Tengo una S.L. y me jubilo a finales de año, soy el tengo un empleado y quisiera saber que indemnización le corresponde ya que mi asesor me dice una cosa y, como suele ser habitual, otras personas me dicen otra. Gracias.
Autor: Sabiondo
Fecha: 05/04/2010
Si te han insinuado que puedes pagar la indemnización de un mes de salario por jubilación del empleador, olvídalo, esa indemnización es en caso de empresarios individuales, pero en tu caso es una Sociedad Limitada, y las Sociedades no se jubilan. En caso de cerrar, podría intentarse un despido por causas objetivas (20 días por año), y muy probablemente el trabajador podría luchar por el despido improcedente (45 días por año).
Un saludo.
Autor: Bej35
Fecha: 05/04/2010
Gracias por las respuesta.
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