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hacer constar fin de contrato o baja voluntaria

18 Comentarios
 
Hacer constar fin de contrato o baja voluntaria
13/06/2007 20:07
tengo una duda, un trabajador se queria ir de la empresa y ha esperado hasta el ultimo dia de trabajo del contrato temporal que tenia suscrito, el empresario tenia pensado renovarle, como hay que dar de baja al trabajador por baja voluntaria o por fin de contrato? gracias por vuestra ayuda
14/06/2007 09:59
Bajo mi opinion,aunque esto se que esta levantando muchas polémicas, el trabajador tiene derecho a renovar el contrato o no renovarlo,si no ha estado a gusto en la empresa, o que quiere buscar algo mejor,etc.
Tu si quieres,le puedes "j....r"., poniendo en el certificado de empresa "Baja Voluntaria por no renovacion de contrato a instancia del trabajador.
Con esto le quitas el paro a que pueda tener derecho-Tu mismo.........
Saludos,
14/06/2007 10:06
Efectivamente, es un tema polémico que ya se ha tratado otras veces.

Yo lo veo desde la perspectiva contraria a Antoñito: si le quieres "premiar" podeis poner que es la empresa la que no quiere renovarle.

Pero en caso contrario, no es que sea por "j...r", yo me limitaría a poner la verdad, que la no renovación es a instancia del trabajador, y si luego le ponen pegas para cobrar el paro no es vuestro problema.
14/06/2007 10:18
Pregunta inocente para aries68 (al que supongo empresario).¿Que pasaría si fuese el trabajador el que quisiera renovar porque no tiene otro trabajo a la vista y tu no?.Adelanto la respuesta:Que se iba al paro de cabeza,queriendo y pudiendo trabajar,y tu contratas a otro inmediatamente.Por eso digo que es un tema con mucho a discutír,pero no estoy dispuesto a polemizar y sobre esto es mi uiltimo post.Saludos,
14/06/2007 10:25
Mejor que ponga que es a instancias del trabajador, no sea que tuvieran que avisarle 15 días antes y encima se meta en un problema.

Si el trabajador es quien se quiere ir, para qué van a poner lo contrario y mentir en un documento público?
14/06/2007 10:47
Creo que lo mas humano es que si con el trabajador se puede dialogar intentar beneficiar al trabajador y prepararle los papeles del paro,ya que el empresario no tiene nada que perder de una forma o otra y por lo menos sabes que lo que has echo seria lo correcto.. un saludo de una trabajadora quemada.
14/06/2007 12:08
¡Pero que dices¡¡.Ni se te ocurra aconsejar una cosa de estas¡.Te vas a condenar en el infierno pá los restos....
14/06/2007 12:52
Pues yo entiendo que la diferencia está en que si le das de baja por fin de contrato hay una indemnización de 8 dias, en cambio si es baja voluntaria no se le tendría que pagar dicha indemnización.

14/06/2007 13:32
Lo correcto, legalmente hablando, es tramitarlo como a instancias del trabajador.

Hacerlo como a instancias de la empresa, es un fraude.

Además de los problemas que ya he mencionado.

Si el trabajador se quiere ir, por qué hay que mentir en un documento público?

Precisamente, por este tipo de chachunllos, es por el que mucha gente no está cobrando el paro cuando realmente sí lo necesita, a lo mejor, trabajadora quemada, te encuentras que lo vas a solicitar y te lo deniegan porque han cambiado las normas por culpa de estas cosas.
16/06/2007 23:01
En mi opinión, si el trabajador ha firmado un contrato temporal por un tiempo determinado, una vez finalizado éste, la empresa puede proponerle la ampliación del tiempo convenido. Al trabajador ni la empresa ni el INEM puden reprocharle nada en contrario, sus razones tendrá y él a cumplido el tiempo de contrato estipulado. Ponga lo que quiera la empresa como observación , si és finalización de contrato le corresponde su derecho ha prestación.-

SALUDOS.-
17/06/2007 00:45
La prestación es para aquellos que se encuentran en situación legal de desempleo en contra de su voluntad.

Si es el trabajador el que no desea seguir, aunque le ofrezcan renovar, no habría derecho a la prestación. Lo mismo que si ya estás cobrando paro y rechazas ofertas.
17/06/2007 18:36
Totalmente de acuerdo.
Evidentemente no pueden obligarle a continuar contra su voluntad (solo faltaria!!). Pero lo que no puede pretender es obtener una prestacion que como bien habéis dicho, está prevista para el que, queriendo trabajar no tiene esa oportunidad.

Y éste no es el caso.

A nivel legal, es así, y la norma es muy clara

A nivel ético, pensad qué pensará aquel que no tiene opcion a la prestación (por haberla agotado, no reunir los requisitos necesarios, etc) y no tiene ni trabajo ni la oportunidad de tenerlo, o lo exigua de la prestacion de alguien que sí la disfrute, porque claro, los recursos no sin ilimitados y cada vez hay mas requisitos y más recortes en las prestaciones, en buena parte por al abuso que algunos hacen de ellas (disfrutandola en supuestos que la ley no permite que por trapicheos diversos consiguen). Que pensarán, como digo, respecto a que si pueda disfrutarla alguien que tiene una oferta de continuidad sobre la mesa (y al fin y al cabo en un trabajo que en su momento aceptó y en el que ha aguantado hasta el final del mismo).

No utilizemos dobles morales, por favor y seamos consecuentes, que así nos va.

Un saludo
17/06/2007 19:45
Haber, si el trabajador ha finalizado su contrato temporal ésto es una situacion legal de desempleo, el trabajador no está obligado a realizar una prorroga si no quiere.
17/06/2007 23:23
laboraluz, si es el trabajador el que opta por no renovar o pasar a indefinodo, lo correcto es que la empresa comunique la baja indicando como causa la opción "extinción de contrato temporal a instancias del trabajador"

Y por lo que tengo entendido, no da derecho a la prestación de desempleo (aunque sí a la indemnizacion pro fin de contrato en aquellas modalidades en las que está contemplada)

¿alguien conoce algun caso en el que ante este situacion y habiendo la empresa comunicado la baja por esa causa el trabajador haya solicigtado la prestación?
¿se la dieron?
18/06/2007 00:58
Lamento discrepar con casi todos, pero en un modelo contractual aprobado por el INEM, si has firmado por un determinado tiempo nadie te puede obligar ha renobarlo. No me escudo en doble moral sino en lo establecido por la normativa.
Aunque pueda pareceros inprobable, un trabajador puede tener motivos suficientes para dejar de optar por la continuidad de su trabajo; personales con otros compañeros, familiares, laborales, ecrtra., y en mi opinión la ley le garantiza el derecho a su prestacion. No pensais que estaríamos ante una situación de fuerza o coacción de la empresa contra el trabajador.

SALUDOS.-
18/06/2007 10:19
Dejad de opinar sobre suposiones, la ley es clara y los requisitiso para acceder al "paro" son claros en estos casos.

Si hay una finalización de contrato, la empresa debe indicar a instancias de quién no se produce la renovación y si es a instancias del trabajador, no hay derecho a paro.

El INEM señala lo siguiente

"Terminación del contrato por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, siempre que dichas causas no hayan actuado por denuncia del trabajador: Se acredita con el certificado de empresa, indicando tipo de contrato y fecha de finalización. "

Nadie obliga a renovar a nadie, de la misma forma que nadie obliga a nadie a seguir en una empresa se tenga el contrato que se tenga pero, en ambas casos, no hay derecho a paro.
18/06/2007 10:29
Está claro TN, pero aqui hay quien sigue confundiendo la velocidad con el tocino.

Vamos a ver si algunos captan por fin 3 conceptos. A ver, un poco de concentración, por favor:

- evidientemente no se puede obligar a nadie a renovar contra su voluntad (eso creo que no lo ha discutido nadie)

- si es el trabajador quien decide no renovar al llegar el contrato vigente a su término, existe una causa específica de baja, que es la que aplicaría en este caso: "fin contrato temporal a instancias del trabajador (rechazo prórroga)" .

- Si la empresa, de forma correcta, informa esta causa de baja el trabajador no tiene derecho a la prestación

Do you understand? comprenez vous? ho entens?

En fin, vale, no tiene que seguir si no quiere (y me parece muy respetable qye tenga motivos para ello), pero no tiene paro.
19/06/2007 13:06
Esta todo clarito, pero el primero que debería cambiar es el Estado que "obliga" a muchos empresarios a dejar de renovar contratos por obligarles a hacer fijos habiendo trabajado un año, sin preocuparle a la administración la situacion del sector ni el numero de empleados que pueda tener la empresa, lo que pasa a continuacion es que tu vas a la calle ( AL PARO COBRANDO ) y la empresa contrata a otro, dicho asi parece que el empresario se favorece de los contartos temporales por no hacer fijos, pero es que en mi sector la venta no es fija y hablamos que los eventuales fluctuan en periodos de mas de un año de cero a ocho.
19/06/2007 22:36
Teneis todos razón y os pido disculpa por mi ignorancia. Estas situaciones són las que me hacen disfrutar de este foro, todos los días se aprende.
Sólo hacer una observación (opinión) sobre el tema. Primero, transmitir mi apoyo a la opinión de kasco, y añadir a su aportación la misma pregunta que os hice anteriormente. ¿No os parece una posición de fuerza de la empresa frente al trabajador, el hecho que le pueda coaccionar por no renovarel contrato, o simplemente para perjudicarle?
Me habeis demostrado que la legislación vigente, pero no habéis tenido casos parecido?

SALUDOS.-
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18 Comentarios
 
Hacer constar fin de contrato o baja voluntaria
13/06/2007 20:07
tengo una duda, un trabajador se queria ir de la empresa y ha esperado hasta el ultimo dia de trabajo del contrato temporal que tenia suscrito, el empresario tenia pensado renovarle, como hay que dar de baja al trabajador por baja voluntaria o por fin de contrato? gracias por vuestra ayuda
14/06/2007 09:59
Bajo mi opinion,aunque esto se que esta levantando muchas polémicas, el trabajador tiene derecho a renovar el contrato o no renovarlo,si no ha estado a gusto en la empresa, o que quiere buscar algo mejor,etc.
Tu si quieres,le puedes "j....r"., poniendo en el certificado de empresa "Baja Voluntaria por no renovacion de contrato a instancia del trabajador.
Con esto le quitas el paro a que pueda tener derecho-Tu mismo.........
Saludos,
14/06/2007 10:06
Efectivamente, es un tema polémico que ya se ha tratado otras veces.

Yo lo veo desde la perspectiva contraria a Antoñito: si le quieres "premiar" podeis poner que es la empresa la que no quiere renovarle.

Pero en caso contrario, no es que sea por "j...r", yo me limitaría a poner la verdad, que la no renovación es a instancia del trabajador, y si luego le ponen pegas para cobrar el paro no es vuestro problema.
14/06/2007 10:18
Pregunta inocente para aries68 (al que supongo empresario).¿Que pasaría si fuese el trabajador el que quisiera renovar porque no tiene otro trabajo a la vista y tu no?.Adelanto la respuesta:Que se iba al paro de cabeza,queriendo y pudiendo trabajar,y tu contratas a otro inmediatamente.Por eso digo que es un tema con mucho a discutír,pero no estoy dispuesto a polemizar y sobre esto es mi uiltimo post.Saludos,
14/06/2007 10:25
Mejor que ponga que es a instancias del trabajador, no sea que tuvieran que avisarle 15 días antes y encima se meta en un problema.

Si el trabajador es quien se quiere ir, para qué van a poner lo contrario y mentir en un documento público?
14/06/2007 10:47
Creo que lo mas humano es que si con el trabajador se puede dialogar intentar beneficiar al trabajador y prepararle los papeles del paro,ya que el empresario no tiene nada que perder de una forma o otra y por lo menos sabes que lo que has echo seria lo correcto.. un saludo de una trabajadora quemada.
14/06/2007 12:08
¡Pero que dices¡¡.Ni se te ocurra aconsejar una cosa de estas¡.Te vas a condenar en el infierno pá los restos....
14/06/2007 12:52
Pues yo entiendo que la diferencia está en que si le das de baja por fin de contrato hay una indemnización de 8 dias, en cambio si es baja voluntaria no se le tendría que pagar dicha indemnización.

14/06/2007 13:32
Lo correcto, legalmente hablando, es tramitarlo como a instancias del trabajador.

Hacerlo como a instancias de la empresa, es un fraude.

Además de los problemas que ya he mencionado.

Si el trabajador se quiere ir, por qué hay que mentir en un documento público?

Precisamente, por este tipo de chachunllos, es por el que mucha gente no está cobrando el paro cuando realmente sí lo necesita, a lo mejor, trabajadora quemada, te encuentras que lo vas a solicitar y te lo deniegan porque han cambiado las normas por culpa de estas cosas.
16/06/2007 23:01
En mi opinión, si el trabajador ha firmado un contrato temporal por un tiempo determinado, una vez finalizado éste, la empresa puede proponerle la ampliación del tiempo convenido. Al trabajador ni la empresa ni el INEM puden reprocharle nada en contrario, sus razones tendrá y él a cumplido el tiempo de contrato estipulado. Ponga lo que quiera la empresa como observación , si és finalización de contrato le corresponde su derecho ha prestación.-

SALUDOS.-
17/06/2007 00:45
La prestación es para aquellos que se encuentran en situación legal de desempleo en contra de su voluntad.

Si es el trabajador el que no desea seguir, aunque le ofrezcan renovar, no habría derecho a la prestación. Lo mismo que si ya estás cobrando paro y rechazas ofertas.
17/06/2007 18:36
Totalmente de acuerdo.
Evidentemente no pueden obligarle a continuar contra su voluntad (solo faltaria!!). Pero lo que no puede pretender es obtener una prestacion que como bien habéis dicho, está prevista para el que, queriendo trabajar no tiene esa oportunidad.

Y éste no es el caso.

A nivel legal, es así, y la norma es muy clara

A nivel ético, pensad qué pensará aquel que no tiene opcion a la prestación (por haberla agotado, no reunir los requisitos necesarios, etc) y no tiene ni trabajo ni la oportunidad de tenerlo, o lo exigua de la prestacion de alguien que sí la disfrute, porque claro, los recursos no sin ilimitados y cada vez hay mas requisitos y más recortes en las prestaciones, en buena parte por al abuso que algunos hacen de ellas (disfrutandola en supuestos que la ley no permite que por trapicheos diversos consiguen). Que pensarán, como digo, respecto a que si pueda disfrutarla alguien que tiene una oferta de continuidad sobre la mesa (y al fin y al cabo en un trabajo que en su momento aceptó y en el que ha aguantado hasta el final del mismo).

No utilizemos dobles morales, por favor y seamos consecuentes, que así nos va.

Un saludo
17/06/2007 19:45
Haber, si el trabajador ha finalizado su contrato temporal ésto es una situacion legal de desempleo, el trabajador no está obligado a realizar una prorroga si no quiere.
17/06/2007 23:23
laboraluz, si es el trabajador el que opta por no renovar o pasar a indefinodo, lo correcto es que la empresa comunique la baja indicando como causa la opción "extinción de contrato temporal a instancias del trabajador"

Y por lo que tengo entendido, no da derecho a la prestación de desempleo (aunque sí a la indemnizacion pro fin de contrato en aquellas modalidades en las que está contemplada)

¿alguien conoce algun caso en el que ante este situacion y habiendo la empresa comunicado la baja por esa causa el trabajador haya solicigtado la prestación?
¿se la dieron?
18/06/2007 00:58
Lamento discrepar con casi todos, pero en un modelo contractual aprobado por el INEM, si has firmado por un determinado tiempo nadie te puede obligar ha renobarlo. No me escudo en doble moral sino en lo establecido por la normativa.
Aunque pueda pareceros inprobable, un trabajador puede tener motivos suficientes para dejar de optar por la continuidad de su trabajo; personales con otros compañeros, familiares, laborales, ecrtra., y en mi opinión la ley le garantiza el derecho a su prestacion. No pensais que estaríamos ante una situación de fuerza o coacción de la empresa contra el trabajador.

SALUDOS.-
18/06/2007 10:19
Dejad de opinar sobre suposiones, la ley es clara y los requisitiso para acceder al "paro" son claros en estos casos.

Si hay una finalización de contrato, la empresa debe indicar a instancias de quién no se produce la renovación y si es a instancias del trabajador, no hay derecho a paro.

El INEM señala lo siguiente

"Terminación del contrato por expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato, siempre que dichas causas no hayan actuado por denuncia del trabajador: Se acredita con el certificado de empresa, indicando tipo de contrato y fecha de finalización. "

Nadie obliga a renovar a nadie, de la misma forma que nadie obliga a nadie a seguir en una empresa se tenga el contrato que se tenga pero, en ambas casos, no hay derecho a paro.
18/06/2007 10:29
Está claro TN, pero aqui hay quien sigue confundiendo la velocidad con el tocino.

Vamos a ver si algunos captan por fin 3 conceptos. A ver, un poco de concentración, por favor:

- evidientemente no se puede obligar a nadie a renovar contra su voluntad (eso creo que no lo ha discutido nadie)

- si es el trabajador quien decide no renovar al llegar el contrato vigente a su término, existe una causa específica de baja, que es la que aplicaría en este caso: "fin contrato temporal a instancias del trabajador (rechazo prórroga)" .

- Si la empresa, de forma correcta, informa esta causa de baja el trabajador no tiene derecho a la prestación

Do you understand? comprenez vous? ho entens?

En fin, vale, no tiene que seguir si no quiere (y me parece muy respetable qye tenga motivos para ello), pero no tiene paro.
19/06/2007 13:06
Esta todo clarito, pero el primero que debería cambiar es el Estado que "obliga" a muchos empresarios a dejar de renovar contratos por obligarles a hacer fijos habiendo trabajado un año, sin preocuparle a la administración la situacion del sector ni el numero de empleados que pueda tener la empresa, lo que pasa a continuacion es que tu vas a la calle ( AL PARO COBRANDO ) y la empresa contrata a otro, dicho asi parece que el empresario se favorece de los contartos temporales por no hacer fijos, pero es que en mi sector la venta no es fija y hablamos que los eventuales fluctuan en periodos de mas de un año de cero a ocho.
19/06/2007 22:36
Teneis todos razón y os pido disculpa por mi ignorancia. Estas situaciones són las que me hacen disfrutar de este foro, todos los días se aprende.
Sólo hacer una observación (opinión) sobre el tema. Primero, transmitir mi apoyo a la opinión de kasco, y añadir a su aportación la misma pregunta que os hice anteriormente. ¿No os parece una posición de fuerza de la empresa frente al trabajador, el hecho que le pueda coaccionar por no renovarel contrato, o simplemente para perjudicarle?
Me habeis demostrado que la legislación vigente, pero no habéis tenido casos parecido?

SALUDOS.-