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Certificado de buena conducta

7 Comentarios
 
Certificado de buena conducta
10/08/2007 20:30
Hola, buenas tardes:

Me preguntaba, si me pudierais explicar lo que es un CERTIFICADO DE BUENA CONDUCTA.

-En que consiste.

-Donde se expide.

-Para que se expide.

-Quien lo demanda.

Si pudierais aportar alguna direccion web, donde localizar algun modelo concreto de tal certificado.

Saludos y gracias
12/08/2007 00:59
por ejemplo en el ayuntamiento de alicante entre otros se puede solicitar.

Proceso para la obtención de un informe de convivencia, buena conducta o residencia.
Puede dirigirse a su Junta de Distrito para obtener un Informe de Convivencia o de Residencia.

Para la obtención de un Informe de Buena Conducta debe dirigirse a la Unidad de Certificados de la Policía Local, ubicada en la Calle Don Julián Besteiro 15, (tfno. 965149966). En esta Unidad también podrá obtener los Certificados de Convivencia o de Residencia.

Deberá aportar los siguientes documentos originales:

DNI de todos los implicados, tanto del solicitante, como de los convivientes.
NIE o pasaporte (dentro de los 90 primeros días desde que entró en el país) de todos los implicados, tanto del solicitante, como de los convivientes en caso de no poseer DNI.
Libro de Familia, para los menores que carezcan de documentación personal o quiera hacer constar el parentesco con los mismos.
Para informes de buena conducta se ha de aportar certificado negativo de penales.
NOTA: El documento no se expide en el mismo momento, puesto que precisa de un periodo de observación. Los certificados tienen una vigencia de 90 días.

12/08/2007 10:51
Hola, buenos dias:

Gracias por su respuesta OTELOSOY, los certificados que usted cita, los de CONVIVENCIA Y RESIDENCIA, si los conozco; pero......

En el de buena conducta,..... ¿ se requiere ?:

-Realizar alguna declaracion jurada.

-Preguntar a los vecinos sobre el comportamiento del solicitante.

-¿ Donde se expide el certificado negativo de penales ?

Gracias y saludos.
14/08/2007 10:49
Harry, en cada Ayuntamiento es distinto, por lo que yo sé. En algunos sitios es un impreso que tiene la Policía Local, en otros no depende de la Policía y te lo dan en Secretaría.

Normalmente consiste en una declaración jurada de que no incurres en ninguna de las causas por las que se te puede denegar lo que solicitas (y para lo que te han pedido el certificado).

Si buscas en Goolge "declaración de conducta ciudadana" encontrarás varios modelos de distintos Ayuntamientos. Si no me equivoco, el certificado de conducta en el que un tercero hacía constar que el solicitante "era buena gente" ya no existe (Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana).

En cuanto al certificado de antecedentes penales, antes se compraba el impreso en los estancos, pero ahora hay que bajárselo de internet y remitirlo a Madrid (tienes la información en la web del Ministerio de Justicia)
14/08/2007 12:25
Hola y buenos dias:

¡¡¡¡¡ CHAPEAU !!!!

Gracias RUS, siempre al pie del cañon.

Saludos.
14/08/2007 19:24
Rus, por lo menos en mi ciudad se pueden seguir adquiriendo los certificados de penales en los estancos, que no digo que no tengas razón, sólo que aquí todavía no se habrá aplicado esa nueva práctica. Te agradecería información al respecto.

La verdad es que no estoy muy ducha en "certificados de buena conducta", pero sé que se necesita uno para la adopción internacional, y parece que consiste justo en eso, en preguntarle a los vecinos si eres buena persona. En fin, sin comentarios.

Salvo mejor criterio.
16/08/2007 10:36
No sé qué norma lo regula, pero el estanquero me enseñó una circular por la que a partir del 20 de junio (no estoy segura de la fecha) ellos dejaban de vender los impresos para las últimas voluntades y antecedentes penales.

Para estas dos cosas y los seguros de vida hay que cubrir el modelo 790 que se puede sacar de la web del Ministerio. Se cubre, se paga la tasa correspondiente y la copia sellada se envía al organismo correspondiente con los documentos que se necesitan. Es lo mismo que antes, pero en vez de pagar el impreso y listo, hay que hacer el ingreso en un banco.
10/05/2013 17:47
Hola,
Voy a reavivar éste tema un poco...

Aún se pueden obtener estos certificados? Una amigo que vivió en España del 2002 al 2003 lo necesita. Ahora mismo ella vive en Tobago.

He llamado a la policía local que no sabía ni lo que era, luego ellos hicieron encuestas a la guardia civil y policía nacional y todos le han dicho que eso era de la era de Franco!

¿Aún se puede obtener dicho certificado?

¿De ser posible, dónde se podría obtener en Madrid (Chamberí)?

Gracias por vuestra ayuda,

AG
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Certificado de buena conducta
10/08/2007 20:30
Hola, buenas tardes:

Me preguntaba, si me pudierais explicar lo que es un CERTIFICADO DE BUENA CONDUCTA.

-En que consiste.

-Donde se expide.

-Para que se expide.

-Quien lo demanda.

Si pudierais aportar alguna direccion web, donde localizar algun modelo concreto de tal certificado.

Saludos y gracias
12/08/2007 00:59
por ejemplo en el ayuntamiento de alicante entre otros se puede solicitar.

Proceso para la obtención de un informe de convivencia, buena conducta o residencia.
Puede dirigirse a su Junta de Distrito para obtener un Informe de Convivencia o de Residencia.

Para la obtención de un Informe de Buena Conducta debe dirigirse a la Unidad de Certificados de la Policía Local, ubicada en la Calle Don Julián Besteiro 15, (tfno. 965149966). En esta Unidad también podrá obtener los Certificados de Convivencia o de Residencia.

Deberá aportar los siguientes documentos originales:

DNI de todos los implicados, tanto del solicitante, como de los convivientes.
NIE o pasaporte (dentro de los 90 primeros días desde que entró en el país) de todos los implicados, tanto del solicitante, como de los convivientes en caso de no poseer DNI.
Libro de Familia, para los menores que carezcan de documentación personal o quiera hacer constar el parentesco con los mismos.
Para informes de buena conducta se ha de aportar certificado negativo de penales.
NOTA: El documento no se expide en el mismo momento, puesto que precisa de un periodo de observación. Los certificados tienen una vigencia de 90 días.

12/08/2007 10:51
Hola, buenos dias:

Gracias por su respuesta OTELOSOY, los certificados que usted cita, los de CONVIVENCIA Y RESIDENCIA, si los conozco; pero......

En el de buena conducta,..... ¿ se requiere ?:

-Realizar alguna declaracion jurada.

-Preguntar a los vecinos sobre el comportamiento del solicitante.

-¿ Donde se expide el certificado negativo de penales ?

Gracias y saludos.
14/08/2007 10:49
Harry, en cada Ayuntamiento es distinto, por lo que yo sé. En algunos sitios es un impreso que tiene la Policía Local, en otros no depende de la Policía y te lo dan en Secretaría.

Normalmente consiste en una declaración jurada de que no incurres en ninguna de las causas por las que se te puede denegar lo que solicitas (y para lo que te han pedido el certificado).

Si buscas en Goolge "declaración de conducta ciudadana" encontrarás varios modelos de distintos Ayuntamientos. Si no me equivoco, el certificado de conducta en el que un tercero hacía constar que el solicitante "era buena gente" ya no existe (Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana).

En cuanto al certificado de antecedentes penales, antes se compraba el impreso en los estancos, pero ahora hay que bajárselo de internet y remitirlo a Madrid (tienes la información en la web del Ministerio de Justicia)
14/08/2007 12:25
Hola y buenos dias:

¡¡¡¡¡ CHAPEAU !!!!

Gracias RUS, siempre al pie del cañon.

Saludos.
14/08/2007 19:24
Rus, por lo menos en mi ciudad se pueden seguir adquiriendo los certificados de penales en los estancos, que no digo que no tengas razón, sólo que aquí todavía no se habrá aplicado esa nueva práctica. Te agradecería información al respecto.

La verdad es que no estoy muy ducha en "certificados de buena conducta", pero sé que se necesita uno para la adopción internacional, y parece que consiste justo en eso, en preguntarle a los vecinos si eres buena persona. En fin, sin comentarios.

Salvo mejor criterio.
16/08/2007 10:36
No sé qué norma lo regula, pero el estanquero me enseñó una circular por la que a partir del 20 de junio (no estoy segura de la fecha) ellos dejaban de vender los impresos para las últimas voluntades y antecedentes penales.

Para estas dos cosas y los seguros de vida hay que cubrir el modelo 790 que se puede sacar de la web del Ministerio. Se cubre, se paga la tasa correspondiente y la copia sellada se envía al organismo correspondiente con los documentos que se necesitan. Es lo mismo que antes, pero en vez de pagar el impreso y listo, hay que hacer el ingreso en un banco.
10/05/2013 17:47
Hola,
Voy a reavivar éste tema un poco...

Aún se pueden obtener estos certificados? Una amigo que vivió en España del 2002 al 2003 lo necesita. Ahora mismo ella vive en Tobago.

He llamado a la policía local que no sabía ni lo que era, luego ellos hicieron encuestas a la guardia civil y policía nacional y todos le han dicho que eso era de la era de Franco!

¿Aún se puede obtener dicho certificado?

¿De ser posible, dónde se podría obtener en Madrid (Chamberí)?

Gracias por vuestra ayuda,

AG