Tengo un conocido que plantea el siguiente tema:
Tiene 55 años.
Ha cotizado algo más de seis años en el régimen general.
Ha cotizado también otros seis años en régimen especial de trabajador autónomo.
En la actualidad está cotizando en el convenio especial de la seguridad social.
Está inscrito como demandante de empleo desde hace 30 meses.
PREGUNTA
Al completar el periodo mínimo de cotización de 15 años a través del convenio especial. ¿ se puede solicitar la prestación del subsidio de mayores de 55 años?
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Autor: Trola
Fecha: 30/01/2011
Perdón quería decir mayores de 52 años.
Gracias por la contestación.
Estar incluido en alguno de los supuestos siguientes:
* Estuviese percibiendo o tuviese derecho a percibir subsidio.
* Hubiese agotado subsidio.
* Hubiera agotado una prestación por desempleo y no percibido subsidio correspondiente o lo hubiese extinguido, por carecer, inicialmente o con carácter sobrevenido, del requisito de rentas y/o, del de responsabilidades familiares.
* Ser emigrante retornado (haber trabajado como mínimo 12 meses en el extranjero desde su última salida de España) sin derecho a prestación contributiva por desempleo.
* Ser liberado de prisión sin derecho a prestación contributiva por desempleo cuando la privación de libertad hubiera sido por tiempo superior a 6 meses.
* Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, invalidez absoluta o total para la profesión habitual.
* Estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses.
Autor: Trola
Fecha: 30/01/2011
Patatinpatatero.
Se puede considerar subsidio agotado, el no haberlo solicitado en su momento, ya que el desempleo le terminó en febrero del 2006.
Saludos
Autor: patatinpatatero
Fecha: 31/01/2011
El subsidio para mayores de 52 años tiene "sus cositas". Yo creo, pero es sólo una opinión, que no tendría derecho. Desde mi punto de vista la vía de acceso más fácil es cotizar al menos tres meses. No obstante, tiene sus peculiariades, como en caso de no tener aún los 52 años pero mantiene la demanda en alta...
Lo mejor es hacer una consulta al SPEE. Puedes ir a la oficina, llamar al 901 11 99 99 o utilizar la web de redtrabaja (o las tres cosas a la vez).
Saludos.
Autor: Trola
Fecha: 31/01/2011
Gracias patatínpatatero, por tus respuestas.
Un saludo
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