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Autor: alberto36 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Tema: baja tardia ss |
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Estuve dado de alta como administrador de una SL durante un año y medio. Tras eso, la empresa llego a ser inviable y se ceso en la actividad dejandola sin actividad. La asesoria no me dio de baja y estuve dado de alta dos años mas sin estar trabajando (sin enterarme ya que no residia entonces en el mismo lugar y sin encontrar trabajo). Ahora he encontrado trabajo y me reclaman la deuda. ¿que puedo hacer? |
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Autor: nes37 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Pues pagarla...no te queda más remedio, la ley es clara, los trabajadores autónomos en el RETA están obligados ellos mismos a cumplir las obligaciones instrumentales, la comunicación de baja tiene que hacerse en el plazo de 6 días naturales, si no lo haces pues hasta que lo comuniques estás obligado a cotizar.
Tendrás que cotizar por todo ese tiempo, pide un fraccionamiento de la deuda si no puedes hacer frente a toda ella junta...por lo menos te quedan para ti las cotizaciones, y teniendo en cuenta la modificación de la pensión de jubilación te van a venir bien. |
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Autor: alberto36 |
Fecha: 03/02/2012 |
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¿No hay forma de demostrar que no estaba trabajando para modificar la fecha de baja? |
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Autor: astro19 |
Fecha: 03/02/2012 |
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..............y en hacienda esos dos ultimos años,no te diste cuenta tampoco??,como hicistes las declaraciones de renta. |
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Autor: nes37 |
Fecha: 03/02/2012 |
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Puedes probarlo por cualquier medio de prueba admitido en derecho...eso es lo que dice la ley...pero de ahi a que la TGSS te lo acepte, va mucho camino.
Por probar...si tienes medios inténtalo. |
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Autor: mirta |
Fecha: 03/02/2012 |
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en mi ciudad si la baja de la actividad de la SL. esta dada en fecha correcta y el alta era como tal administrador de la s.l. la tesorería suele cursar la baja con efectos retroactivos a la fecha de cese de la actividad.
a mi me han cursado bajas de esa forma pero es cierto que no había pasado tanto tiempo e i ncluso en algún caso no se había generado deuda, sino que se había pagado
es un criterio que puede tener una tesorería y no tenerlo en otra
si la baja no está cursada en tiempo, no conozco casos de conseguir la baja retroactiva y la anulación de deuda.
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