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fallecimiento familiar directo

10 Comentarios
 
Fallecimiento familiar directo
19/08/2008 11:17
Buenos dias, el sabado a ultima hora fallecio un familiar de 1er grado, logicamente el Domingo y lunes no hemos parado ni un segundo y todavia quedan infinidad de papeles por arreglar,yo soy funcionario pero mi mujer el lunes llamo a su empresa y le han indicado que solo le dan dos dias, Domingo y Lunes ( y de ellos logicamente solo 1 es habil), esto es asi, he intentado mirar en el estatuto de los trabajadores y para empezar no he visto que diferencie entre dias habiles y naturales.
¿ me podeis ayudar?, es un tema muy sensible y me molestaria infinidad que esta empresa, si corresponden mas dias, actuara de esta manera.-
gracias y saludos.-
19/08/2008 12:43
Entiendo que es un tema sensible y es cierto que, al margen del impacto emocional, hay que hacer una serie de trámites que requieren un tiempo, pero, salvo mejora de convenio, y sin ánimo de ser irónico, la empresa ha demostrado ser baste fllexible, puesto que incluso le pudiara haber cuestionado a tu mujer el disfrutar de permiso retribuido el lunes.

Es cierto que el ET no especifica si son días hábiles o naturales, pero la regla general, de la que los permisos retribuidos no es excepcion (tal vez con algunas matizaciones en el caso de enfermedad grave u hospitalizacion de familiar) es que cuando no se especifica, son días naturales, y es más, el mismo dia en el que sucede el hecho causante cuenta, por lo que el permiso, en este caso hubiera consistido en el sábado y el domingo. Que en el caso de tu mujer sean días de descanso es algo fortuito.

En el caso de que pueda precisar de algún día adicional o de una horas más para trámites diversos, en muchas ocasiones se puede solucionar solcitando algun día o algunas horas de vacaciones, permiso no retibuido o a recuperar.

Por cierto, hablas de familiar de 1er grado. Entiendo que se trataba bien del padre o madre, suegros o de un hijo a hija.

En todo caso, mis condolencias por tal pérdida

Un saludo
19/08/2008 14:09
Buenas, muchas gracias por la rapida respuesta, efectivamente era familiar de primer grado, el convenio no lo ha mirado pero entiendo que no mejora el ET, por lo tanto si es lo que dice la ley, no pasa nada hay que asumirlo.
Lo dicho muchas gracias por la rapida respuesta.
En estas situaciones si das las gracias por ser funcionario...
Saludos.-
19/08/2008 19:12
En los permisos retribuidos de hasta segundo grado, lo son tanto para el titular como para su pareja puesto que es por por afinidad. Con lo que le corresponde dos dias naturales a ambos. Un saludo
20/08/2008 08:59
Ya, pero eso no es lo que se discute Melchor, sino el cómputo de los días de permiso y ahí, por lo que parece, la diferencia estriba, no en si el parentesco es por consanguinidad o por afinidad sino por el ser funcionario o no serlo (y que el convenio, en este último caso, no mejore el ET).

Así, si el fallecimiento fue el sábado, exista consanguinidad o afinidad, salvo funcionarios o mejora por convenio, el permiso sería el sábado y el domingo.

Como te decía, emr, por lo que dices, la empresa ha sido flexible al concederle también el lunes, aunque en casos así, entiendo que una siempre espera mayor sensibilidad y es lógico (piensa, si fuera el caso y aún tiene sentido, en las otas alternativas que te he comentado).

Un saludo
20/08/2008 20:16
Hola nando, ya sé que el permiso es en momento que se causa el efecto, pero que pasaria si el fallecimiento se origina a las 10 de noche del sabado? Un saludo
29/08/2008 23:25
Yo hay cosas que no entiendo....vamos a ver,

Si te muere el Sábado te corresponden Sábado y Domingo,entonces si te muere un tío(que según convenio tienes un día),no puedes irle al entierro......pues vaya permiso....y no me digais que la empresa por sentido común debería de darte el dia del entierro,porque una cosa es el sentido común y otra la legalidad.......

Que alguien me lo explique,si es que tiene alguna explicación....
30/08/2008 00:17
un tio es familiar de tercer grado, igual que una sobrina
30/08/2008 01:40
Y una prima es 4º, igual que un primo

Sofía, lo del día de permiso por u tío debe ser en tu convenio, porque, como ya se ha dicho, es 3er. geado y, te parezca justo o no, no queda cubierto por el permiso previsto en el ET.

Lo que no entiendo es lo de que no puedas ir al entierro. ¿quien te lo impide?. Una cosa es que no dispongas de todo un dia de permiso y otra que la empresa no te permite acudir al entierro.

Y en cuanto al sentido comun... hay de todo, desde el que realmente vivirá el fallecimiento de un tio con mucho sentimiento y/o otras implicaciones (apoyo familiar, trámites) pero tambie hay quien, pensanod que le coreesponden días de permiso, te informa que se va a coger el permiso por fallecimiento de familiar porque se le ha muerto su tio del pueblo (que encima, al exigir desplazamiento igual se pretende que sean 4 dias) y cuando al aclararle que no le corresponde porque un tio es de 3er. grado y mostrarse estupefacto, y decirte que cómo puede ser eso, que el estaba muy apegado a su tio, que lo está pasando muy mal, la familiar, que necesita, comosea ir al entierro en el pueblo, etc, y, ante eso ofrecerle como alternativa, y sin tan importante es para él poder acudir al entierro, superar el trauma, etc elque se tome algun dia a cuenta de vacaciones, hay quien te contesta !si hombre, voy a perder vacaciones por eso?. Y esque entonces llegas a la conclusión de que no se cuanto lo podia importar su tio del pueblo pero esta claro que no tanto como hasta el punto de renunciar a un par de dias de playa en Benidorm, que su tio le importaba, pero, caramba, no tanto como para eso.

Hay de todo, pero la norma es la norma y si nos parece injusta ya sabemos lo que hay que hacer, exigir a nuestros politicos que la cambien o si no, no les votemos. Por suerte, en nuestro sistema las cosas funcionan así. Deciden por nosotros aquellos a los que nosotros hemos elegido.

Un saludo
19/10/2011 16:45
yo trabajo en provincia y me regimen es de 21 x 7 en este caso si mi padre falleciera en el dia que estaba de bajada, el permiso que se me da es de 3 dias estan incluidos en mi bajada o son fuera de la bajada.
31/08/2018 13:45
emr207
Hace unos días han fallecido mi cuñada y nueve días después mi suegro, sin ninguna relación entre ambos hechos.
La pregunta es a cerca de la aplicación de las eventuales herencias sobre mi mujer y su otra hermana.
La fallecida dejo ( segun sus palabras, falta confirmar con la lectura del testamento) sus bienes a sus hermanas, pero no sabemos si corresponderia a mi suegro alguna parte de dichos bienes aunque nueve dias despues el falleciese igualmente. El tambien manifesto en su momento que dejaria a sus tres hijas todo su patrimonio.

Gracias y saludos
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Fallecimiento familiar directo
19/08/2008 11:17
Buenos dias, el sabado a ultima hora fallecio un familiar de 1er grado, logicamente el Domingo y lunes no hemos parado ni un segundo y todavia quedan infinidad de papeles por arreglar,yo soy funcionario pero mi mujer el lunes llamo a su empresa y le han indicado que solo le dan dos dias, Domingo y Lunes ( y de ellos logicamente solo 1 es habil), esto es asi, he intentado mirar en el estatuto de los trabajadores y para empezar no he visto que diferencie entre dias habiles y naturales.
¿ me podeis ayudar?, es un tema muy sensible y me molestaria infinidad que esta empresa, si corresponden mas dias, actuara de esta manera.-
gracias y saludos.-
19/08/2008 12:43
Entiendo que es un tema sensible y es cierto que, al margen del impacto emocional, hay que hacer una serie de trámites que requieren un tiempo, pero, salvo mejora de convenio, y sin ánimo de ser irónico, la empresa ha demostrado ser baste fllexible, puesto que incluso le pudiara haber cuestionado a tu mujer el disfrutar de permiso retribuido el lunes.

Es cierto que el ET no especifica si son días hábiles o naturales, pero la regla general, de la que los permisos retribuidos no es excepcion (tal vez con algunas matizaciones en el caso de enfermedad grave u hospitalizacion de familiar) es que cuando no se especifica, son días naturales, y es más, el mismo dia en el que sucede el hecho causante cuenta, por lo que el permiso, en este caso hubiera consistido en el sábado y el domingo. Que en el caso de tu mujer sean días de descanso es algo fortuito.

En el caso de que pueda precisar de algún día adicional o de una horas más para trámites diversos, en muchas ocasiones se puede solucionar solcitando algun día o algunas horas de vacaciones, permiso no retibuido o a recuperar.

Por cierto, hablas de familiar de 1er grado. Entiendo que se trataba bien del padre o madre, suegros o de un hijo a hija.

En todo caso, mis condolencias por tal pérdida

Un saludo
19/08/2008 14:09
Buenas, muchas gracias por la rapida respuesta, efectivamente era familiar de primer grado, el convenio no lo ha mirado pero entiendo que no mejora el ET, por lo tanto si es lo que dice la ley, no pasa nada hay que asumirlo.
Lo dicho muchas gracias por la rapida respuesta.
En estas situaciones si das las gracias por ser funcionario...
Saludos.-
19/08/2008 19:12
En los permisos retribuidos de hasta segundo grado, lo son tanto para el titular como para su pareja puesto que es por por afinidad. Con lo que le corresponde dos dias naturales a ambos. Un saludo
20/08/2008 08:59
Ya, pero eso no es lo que se discute Melchor, sino el cómputo de los días de permiso y ahí, por lo que parece, la diferencia estriba, no en si el parentesco es por consanguinidad o por afinidad sino por el ser funcionario o no serlo (y que el convenio, en este último caso, no mejore el ET).

Así, si el fallecimiento fue el sábado, exista consanguinidad o afinidad, salvo funcionarios o mejora por convenio, el permiso sería el sábado y el domingo.

Como te decía, emr, por lo que dices, la empresa ha sido flexible al concederle también el lunes, aunque en casos así, entiendo que una siempre espera mayor sensibilidad y es lógico (piensa, si fuera el caso y aún tiene sentido, en las otas alternativas que te he comentado).

Un saludo
20/08/2008 20:16
Hola nando, ya sé que el permiso es en momento que se causa el efecto, pero que pasaria si el fallecimiento se origina a las 10 de noche del sabado? Un saludo
29/08/2008 23:25
Yo hay cosas que no entiendo....vamos a ver,

Si te muere el Sábado te corresponden Sábado y Domingo,entonces si te muere un tío(que según convenio tienes un día),no puedes irle al entierro......pues vaya permiso....y no me digais que la empresa por sentido común debería de darte el dia del entierro,porque una cosa es el sentido común y otra la legalidad.......

Que alguien me lo explique,si es que tiene alguna explicación....
30/08/2008 00:17
un tio es familiar de tercer grado, igual que una sobrina
30/08/2008 01:40
Y una prima es 4º, igual que un primo

Sofía, lo del día de permiso por u tío debe ser en tu convenio, porque, como ya se ha dicho, es 3er. geado y, te parezca justo o no, no queda cubierto por el permiso previsto en el ET.

Lo que no entiendo es lo de que no puedas ir al entierro. ¿quien te lo impide?. Una cosa es que no dispongas de todo un dia de permiso y otra que la empresa no te permite acudir al entierro.

Y en cuanto al sentido comun... hay de todo, desde el que realmente vivirá el fallecimiento de un tio con mucho sentimiento y/o otras implicaciones (apoyo familiar, trámites) pero tambie hay quien, pensanod que le coreesponden días de permiso, te informa que se va a coger el permiso por fallecimiento de familiar porque se le ha muerto su tio del pueblo (que encima, al exigir desplazamiento igual se pretende que sean 4 dias) y cuando al aclararle que no le corresponde porque un tio es de 3er. grado y mostrarse estupefacto, y decirte que cómo puede ser eso, que el estaba muy apegado a su tio, que lo está pasando muy mal, la familiar, que necesita, comosea ir al entierro en el pueblo, etc, y, ante eso ofrecerle como alternativa, y sin tan importante es para él poder acudir al entierro, superar el trauma, etc elque se tome algun dia a cuenta de vacaciones, hay quien te contesta !si hombre, voy a perder vacaciones por eso?. Y esque entonces llegas a la conclusión de que no se cuanto lo podia importar su tio del pueblo pero esta claro que no tanto como hasta el punto de renunciar a un par de dias de playa en Benidorm, que su tio le importaba, pero, caramba, no tanto como para eso.

Hay de todo, pero la norma es la norma y si nos parece injusta ya sabemos lo que hay que hacer, exigir a nuestros politicos que la cambien o si no, no les votemos. Por suerte, en nuestro sistema las cosas funcionan así. Deciden por nosotros aquellos a los que nosotros hemos elegido.

Un saludo
19/10/2011 16:45
yo trabajo en provincia y me regimen es de 21 x 7 en este caso si mi padre falleciera en el dia que estaba de bajada, el permiso que se me da es de 3 dias estan incluidos en mi bajada o son fuera de la bajada.
31/08/2018 13:45
emr207
Hace unos días han fallecido mi cuñada y nueve días después mi suegro, sin ninguna relación entre ambos hechos.
La pregunta es a cerca de la aplicación de las eventuales herencias sobre mi mujer y su otra hermana.
La fallecida dejo ( segun sus palabras, falta confirmar con la lectura del testamento) sus bienes a sus hermanas, pero no sabemos si corresponderia a mi suegro alguna parte de dichos bienes aunque nueve dias despues el falleciese igualmente. El tambien manifesto en su momento que dejaria a sus tres hijas todo su patrimonio.

Gracias y saludos