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coacciones y amenazas

15 Comentarios
 
Coacciones y amenazas
24/09/2006 17:54
Me puede explicar alguien lo que es una coacción y dar un ejemplo ilustrativo. Y también me gustaría saber cuál es la diferencia con las amenazas.
24/09/2006 21:49
Leyiami, por lo que puedo leer en el comentado la diferencia radica en el tiempo.
Amenazas.- Es preciso que exista un aplazamiento temporal del mal augurado.
Coacciones.- el mal es inminente y actual.

Aunque la interpretacion en el codigo penal, con tanta terminologia jurista, es de loco, espera otras respuestas, un saludo.
24/09/2006 22:40
..que alguien me recifique si me equivoco.Un ejemplo de coacción sería impedir a una persona coger su moto para irse del lugar.Para impedirlo le pega empujones alejándole de la misma, sin en ningún momento privarle de libertad deambuatoria. Mi pregunta en este caso seria si habria tambien falta de lesiones o esta falta quedaria absorvida por el delito de coacciones...
un abrazo
25/09/2006 00:44

Entiendo que, además de la coacción (que es el hecho de impedir que coja la moto) también habría lesiones.

25/09/2006 11:07
Gracias Judas. No lo acabo de tener claro.Podria tipificar las dos cosas, coacciones y falta de lesiones teniendo que cuenta que las coacciones implican violencia y la falta de lesiones del 617.2 (golpear o maltratar a otro sin causar lesión), són la misma acción? Podria impedirle coger la moto amenazándolo y no con violencia.
Un saludo
25/09/2006 12:05
y por que no.....un 620 coacciones leves....no se yo.....¿que opinais?
25/09/2006 12:11
Aunque judas creo yo, en este caso que si fuese delito de coacciones las lesiones quedaria absorvida por las coacciones, puesto que utilizas un medio para hacer efectivo un fin. no se yo es como si yo te tiro al suelo, con animos de robarte y te sustraigo el bolso, robo con violencia e intimidacion, ¿tu que crees?, saludos XAVA Y JUDAS.
25/09/2006 13:30
¡¡¡Hola!!!

Las lesiones causadas con motivo de una coacción, en mi opinión, han de ser castigadas por separado, y no pueden ser subsumidas en la coacción.

En la coacción se incardian la violencia e intimidación ejercidas; pero todo lo que sobrepase ese límite, deberá ser castigado de forma autónoma.

La vis compulsiva, incluso física, forma parte de la conducta coactiva; lo que exceda de ahí, si es lesión, es delito o falta de lesiones.

Gritar, empujar, etc. forma parte de la coacción; apuñalr, por ejemplo, sobrepasa el contenido de ese delito, que es el ataque a la libertad, configurando uno distinto, contra las personas.

En mi opinión.

¡¡¡Saludos!!!
25/09/2006 13:46
Es decir: todas las acciones que, con motivo de la coacción, ataquen única y exclusivamente la libertad de la víctima, se subsumen en aquélla, forman parte de ella, y serán tenidas en cuenta a la hora de graduar la pena, según su gravedad.

Lo que ya no vulnere la libertad personal, sino la integridad física, configura una infracción autónoma.

A ver si ahora lo he explicado mejor.....
25/09/2006 13:50
!!!! mamma mia ¡¡¡¡, estupendo muchas gracias, pero....si mi animo no es lesionarte, es decir no existe el dolo, si no que impido que te acerques y cojas la moto te empujo y caes al suelo, y te produces una lesion constituida como delito, ....como lo resolvemos...de todas formas sonrisa....con tu ejemplo yo al menos tengo suficiente, un saludo. tio eres la reostia, mu bueno si señor....
25/09/2006 13:55
Supongo que habrá que apreciar dolo eventual
25/09/2006 13:59
dependiendo de la fuerza del empujón, etc
25/09/2006 15:48
gracias a todos. Me queda mas claro. Con lo que dice :) sobre el dolo y las lesiones. En este caso yo me referia que no habia lesiones de delito y que los empujones se los pega para que no se aproxime a la moto. Muy agradecido por todas vuestras respuestas.
A todo esto, un poco de relax.-
Dos amigos que estan en el ascensor y uno le dice a otro: "oye, ¿que te has tirado un pedo?" ; i el otro le responde:"Claro, que te piensas ¿que siempre huelo igual?...(toma vejación injusta de caracter leve).
un salidito
25/09/2006 15:49
....queria decir SALUDITO,je ,je
25/09/2006 19:23

Hala... pues eso... lo que dice :) (si es que no se puede explicar mejor)

Xava, yo me sé otro:

Un amigo le dice a otro:

- Me he comprado un cerdo
- Pero si vives en un piso!!! dónde lo metes???
- Pues debajo de la cama
- Joder!!! y el olor????
- Bah! que se joda

25/09/2006 20:54
...muy bueno.
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Coacciones y amenazas
24/09/2006 17:54
Me puede explicar alguien lo que es una coacción y dar un ejemplo ilustrativo. Y también me gustaría saber cuál es la diferencia con las amenazas.
24/09/2006 21:49
Leyiami, por lo que puedo leer en el comentado la diferencia radica en el tiempo.
Amenazas.- Es preciso que exista un aplazamiento temporal del mal augurado.
Coacciones.- el mal es inminente y actual.

Aunque la interpretacion en el codigo penal, con tanta terminologia jurista, es de loco, espera otras respuestas, un saludo.
24/09/2006 22:40
..que alguien me recifique si me equivoco.Un ejemplo de coacción sería impedir a una persona coger su moto para irse del lugar.Para impedirlo le pega empujones alejándole de la misma, sin en ningún momento privarle de libertad deambuatoria. Mi pregunta en este caso seria si habria tambien falta de lesiones o esta falta quedaria absorvida por el delito de coacciones...
un abrazo
25/09/2006 00:44

Entiendo que, además de la coacción (que es el hecho de impedir que coja la moto) también habría lesiones.

25/09/2006 11:07
Gracias Judas. No lo acabo de tener claro.Podria tipificar las dos cosas, coacciones y falta de lesiones teniendo que cuenta que las coacciones implican violencia y la falta de lesiones del 617.2 (golpear o maltratar a otro sin causar lesión), són la misma acción? Podria impedirle coger la moto amenazándolo y no con violencia.
Un saludo
25/09/2006 12:05
y por que no.....un 620 coacciones leves....no se yo.....¿que opinais?
25/09/2006 12:11
Aunque judas creo yo, en este caso que si fuese delito de coacciones las lesiones quedaria absorvida por las coacciones, puesto que utilizas un medio para hacer efectivo un fin. no se yo es como si yo te tiro al suelo, con animos de robarte y te sustraigo el bolso, robo con violencia e intimidacion, ¿tu que crees?, saludos XAVA Y JUDAS.
25/09/2006 13:30
¡¡¡Hola!!!

Las lesiones causadas con motivo de una coacción, en mi opinión, han de ser castigadas por separado, y no pueden ser subsumidas en la coacción.

En la coacción se incardian la violencia e intimidación ejercidas; pero todo lo que sobrepase ese límite, deberá ser castigado de forma autónoma.

La vis compulsiva, incluso física, forma parte de la conducta coactiva; lo que exceda de ahí, si es lesión, es delito o falta de lesiones.

Gritar, empujar, etc. forma parte de la coacción; apuñalr, por ejemplo, sobrepasa el contenido de ese delito, que es el ataque a la libertad, configurando uno distinto, contra las personas.

En mi opinión.

¡¡¡Saludos!!!
25/09/2006 13:46
Es decir: todas las acciones que, con motivo de la coacción, ataquen única y exclusivamente la libertad de la víctima, se subsumen en aquélla, forman parte de ella, y serán tenidas en cuenta a la hora de graduar la pena, según su gravedad.

Lo que ya no vulnere la libertad personal, sino la integridad física, configura una infracción autónoma.

A ver si ahora lo he explicado mejor.....
25/09/2006 13:50
!!!! mamma mia ¡¡¡¡, estupendo muchas gracias, pero....si mi animo no es lesionarte, es decir no existe el dolo, si no que impido que te acerques y cojas la moto te empujo y caes al suelo, y te produces una lesion constituida como delito, ....como lo resolvemos...de todas formas sonrisa....con tu ejemplo yo al menos tengo suficiente, un saludo. tio eres la reostia, mu bueno si señor....
25/09/2006 13:55
Supongo que habrá que apreciar dolo eventual
25/09/2006 13:59
dependiendo de la fuerza del empujón, etc
25/09/2006 15:48
gracias a todos. Me queda mas claro. Con lo que dice :) sobre el dolo y las lesiones. En este caso yo me referia que no habia lesiones de delito y que los empujones se los pega para que no se aproxime a la moto. Muy agradecido por todas vuestras respuestas.
A todo esto, un poco de relax.-
Dos amigos que estan en el ascensor y uno le dice a otro: "oye, ¿que te has tirado un pedo?" ; i el otro le responde:"Claro, que te piensas ¿que siempre huelo igual?...(toma vejación injusta de caracter leve).
un salidito
25/09/2006 15:49
....queria decir SALUDITO,je ,je
25/09/2006 19:23

Hala... pues eso... lo que dice :) (si es que no se puede explicar mejor)

Xava, yo me sé otro:

Un amigo le dice a otro:

- Me he comprado un cerdo
- Pero si vives en un piso!!! dónde lo metes???
- Pues debajo de la cama
- Joder!!! y el olor????
- Bah! que se joda

25/09/2006 20:54
...muy bueno.