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Autor: mnfg |
Fecha: 02/09/2010 |
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Tema: juicio de faltas |
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Hola,
Tengo una duda muy tontorrona sobre un juicio de faltas. Situación: juicio de faltas por hurto con denuncia (no querella). Voy a Juicio, me ratifico en lo denunciado y el Ministerio Fiscal solicita condena. Me llega la sentencia y posteriormente recurso de apelación de la otra parte. ¿Debo/puedo contestar al recurso o de eso ya se encarga también el Ministerio Fiscal.? En la Providencia donde me notifican el recurso no me indica nada sobre contestar o en qué plazo. ¿Contestará en todo caso el Ministerio Fiscal?
Si debo ir yo ¿tendré que ir con abogado y procurador?
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