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Penas en mitad inferior/superior artº66cp

3 Comentarios
 
Penas en mitad inferior/superior artº66cp
05/05/2009 10:22
Cuando se dice que se aplicará la pena en la mitad inferior/superior a la que fije la ley para el delito que quiere decir exactamente??

y cuando hablan de aplicar la pena superior en grado a la establecida x la ley en su mitad inferior???

cuando los jueces y tribunales apliquen la pena inferior en más de un grado podrán hacerlo en toda su extensión...Que kiere decir en toda su extensión????
05/05/2009 16:09
¿Repasando la parte general, eh?

Pura matemática en este caso.

Cojamos un ejemplo sencillo: art. 240, robo con fuerza en las cosas, la pena es de uno a tres años.

La mitad inferior es de uno a dos años, la mitad superior de dos años y un día a tres años.

La pena superior en grado se calcula según se establece en el artículo 70.

Para el ejemplo propuesto, la superior en grado será de tres años y un día a cuatro años y medio.

La mitad inferior de esa pena estará entre los tres años y un día y los tres años y nueve meses.

En cuanto a la última pregunta, significa que en caso de bajarse un grado por una eximente incompleta y existir también una atenuante, debería aplicarse en la mitad inferior de la pena inferior en un grado. Pero si se bajan dos grados, no tiene por que atenerse a la mitad inferior, sino que puede ponerla en toda su extensión.

Volviendo al ejemplo, robo con eximente incompleta de drogadicción, y atenuante de reparación del daño, por ejemplo.

El juez, según el 66.2 puede bajar uno o dos grados por la eximente incompleta. Si baja uno, como ha apreciado también la atenuante, debería ceñirse a la mitad inferior.

En este caso, la pena inferior en grado, según el art. 70, es de seis meses a un año menos un día.

La mitad inferior de la pena inferior en grado, por lo tanto, será de seis a nueve meses.

En cambio, si considera oportuna la rebaja en dos grados, no tiene por que ceñirse a la mitad inferior de la pena resultante.

En el caso propuesto, la pena inferior en dos grados va de 3 a 6 meses (menos un día). El juez aquí podrá poner la pena que considere oportuna dentro de este tramo, sin tener por que ceñirse a la mitad inferior.

Espero haberlo aclarado.
12/03/2012 13:28
la mitad superior de 1 a 3 años del robo con fuerza es INCORRECTA, son 18 meses, hoy he tenido un juicio y el fiscal ha pedido esa pena.
12/03/2012 16:24
No te creas todo lo que hacen o dicen los fiscales, suelen pifiarla bastante.

El cálculo anterior es el CORRECTO.
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Penas en mitad inferior/superior artº66cp
05/05/2009 10:22
Cuando se dice que se aplicará la pena en la mitad inferior/superior a la que fije la ley para el delito que quiere decir exactamente??

y cuando hablan de aplicar la pena superior en grado a la establecida x la ley en su mitad inferior???

cuando los jueces y tribunales apliquen la pena inferior en más de un grado podrán hacerlo en toda su extensión...Que kiere decir en toda su extensión????
05/05/2009 16:09
¿Repasando la parte general, eh?

Pura matemática en este caso.

Cojamos un ejemplo sencillo: art. 240, robo con fuerza en las cosas, la pena es de uno a tres años.

La mitad inferior es de uno a dos años, la mitad superior de dos años y un día a tres años.

La pena superior en grado se calcula según se establece en el artículo 70.

Para el ejemplo propuesto, la superior en grado será de tres años y un día a cuatro años y medio.

La mitad inferior de esa pena estará entre los tres años y un día y los tres años y nueve meses.

En cuanto a la última pregunta, significa que en caso de bajarse un grado por una eximente incompleta y existir también una atenuante, debería aplicarse en la mitad inferior de la pena inferior en un grado. Pero si se bajan dos grados, no tiene por que atenerse a la mitad inferior, sino que puede ponerla en toda su extensión.

Volviendo al ejemplo, robo con eximente incompleta de drogadicción, y atenuante de reparación del daño, por ejemplo.

El juez, según el 66.2 puede bajar uno o dos grados por la eximente incompleta. Si baja uno, como ha apreciado también la atenuante, debería ceñirse a la mitad inferior.

En este caso, la pena inferior en grado, según el art. 70, es de seis meses a un año menos un día.

La mitad inferior de la pena inferior en grado, por lo tanto, será de seis a nueve meses.

En cambio, si considera oportuna la rebaja en dos grados, no tiene por que ceñirse a la mitad inferior de la pena resultante.

En el caso propuesto, la pena inferior en dos grados va de 3 a 6 meses (menos un día). El juez aquí podrá poner la pena que considere oportuna dentro de este tramo, sin tener por que ceñirse a la mitad inferior.

Espero haberlo aclarado.
12/03/2012 13:28
la mitad superior de 1 a 3 años del robo con fuerza es INCORRECTA, son 18 meses, hoy he tenido un juicio y el fiscal ha pedido esa pena.
12/03/2012 16:24
No te creas todo lo que hacen o dicen los fiscales, suelen pifiarla bastante.

El cálculo anterior es el CORRECTO.