A los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años.
A los 15, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años.
A los 10, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de 10.
A los cinco, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de tres años y que no exceda de cinco.
A los tres años, los restantes delitos menos graves. Los delitos de calumnia e injuria prescriben al año.
2. Las faltas prescriben a los seis meses.
3. Cuando la pena señalada por la ley fuere compuesta, se estará, para la aplicación de las reglas comprendidas en este artículo, a la que exija mayor tiempo para la prescripción.
4. Los delitos de lesa humanidad y de genocidio y los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, no prescribirán en ningún caso.
las reglas comprendidas en este articulo se refieren a partir de la fecha del delito cometido creo entender. Sucede lo mismo con una sentencia firme? Por ejemplo cuando prescribiria una sentencia firme de 4 años de prision?
Alex González, creo que ustred se refiere a la prescripción de la pena:
Art. 133.
1. Las penas impuestas por sentencia firme prescriben: A los veinticinco años, las de prisión de quince o más años.
A los veinte, las de inhabilitación por más de diez años y las de prisión por más de diez y menos de quince.
A los quince, las de inhabilitación por más de seis y menos de diez años y las de prisión por más de cinco y menos de diez años.
A los diez, las restantes penas graves.
A los cinco, las penas menos graves.
Al año, las penas leves.
Art. 134.
El tiempo de la prescripción de la pena se computará desde la fecha de la sentencia firme, o desde el quebrantamiento de la condena, si ésta hubiese comenzado a cumplirse.
Tenía curiosidad por saberlo. Por ejemplo cuando ocurrió lo de Ramón San Pedro, la persona que le ayudó a morir confeso varios años después cuando ya había prescrito el delito y no se le podía hacer nada. Según este caso el tiempo para que prescribiría empezó a contar desde que se cometió el delito. De todas las maneras gracias por aclararme las dudas.
entonces si por ejemplo tengo un delito de estafa el cual la pena maxima no es mayor de 5 años del que aun no he sido juzgado, el delito sigue en instruccion y fue en el año 2003 suponiendo que el juicio salga antes de los 5 años pero me voy de vacaciones 2 años a otro pais, cuando vuelva en el 2008 el delito habra prescrito?
La prescripción no opera en este caso, porque ya se ha inciado el procedimiento contra el autor.
Art. 132 del Código Penal:
2. "La prescripción se interrumpirá, quedando sin efecto el tiempo transcurrido, cuando el procedimiento se dirija contra el culpable, comenzando a correr de nuevo el término de la prescripción desde que se paralice el procedimiento o se termine sin condena".
Si usted es el acuado y no se presenta a jucio sin mediar justa causa, el Juez lo declarará en "busca y captura".
El juicio pude tardar mucho o no en salir, depende de cómo vaya el procedimiento actualmente y de cómo esté de colapsado el juzgado al que se le haya turnado. La mejor manera que tiene de saber cuánto puede tardar el juicio en señalarse no es preguntarlo aquí, sino en el propio Juzgado al funcionario encargado de ese expediente, quien será, sin duda, el que mejor pueda darle un plazo aproximado.
no he preguntado cuanto va a tardar, estoy preguntando si tienen algun tiempo limite para celebrar el juicio.
y ya se que me pondran en busca y captura es logico, pero ahora mismo no estoy en espanya, asi que me gustaria saber si prescribira o no algun dia si no me presento.
si alguien me puede contestar a estas dos preguntas se lo agradecere mucho.
el delito lo cometi en el 2003, estuve en prision preventiva y sali en libertad provisional a la espera de juicio. Fui a hacerme el pasaporte y estuve entrando y saliendo de espanya sin ningun problema. Ahora estoy viviendo fuera ya hace un anyo, y la verdad es que no tengo ningun interes en volver a prision, no es nada agradable, por eso me gustaria saber que opciones hay, o cuanto tiempo tengo que estar desaparecido hasta que prescriba, y asi poder ir a visitar a mi familia.
Tambien me gustaria saber, que puede pasar, si en la causa hay 9 imputados y yo no me presento al juicio, se suspendera hasta que yo aparezca? dictaran sentencia para mi tambien aunque yo no este? nos juzgaran por separado?
El Juez ordenará tu busca y captura mediante Requisitoria.
Transcurrido el plazo fijado en la misma, se te declarará rebelde y se archivarán las actuaciones respecto a ti. A partir de ahí, comenzará a correr el plazo de prescripción.
La causa continúa respecto de los demás imputados, a no ser que el Juez estime la no conveniencia de hacerlo.
Si la pena solicitada no fuere superior a dos años, se dictará Sentencia en tu ausencia; en ese caso, el plazo de prescripción lo sería respecto de la pena, no respecto del delito.