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Tráfico. Proceso penal: Solicitar pensión provisional o indemnización por reconocimiento parcial.

2 Comentarios
 
Tráfico. proceso penal: solicitar pensión provisional o indemnización por reconocimiento parcial.
10/11/2007 21:01
Accidente de tráfico. Victima fallecida. Dos hijos. Uno se ellos se aparta del proceso conviniendo con la aseguradora la cuantía "X" en concepto de indemnización. El otro hijo continúa el procedimiento penal sin ceder ante la exigua cantidad ofrecida .
¿Puede este hijo solicitar del Juez pensión (tanto alzado) por la cuantía X al ser ya reconocida por la aseguradora?
¿No operaría esta indemnización mejor como una suerte de reconocimiento parcial?
Ante la extraordinaria lentitud del procedimiento cuál sería el fundamento jurídico para pedir adelanto de la indemnización en esa cuantía X? ¿Reconocimiento extrajudicial a modo de allanamiento parcial? o habría que fundamentar la solicitud en la pensión provisional?
He buscado jurisprudencia mayor y menor y no en mi flamante base de datos no he encontrado nada útil.
Gracias.

11/11/2007 17:10
Creo la pensión provisional solo está prevista para lesionados y no para familiares de fallecidos. La aseguradora podrá consignar la cantidad que estime a fin de que no se devengen los intrs. del art. 20 LCS
11/11/2007 21:36
Gracias, Basti, por tu interés. Cierto que el Artículo 765 LEcr, cuando regula la pensión provisional, indica que es para la víctima, pero añade también " y a las personas que estuvieran a su cargo" Es el caso de los hijos de que hablo. Uno es de un anterior matrimonio (el padre acepto la oferta de la Aseguradora) y el otro de una nueva unión conyugal que continúa el procedimiento penal. (Ambos menores de edad).
Estoy intentado averiguar si se puede solicitar al juez y para el hijo que no aceptó la pequeña cantidad ofrecida por la aseguradora como pensión provisional esa cantidad mínima ya reconocida.
Releyendo ahora el artículo 765, creo que sí se puede emplear esa vía procesal, aunque con algunas dudas. En fin lo haremos y esperaremos a ver que pasa, esla mejor opción.
Gracias de nuevo.
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Tráfico. proceso penal: solicitar pensión provisional o indemnización por reconocimiento parcial.
10/11/2007 21:01
Accidente de tráfico. Victima fallecida. Dos hijos. Uno se ellos se aparta del proceso conviniendo con la aseguradora la cuantía "X" en concepto de indemnización. El otro hijo continúa el procedimiento penal sin ceder ante la exigua cantidad ofrecida .
¿Puede este hijo solicitar del Juez pensión (tanto alzado) por la cuantía X al ser ya reconocida por la aseguradora?
¿No operaría esta indemnización mejor como una suerte de reconocimiento parcial?
Ante la extraordinaria lentitud del procedimiento cuál sería el fundamento jurídico para pedir adelanto de la indemnización en esa cuantía X? ¿Reconocimiento extrajudicial a modo de allanamiento parcial? o habría que fundamentar la solicitud en la pensión provisional?
He buscado jurisprudencia mayor y menor y no en mi flamante base de datos no he encontrado nada útil.
Gracias.

11/11/2007 17:10
Creo la pensión provisional solo está prevista para lesionados y no para familiares de fallecidos. La aseguradora podrá consignar la cantidad que estime a fin de que no se devengen los intrs. del art. 20 LCS
11/11/2007 21:36
Gracias, Basti, por tu interés. Cierto que el Artículo 765 LEcr, cuando regula la pensión provisional, indica que es para la víctima, pero añade también " y a las personas que estuvieran a su cargo" Es el caso de los hijos de que hablo. Uno es de un anterior matrimonio (el padre acepto la oferta de la Aseguradora) y el otro de una nueva unión conyugal que continúa el procedimiento penal. (Ambos menores de edad).
Estoy intentado averiguar si se puede solicitar al juez y para el hijo que no aceptó la pequeña cantidad ofrecida por la aseguradora como pensión provisional esa cantidad mínima ya reconocida.
Releyendo ahora el artículo 765, creo que sí se puede emplear esa vía procesal, aunque con algunas dudas. En fin lo haremos y esperaremos a ver que pasa, esla mejor opción.
Gracias de nuevo.