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bajas medicas

2 Comentarios
 
Bajas medicas
16/08/2007 15:20
pertenezco a muface, soy funcionria,
empeze las vacaciones el dia 6 de agosto, y tuve un accidente y tengo una baja del medico (fractura en un dedo, extirpacion de uña, etc) ¿se interrumpen las vacaciones por la baja y cuando me den el alta continuan? en mi trabajo no estan seguros.por favor si alguien lo sabe que me lo comunique
16/08/2007 21:28
En el caso de trabajadores por cuenta ajena, a no ser que lo indique el convenio, las vacaciones no se interrumpen.
No se si para los funcionarios es igual, tal vez dependa del cuerpo.
16/08/2007 21:32
Este ejemplo es para el personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha del año 89

c) Las vacaciones deberán disfrutarse dentro del correspondiente año natural.
No obstante, en los supuestos de suspensión por incapacidad temporal o
maternidad, así como cuando concurran circunstancias excepcionales, el
Secretario General Técnico correspondiente, podrá autorizar su disfrute
hasta el 31 de enero siguiente.
d) En el caso de incapacidad temporal, las vacaciones anuales quedarán
interrumpidas y se disfrutarán terminada dicha incapacidad si es
compatible con lo establecido en la letra anterior.

Imagino que tu caso sera parecido pero dependera de donde trabajes..
bajas medicas | PorticoLegal
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Bajas medicas
16/08/2007 15:20
pertenezco a muface, soy funcionria,
empeze las vacaciones el dia 6 de agosto, y tuve un accidente y tengo una baja del medico (fractura en un dedo, extirpacion de uña, etc) ¿se interrumpen las vacaciones por la baja y cuando me den el alta continuan? en mi trabajo no estan seguros.por favor si alguien lo sabe que me lo comunique
16/08/2007 21:28
En el caso de trabajadores por cuenta ajena, a no ser que lo indique el convenio, las vacaciones no se interrumpen.
No se si para los funcionarios es igual, tal vez dependa del cuerpo.
16/08/2007 21:32
Este ejemplo es para el personal de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha del año 89

c) Las vacaciones deberán disfrutarse dentro del correspondiente año natural.
No obstante, en los supuestos de suspensión por incapacidad temporal o
maternidad, así como cuando concurran circunstancias excepcionales, el
Secretario General Técnico correspondiente, podrá autorizar su disfrute
hasta el 31 de enero siguiente.
d) En el caso de incapacidad temporal, las vacaciones anuales quedarán
interrumpidas y se disfrutarán terminada dicha incapacidad si es
compatible con lo establecido en la letra anterior.

Imagino que tu caso sera parecido pero dependera de donde trabajes..