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              comite revocado ¿que pasa con blindaje?
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Autor: Avalonn Fecha: 17/02/2010
Tema: comite revocado ¿que pasa con blindaje?
Buenas,
Quisiera saber si un comite de empresa, por los motivos que sean, es revocado, y se convocan nuevas elecciones, los miembros del comite revocado, ¿pierden su derecho a ser despedidos? ¿tienen un año de blindaje?
gracias,

Autor: ciriaco Fecha: 17/02/2010
Salvo mejor opinión, mantienen la garantía de uno al haber cesado en el cargo

Saludos

Autor: Sicam Fecha: 17/02/2010
El representante de los trabajadores, en caso de despido este no podrá ser declarado improcedente, solo procedente o nulo, esto será así hasta un año después de haber dejado de ser representante, salvo en el caso de revocación o dimisión, donde la garantía finalizaría en el momento de finalizar el cargo.

Autor: ciriaco Fecha: 17/02/2010
Tienes razón Sicam, finaliza la garantía

Autor: JM30 Fecha: 17/02/2010
El blindaje solo afecta cuando cuando termina el mandato , si se revocan o dimiten , no hay blindaje
saludos

Autor: Avalonn Fecha: 17/02/2010
ok, entendido. Y que causas deben concurrir, para que un comite sea revocado, tambien me gustaria saber quien puede revocar un comite. ¿la empresa?¿los trabajadores? ..

Autor: JM30 Fecha: 17/02/2010
Leete el art. 67.3 del ET.

Autor: Picachu33 Fecha: 17/02/2010
Yo de revocaciones manejo tela, para empezar para revocar un comite estamos hablando de un numero considerable de trabajadores, ya que el comite mas pequeño se constituye donde haya 50 o mas trabajadores, es cierto que se puede revocar pero no es habitual que se revoque, ya que es necesario juntar a toda la plantilla y que ademas la mitad mas uno de los componentes que no de los asistentes voten a favor de la revocacion, tanto si es total como parcial, ademas el voto debe ser secreto hay que convocar por escrito a los revocados, y la revocacion la tiene que presidir el presidente del comite, tambien hay que levantar acta, la reunion o asamblea de trabajadores tiene que ser convocada solo con ese motivo, si la revocacion prospera los representantes pierden las garantias, si no prospera tiene que pasar 6 meses para poder volver a convocar la revocacion, si esta se impugna y por resolucion judicial se declara nula la revocacion por no haberse guardado los requisitos exigidos legalmente, cosa probable, ya que al ser promovida por trabajadores, eso si asesorados por el sindicato contrario, esta muchas veces no suele prosperar, la revocacion puede volver a convocarse acto seguido a la declaracion de nulidad, hay mas cosas pero con esto creo que ya tienes bastantes datos.

Autor: Numedides Fecha: 17/02/2010
Realmente impresionante.

Me gustaría profundizar un poco. ¿Puedes poner referencias normativas?

Autor: JM30 Fecha: 17/02/2010
¿ para quien la pregunta ?

Autor: PRamirez Fecha: 17/02/2010
Hay representantes sindicales que dan vergüenza, y por eso se les revoca, porque son un perjuicio para el colectivo al que representan. Lo más grave es cuando pasan a ser representantes sindicales sólo por el blindaje, para que a ellos no les despidan y sí despidan a otros trabajadores más antiguos que ellos. La primera vez que fui elegido miembro del Comité de Empresa renuncié por escrito a esas garantías. La representación sindical está acaparada por parásitos.

Autor: Avalonn Fecha: 10/03/2010
hola! necesito mas de vuestra ayuda.. os explico. Mi empresa hizo elecciones en mayo 2009, salimos 4 representantes de CCOO y 1 de UGT, al poco, mi empresa compro a otra empresa, y el personal de aquella, se añadió a la nuestra. Ahora dentro de poco, se haran parciales, pues al incrementar la plantilla se necesitan 4 delegados mas. El problema es, que por miedo de esas personas nuevas, quieren revocar al comite actual, y así hacer nuevas elecciones totales.
Hay quien me dice que, aquellos que no estaban en el censo electoral de la empresa, en el momento de hacer las elecciones enmayo del 2009 NO pueden revocar a nadie, pues no estaban en la empresa en aquel entonces, por lo que no eligieron al comite actual, y al no elegirlo, no pueden revocarlo. Solo pueden revocar alcomite, un tercio mas uno, pero de las personas del censo que hubiese en ese mes y año. ¿es esto cierto? ya que quien esta orquestando todo este acoso y derribo es el personal que se incorporo a mi empresa, procedente de la otra empresa.
Por favor, necesito de vuestra ayuda y clarificación.
Gracias,


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