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Resolución determinación de contingencia

5 Comentarios
 
Resolución determinación de contingencia
24/10/2010 17:24
Hola!
Quisiera saber cuáles son los plazos para que la SS me de una resolución sobre un cambio de contingencia de común a laboral.
Y también cuál es la forma de recibirla: correo certificado, teléfono, correo ordinario...
Todo esto en Castilla-León.
Muuuchisimas graciaaas!!!!!
Saludos!!
24/10/2010 20:16
¡Creo que!

INSS tiene que contestar en el plazo de 45 días, si no contesta se considera silencio administrativo negativo y tendría un mes para presentar la correspondiente demanda ante la jurisdicción laboral.
De todas maneras deja que te asesore un profesional, es importante, no hagas los tramites tú solo, porque no es fácil.
Saludos.
24/10/2010 20:29
Okas, muchas gracias!!!!
45 días laborales¿?
25/10/2010 00:50
El plazo de 45 días es para una reclamación previa, y aquí estamos ante una solicitud de cambio de contingencia sin más.
En mi opinión, el plazo que rige es el de la Ley 30/92 (3 meses naturales), salvo que exista norma específica que marque otro plazo (que creo que no hay, porque el único plazo específico, que recuerde, es el de resolución de una IP que es de 135 días).
25/10/2010 11:54
Shughart, habría que saber, si ha habido una SOLICITUD O UNA RECLAMACIÓN PREVIA.
Por tanto MARVIC, que nos diga que clase de procedimiento ha utilizado.
Saludos

25/10/2010 15:21
Holaaa!!!!
Muuuuchas gracias por el interés!!!!!!!
Pues lo que he hecho ha sido una solicitud.
Me van a dar el alta con secuelas incapacitantes permanentes en un mes (me lo dijo hoy el médico forense), si antes de esta fecha aún no se haresuelto lo del cambio de contigencias, ¿esa solicitud quedaría anulada?porque me parecía super injusto ya que durante estos meses mi sueldo era del 60%, ¿me tendrían que devolver ese 40%¨restante?.
Yo creo queel fallo de la solicitud resolverá a mi favor, ya que en la documentación que entregué ante la SS, uno de ellos fue el parte de accidente de trabajo hecho por mi jefe además de que la mutua me dio tratamiento. Lo que quiero que se reconozca es que desde Junio hasta la actualidad estoy de baja por enfermedad común pero por una lesión que me pasó mientras trabajaba.
Comento un poco lo anterior: el trauma de la mutua me dio el alta por curación, pero ante la incapacidad de poder realizar mi actividad laboral, acudí a mi médico de cabecera y me dio la baja. Desde entonces, el tratamiento de rehabilitación me lo estoy pagando de mi bolsillo porque la SS dice que al ser accidente de tráfico en el trabajo, ellos no me pueden tratar; por eso, al pedir el cambio de contingencia, acudiría a la mutua y no tendría que pagármelo yo.
Y de aquí me surge otra duda, a ver si me podeis ayudar: al ser un accidente de tráfico (yo no fui culpable) en el trabajo, como me van a quedar secuelas, a parte de la valoración de un forense legal, ¿la mutua me tendría que valorar para pagarme indemnización por ser un AT?
Muuuuchisimas gracias y perdón por la extensión.
Saludos
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Resolución determinación de contingencia
24/10/2010 17:24
Hola!
Quisiera saber cuáles son los plazos para que la SS me de una resolución sobre un cambio de contingencia de común a laboral.
Y también cuál es la forma de recibirla: correo certificado, teléfono, correo ordinario...
Todo esto en Castilla-León.
Muuuchisimas graciaaas!!!!!
Saludos!!
24/10/2010 20:16
¡Creo que!

INSS tiene que contestar en el plazo de 45 días, si no contesta se considera silencio administrativo negativo y tendría un mes para presentar la correspondiente demanda ante la jurisdicción laboral.
De todas maneras deja que te asesore un profesional, es importante, no hagas los tramites tú solo, porque no es fácil.
Saludos.
24/10/2010 20:29
Okas, muchas gracias!!!!
45 días laborales¿?
25/10/2010 00:50
El plazo de 45 días es para una reclamación previa, y aquí estamos ante una solicitud de cambio de contingencia sin más.
En mi opinión, el plazo que rige es el de la Ley 30/92 (3 meses naturales), salvo que exista norma específica que marque otro plazo (que creo que no hay, porque el único plazo específico, que recuerde, es el de resolución de una IP que es de 135 días).
25/10/2010 11:54
Shughart, habría que saber, si ha habido una SOLICITUD O UNA RECLAMACIÓN PREVIA.
Por tanto MARVIC, que nos diga que clase de procedimiento ha utilizado.
Saludos

25/10/2010 15:21
Holaaa!!!!
Muuuuchas gracias por el interés!!!!!!!
Pues lo que he hecho ha sido una solicitud.
Me van a dar el alta con secuelas incapacitantes permanentes en un mes (me lo dijo hoy el médico forense), si antes de esta fecha aún no se haresuelto lo del cambio de contigencias, ¿esa solicitud quedaría anulada?porque me parecía super injusto ya que durante estos meses mi sueldo era del 60%, ¿me tendrían que devolver ese 40%¨restante?.
Yo creo queel fallo de la solicitud resolverá a mi favor, ya que en la documentación que entregué ante la SS, uno de ellos fue el parte de accidente de trabajo hecho por mi jefe además de que la mutua me dio tratamiento. Lo que quiero que se reconozca es que desde Junio hasta la actualidad estoy de baja por enfermedad común pero por una lesión que me pasó mientras trabajaba.
Comento un poco lo anterior: el trauma de la mutua me dio el alta por curación, pero ante la incapacidad de poder realizar mi actividad laboral, acudí a mi médico de cabecera y me dio la baja. Desde entonces, el tratamiento de rehabilitación me lo estoy pagando de mi bolsillo porque la SS dice que al ser accidente de tráfico en el trabajo, ellos no me pueden tratar; por eso, al pedir el cambio de contingencia, acudiría a la mutua y no tendría que pagármelo yo.
Y de aquí me surge otra duda, a ver si me podeis ayudar: al ser un accidente de tráfico (yo no fui culpable) en el trabajo, como me van a quedar secuelas, a parte de la valoración de un forense legal, ¿la mutua me tendría que valorar para pagarme indemnización por ser un AT?
Muuuuchisimas gracias y perdón por la extensión.
Saludos