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¿Cuántos contratos de 6 meses me pueden hacer?

4 Comentarios
 
¿cuántos contratos de 6 meses me pueden hacer?
29/03/2007 20:29
Hola a todos. En primer lugar muchas gracias por haberme ayudado con mi anterior duda sobre la baja laboral.

Ahora quería preguntaros cuántos contratos seguidos me pueden hacer por un período de 6 meses. Entré en mi empresa en junio del año pasado y me hicieron en principio un contrato de 6 meses. Pasado ese tiempo me volvieron a hacer otro contrato de 6 meses que me cumple a primeros de junio. Cuando llegue esa fecha ¿me pueden seguir haciendo contratos de 6 meses o me tienen que hacer un contrato indefinido? muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos.
29/03/2007 21:39
Vicky, para responder a tu pregunta es necesario que nos concretes qué tipo o tipos de contrato temporal te han realizado y, en su caso, ver que establece el convenio (por ej. en el caso de contratos eventuales).

Un saludo
29/03/2007 23:38
Los dos contratos han sido por obra y servicio. No sé cuál es mi convenio, supongo que comercio al por menor, ya que mi empresa se dedica a compra-venta de recambios para el automóvil. Muchas gracias.
30/03/2007 08:48
¿por obra y servicio?
¿y cuál es la obra o servicio? (por si se hubiera celebrado en fraude de ley?)

Los cotratos de obra o servicio no tienen una limitación concreta, duran lo que dura la obra o servicio. Es más, normalmente no suelen indicar la duración o fecha exacta de finalización y cuando lo hacen, suele tener un mero valor orientativo, sin ser vinculante (insisto, lo que define su duracion real es la duracion de la propia obra o servicio o bien, aquellas actividades o funciones concretas dentro de esa obra o servicio para la que has sido contratada y que deben estar expresamente especificadas en el contrato).

Por otro lado, como te han hecho dos contratos, en la medida que sea para ocupar el mismo puesto, si llega el momento en que has acumulado en total mas de 24 meses, dentro de un periodo de referencia de 30 meses, entonces sí deberias pasar a indefinido.

Deberia analizarse, por tanto, si a pesar de ser contratos diferentes (y de la legalidad de los mismos) estás ocupando el mismo puesto.

Por último, y respecto a la legalidad de este tipo de contratos, recordar que el contrato de obra y servicio exije que se trata de una actividad de naturaleza temporal (aunque no necesariamente de duracion cierta, pero temporal, no sirve para actividades contínuas de la empresa) y que tenga entidad propia y diferenciada respecto a la actividad normal de la empresa.

Un saludo
30/03/2007 09:11
Huele a contrato en fraude de ley que tira para atrás...
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¿cuántos contratos de 6 meses me pueden hacer?
29/03/2007 20:29
Hola a todos. En primer lugar muchas gracias por haberme ayudado con mi anterior duda sobre la baja laboral.

Ahora quería preguntaros cuántos contratos seguidos me pueden hacer por un período de 6 meses. Entré en mi empresa en junio del año pasado y me hicieron en principio un contrato de 6 meses. Pasado ese tiempo me volvieron a hacer otro contrato de 6 meses que me cumple a primeros de junio. Cuando llegue esa fecha ¿me pueden seguir haciendo contratos de 6 meses o me tienen que hacer un contrato indefinido? muchas gracias por vuestra ayuda.

Saludos.
29/03/2007 21:39
Vicky, para responder a tu pregunta es necesario que nos concretes qué tipo o tipos de contrato temporal te han realizado y, en su caso, ver que establece el convenio (por ej. en el caso de contratos eventuales).

Un saludo
29/03/2007 23:38
Los dos contratos han sido por obra y servicio. No sé cuál es mi convenio, supongo que comercio al por menor, ya que mi empresa se dedica a compra-venta de recambios para el automóvil. Muchas gracias.
30/03/2007 08:48
¿por obra y servicio?
¿y cuál es la obra o servicio? (por si se hubiera celebrado en fraude de ley?)

Los cotratos de obra o servicio no tienen una limitación concreta, duran lo que dura la obra o servicio. Es más, normalmente no suelen indicar la duración o fecha exacta de finalización y cuando lo hacen, suele tener un mero valor orientativo, sin ser vinculante (insisto, lo que define su duracion real es la duracion de la propia obra o servicio o bien, aquellas actividades o funciones concretas dentro de esa obra o servicio para la que has sido contratada y que deben estar expresamente especificadas en el contrato).

Por otro lado, como te han hecho dos contratos, en la medida que sea para ocupar el mismo puesto, si llega el momento en que has acumulado en total mas de 24 meses, dentro de un periodo de referencia de 30 meses, entonces sí deberias pasar a indefinido.

Deberia analizarse, por tanto, si a pesar de ser contratos diferentes (y de la legalidad de los mismos) estás ocupando el mismo puesto.

Por último, y respecto a la legalidad de este tipo de contratos, recordar que el contrato de obra y servicio exije que se trata de una actividad de naturaleza temporal (aunque no necesariamente de duracion cierta, pero temporal, no sirve para actividades contínuas de la empresa) y que tenga entidad propia y diferenciada respecto a la actividad normal de la empresa.

Un saludo
30/03/2007 09:11
Huele a contrato en fraude de ley que tira para atrás...