y preguntar qué inspector lleva la tuya para que le pidas sita y hables con el directamente y le dices que si puede acelerar tú denuncia.

Lo normal es que si no haces esto tarde un inspector en pasar por tú empresa alrededor de un mes, más o menos.

D. Notificación: Cuando el inspector ya hubiese acudido a la empresa y le exija a ésta que regularice tus quejas tal vez si o tal vez no, mediante la ley los sancione. Pero una vez que ha pasado el inspector seguramente no volveran a fallarte en tú salio. Si siguen así le vuelves a poner otra denuncia por lo mismo entonces casi seguro que el inspector los sancione.

Cuando el inspector resuelva la denuncia te llegará una carta a la dirección que tú le pongas, sea a tú favor o no.

Saludos.
25/09/2006 09:14


1. La denuncia en el Juzgado de lo Social puede hacerla por si misma, pero previamente deberá presentar papeleta de conciliación en el CMAC correspondiente. No necesita abogado, aunque es conveniente.

2. Si en el impreso de denuncia no especifica que quiere ser informada, la ITSS no le hará llegar ninguna información sobre el procedimiento.
25/09/2006 14:46
Pues no sabia eso Ladyhalcon, yo pensaba que ellos te tienen que mandar la resolución sea a favor o no, eso tenía entendido.

También hay que decir que sea cual sea el procedimiento del inspector o por la vía que el actúe tiene 9 meses para resolver.

Saludos.
25/09/2006 19:42
Muchisimas gracias
sí tengo pruebas ya que cuando me pagan lo hacen por transferencias, y también las tengo de la actividad, las nóminas no me las entregan,
en el impreso de denuncia no encuentro donde se tiene que especificar que quiero estar informada del procedimiento.
Mi idea es primero denuncia a la i.t. para que les quede claro el convenio, cuyas tablas salariales son superiores a las que generalmente paga la empresa, luego CMAC o juzgado, reclamando todas las cantidades 10% anual, en este caso iré con abogado.
En el impreso de denuncia que hay en la web de i.t. pregunta si se tiene presentada demanda por el mismo motivo ¿supone esto que si hay demanda actúa de otra forma ?
26/09/2006 19:34
¿supone esto que si hay demanda actúa de otra forma ?

Puede ser, pero es para saber si ya hay denuncias por el mismo motivo y se pueden llevar por ellas a la hora de hacer la resuloción de ésta.

Salud.
27/09/2006 00:59
En mi caso pasó la inspección por un accidente de trabajo que tuve yo y me enteré de ello cuando me llegaron los informes de la inspección a mi casa y más tarde la resolución de la misma,a la empresa le cayó un recargo de prestaciones.
27/09/2006 13:56
"En el impreso de denuncia que hay en la web de i.t. pregunta si se tiene presentada demanda por el mismo motivo ¿supone esto que si hay demanda actúa de otra forma ? "


(Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social)

El art. 9 f), ya nos dice que No SE TRAMITARÁN (por la Inspección de Trabajo) LAS DENUNCIAS que coincidan con asuntos de que conozca un órgano jurisdiccional.
27/09/2006 15:04
Unomás.

Siempre no pasa esto, por eso dije "puede ser", debido a que yo siempre he puesto 1º las denuncias pora la inspección de trabajo y luego más tarde por el CMAC y luego al juzgado.

Saludos.
27/09/2006 15:13
Perdón, me explico:

1º Lo que haría sería poner por la Inspección de Trabajo es denunciar por las tablas salarias según convenio.

2ª Más tarde, cuando ya ha ido el inspector por la empresa, pongo por el CMAC luego juzgado sino hay acuerdo la misma denuncia pidiendo o reclamando el 10% anual

3º En el tiempo que transcurre la denuncia por el juzgado (que suele tardar) seguramente ya tendré la resolución del inspector y me servirá de prueba en el juicio.

Saludos.