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Autor: hydrocelle |
Fecha: 05/03/2010 |
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Tema: internet, ip y responsabilidad penal |
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Si me mi domicilio tengo un sitema de internet WIFI sin encriptar, o sea, que puede entrar cualquiera sin clave; en caso de delito el la IP de la linea suficiente prueba como para incriminarme en el delito a mi como titular de la misma? ¿Que dice sobre eso el Codigo penal? ¿Existe jurisprudencia al respecto??
Gracias !
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Autor: jalm250 |
Fecha: 05/03/2010 |
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Sobre eso el código penal no dice nada.
¿En qué tipo de delito estás pensando? |
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Autor: hydrocelle |
Fecha: 05/03/2010 |
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Hola jalm250, gracias por contestar.
El delito da igual. Pongamos que amenazas o calumnias, o injurias, o revelación de secreto en, por ejemplo, un foro de internet.
Opino que el titular de la linea no puede controlar quien utiliza el sistema WIFI para conectarse si este es de acceso libre (ciber-café, centros de enseñanza, edificios públicos, etc), por lo tanto creo (correjidme si me equivoco), que no puede tener responsabilidad penal ante la imposibilidad de que se pueda demostrar su culpabilidad. Es por ello que busco casos similares o jurisprudencia al respecto sobre el tema.
Toda información al respecto estará bienvenida.
Gracias
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Autor: Morinelli |
Fecha: 05/03/2010 |
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El tema de la IP es una cuestión de prueba. Por eso también habrá que ver el delito a que te refieres, no puede tratarse como un tema general, habrá de estarse al caso concreto.
Si por ejemplo, alguien del trabajo de tu vecino recibe desde tu IP un mensaje amenazante, si podría tenerse en cuenta que no la tienes encriptada y que tu vecino pudo tener acceso...
En el proceso penal existe lo que se llama prueba indiciaria. Si hay un coche al que acaban de robarle la radio y yo estoy a 100 metros del mismo con una radio en una mochila, claro que puedo decir que me la acabo de encontrar o que me la ha dado otro, pero existen indicios de mi culpabilidad...
De lo contrario, con lo que tú propones yo me hago con un sistema como el tuyo, y siendo la IP libre puedo hartarme de cometer toda clase de delitos por este medio resultando siempre impune... |
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Autor: hydrocelle |
Fecha: 06/03/2010 |
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Ok, entiendo lo que me dices. Centremos entonces:
Yo tengo una autoescuela y desde el IP de la linea de mi autoescuela han vertido en un foro de internet unas calumnias, que están algo relacionadas con mi actividad laboral, pero yo tengo WiFi y no soy capaz de averiguar el autor.
En este caso concreto como abordaríamos el tema de responsabilidad penal?
Gracias de nuevo!
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Autor: hydrocelle |
Fecha: 15/03/2010 |
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Nadie conoce ningún caso similar ni jurisprudencia relativa al caso?
A dónde podría acudir para informarme más detalladamente sobre el tema?
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Autor: hydrocelle |
Fecha: 18/03/2010 |
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nada??, ni una misera página web donde se trate el caso o similar? Asociaciones de cibernautas, etc?
Yo no encuentro nada, pero no soy abogado y tampoco sé muy bien que buscar.
Gracias! |
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