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              excedencia
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Autor: lexia Fecha: 10/03/2010
Tema: excedencia
Hola! Mi problema es el siguiente:
En octubre de 2009 pedi a la empresa excedencia por el periodo de un año, pero cuando me quise volver a reincorporar me obligaban a hacer e horario rotativo, mañanas y tardes, pero al no poder hacer dicho horario porque tengo a mi cargo mi hijo de 4 años volví a pedir excedencia 6 meses más.
Me toca reincorporarme en abril y mi pregunta es la siguiente:
¿Me pueden obligar a hacer el horario que ellos quieran aunque tenga un horario firmado?
¿Tengo algún derecho si llevaba 2 años haciendo el mismo horario aunque no sea el firmado?
¿Se pueden negar al horario que yo puedo hacer si no tengo a nadie para hacerse cargo de mi hijo?

Muchas gracias
Saludos


Autor: Sabiondo Fecha: 10/03/2010
¿Me pueden obligar a hacer el horario que ellos quieran aunque tenga un horario firmado?

- En principio el poder de organización del trabajo recae en la empresa, por tanto si que pueden cambiar horarios, y tu reclamar en el juzgado dicho cambio.

¿Tengo algún derecho si llevaba 2 años haciendo el mismo horario aunque no sea el firmado?

- Reclamar en el juzgado cuando cambien el horario.

¿Se pueden negar al horario que yo puedo hacer si no tengo a nadie para hacerse cargo de mi hijo?

- Se pueden negar. Ahora bien, alguien comentó el otro día algo de elección de turno sin solicitar reducción de jornada, eso si, como se niegue la empresa deberás ir a juicio.

Pego la respuesta del compañero. Lo hago en varios post ya que no deja introducir todo el texto en un solo mensaje.

Autor: manuelqd2009 Fecha: 09/03/2010
Tema: reduccion de jornada en turno rotatorio

Mi esposa trabaja en una empresa desde hace más de 10 años. El horario es rotatorio de mañana, tarde y noche. Trabaja tres días en un turno, descansa dos y se reincorpora en un nuevo turno. Nos estamos planteando la posibilidad de que pida turno fijo de mañana y reducción de jornada de un octavo, para poder atender a un hijo discapacitado que tenemos. Además, no sé si influirá, somos familia numerosa. Ha preguntado en el trabajo y le han dicho que solo es posible la reducción de jornada, pero no el turno fijo. Lo cierto, es que la jurisprudencia que hemos visto en internet, es contradictoria. Necesitaríamos saber si es realmente posible y fundamentos de derecho o jurisprudenciales para mantener nuestra solicitud. Gracias.

Autor: Picachu33 Fecha: 09/03/2010


Te resumo el criterio de los tribunales:

1º.- Si reduces la jornada debe de operar dentro del turno que el trabajador realiza, que es lo que le ha dicho la empresa a tu mujer, de acuerdo con el 37.5.6, del ET.

2º.- Tambien cabe la posiblidad de adaptar el turno a las necesidades del menor, (sin necesidad de reduccion), que es bien a proteger, pero esto solo es posible por acuerdo entre las partes articulo 34.8 del ET.

TRIBUNAL SUPREMO.

Entiende la Sala en esta sentencia que carece de amparo legal la pretensión de la actora,
madre de una hija con minusvalía, de cambiar su horario para ocuparse del cuidado de la menor, ya
que el derecho que establece al trabajador el art. 37-6 ET de fijar la concreción horaria, está
vinculado a la existencia de una reducción de jornada , con la consiguiente reducción de
retribuciones; de ahí que no sea admisible la modificación unilateral del sistema de trabajo a turno. A
mayor abundamiento señala que análoga conclusión se alcanza si pudiera aplicarse la Ley Orgánica
3/2007 de 22 de marzo de igualdad efectiva de hombre y mujeres, que si bien ha modificado el art. 34
ET, en el sentido de introducir el apartado ocho, lo condiciona no obstante a los términos que se fijen
en la negociación colectiva o acuerdo que se llegue con el empleador que no existe en el caso de
autos. Señala además la sentencia que la Sala conoce la STC 3/2007, dictada en un supuesto en el
que se negaba la reducción de jornada y cambio de horario solicitado, pero no la considera
aplicable al caso porque en el de autos no se pretende reducción de jornada . La sentencia tiene
voto particular de dos magistrados.

Ojo esto para el caso de que se pretenda la eleccion de turno sin reducir la jornada.

Autor: Sabiondo Fecha: 10/03/2010
3º.- Que pasa cuando como en el caso de tu mujer se pretende reducir la jornada concretando el horario en un turno diferente al establecido o en el que el trabajador venia prestando sus servicios, hay que ponderar ambos intereses, por un lado, el interes de la empresa en base al derecho que asiste a la misma a organizar sus medios productivos, y por otro lado tambien se ha de ponderar el derecho del menor a estar asistido por parte de sus progenitores, el criterio que se viene tomando en cuenta para sopesar dicha cuestion, entre otros es:

- El tamaño de la emrpresa.
- Si el padre o madre en funcion de quien solicite, trabaja en el mismo turno que se solicita para el cuidado del menor.
- Si existe posibilidad de que los abuelos cuiden del menor.
- Si a la guarda legal se le añade otra circunstacion como la minusvalia del sujeto a proteger.

etc, etc,

No se contiene ninguna precisión normativa sobre la forma de concreción horaria de la reducción de jornada, ni establece si en su determinación deben prevalecer los criterios y las necesidades del trabajador o las exigencias organizativas de la empresa, lo que posibilita una ponderación de las circunstancias concurrentes dirigida a hacer compatibles los diferentes intereses en juego. Al respecto se concedió el amparo a una trabajadora al no haber reconocido el juzgador de instancia la concreta reducción de jornada solicitada, sin analizar en qué medida dicha reducción resultaba necesaria para la atención a los fines de relevancia constitucional a los que la institución sirve, ni cuáles fueran las dificultades organizativas que su reconocimiento pudiera causar a la empresa (TCo 3/2007).

Resumiendo, te pregunto.

Trabaja el padre del menor en el mismo turno solicitado por la madre.

De que empresa se trata.

Hay abuelos o algun familiar para hacerse cargo del menor en ese turno.

Tiene la empresa facilidad para adaptar el turno puesto que el sujeto que solicita se haya en una unidad productiva con numerosos trabajadores.

Hazte estas preguntas y encontraras las respuestas, no obstante ya te adelanto que tendras que pelearlo en el juzgado, asi que si la empresa te pide que acredites cualquier extremo como si el padre trabaja, o no residen en la misma poblacion los abuelos o cualquier cosa de este tipo, te aconsejo que facilites toda la informacion, ya que el juez suele basar su criterio aparte del ya expresado en la buena fe de las partes.

Espero haberte ayudado.


Autor: Picachu33 Fecha: 09/03/2010


La actora solicita trabajar de lunes a viernes, señalando que los sábados y los domingos están cerradas las guarderías y haría imposible la conciliación de la vida familiar. Si bien, el cuidado del hijo también debe llevarse a cabo por el padre del menor y no queda acreditado que éste no pueda hacerse cargo del mismo por trabajar los fines de semana. La empresa tiene organizada el trabajo de lunes a domingo; si la actora no trabaja nunca los fines de semana, los demás empleados tendrán que trabajar más veces sábados y domingo y la empresa tendrá que alterar todo el sistema de organización del trabajo. No estando acreditadas las concretas circunstancias que hagan imposible que al menor le cuide el padre los sábados y domingos que trabaje la madre, no es posible estimar la petición de realizar el trabajo de lunes a viernes.

Autor: Sabiondo Fecha: 10/03/2010
Pues mira, que ahora que realmente me lo leo, dice Picachu que sin reducción de jornada por guarda legal no es posible la elección de turno.

Eso me pasa por leer las cosas a medias.


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