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              excedencia voluntaria
Autor: lecolega Fecha: 02/12/2007
Tema: excedencia voluntaria
Hola , soy nuevo por aquí.

Tengo la oportunidad de cambiar de trabajo, estoy pendiente de una última entrevista.

en mi actual trabajo llevo 14 años, barajo la posibilidad de pedir una excedencia de 3 años.

y comenzar en el nuevo trabajo, pero es con un contrato de 6 meses con posibilidad de renovación indefinido.

la duda es ¿que pasa si no me renuevan? hasta que no llegue la fecha de volver a mi actual empresa, que podría hacer,

¿si voy al inem tendría derecho al paro acumulado?

no sé mucho del tema, si me podéis aconsejar.

gracias. saludos a tod@s.

Autor: lecolega Fecha: 02/12/2007
si alguien sabe del tema o que me diga donde puedo consultarlo.

es que seguramente en esta semana tenga que tomar la decisión.

Autor: lecolega Fecha: 04/12/2007
pues si al final creo que me voy a decantar por pedir la excedencia voluntaria por 3 años.

Cuando la tengo que pedir, me explico: cuantos días antes de la fecha que ya no quiero trabajar en la empresa.

y me hacen contrato de 1 año y despues me pasan al indefinido, pero sigo teniendo la duda de que pasa si me cortan antes, porque me han dicho que tengo 2 meses de prueba.

¿me quedaría sin trabajo, y mientras encontrara otro, tendría opcion al paro?

En mi empresa seguro que hasta que no cumpliera la excedencia de 3 años no me volverían admitir.

Quien me puede sacar de dudas...

Autor: lecolega Fecha: 06/12/2007
me habían recomendado este foro, pero la verdad es que nadie me ha aportado ni el mínimo consejo.

gracias de todas formas.


Autor: excedencia Fecha: 08/12/2007
Hola. Yo me pedí una excedencia voluntaria hace un par de años. Te aconsejo que en vez de pedir la excedencia de tres años de primeras, empieces por pedirla de menos tiempo. El estatuto de los trabajadores (art. 46) contempla desde un mínimo de cuatro meses hasta un máximo de 5 años para los trabajadores con un año de antigüedad al menos. Así, si no te funciona el nuevo trabajo, solicitas el reingreso (con un mes de antelación a la finalización del período de excedencia otorgado). Ahora, ten en cuenta, por si no lo sabes, que la empresa te ofrecerá un puesto en caso de que tenga una vacante de tu categoría o similar; si no lo tiene, te puede dejar esperando a que lo haya, y entonces te convendrá estar al tanto de si oferta algo al exterior antes de ofrecertelo a ti, que sería su obligación legal. Ahí influye bastante cómo te lleves con l@s jef@s. Si buscas en el google mismo "solicitud excedencia voluntaria" te saldrán un montón de modelos.
Y nada más, un saludo

Autor: vicenrico Fecha: 08/12/2007
Pues simplemente comentar que por la experiencia que tengo , una excedencia es practicamente lo mismo que una baja voluntaria pero con un mal incluso mayor: que no estas en situacion legal de desempleo.
Las inspecciones de trabajo estan llenas de expedientes con gente que ha solicitado una excedencia y que a la hora de reincorporarse, se han encontrado con la respuesta de la empresa de que no hay vacantes de su categoria. Aunque norlmalmente despues van contratando por otro lado.

Asi que mi consejo es que no te cojas una excedencia voluntaria, o cogela si te llevas muy bien con los jefes, aunque al final a nadie le gusta que le dejen por otro trabajo y el resultado suele ser el mismo.

Y despues claro, como he dicho antes, al no estar en situacion de desempleo, pues nada de paro.....

Todo esto salvo que me haya equivocado en algo, por lo que algun forero mejor cualificado nos puede ayudar a responder mejor.

Un saludo.

Autor: lecolega Fecha: 09/12/2007
Hola.

El viernes estuve en la futura empresa, y la verdad que viendo el tiempo que llevo en mi empresa y tal, me ofreció un contrato indefinido de entrada. Así que por lo menos me da algo de garantías.

Por lo otro, si que voy a pedir la excedencia por 5 años, ya tengo redactada la carta para mañana entregarla.

Por el tema del paro, en principio no me preocupo, porque voy de entrada indefinido, me han comentado que si por un caso no superara el período de prueba, entonces si que estaría en situación de poder cobrar el paro que tengo acumulado.

Si alguien me saca de dudas.

Gracias por las respuestas.


Autor: vicenrico Fecha: 09/12/2007
Ostras, pues no soy abogado laboralista, pero tengo entendido que si te pasa lo que dices, no estarias en situacion de desempleo, ya que en teoria constarias como trabajando en la empresa en la que solicitaste excedencia. Asi que ten cuidado con lo que haces, aunque ya digo que no soy laboralista, y a ver si alguien con mas conocimientos nos lo puede confirmar. Pero casi diria que es como yo digo....

Autor: lecolega Fecha: 09/12/2007
una duda, si pongo por un período de 3 años, antes de cumplirlos puedo solicitar una prorroga hasta los 5?

y si alguien me resuelve la pregunta estrella.¿estando en excedencia voluntaria, si me despiden del nuevo trabajo, tengo opción a cobrar el paro mientras llegue el momento que finalice la excedencia?


Autor: vicenrico Fecha: 09/12/2007
Bueno, empiezo por el final. He estado mirando algunos libros que me dieron en el sindicato y efectivamente, no tienes derecho a paro en caso de que te echen de una empresa y estes de excedencia en la otra. Asi que es lo que te he dicho mas arriba: es peor que una baja voluntaria. Solo cobrarias paro en el caso que la empresa no te readmitiera al solicitar el ingreso, pero claro, ahi entrariamos en problemas con la inspeccion de trabajo y comprobar que realmente no hay plazas vacantes de tu categoria.

Asi que si te quieres ir de la empresa, lo mejor es la baja voluntaria y no la excedencia.

Respecto a lo de la prorroga un compañero me ha dicho que se podia prorrogar de año en año, aunque yo tenia entendido que solo se podia prorrogar una vez cumplido el periodo que habias solicitado.
En cualquier caso el minimo de excedencia son 2 años, aunque conforme lo que te he explicado, mejor ni lo pienses.

Autor: excedencia Fecha: 10/12/2007
Hola a tod@s. Sin ánimo de contrariarte, Vicenrico, pero el art. 46 del Estatuto de los Trabajadores, dice que la excedencia voluntaria la pueden solicitar aquell@s trabajador@s con al menos un año de antigüedad en la empresa por un período mínimo de cuatro meses y uno máximo de 5 años. Este artículo está en el capítulo de "suspensiones del contrato de trabajo", y yo creo que sí estás en situación legal de desempleo si acabas en una empresa o te echan, y pasa un tiempo entre que solicitas el reingreso, te ofrecen la vacante y empiezas a currar. Por lo menos, en mi caso, yo me fui dos años de excedencia para trabajar un año y medio en otra empresa; al acabar en ésta me inscribí en el INEM sin pega alguna, solicité el paro y lo cobré 6 meses, y finalmente me reincorporé en la antigua otros seis meses después, cuando me ofrecieron una vacante.
Y nada, espero haber aclarado algo más el tema, que este de las excedencias es algo peliagudo, sobre todo por las reincorporaciones, que son algo jodidillas.
Saludos.

Autor: vicenrico Fecha: 10/12/2007
Tranquilo que este foro esta para exponer sus opiniones. De todas maneras he indagado un poco en este foro ( a veces tenemos la solucion mas cerca de lo que pensamos) y resulta que una forera, que por cierto ya no he vuelto a ver por aqui, llamada Ninfa y que era un poco la voz cantante y el alma mater de este foro en sus dias de esplendor, tambien comenta lo mismo que yo. Asi que no me queda muy claro el tema.
Por si lo quereis contrastar, buscar en este foro con las siguientes claves: "excedencia y paro".

Autor: caletilla Fecha: 10/12/2007
(DEL Memento Practico Lefebvre 2006)
"Si encontrándose en excedencia voluntaria el trabajador presta servicios para otra u otras empresas durante un tiempo suficiente para poder obtener, por este nuevo trabajo, el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo, la extinción de la última relación en contra de su voluntad constituye situación legal de desempleo a pesar de que se mantenga en excedencia voluntaria en la primera relación, siempre que no haya transcurrido todavía el plazo inicial de la excedencia que le impide solicitar la reincorporación o que pese a haber trnscurrido dicho plazo la solicitud de reingreso no ha sido atendida por la empresa (TS 24/03/2001, RJ 4111).
En tal supuesto y para determinar la duración de la prestación y la base reguladora no se computa el período cotizado en la empresa que concedió la excedencia (TSJ Granada 23/02/93 entre otras). En contra de esto (TSJ de Málaga 06/03/1992, entre otras).

Que "divertido" es esto del Derecho.

Un saludo

Autor: caletilla Fecha: 10/12/2007
(DEL Memento Practico Lefebvre 2006)
"Si encontrándose en excedencia voluntaria el trabajador presta servicios para otra u otras empresas durante un tiempo suficiente para poder obtener, por este nuevo trabajo, el derecho a percibir la prestación contributiva por desempleo, la extinción de la última relación en contra de su voluntad constituye situación legal de desempleo a pesar de que se mantenga en excedencia voluntaria en la primera relación, siempre que no haya transcurrido todavía el plazo inicial de la excedencia que le impide solicitar la reincorporación o que pese a haber trnscurrido dicho plazo la solicitud de reingreso no ha sido atendida por la empresa (TS 24/03/2001, RJ 4111).
En tal supuesto y para determinar la duración de la prestación y la base reguladora no se computa el período cotizado en la empresa que concedió la excedencia (TSJ Granada 23/02/93 entre otras). En contra de esto (TSJ de Málaga 06/03/1992, entre otras).

Que "divertido" es esto del Derecho.

Un saludo

Autor: vicenrico Fecha: 10/12/2007
Vamos a ver. He seguido investigando el tema, ya que me interesa y por lo que parece ser, si hay derecho a paro, pero SOLO EL GENERADO EN EL TRABAJO NUEVO. Es decir, parece ser que si en el segundo trabajo curras 1 año por ejemplo, pues podrias cobrar los 4 meses reglamentarios. Pero no podrias cobrar el paro que tengas acumulado con el otro trabajo porque no estas en situacion de desempleo, como apunta caletilla.

Bueno, creo que al final vamos desgranando un poco el tema, aunque de todas maneras sigue siendo, creo, una situacion mala para el "preguntante", ya que por lo menos tiene que estar un año en el otro trabajo para cobrar algo de paro. Pero seguramente él se refiere a si podria cobrar el paro acumulado en la otra empresa, y la respuesta es NO.

Espero que nos vayamos aclarando con el tema. Gracias por vuestras aportaciones.


Autor: caletilla Fecha: 10/12/2007
Aqui no entra de lleno en el tema del período computable a efectos de la prestación de desempleo.
http://www2.inem.es/prestaciones/web/asp/faqs.asp?proceso=pregunta&id=6063&descTema=REQUISITOS DE ACCESO A LAS PRESTACIONES
Respuesta del inem:
Pregunta:
Estoy en situación de excedencia voluntaria en la empresa. ¿Puedo cobrar prestación por desempleo?

Respuesta:
Si pidiera la prestación por desempleo tras cesar en su trabajo por solicitar la excedencia voluntaria, le sería denegada porque la situación de desempleo en que se encuentra es voluntaria y esto no se considera situación legal de desempleo.

Si tras obtener la excedencia voluntaria, trabaja en otra empresa diferente, finaliza la relación laboral por causas no imputables a usted y solicita la prestación, podría tener derecho a la misma si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado en el momento de la situación legal de desempleo y hasta que se pueda hacer efectiva su reincorporación a la empresa en la que está excedente. En este caso, si la duración de la prestación es superior a la duración del periodo de excedencia, cobrará la prestación hasta que finalice la excedencia, porque, a partir de ese momento, el abono de la prestación se suspenderá a la espera de que solicite su reincorporación a la empresa y ésta le responda. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar su reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrá continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice.

Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicita la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida, está obligado a solicitar primero el reingreso en la empresa. Hasta tanto ésta no dé respuesta, no es posible resolver la solicitud de prestación por desempleo porque no se considera en situación legal de desempleo. Si la empresa responde que en ese momento no pueden reincorporarlo, ya estaría en situación legal de desempleo y podría resolverse su solicitud de prestación.

Referencia normativa: Arts. 203, 207.c), 208.1 y 208.2.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94 de 20 de junio. Art. 1 del R.D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley de protección por desempleo. Art. 46 del Estatuto de los Trabajadores aprobado por R.D. 1/1995.

Autor: vicenrico Fecha: 10/12/2007
Pero repito lo mismo , y vuelvo a aclarar que no soy laboralista, solo un ex-delegado por lo cual mi formacion y mi informacion son un poco justas: el paro que se cobraria seria el generado por el nuevo trabajo. De todas maneras seguire investigando porque no quiero confundir a lecolega, ademas de que no hay mucha gente que se anime a dar su opinion por lo visto.

Autor: caletilla Fecha: 10/12/2007
Yo tambien intentare encontrar algo.

Un saludo

Autor: lecolega Fecha: 10/12/2007
bueno, en principio daros las gracias por las aportaciones.

os comento que finalmente hoy he entregado la solicitud de excedencia por 3 años, y que el jueves firmo un contrato para comenzar el 15 enero 2008 Indefinido en la nueva empresa,

a mi empresa actual le he dado 1 mes de margen para que busquen otra persona.

Espero no tener que recurrir y no llegar nunca a enterarme en persona que diría el Inem en el caso expuesto, eso será buen sintoma de que en el nuevo empleo me va de maravilla.

pero de todas formas no está mal, saber que existe ese colchon por si las cosas no acompañan.

Habría que ver opinion de alguien que le haya ocurrido realmente para saberlo seguro. Yo me decanto porque tiene el paro acumulado del trabajo anterior.

sdos. a tod@s.

Y animo averiguar sobre el tema, porque es muy delicado y seguro que mucha gente se decidiría a probar el cambio si tuviera claro el final de la pregunta original.

Autor: vicenrico Fecha: 10/12/2007
Pero tienes que hacer una reflexion que seria importante el no olvidarse. Si fuera tan bonito todo el mundo cogeria excedencias: "Pruebo este trabajo y si no me gusta, pues nada vuelvo al otro, y mientras vuelvo consumo el paro. Despues al año siguiente hago lo mismo con otra empresa".

¿No crees que hay algo de trampa?. Si fuera tan bonito todo el mundo lo iria haciendo para probar... pero en la realidad son pocas las personas que lo hacen...


Autor: lecolega Fecha: 11/12/2007
HOmbre cuando llevas tiempo en un sitio, si tienes esa opcion, que por otro lado, quien la da es la legislación, pues si se puede aprovechar, perfecto.

No todo el mundo va a pedir excedencia en un trabajo con el objetivo de cobrar el paro, porque el paro son 2 años y despues que?

si tú empresa original no te readmite , pues nada te quedas con el paro gastado y sin trabajo,

cuando hay gente que coge excedencia es porque la ley te lo permite y te ofrece la oportunidad de probar otra cosa, con una oportunidad de volver atrás si no es lo que esperabas o te habían prometido.

Autor: lecolega Fecha: 11/12/2007
Por ejemplo en mi caso, les he avisado con un mes de antelación, me voy de buen rollo con la empresa, así que si necesito volver, sé que voy a ser bien recibido, o eso pienso ahora mismo, quien sabe si despues la empresa a los 3 años opina otra cosa.

Vamos a ver si damos con alguien laborista que nos saque de dudas, pero con ejemplo hecho realidad. Porque yo espero no probarlo en mis carnes.

sdos.

Autor: lecolega Fecha: 11/12/2007
Ah. vicenrico, que según tú dices no sería tan chollo, porque lo gastarías una vez, y despues si entran en otra empresa y llevas 1 año, sólo tendrías 4 meses de paro, osea que ya no sería tan chollo. Evidente que no está hecho para cobrar el paro, está pensado como garantía adicional al trabajador que se decida a probar en otro sitio....

Autor: vicenrico Fecha: 11/12/2007
Espero que por tu bien tengas razon y yo este equivocado. Como te digo, seguire investigando , pero por mas que miro, todas las direcciones apuntan a lo que te he dicho.

Autor: lecolega Fecha: 12/12/2007
en el primer trabajo he estado 14 años, en el segundo pienso estar otros 14 .... por si acaso estoy equivocado ..... je, je,

nunca he cobrado el paro, y así pienso seguir....

sdos. vicenrico

Autor: cansada Fecha: 12/12/2007
Si por una mala jugada del destino te tienes que ir al paro, puedes solicitar en tu empresa el volver a ella aunque no hallan pasado los tres años, que te vuelvan a coger o no será cuestión de intentarlo. Yo cogí una excedencia voluntaria por dos años y al año las cosas no fueron bien en la nueva empresa y solicité el reingreso y me aceptaron, eso si, con cambios en algunas clausulas de mi contrato original. Pero antes que ir al paro es mejor probar que a decir que no estás a tiempo. Un saludo, cansada

Autor: dune Fecha: 13/12/2007
Aunque ya se he dicho todo lo que habia que decir, resumo las consecuencias de la excedencia voluntaria.
1. No se esta en situacion legal de desempleo luego no se tiene derecho a paro.
2. La empresa no tiene la obligacion de readmitirte antes de la finalizacion de la excedencia.
3. Si trabajas en otra empresa y te despiden, solo cobrarias paro si en este nuevo puesto hubieses generado el derecho al mismo y solo si te encontrases en situacion legal de desempleo (si te echan de ese puesto por no superacion de periodo de prueba y no han pasado tres meses desde que comenzaste la excedencia, no tienes paro, por ejemplo).
4. El posible paro que cobrarias seria solo referente al periodo cotizado en el nuevo trabajo, no el trabajo excedente.
5. Cuando terminase tu periodo de excedencia, si todavia estuvieses cobrando el paro, te lo suspenderian y te obligarian a solicitar el reingreso en tu empresa. Solo si la empresa te rechaza, vuelves a estar en situacion legal de desempleo y cobrarias el paro , pero si alega que no existe vacante, debes esperar a que la haya y seguirias sin cobrar el paro.
un saludo

Autor: dune Fecha: 13/12/2007
Aunque ya se he dicho todo lo que habia que decir, resumo las consecuencias de la excedencia voluntaria.
1. No se esta en situacion legal de desempleo luego no se tiene derecho a paro.
2. La empresa no tiene la obligacion de readmitirte antes de la finalizacion de la excedencia.
3. Si trabajas en otra empresa y te despiden, solo cobrarias paro si en este nuevo puesto hubieses generado el derecho al mismo y solo si te encontrases en situacion legal de desempleo (si te echan de ese puesto por no superacion de periodo de prueba y no han pasado tres meses desde que comenzaste la excedencia, no tienes paro, por ejemplo).
4. El posible paro que cobrarias seria solo referente al periodo cotizado en el nuevo trabajo, no el trabajo excedente.
5. Cuando terminase tu periodo de excedencia, si todavia estuvieses cobrando el paro, te lo suspenderian y te obligarian a solicitar el reingreso en tu empresa. Solo si la empresa te rechaza, vuelves a estar en situacion legal de desempleo y cobrarias el paro , pero si alega que no existe vacante, debes esperar a que la haya y seguirias sin cobrar el paro.
un saludo

Autor: vicenrico Fecha: 13/12/2007
Con lo cual, al final era yo el que tenia razon. :-D

Autor: lecolega Fecha: 13/12/2007
Pues parece que sí que eras tú el que tenía razon.

Yo de todas maneras no tenía la más mínima intención de comprobarlo en persona.

En mi trabajo actual comienzo la excedencia el día 10 enero, y ya he firmado hoy el contrato indefinido en la nueva empresa con fecha de inicio 14 enero.

Gracias a tod@s.

Y aunque falta algo aún, aprovecho y:

FELICES FIESTAS. Y FELIZ AÑO NUEVO.

Autor: zapaburgos Fecha: 28/02/2008
Haber si me podeis ayudar
E leido todos los mensajes y me a dejado algo claro. Peor ay una duda.
Solo se puede cobrar el paro estando de excedencia, si en ese peerido se a vuelto a trabajar y se a creado parto suficiente y nunca el paro generado en el curro excerente. ¿pero de trabajaos anteriores?
Es decir
Esto pensando en pedri una excendencia. En mi actual trabajo llevo 5 años y quiero pedir una excedencia para vivir en una nueva ciudad por motivos personales. Entonces como me tengo que ir a una nueva ciudad, = me cuesta encontrar trabajo y segun e leido puedo cobrar paro si encuentro un trabajo nuevo y genero paro. Pero es que antes de trabajar donde estoy trabaje 3 años en otra empresa. ¿puedo cobrar ese paro?

Autor: ivoviktor Fecha: 29/02/2008
Yo humildemente discrepo radicalmente de las conclusiones de Dune y vicentico y estoy más con caletilla (de hecho la contestación que le hicieron en el inem es idéntica a una similar que plantee yo)...
Además entiendo que se contradicen los primero puntos con el 5º
Ho entiendo que en principio si que no se tendría derecho al paro por el periodo de excedencia voluntaria salvo que: 1º La empresa no permitiera la incorporación hasta el final de la excedncia (en cuyo caso sí tendría derecho), 2º Si una vez solicitada la reincorporación ésta no se le concediera ,en cuyo caso también tendría derecho

Autor: ivoviktor Fecha: 03/03/2008
Hay alguien que pueda aportar su opinión... será interesante continuar con este tema tan bien discutido y sobre el que existe una tan interesante controversia jurídica.

Autor: lecolega Fecha: 23/03/2008
Hola por aquí.

Según he visto se ha repescado la pregunta inicial.

Todo me va bien en el nuevo curro. pero sigo teniendo esa duda en la cabeza.

ivovktor. si ahora a mi me despiden, resulta que me quedo sin nada, porque solo llevo 3 meses trabajando en el nuevo curro, así que no tengo el mínimo para poder tener derecho a paro, porque del trabajo anterior no me pertenecería nada.

segun leí, yo pensaba que si ahora en el nuevo trabajo me liquidan llevando 4 meses, podría tener derecho a cobrar paro por el trabajo antiguo, mientras tanto no llegara el periodo en que tenía que pedir la reincorporación.

aun hoy sigo pensando que existe esa posibilidad, pero quien seguro sacaría de dudas, sería con la vivencia real en el inem, o contar con la opinion de alguien que trabaje en el inem, que nos sacara de dudas finalmente.

ademas no sería en plan de chollo, porque eso solo se podría hacer una vez, porque para poder volver a pedir una excedencia de nuevo en la empresa original tendrías que volver a trabajar durante 4 años, asi que contestando a vicentrino, no lo haría nadie por ese tema, no es rentable.

no se trata de hacer como conozco a mucha gente que trabajan 2 años y luego se tiran un tiempo cobrando paro, aún teniendo oportunidad de poder trabajar.

sdos y animo a gente a hablar del tema, creo que es interesante hasta su última coosecuencia.

Autor: arthurmcarthur Fecha: 25/03/2008
Sólo no tendrás derecho al paro si tras baja voluntaria en un trabajo comienzas en otro y durante el periodo de prueba te despiden antes de haber trasncurrido 3 meses con respecto a la baja voluntaria en la anterior empresa (art 208 TRLGSS).
Todo ello salvo mejor citerio.

Autor: zapatasanchez Fecha: 25/03/2008
Hola a todos: os voy a explicar mi caso particular, solicité excedencia voluntaria por 2 años, solicité la reincorporación con 2 meses de antelación, me cumplia en diciembre 07, la empresa alega que no hay vacantes cuando mi puesto no ha sido cubierto en estos 2 años ni ahora. Estamos la empresa y yo de juicios y por experiencia es complicada muy muy complicado. Recomiendo si no pedir excedencias no están muy a favor del trabajador y a la hora de solicitar tus derechos no hay mucho donde escarbar.
Saludos a todos.
RZ

Autor: arthurmcarthur Fecha: 26/03/2008
Zapatza sanchez: En primer lugar, si no te quieren readmitir por no haber puestos disponibles cuadno no han cubierto tu puesto han de demostrar que tu puesto ha sido amortizado y han de demostrarlo mediante una justa causa, si no la consecuencia es que te han de o bien readmitir o indemnizar como si fuera un despido improcedente. Lo que pasa es que algunas empresas van de listillas y sí es verdad que si una empresa en una excedencia te quiere putear lo puede hacer, pero eso sólo te obliga a abrir mucho los ojos, abrir los oídos y buscar un abogado y al final los puteados son ellos.
Lo que pasa es que una exedencia volunatria por desgracia no es un pasaporte seguro al reingreso en tu puesto de trabajo si te van mal las cosas ya que sólo genera un derecho preferente y en cierta manera expectante de reingreso a tu antigua empresa. Por convenio se puede delimitarplazos determinados en los que sí haya dicha reserva automática p ej: la excedencia por CC es de 1 a 5 años y durante el primer año hay posibilidad de reserva de puesto de trabajo.
Además en principio si el trabajador opta por solictar una excedencia de 3 años (por TRET puede ser de 2 a 5) si transcurrido dicho plazo de 2 años no se quiere reincorporar pero quiere solicitar una prorrogas hasta los 5 años, según la Jurisprudencia mayoritaria no podrá. Otra putadilla
Todo ello salvo mejor criterio.

Autor: arthurmcarthur Fecha: 26/03/2008
Perdon rectifico "Además en principio si el trabajador opta por solictar una excedencia de 3 años (por TRET puede ser de 2 a 5) si transcurrido dicho plazo de 2 años ..." por "Además en principio si el trabajador opta por solictar una excedencia de 3 años (por TRET puede ser de 2 a 5) si transcurrido dicho plazo de 3 años..."

Autor: lecolega Fecha: 26/03/2008
bueno, me acaba de surgir una gran duda, segun he entendido de arthurmcarthur, en mi caso tengo pedido una prorroga de 3 años, antes de que finalice si que tengo derecho a renovarla por 1 año más, y despues por otro año más.

o tener la opcion de solicitar la reincorporación.

es esto correcto, verdad?


Autor: arthurmcarthur Fecha: 27/03/2008
Igual es que me he explicado mal...
No se puede ampliar la prorroga unilateralmente por parte del trabajador.
Sí se podría siempre y cuando lo consienta la empresa, pero si la empresa no da el consentimiento no se puede (así lo dice la jurisprudencia... por lo menos el TSJ catalán es muy claro al respecto).

Autor: lecolega Fecha: 27/03/2008
un antiguo compañero, (lleva de excedencia voluntaria 22 meses), pidio una excedencia por 2 años, ahora se plantea pedir la readmisión, caso de ser readmitido, y si despues la empresa decidiera despedirlo, (llevaba trabajando antes de la excedencia un total de 6 años), por cuanto tiempo lo tendrían que indemnizar. 45 dias por año, pero cuantos años entrarían en el computo. Cuando pidio la excedencia le hicieron un finiquito, pero por excedencia, entonces si lo despiden despues de readmitirlo, como quedaría la indennización.

gracias.

Autor: cornellá Fecha: 28/03/2008
hola a todos, me registré para aclarar el tema del paro y la excedencia, ya que yo me encuentro en esta situación, solicité una excedencia voluntaria por un período de dos años para cambiar para otra empresa en la que supuestamente iba a mejorar las condiciones laborales, en fin que no fue así, y a los tres meses me veo en el inem solicitando la prestación por desempleo. Como bien se dijo en otros mensajes, al estar de excedencia me informan en el inem de que tengo que solicitar la reincorporación en la empresa y que ellos me la denieguen para poder cobrar la prestación, efectivamente fue así, solicité la reincorporación, me la denegaron(estaba claro que no me iban a admitir dado que solo habían transcurrido tres meses) y actualmente estoy cobrando el paro.
Espero que os sirva de ayuda

Autor: lecolega Fecha: 28/03/2008
pues siendo así , me dejas un gran alivio, porque si en la empresa actual dentro de unos meses deciden darme pasaporte, me abres las puertas para poder pensar que tendría el inem disponible, eso si partiendo de que en mi empresa en excedencia aleguen que aún no ha pasado el plazo inicial y no me dejaran la reincorporacion, (lo más probable), otra cosa es que como yo me fui de excedencia cumpliendo con la empresa y avisando un mes antes, pues me admitieran

gracias cornellá, opiniones como la tuya, con caso real, vienen muy bien a muchas personas

Autor: arthurmcarthur Fecha: 28/03/2008
Le colega: le tendrían que indemnizar por despido improcedente por 6 años siempre que tu amigo demostrara que existe una vacante en la empresa en la misma provincia o de la misma localidad (hay dos tendencias jurisprudenciales) y de su misma categoría real funcional.

Si le echan una vez admitido. Yo entiendo, salvo mejor citerio que habría que descontar el periodo de disfrute de la excendecia del periodo indemnizatorio.

Un saludo.

Autor: lecolega Fecha: 01/07/2008
Pues ha llegado el temido momento.

Ayer me dieron la carta de despido disciplinario, aunque reconocian que era improcedente y supuestamente me daban una pequeña indenización (la cual no recibí). El hecho es que si firmaba me daban todos mis papeles rápido, si no no se sabía.

Asi que hoy me he apuntado al Inem, y pasado mañana voy a llevar los certificados de empresa de la última empresa de 169 días, y el de la empresa anterior (en la cual pedí excedencia voluntaria),

ahora voy a comprobar si realmente me dan desempleo de 2 años, o me ponen pegas.

espero que sea positivo, ya lo pasaré por aquí, para que le pueda servir a otros foreros.

saludos.

Autor: caletilla Fecha: 02/07/2008
Suerte...y que la interpretación de la legislación te favorezca.

Un saludo de Chewaka.

Autor: cornellá Fecha: 02/07/2008
Lecolega, como ya había dicho en un post yo cobré el paro estando de excedencia, actualmente ya me incorporé a mi puesto de trabajo ya que agoté la prestación, pero la única pega que te van a poner es que debes solicitar la reincorporación en la empresa y presentar la denegación el Inem, no deberías tener mayor problema que ese, ya nos dirás algo.
Un saludo

Autor: cedalion Fecha: 30/07/2008
Hola,
Lecolega, ¿podrías decir qué tal te ha ido?
Estoy en un caso parecido al tuyo.

Pedí excedencia de 2 años en mi anterior empresa en la que llevaba unos 2.5 años, para incorporarme a un nuevo empleo y en este nuevo me han despedido por causas ajenas a mí, tras cuatro meses.

Pienso pedir el paro, por supuesto me interesa solicitarlo con lo acumulado de la anterior empresa... creo que a mí me corresponderían 300 días de paro.
Lo de pedir reincorporación a la empresa para que me den la denegación como dice cornellá, en principio no lo barajo ya que en mi caso no tengo nada claro que me la denieguen.
Aparte, según el texto que caletilla puso del inaem:
"Si tras obtener la excedencia voluntaria, trabaja en otra empresa diferente, finaliza la relación laboral por causas no imputables a usted y solicita la prestación, podría tener derecho a la misma si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado en el momento de la situación legal de desempleo y hasta que se pueda hacer efectiva su reincorporación a la empresa en la que está excedente.......................
Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicita la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida, está obligado a solicitar primero el reingreso en la empresa."

Según esto, sólo parece que estuvieras obligado a solicitar el reingreso en caso de que ya se hubiera acabado el plazo de la excedencia o no estuviera especificado.

Esto me da pie a otra pregunta, ya que es un tema que no tengo claro aún respecto a la excedencia:

El plazo de excedencia que se pide, ¿te permite reincorporarte al puesto de trabajo (siempre en caso de que sea posible para la empresa, eso parece que está claro) DURANTE el plazo de la excedencia (en mi caso dos años) o, AL CABO (cuando se finalice) de ese plazo.?.

Gracias,
Saludos

Autor: cornellá Fecha: 01/08/2008
Si tras obtener la excedencia voluntaria, trabaja en otra empresa diferente, finaliza la relación laboral por causas no imputables a usted y solicita la prestación, podría tener derecho a la misma si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado en el momento de la situación legal de desempleo y hasta que se pueda hacer efectiva su reincorporación a la empresa en la que está excedente.......................
Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicita la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida, está obligado a solicitar primero el reingreso en la empresa."

yo tambien entendí eso, pero en el momento en el que fui a solicitar la prestación me dijeron que tenía que solicitar la reincorporación en la empresa en la que estaba de excedencia, te estoy hablando del año 2006, no creo que haya cambiado mucho el tema, de todas maneras ya nos contarás algo

Autor: mardudas Fecha: 03/08/2008
lecoelga me gustaria saber como se ha resuelto tu situación ya que estoy a punto de solicitar excedencia en mi puesto de trabajo para incorporarme a otra empresa y no se bien qué hacer.
Gracias.

Autor: lecolega Fecha: 07/08/2008
perdón por la tardanza....

la verdad es que me apunte al inem, y la funcionaria tan amablemente y con una sonrisa me dijo "bueno pues ya está todo, ya le llegará una carta dentro de 1 mes y medio o casi 2" yo pregunto "¿tanto tiempo? ella contesta "es que tenemos mucho trabajo acumulado, y estamos en verano.

Así que ya hace más de 1 mes, pero hasta 2 meses, aún no tengo respuesta.

Ya tengo trabajo previsto para despues de Feria (vivo en Málaga), no creo que llegue a cobrar del Inem finalmente nada.

Aunque tengo ya curiosidad por saber la resolución.

No os preocupéis que en cuánto me llegue la carta os lo cuento.

sdos a tod@s.

Autor: Javi1899 Fecha: 07/08/2008
Hola,

En el teléfono de información del INEM 901119999 me han comentado que se tienen en cuenta, para el cálculo de la prestación, los 180 últimos días anteriores a la situación legal de desempleo. Si dentro de esos 180 días hay cotizaciones efectuadas en la empresa en la que está excedente, se tienen en cuenta también.

En cuanto al período de prestación al que tiene derecho, se tiene en cuenta lo cotizado para esta contingencia en los últimos 6 años (por tanto, incluyendo las cotizaciones efectuadas en la empresa en la que se está de excedencia).

Efectivamente, se puede cobrar la prestación hasta el momento en que toca solicitar la reincorporación por finalizar la excedencia.

Se tiene que solicitar la reincorporación a la empresa para que te la denieguen por escrito y, con ello, ya se puede solicitar la prestación.

La empresa no está obligada a atender la solicitud de reingreso anticipado en aquellos casos en los que se pactó una duración precisa de la excedencia, salvo que por convenio colectivo o acuerdo empresa-excedente se estipule esta posibilidad. Por tanto, la empresa puede denegar la solicitud de reingreso previo.

A pesar de que, según lo expuesto por el INEM en su página, pareciera ser que no es necesario solicitar el reingreso cuando la excedencia está vigente (con lo cual, en principio, debería servir la presentación ante el INEM del documento donde expresamente se recoge la duración de la excedencia y la conformidad de empresa y trabajador para poder solicitar la prestación de desempleo) en el INEM me dicen que es necesario la solicitud de reingreso y aportar la negativa de la empresa.

Ello es así porque, a pesar de que con la presentación del documento inicial que reconoce la excedencia voluntaria y recoge su duración ya debería ser suficiente para solicitar el desempleo, en el INEM no saben que las empresas no están obligadas a atender solicitudes de reingreso previo ya que han sido los tribunales los que han estipulado que las empresas sólo pueden estimar las solicitudes de reingreso a partir del cumplimiento del plazo fijado inicialmente para la excedencia, no antes. El problema es que esto es así siempre que el convenio colectivo estipule que sí se puede solicitar el reingreso previo o haya un acuerdo empresa-trabajador (en este caso, lo normal sería que se recogiera en el mismo documento de la excedencia). Por tanto, para no complicarse, el INEM solicita directamente la denegación empresarial.

Un saludo.

Autor: malacervo Fecha: 26/08/2008
Me encuentro en una situación parecida, me planteo pedir una excedencia para seguir estudiando, llevo 5 años en mi actual trabajo. Si pido la excedencia y trabajo durante 3-4 meses en otro lugar, más que nada para poder cobrar paro, no me interesa pedir la reincorporación antes de que se cumpla el tiempo de la excedencia, ya que me interesa seguir estudiando y cobrar desempleo. Estoy obligado a pedir la reincorporación y que me la denieguen??? (muy interesante el foro aunque algo contradictorio, si saco algo en claro lo añadiré)

Autor: lecolega Fecha: 03/09/2008
Bueno, pues por fin ha llegado la confirmación.

El próximo día 10 septiembre el INEM me paga los meses de Julio y Agosto.

Ha sido aprobada mi solicitud de prestación.

Recuerdo proceso:
- Excedencia voluntaria por 3 años 1ª empresa
- contrato indefinido 2ª empresa
- a los 177 días me despiden en 2ª empresa
- presento INEM Certif. Empresa 2ª Despido y Certif. Empresa 1ª Excedencia Voluntaria.

Y finalmente se me ha concedido, la verdad es que no hay nada escrito fideligno, es un poco a interpretación del funcionario.

Yo os cuento mi vivencia, no os podéis asegurar que suceda así siempre.

Y afortunadamente el próximo día 9 comienzo en un nuevo trabajo, así que la verdad es que he tenido algo de suerte.

Tampoco me he portado mal en la 2ª empresa, sino más bien todo lo contrario, he sido engañado para dejar un trabajo con 14 años antiguedad, pero finalmente he encontrado un nuevo trabajo que me da muchas más ilusiones y garantías de futuro.

Saludos a tod@s.

Lecolega

Autor: Javi1899 Fecha: 07/09/2008
Hola Lecolega,

¿De la primera empresa tuviste que presentar al INEM tanto el certificado de empresa para el desempleo como el escrito de respuesta de la empresa conforme no podían readmitirte?

¿Sigue vigente la excedencia con la primera empresa?

Un saludo.

Autor: lecolega Fecha: 07/09/2008
Lo que presenté en el Inem es lo que me pidieron:

- certificado empresa ultimos 180 días.

Como el la 2ª empresa sólo estuve 177 días, pues presenté ese certificado que ponía Motivo Baja: Despido

Y también presenté el Certificado 1ª empresa, que ponía motivo baja: Excedencia. Este pertenecía a los ultimos 180 días antes de pedirme la excedencia.

Con eso ya no tuve que presentar nada más, ni tuve que pedir reincorporación a mi antigua empresa ni nada de eso.

Actualmente sigo con mi excedencia de 3 años que pedí en mi 1ª empresa, y el día 10 septiembre voy a cobrar Julio-Agosto por el Inem.

Y pasado mañana empiezo en una nueva empresa, con lo cual le ahorro al Inem un dinero que le va a hacer falta. Y se queda pendiente para ver como me va en el nuevo trabajo.....


Autor: luciagomezs Fecha: 19/09/2008
Hola a todos:

Me gustaría contaros lo que me está pasando a mí y si me podeis aconsejar.

Llevo en la empresa casi 9 años y he decidido cogerme una excedencia voluntaria de 4 años porque me ha salido otro trabajo pero tengo intención volver al acabar la excedencia. Cuando se lo he comunicado en la empresa me han dicho que no hay problema en cogermelo pero que me van a preparar el finiquito porque dicen que soy yo la que me voy de la empresa, yo entiendo con esto que me quieren echar o mas bien si cuela que firme como que me voy yo,les he dicho que no me voy de la empresa que solo quiero hacer una parada de 4 años pero que pretendo volver cuando acabe la excedencia, ellos de todas formas me lo están preparando, yo me voy a negar a firmar un finiquito y les voy a denunciar sabiendo que puede que no vuelva mas a la empresa, otra de las cosas que me han dicho es que me van a dar de baja de la empresa, mi pregunta es ¿Cuando se está de excedencia voluntaria no acumulas antiguedad como cuando estás de excedencia por cuidado de hijos que si acumulas la antiguedad en la empresa? y ¿Os a pasado a vosotros esto de que te preparen el finiquito? ¿La empresa aunque estés de excedencia voluntaria sigue pagando por nosotros seguros sociales?

Muchisimas gracias a todos.
Lucia

Autor: lecolega Fecha: 19/09/2008
Entiendo que es normal que te hagan un finiquito, lo que te liquidan es las partes proporcionales de pagas que te corresponden y demás.

Pero que aparezca en el finiquito que el motivo es por Excedencia voluntaria. A mí asi me lo hizo mi empresa.

Mientras estas de excedencia (se para el computo para antiguedad, logicamente la empresa no cotiza nada por tí)

Si pretendes volver dentro de 4 años, no te pongas muy leyista porque si no olvidate de volver nunca.

Pero yo entiendo que no te estan engañando. Lo unico es que tu solicitas la excedencia voluntaria, le entregas un escrito, ellos te hacen otro escrito comunicandote que te aceptan la excedencia por ese periodo. Digamos que esa es tú garantia de que estas de Excedencia y no es que te han despedido. Y por supuesto te hacen el finiquito.

Me parece correcto.

De todas formas seguro que te contestan otras personas que sepan bien del tema, yo sé solo de mi experiencia.

Autor: Bea08 Fecha: 20/09/2008
Hola Lucía,

Yo tampoco soy una experta, pero he estado buscando información sobre todo este tema en los últimos meses porque también estoy de excedencia, y estoy con lo que te ha dicho lecolega. Cuando pides una excedencia te hacen un finiquito donde te pagan lo que te corresponde por tiempo de vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de pagas dobles que te correspondan que no hayas cobrado. Por otra parte, la antigüedad en la empresa se te respeta, de modo que cuando te reincorpores a la misma, sigues computándola a partir del tiempo que llevabas hasta el día que te marchaste. La empresa no paga nada por tí mientras estás de excedencia puesto que cuando coges una excedencia, te dan de baja en la seguridad social, igual que si te despidieran o te marcharas del trabajo. Lo único diferente frente a un despido o baja voluntaria es que te "reservan" el puesto de trabajo durante el tiempo que hayas pedido.

Autor: luciagomezs Fecha: 22/09/2008
Hola a todos y gracias por contestarme.
Entonces resumiendo excedencia voluntaria es como si me despidieran pero sin tener indenización, te dan de baja en la seguridad social y de la empresa, lo unico que cuando se te acabe la excedencia la empresa puede que te reincorpore o decirte que no hay nada. Es entonces cuando ¿la empresa si no tiene nada para tí te despide totalmente y te paga la indenización?

Gracias y un saludo.

Autor: sebastiano Fecha: 20/10/2008
hola , q tal chicos?? bueno , menos mal e dado con este foro y espero , me gustaria q me ayudarais a resolver una duda , e seguido el procesoo de lecolega , q jaleo tio , me gustaria q me aportes datos te agradeceria muxo. a ver , tengo una excedencia de 2 años....pensaba ir a estudiar fuera pero en finnnn, ahora se me presenta la oportunidaad de currar una temporada , pero SI DESPUES DE UNOS MESES ME DESPIDEN , cobraria el paro de el trabajo q estoy excente?? tengo al rededor de 7 años cotizados ?? tendria algun problema??? joooo , mira q si lo seeeee. espero respuestasss .. un abrazo .

Autor: Bea08 Fecha: 20/10/2008
Hola Sebastiano!Si te despiden de ese nuevo trabajo sólo tienes derecho a cobrar el paro de ese trabajo, no del que estás en excedencia.

Un saludo

Autor: lecolega Fecha: 20/10/2008
hola sebastiano.

siento mucho llevarle la contraria a Bea08, pero mi caso real vivido ha sido contrario a lo que expone Bea08.

14 años cotizados en la misma empresa, pido 3 años excendencia voluntaria, me voy a trabajar a otra empresa, (despedido a los 6 meses), y el inem me concede mis 2 años acumulados de paro. aunque afortunadamente solo he cobrado 2 meses, al tercero he encontrado un trabajo mejor al anterior.

en mi caso no he actuado ni pretendia actuar de forma para cobrar el paro por la cara, teniendo oportunidad de trabajar. la cosa es que se me concedió.

bien podría haberme tirado 2 años cobrando sin hacer nada cerca de 900 euros limpios. pero no era el caso. es mas la base del ultimo trabajo (6 MESES) es la que han cogido para la cuantia concedida (que en mi caso esa base era menor a la del trabajo en excedencia)

alomejor gente que lo haga con el afan de cobrar paro aprovechando el hueco de la ley, no tengan el final positivo que tuvo mi caso.

puedes arriesgarte, alomejor te lo conceden, pero almenos deberías estar un tiempecito, en mi caso hice la excedencia para irme a otro trabajo con contrato indefinido, me imagino que eso lo habran tenido en cuenta en el inem para concederme el paro. Fui practicamente engañado por la empresa que me puso muchos caramelos y despues me encontré muchas piedras.

así que me he tirado julio-agosto en el paro, (de vacaciones en la playa) y despues resultó que me dieron un dinerito, y justo al terminar el verano encontré un trabajo nuevo. tengo que decir que SOY AFORTUNADO.

sdos.

Autor: Bea08 Fecha: 20/10/2008
No hay problema, lecolega, está claro que aquí lo que cuentan son las experiencias personales, puesto que es lo que refleja la realidad. Pido disculpas entonces a sebastiano por la información incorrecta, puesto que yo respondí en función de información legal que he estado leyendo, con lo que veo que o lo leí mal o que ésta no era correcta. En tu caso, lecolega, cuando fuiste al paro despues de que te despidieran, comentaste que estabas de excedencia en el trabajo anterior?y otra pregunta, en el trabajo nuevo del que te despidieron, ¿empezaste inmediatamente que cogiste la excedencia, o estuviste un tiempo de baja en la seguridad social?

Gracias

Autor: lecolega Fecha: 21/10/2008
Cuando fuí al Inem entregué el certificado de empresa ultima por 172 días trabajados, y tambien el de la empresa en excedencia, porque lo necesitaban por no haber llegado a los 180 días en la ultima empresa. Así pues si que lo entregué y se veía que estaba en excedencia (no lo oculté).

Yo cogí la excedencia y comencé a los 5 días a trabajar en el nuevo sitio, con lo cual si que estuve varios días de baja en seguridad social, aunque no me dí de alta en el inem ya que tenía firmado el nuevo contrato desde hacía 1 mes, y tenía seguro que dejaba un trabajo para ir a otro, aunque me tome 5 días libres en medio.

sdos.

Autor: leo2009 Fecha: 21/05/2009
Hola,

puedo pedir una excedencia de 1 año, es decir, 6 meses este año (2009) y 6 meses del año que viene (2010).
Os lo pregunto ya que la empresa dijo que eso no lo puedo hacer, sino tiene que ser continuo.
Me pregunto yo ¿que mas da cuando, si sigue siendo 1 año?
Por favor alquien me puede asesorar o sino donde puedo buscar información necesaria.
Muchas gracias y un saludo.

Autor: arthurmcarthur Fecha: 21/05/2009
leo: la empresa, en el caso de la excedencia voluntaria, no tiene porque aceptar lo que planteas (con la ley y los criterios jprudenciales vigentes en la mano)

Autor: lecolega Fecha: 21/05/2009

Según lo veo yo, si te pides la excedencia por 1 año, y le avisas que la fecha de inicio sería el 1 de julio 2009 hasta el 30 junio 2010, tendrías lo que consultas, siendo legal un periodo continuo de 1año, en los que 6 meses corresponden a 2009 y los otros 6 meses a 2010.

Eso creo yo que si es posible, otra cosa es elegir un período de 6 meses y otro de 6 meses, sin ser continuos en el tiempo.

Saludos

Autor: leo2009 Fecha: 23/05/2009
Hola arthurmcarthur,
no entindo porque dices que la empresa no tiene porque aceptar lo que le planteo, ya que es justo lo que dice lecolega, el periodo que solicito es de 1 año, con la fecha de inicio el 1 de julio 2009 hasta el 30 junio 2010, solo que es 6 meses este año y los siguientes 6 en 2010, sigue siendo continuo.

Agradezco a los dos las aclaraciones aportadas.
Salud@s

Autor: cornellá Fecha: 23/05/2009
no das muchos datos pero entiendo que la excedencia voluntaria tiene una duración mínima de dos años, a no ser que en tu convenio colectivo esté estipulado de otra forma.

Autor: lecolega Fecha: 23/05/2009

Cornellá, la excedencia mínima es 4 meses, al principio de este tema, hay varias respuestas que lo explican bastante bien.

Saludos.

Autor: amli Fecha: 23/05/2009
Hola, perdonad porque no tengo una respuesta sobre esto, pero estoy en una situación extrema, y he visto que tenéis muchos conocimentos. ¿Podéis intentar ayudarme? Gracias!
Trabajo en una multinacional hace 8 años. Los 2 últimos he disfrutado de jornada reducida por guarda de 2 menores. Hace un mes volví a la jornada completa (por motivos que ahora explicaré), y esta semana justo me han despedido. ¿Puede ser nulo? Los motivos de volver a completa: en mi departamento una compañera está de baja de maternidad, y me pidieron que yo cubriera parte de su trabajo además del mío. Como muestra de mi compromiso con la compañía acepté. Así que en la solicitud puse que estaba dispuesta, que "suspendía" temporalmente mi reducción, durante la baja de maternidad de mi compañera. Y ahora me he encontrado con esto. ¿Qué opciones legales tengo? La empresa me ha ofrecido (aunque sin documentar de momento) algún beneficio adicional a los 45 días, pero no es lo que me interesa. Gracias por vuestras opiniones.


Autor: oxior Fecha: 24/05/2009
Hola, ojala me puedan ayudar. soy vigilante de seguridad y pedi excedencia por 6 meses, al cumplirse el tiempo solicite la incorporacion en tiempo y forma, y la empresa me responde con carta diciendo que no disponen de servicio en el que ubicarme. Aunque se que algunos vigilantes estan haciendo horas extras y que se llegaria a mi computo de horas. ¿Es esto legal? gracias de antemano

Autor: Nosotr@s Fecha: 16/12/2009
Despues de todo lo leido desde el principio he concluido, que por ejemplo:

Si solicito una excedencia voluntaria por 2 años de enero 2007 a enero 2009 y se presentan los siguientes supuestos:

1.- Durante este periodo no tengo derecho al paro porque la situación de desempleo en que se encuentra es voluntaria y esto no se considera situación legal de desempleo. La empresa te hace un finiquito por excedencia voluntaria pagandote la parte proporcional de las pagas extras ( navidad verano vacaciones sueldo de los dias trabajados )

2.- Puedo reincorporarme en mayo del 2007 ( antes de finalizar la excedencia enero 2009) ? En principio la empresa no esta obligada a reincorpararte ni ha responder la solicitud, por lo tanto no puede cobrar el paro.Si hay buenas relaciones con la empresa te puede reincorporar antes.

3.- Cuando puedo cobrar el paro ? Un mes antes de finalizar la excedencia osea en diciembre 2008 debes solicitar a la empresa tu reincorporación, si la respuesta es negativa podrás cobrar la prestación por desempleo por los meses que te corresponde o hasta que la empresa te vuelva a reincorporar.

4.- Esta obligada la empresa a reincorporate en enero 2009? Si no tiene plazas vacantes no esta obligada por la cual te dará una carta denegando la reincorporación, si se presentara una vacante el solicitante de la excedencia tiene preferencia frente a otros para cubrir la vacante siempre que las condiciones sean iguales o similares al anterior puesto de trabajo, salvo acuerdo entre empleado y empresa.

5.- Si teniendo plazas vacantes la empresa no te reincorpora, se entenderá entonces como un despido improcedente por lo tanto te pagará la indemnización.

6.- Si la empresa te reincorpora y luego te despide y éste es inprocedente, tendras que cobrar la indemnización por despido improcedente y derecho a la prestación por desempleo

7.- Si encuentro otro trabajo en febrero 2007 y me despiden despues de los 6 meses ( agosto 07 ) tengo derecho al paro ? Sí, tendras derecho al paro sólo el de tu 2do trabajo por la parte y tiempo trabajado en éste.

8.- Si encuentro otro trabajo en febrero 2007 y me despiden antes de los 6 meses ( abril 07 ) tengo derecho al paro ? No por que no he cumplido el tiempo minimo que otorga derecho a cobrar la prestación ( 6 meses laborados ).

Mis dudas:

Cómo demostrar legalmente que la empresa tiene plazas vacantes y no quiere reincorporarme ?

Autor: lecolega Fecha: 16/12/2009
Hola Nosotr@s

Siento no estar de acuerdo en los puntos 7 y 8.

Mi experiencia fue que no llegué a cotizar los 6 meses en la 2ª empresa, y el Inem me concedió 2 años de paro, o sea que me cotabilizó también el período de la 1ª empresa.

Por lo demás todo de acuerdo. Aunque el punto 5, tiene jaleo para demostrarlo y conseguirlo

La consulta que haces, es difícil de demostrar, a no ser que cuentes con antiguos compañeros que te avisen de esas plazas vacantes, y puedas demostrar que tal o cual persona ha sido contratada en un puesto de tú categoria, despues de haber tú pedido la reincorporación, y habertela negado la empresa.

saludos.

Autor: garter Fecha: 13/01/2010
Hola a todos:

Es la primera vez que entro en el foro. He estado leyendo vuestros comentarios y yo estoy en una situación que a ver si me podeís aclarar.

Después de 9 años en la misma empresa en un puesto de responsabilidad, pido una excedencia voluntaria para irme al Inglaterra a perfeccionar mi inglés. Me dicen que no hay ningún problema. Durante este tiempo, una persona de una categoría inferior a la mía, por un plus, realizó parte de mi trabajo, pero en diciembre pidió la baja voluntaria porque no podía más.

Deciden hacer un movieminto en la empresa y colocan en mi puesto, aunque con una categoría inferior, a otra persona de la empresa, a la que si no, de otra manera, y por la situación actual iban a tener que despedir. (con lo que se ahorran la indemnización)
Ella no estaba muy convencida de aceptar mi puesto, sobre todo porque no sabía qué iba a pasar con ella cuando yo volviese. Le prometen que no va a haber ningún problema, y acepta.
Ahora, ¿qué pasa conmigo? Mi Jefe me propone,porque además, y según él, va a ser "muchísimo" mejor para mí, trasladarme a Madrid a la Central de la empresa. Me dice que me mantiene el salario (cosa a la que está obligado) pero que no me puede mantener la categoria.
En mi contrato de trabajo tengo firmada disponibilidad geográfica.

¿Estoy obligada a aceptarlo? ¿Si no lo hago, es una baja voluntaria, puedo alegar "cambio sustancial en las condiciones del contrato" y que me paguen algo?
¿qué opciones tengo?

Gracias a todos por vuestra ayuda

saludos

Autor: lecolega Fecha: 13/01/2010

Mi opinión es que lo que quieren es que te vayas, te envían a otra ciudad (para fastidiar), si tienes firmada disponibilidad geográfica no creo que puedas reclamar nada.

Más aún cuando pueden demostrar que tu puesto está ocpuado, otra cosa es que te cambien la categoria, eso ya no estoy seguro.

Pero si no te importa irte a Madrid y quieres seguir trabajando en la empresa, hazlo.

Seguramente si eres una persona válida, en cuánto empieces a trabajar otra vez, y vean que estas por la empresa, posiblemente recuperes el tiempo y mejores situación, incluso vuelta al mismo lugar.

Saludos.

Autor: lecolega Fecha: 13/01/2010
aa

Autor: garter Fecha: 13/01/2010
Muchas gracias, lecolega.

¿Sabes lo mejor de todo? Que me consideran una persona válida en la empresa y por eso me ofrecen irme a la Central (puesto por el que ya pasé hace unos años).
Te puedo asegurar que si mi jefe no quisiera, directamente me habrían mandado a la calle (al final lo que importa es el dinero y no las personas).

Creo que las opciones son bien pocas...

Gracias otra vez

Autor: rafaelcb Fecha: 09/02/2010
una pregunta si yo estoy de excedencia y a los dos dias de excedencia puedo pedir la baja voluntaria de la empresa estando de excedencia.

Autor: eden Fecha: 04/03/2010
Hola,buenas tardes:

Hace 2 años en abril de 2008 pedi una excedencia voluntaria en mi empresa para trabajar en otra,me la dieron sin ningun problema.En la empresa nueva he trabajado en total un año y un mes ,a mediados de diciembre me despiden.Ahora he solicitado la reincorporacion con mas de un mes de antelacion y me han respondido por escrito denegandome la reincorporacion por falta de vacantes pero me dejan la puerta abierta para cuando tengan algun puesto para mi.

Mi pregunta es:

Puedo solicitar el paro y no peder el paro?

Autor: eden Fecha: 04/03/2010
perdon
mi pregunta es si puedo pedir el paro sin peder la excedencia

gracias espero que me ayuden

Autor: lecolega Fecha: 04/03/2010

Hola

según como lo planteas, si puedes pedir el paro, el problema es que para ello había un plazo, y me parece que ya ha pasado.

Tendrías que haberlo pedido justamente cuando fuistes despedido, ese era el momento de haberte dado de alta en el Inem, y haber tramitado el paro.

Otra cosa es que paralelamente hubieras hecho lo que hicistes, pedir la reincorporación.

Me temo que a no ser que vuelvas a trabajar en otro trabajo, no puedes pedir el paro ahora mismo.

suerte.

Autor: eden Fecha: 06/03/2010
gracias por contestar pero tengo otra duda,

pueden tenerme esperando sin reincorporarme y sin despedirme?.


Autor: lecolega Fecha: 06/03/2010

Hasta que no cumpla el plazo que pedistes de excedencia, no hay nada que hacer.

Una vez cumpla el plazo, tienes que estar pendiente si cubren un puesto como el tuyo con otra persona de nueva incorporación, para demostrar que no te están incorporando a tí.

Algo así es, yo no soy experto en el tema. Lo mejor es que consultes a alguien que sepa bien los pasos a dar.

saludos.

Autor: eden Fecha: 07/03/2010
gracias por todo lo hare para estar mas informada

saludos.

Autor: fuensa Fecha: 08/04/2010
Hola

Me gustaría que me ayudasen a resolver una cuestión. Llevo 7 años trabajando para la misma empresa y desaría pedir una excedencia para darme de alta de autónomos y probar por mi cuenta. Según mi convenio tengo derecho a reserva de puesto de trabajo en caso de 1 año de excedencia voluntaria, pero, también puedo solicitar la forzosa, aunque esta no parece prorrogable.
¿existen más diferencias entre estas excedencias? Me interesaría sobretodo el poder prorrogar en caso de que las cosas me vayan bien.

Muchas gracias y un saludo

Autor: jalbertogh Fecha: 13/04/2010
Muchas gracias a todos porque se aporta mucha info en este foro.
Yo estoy bastante nervioso porque la situación en mi empresa actual es difícil e igual cierran su oficina en España o echan a gente, por lo que he estado en un proceso de selección y me han cogido. El problema es que es una empresa pequeña, de reciente creación… que cualquiera sabe.
Tengo 2 preguntas:
- Parece que la excedencia no se puede ampliar y debe ser entre los 2 y los 5 años, no? pero hay que decir en la comunicación el plazo exacto? Esa comunicación debe ser formal con acuse de recibo? (tipo burofax)
- Readmisión: si la empresa no ha cubierto la vacante (entiendo que debe ser alguien con ese mismo nombre de puesto, no?) no pueden alegar que no tienen vacantes, no? o podrían alegar circunstancias de mercado?. Por otro lado, si promocionan a alguien a mi puesto para que yo no pueda alegar que ese puesto está sin cubrir, podría yo alegar que existe otra vacante dejada por esa persona aunque sea algo inferior que me deben ofrecer, no?
Solicitar la excedencia me puede suponer una ventaja mayor que minimizar el riesgo económico del cambio (ya sería jugada maestra) que me vaya bien en la nueva empresa y que acaben cerrando la actual en España y reciba la indemnización.
GRACIASSSS.

Autor: jalbertogh Fecha: 13/04/2010
Con lo de ampliar me refiero una vez que has solicitado 2 años por ejemplo, luego no puedes ampliarlo mas, y reducirlo?
y con lo de los 2 a 5 años, que no puedes pedir menos ni mas, no?
GRACIAS

Autor: morenito Fecha: 25/05/2010
Hola a todos.

Me encuentro en la siguiente situación. tras trabajar 4 años y los 2 últimos en una empresa con contrato indefinido, solicito la excedencia voluntaria para empezar en una nueva empresa de nueva creación. Total, que no va ni para atrás y me despide el jefe a los 2 meses (contrato de prueba de 3 meses). en la calle...

La excedencia la he pedido para 2 años. ¿Tengo derecho a paro (faltan 1 año y 9 meses para solicitar el reingreso? Mi idea no es pedir aún la reincorporación por lo que estoy buscando otro trabajo. ¿No tengo ningún problema en ello, verdad? ¿y mientras tanto no puedo cobrar el paro? ¿y si antes de los 3 meses, me contrata una empresa y me despiden, entonces si tengo derecho al paro?

Me parece super injusto que deje un puesto indefinido para apostar por una empresa con mucho riesgo de que no funcione y que no tenga posibilidad de recibir el paro.

Espero urgentemente vuestras respuestas!!!

un saludo!

Autor: lecolega Fecha: 26/05/2010

si lees el post completo verás que hay diferentes opiniones.

yo te aconsejo que te des de alta en el Inem, presentes toda la documentación que te pidan, y sobre todo que localices pronto un nuevo trabajo, por supuesto si que puedes trabajar en otro trabajo.

MIentras tanto, ya tendrás noticias del Inem y podrás comprobar tú mismo si te lo conceden o no. En mi caso fue positivo, me lo concedieron, cobré un par de meses, encontre otro trabajo, el cual llevo casi 2 años, y estoy a punto de cumplir los 3 años de excedencia.

Así que ahora a final de año tengo que decidir si volver a la empresa original, o continuar donde estoy actualmente.

saludos y suerte

Autor: morenito Fecha: 26/05/2010
muchas gracias lecolega por tus consejos. La verdad es que estoy ya en 2 procesos de selección. Me moví por si las moscas, porque a los 15 días de empezar ví que aquello no marchaba (tengo buen instinto). Pero claro, esto no significa que me salga curro, así que...

Nunca me había encontrado en una situación así y este foro me ha ayudado mucho, y no veas como he aprendido en 2 días sobre leyes y contratos. Esto me servirá para el futuro.

Tiene gracia, hace unos meses era yo el que rechazaba puestos de trabajo por estar en posición de fuerza, y ahora, en la cola del Inem y jodido.

A ver si tenemos algo de suerte y sale curro... eso espero.

Saludos.

Autor: morenito Fecha: 26/05/2010
Hola! vengo del INEM. Os recuerdo mi situación: tras trabajar 4 años y los 2 últimos en una empresa con contrato indefinido, solicito la excedencia voluntaria para empezar en una nueva empresa de nueva creación. Total, que no va ni para atrás y me dan de baja a los 2 meses (contrato de prueba de 3 meses). en la calle...

En el Inem me han pedido lo siguiente:
*Primeramente darte de alta en el INEM (que te den la tarjeta).
*número cuenta (20 digitos) del que eres titular.
*DNI
*Si tienes familia, libro de familia.
*Certificado de empresa de la empresa actual.
*Certificado de empresa de la empresa donde estaba indefinido. NO tengo que solicitar el reingreso a mi puesto de trabajo (me quedan 1año y 9 meses).
*Documentos que acreditan mi excedencia voluntaria. (aceptacion de RRHH de la empresa, tu solicitud y el finiquito hasta la fecha).
*Cumplimentar el impreso de la prestacion por desempleo.
*ATENCION: entregar todo esto en 15 días hábiles desde el inicio de la suspension de la relacion laboral.

Una vez entregado, los técnicos valoran tu situación y te dan la contestación. Si te dan bien y sino, estamos jodidos hasta encontrar otro curro.

Saludos,

Autor: Vegas Fecha: 26/05/2010
Hombre superinjusto, lo que se dice superinjusto, no es. Me lo podría parecer si quisieras reincorporarte a tu empresa y no pudieras, y aún no sabría decirte.
A mi me parece injusto en el caso de quien quiere trabajar y no puede, pero el tuyo no.
SALUDOS.

Autor: mapitablue Fecha: 08/06/2010
Hola a todos, es la primera vez que entro aki y estoy en la misma situacion de excedencia en un trabajo donde terminado el plazo no hay vacante, actulamente trabajo desde hace 4 años en una empresa y acabo de empezar por las mañanas en otra, llevo 1 mes. Tengo una enfermedad que no se sabe aun cual es y estoy de baja en baja cuando tengo brotes. Asi que me planteopedir excedencia en el trabajo indefinido donde llevo 4 años y curro 8 horas y quedarme en la nueva,donde trabajo de comercial pero estoy empezando y no sé si me renuevan, pues si sigo puedo vover a mi ciudad, donde está esa empresa nueva pero si no me renuevan ,tengo un contrato de 3 meses, por ahora, que pasaría??' Me gustaría que morenito contara como quedo lo suyo please y si alguien ha vivido algo similar.

Autor: romamoro Fecha: 23/06/2010
Hola a tod@s. He leido todos vuestros comentarios y me han servido de ayuda para hacerme una idea.
Queria preguntar si alguien sabe: yo pedí una excedencia de 5 meses, a 1 mes de finalizar he solicitado la reincorporación pero me han contestado que de momento no tienen vacantes en mi categoría para cubrir. Ahora me he enterado que van a despedir a 20 personas, la pregunta es: ¿podria demandar a la empresa para que tome una posición más clara?, es decir obligarles de alguna manera a que tomen la decisión de despedirme si es que no van a tener puestos vacantes, más bien al contrario?

Autor: romamoro Fecha: 23/06/2010
Hola de nuevo, tengo otra duda. Como ya comenté tras terminar el periodo de excedencia de 5 meses y solicitar la reincorporacion me han contestado que no hay plazas vacantes.
¿Puedo ir al inem a solicitar la prestación visto que tengo la negativa de la empresa a la reincorporación?

Autor: delibury Fecha: 19/08/2010
Hola a todos, soy nueva por aqui, antes de nada comentaros que he leido mucho en vuestro foro sobre el tema excedencia...pero estoy en un momento que necesito que alguien me diga si ha estado en la misma situacion.
Bueno os cuento, he estado trabajando durante 3 años en un empresa en la cual en septiembre de 2009 pido un excedencia voluntaria de un año por estudios (mejora de ingles en el extranjero) me la concedieron sin ninguna pega y diciendome que cuando volviera tendria mi puesto.
Bueno el caso es que me he despreocupado del tema e incluso he estado trabajando durante este veranos unos 10 dias en otra empresa, en cual fui despedida por no superar el periodo de prueba.
Y es ahora cuando aviso a la empresa de la reincorporacion, me comentan que no puedo reincorporarme porque no hay vacantes y sé por compañeras mias que no han contratado a gente en este tiempo, es más ha habido despidos, por lo tanto no entiendo que no haya vacantes, cuando mi puesto no esta siendo desempeñado por nadie.
Por lo tanto si tengo que estar a espensas de que mi empresa quiera contratar a más gente, no se el tiempo que podrá pasar, porque según como estan las cosas pueden pasar incluso años...
Me han comentado que tengo que enviar de todas formas la carta con la reincorporacion y me contrestaran de forma oficial diciendome que no es posible por el tema de las vacantes.
Y ahora viene la pregunta del millon...¿tendría derecho a paro? ya que me dieron carta de despido por esos 10 dias trabajados en la segunda empresa, pero ya han pasado los 15 dias, pero ahora al comunicarme que no me readmiten, ¿podría hacer algo para ello?
He leido por aqui que hay a gente que le parece una ganga el poder recibir el paro mientras se esta en excedencia...pero estar en esta situacion os informo que no es ninguna ganga porque tienes que estar a expensas de que te necesite la empresa, si es que llega a necesitarte, o buscando trabajo el cual en la actualidad es casi inexistente o sin recibir ningun tipo de ayuda.
Bueno lo siento por la parrafada y espero que me podais ayudar.
Muchas gracias de antemano.
Un saludoAntes de nada comentaros que he leido mucho en vuestro foro sobre el tema excedencia...pero estoy en un momento que necesito que alguien me diga si ha estado en la misma situacion.
Bueno os cuento, he estado trabajando durante 3 años en un empresa en la cual en septiembre de 2009 pido un excedencia voluntaria de un año por estudios (mejora de ingles en el extranjero) me la concedieron sin ninguna pega y diciendome que cuando volviera tendria mi puesto.
Bueno el caso es que me he despreocupado del tema e incluso he estado trabajando durante este veranos unos 10 dias en otra empresa, en cual fui despedida por no superar el periodo de prueba.
Y es ahora cuando aviso a la empresa de la reincorporacion, me comentan que no puedo reincorporarme porque no hay vacantes y sé por compañeras mias que no han contratado a gente en este tiempo, es más ha habido despidos, por lo tanto no entiendo que no haya vacantes, cuando mi puesto no esta siendo desempeñado por nadie.
Por lo tanto si tengo que estar a espensas de que mi empresa quiera contratar a más gente, no se el tiempo que podrá pasar, porque según como estan las cosas pueden pasar incluso años...
Me han comentado que tengo que enviar de todas formas la carta con la reincorporacion y me contrestaran de forma oficial diciendome que no es posible por el tema de las vacantes.
Y ahora viene la pregunta del millon...¿tendría derecho a paro? ya que me dieron carta de despido por esos 10 dias trabajados en la segunda empresa, pero ya han pasado los 15 dias, pero ahora al comunicarme que no me readmiten, ¿podría hacer algo para ello?
He leido por aqui que hay a gente que le parece una ganga el poder recibir el paro mientras se esta en excedencia...pero estar en esta situacion os informo que no es ninguna ganga porque tienes que estar a expensas de que te necesite la empresa, si es que llega a necesitarte, o buscando trabajo el cual en la actualidad es casi inexistente o sin recibir ningun tipo de ayuda.
Bueno lo siento por la parrafada y espero que me podais ayudar.
Muchas gracias de antemano.
Un saludo

Autor: lecolega Fecha: 22/08/2010

Hola

en principio comentarte que edites el post anterior si puedes porque has debido hacer un corto y pego, y lo has duplicado.

Despues lo que te aconsejo es que vayas buscando un nuevo trabajo por si te rechazan la incorporación a tu antigua empresa.

Que tengas suerte ¡¡¡


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