Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Minuta

14 Comentarios
 
Minuta
15/10/2004 12:31
No sé si será el foro adecuado, pero no encontré otro más acorde para hacer mi pregunta...por lo que pido disculpas por ello.

Agradecería que alguien me pudiera echar un cable.
Mis dudas son acerca de cómo hacer una MINUTA: Me explico:
He realizado varios años de pasantía en dos despachos y en cada uno de ello la hacían de una manera, con el resultado obvio de que yo, a día de hoy, no me aclaro muy bien, y no sé si las hago de manera correcta o no.
Cuando la Norma señala que se aplica el 100% de una de las dos tablas, no hay problema. Mi confusión es cuando por ejemplo la Norma correspondiente señala que se ha de aplicar el 30% (por poner un ejemplo).
¿Alguien tendría la suficiente paciencia como para poder explicármelo?.Cómo si fuera para un principiante, vamos.
Muchas gracias.
18/10/2004 10:53
Desconozco a que Colegio Profesional perteneces, pero con independencia de ello voy a tratar de explicarte como las hago yo y creo que no fallo porque hice la consulta hace ya varios años (aunque solamente llevo nueve de ejercicio).
Pienso que la mejor manera de aclarar la situación es poniendo un ejemplo. Yo pertenezco al Colegio de Valencia y Albacete, por lo que utilizaré las normas del primero para el supuesto.

Supuesto; JUICIO VERBAL sobre recuperación de la plena posesión de finca urbana. Cuantía del procedimiento: 2.000 euros.

La Norma a aplicar (Norma 48) señala que se aplicará el 25 % de la Escala Segunda y como modulo orientador la cantidad de 300 euros.

Por lo tanto, la Minuta sería la siguiente:

- Modulo orientador: 300 €.-

- Tienes que irte a la cuantía de la escala inmediatamente ANTERIOR a la cuantía del procedimiento (en este caso es la que oscila entre 601 euros a 1.200 euros) señalándose como honorarios en la misma 348 euros, pero como hay que aplicarles el 25 % serían: 87 €.-

- El resto hasta los 2.000 que son la cuantía del procedimiento (restarían 800 euros), tienes que acudir a la escala inmediatamente POSTERIOR a la aplicada anteriormente, aplicándole el porcentaje que dicha escala te señale (en este caso 20%), y a la cantidad resultante le tendrías que aplicar posteriormente el 25 %, lo cual nos daría en este caso un resultado de (800 euros al 20%= 160 euros y dicha cantidad al 25%= 40 euros): 40 euros;

CONCLUSION DE MINUTA: 300 € + 87 € + 40 € = 427 euros más el IVA correspondiente.

ESPERO HABERTE AYUDADO.




18/10/2004 17:28
Muchísimas gracias Ernesto por tu ayuda.

Pero ahora tengo una duda: Me has explicado muy bien todos los pasos y quedo tranquila porque mis dudas acerca de como aplicar los porcentajes me aclara que hasta ahora lo hacía bien, pero con una salvedad y es que yo no sumaba a esos
"87 € + 40 € =127 €"
la cantidad de "300 €" (que es el mínimo orientador), sino que al resultar 127 € de la suma anterior y ser menor que 300, estos 300 serían la cantidad a tener en cuenta.
Por el contrario si de la suma saliera una cantidad superior al mínimo, podría cobrar una u otra según mi criterio (siempre añadiendo el IVA).

Espero haberme explicado bien.
Un saludo y espero que leas este mensaje.
21/10/2004 18:41
Te has explicado perfectamente y tienes toda la razón. Dado que en este caso la cantidad que minutada es de 127 y por lo tanto es menor que el modulo orientador, la cantidad a cobrar sería la de 300 euros.
Por el contrario si la cantidad hubiera sido superior al modulo orientador tendrías que haber optado entre una y otra (siempre aparte el IVA).....aunque creo que no hubieras tenido mucho problema en saber cual es la cantidad a elegir....LA MÁS ALTA!!!.

Un saludo. (Si tengo alguna duda jurídica continuaré con el mensaje).
02/12/2004 20:42
Dado que he visto la forma en que Ernesto Fernández ayudó con su respuesta, yo que soy principiante, me gustaria me echen un cable también.
Para la tramitación de un procedimiento pedi la provisión de fondos correspondiente según mi colegio de Abogados.Acabo de recibir mi primera sentencia (que es favorable a mi cliente) en la que
condenan a la parte contraria.
Mi duda es con respecto a la provisión de fondos: ¿debo devolver la provisión a mi cliente?
Gracias
02/12/2004 21:05

HONORARIOS HERENCIA+IMPUESTO SUCESIONES+REORGANIZAR HERENCIA COMO EMPRESA

Os agradecería ayuda para presentar bien una minuta que sé vamos a ir a juicio porque no querrán pagarla sea cual sea la cantidad. Ni he ido a juicio nunca ni aplicado tablas de honorarios nunca, pero esta vez quiero hacerlo para minimizar en lo posible la posibilidad de perder el futuro juicio y los honorarios.
El trabajo que he realizado es en síntesis: asesorar 5 años para reducir o eliminar el Impuesto de Sucesiones y ahora:
-todas las operaciones sucesorias
-preparar la liquidación de Impuesto de Sucesiones
-reorganizar todo el patrimonio de forma distinta al testamento (con acuerdo de todos los herederos) para tributar como herencia de patrimonio empresarial, que en su región significa pagar 0 (cero) en impuestos.

Todo el trabajo se sintetiza en un Cuaderno particional que es al mismo tiempo declaración de Impuesto de Sucesiones y reorganiza la herencia para tributar como patrimonio empresarial.

Si sólo se tratase de partir la herencia, no tendría problema:

Criterio 32. Por la total intervención y asesoramiento hasta finalizar todas las operaciones sucesorias, con redacción del Cuaderno Particional, se aplicará hasta el 30% la Escala, tomando como base el total neto del caudal inventariado.

… pero el grueso del trabajo es de tipo fiscal y de lograr un acuerdo que reorganiza el patrimonio familiar…

¿Puedo hacer una factura por el criterio 32; otra por el Criterio 134. Asesoramiento y representación TRIBUTARIO se aplicará sobre la base imponible un mínimo del 10% y un máximo del 40% y; otra por el Criterio 15. La redacción de contratos y documentos privados, sencillos o sin especial complejidad, cuando conste la cuantía o pueda –de alguna manera- determinarse, se minutará hasta un 30% de la Escala?

Sé positivamente que acabaremos en el juzgado sea cual sea la minuta presentada (siempre lo hace). ¿qué me recomendáis hacer? ¿cómo es mejor presentar los honorarios en la práctica para que un juez no los considere excesivos?

Os agradeceré mucho una respuesta clara,

Juan
10/12/2004 18:14
en principio te diria que si seria posible.ya que una cossa es las operaciones particionales como consecuencia de la aceptacion de herencia y otra distinta los otros servcios profesionales que les has prestado que han de minutarse a parte.
un saludo
10/12/2004 20:39
gracias lucia-teresa. Si alguien tiene un modelo de minuta un poco detallado, le agradecería mucho que me lo enviase. Gracias.
17/12/2004 03:25
me gustaria saber que minuta tengo que cobrar por realizar las gestiones para el trámite de liquidacion del impuesto de sucesiones y la particion hereditaria. el total de los bienes heredados asciende a 90.000 euros. espero que alguien me ayude ya que, todavia soy novato
muchisimas gracias
ramon
20/12/2004 03:15
ramon, si recibes una respuesta, te agradecería la mencionases en el foro. Gracias
20/12/2004 19:09
Dado que he visto la forma en que Ernesto Fernández ayudó con su respuesta, yo que soy principiante, me gustaria me echen un cable también.
Para la tramitación de un procedimiento pedi la provisión de fondos correspondiente según mi colegio de Abogados.Acabo de recibir mi primera sentencia (que es favorable a mi cliente) en la que
condenan a la parte contraria.
Mi duda es con respecto a la provisión de fondos: ¿debo devolver la provisión a mi cliente?
Gracias
30/12/2004 17:28
hola, soy una estudiante de derecho y tengo que entregar una practica en la que me piden hacer un testamento y un cuaderno particional (aparte de 100000 cosas mas), y no se por donde cogerlo porque no encuentro ningún modelo; si alguien pudiera decirme alguna página que me fuera útil (y gratuita porque ya los he encontrado de pago) se lo agradecería. De todas formas, gracias por adelantado.
07/01/2005 08:26
Respecto a Elena te diré que el mejor libro (que te aclarará incluso las dudas que no tengas) es La división Judicial de Patrimonios: Derecho Sustantivo y Procesal, editado por Cuadernos Judiciales, del CGPJ, lo compré hace poco en la Librería Marcial Pons de Madrid, frente al TS y creo que sería un libro de obligada lectura para todo abogado. Por cierto, vale 30 euros.
Respecto a minutas, el ICA Madrid dispone de un CD que contempla todos los Colegios de Abog. de España y que es una maravilla, sólo tienes que poner los datos y a funcionar, de todas formas y respecto a minutas, cada Tribunal hace después lo que quiere en costas: mira las sentencias sobre impugnaciones en cualquier base de datos y verás las sorpresas.
16/01/2005 21:45
elena,

si quieres te envío un cuaderno por email

saludos,

herencias@tob-eur-opa.com
28/01/2005 23:06
Ese CD al que se refiere Lolo es de Lex Tools.

Si quieres ver cómo funciona entra en esta dirección. Es del Colegio de Murcia pero puedes entrar a otros Colegios.

http://herramientas.lextools.net/herramientas/?col=Murcia

Saludos, Zahara.
Minuta | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Minuta

14 Comentarios
 
Minuta
15/10/2004 12:31
No sé si será el foro adecuado, pero no encontré otro más acorde para hacer mi pregunta...por lo que pido disculpas por ello.

Agradecería que alguien me pudiera echar un cable.
Mis dudas son acerca de cómo hacer una MINUTA: Me explico:
He realizado varios años de pasantía en dos despachos y en cada uno de ello la hacían de una manera, con el resultado obvio de que yo, a día de hoy, no me aclaro muy bien, y no sé si las hago de manera correcta o no.
Cuando la Norma señala que se aplica el 100% de una de las dos tablas, no hay problema. Mi confusión es cuando por ejemplo la Norma correspondiente señala que se ha de aplicar el 30% (por poner un ejemplo).
¿Alguien tendría la suficiente paciencia como para poder explicármelo?.Cómo si fuera para un principiante, vamos.
Muchas gracias.
18/10/2004 10:53
Desconozco a que Colegio Profesional perteneces, pero con independencia de ello voy a tratar de explicarte como las hago yo y creo que no fallo porque hice la consulta hace ya varios años (aunque solamente llevo nueve de ejercicio).
Pienso que la mejor manera de aclarar la situación es poniendo un ejemplo. Yo pertenezco al Colegio de Valencia y Albacete, por lo que utilizaré las normas del primero para el supuesto.

Supuesto; JUICIO VERBAL sobre recuperación de la plena posesión de finca urbana. Cuantía del procedimiento: 2.000 euros.

La Norma a aplicar (Norma 48) señala que se aplicará el 25 % de la Escala Segunda y como modulo orientador la cantidad de 300 euros.

Por lo tanto, la Minuta sería la siguiente:

- Modulo orientador: 300 €.-

- Tienes que irte a la cuantía de la escala inmediatamente ANTERIOR a la cuantía del procedimiento (en este caso es la que oscila entre 601 euros a 1.200 euros) señalándose como honorarios en la misma 348 euros, pero como hay que aplicarles el 25 % serían: 87 €.-

- El resto hasta los 2.000 que son la cuantía del procedimiento (restarían 800 euros), tienes que acudir a la escala inmediatamente POSTERIOR a la aplicada anteriormente, aplicándole el porcentaje que dicha escala te señale (en este caso 20%), y a la cantidad resultante le tendrías que aplicar posteriormente el 25 %, lo cual nos daría en este caso un resultado de (800 euros al 20%= 160 euros y dicha cantidad al 25%= 40 euros): 40 euros;

CONCLUSION DE MINUTA: 300 € + 87 € + 40 € = 427 euros más el IVA correspondiente.

ESPERO HABERTE AYUDADO.




18/10/2004 17:28
Muchísimas gracias Ernesto por tu ayuda.

Pero ahora tengo una duda: Me has explicado muy bien todos los pasos y quedo tranquila porque mis dudas acerca de como aplicar los porcentajes me aclara que hasta ahora lo hacía bien, pero con una salvedad y es que yo no sumaba a esos
"87 € + 40 € =127 €"
la cantidad de "300 €" (que es el mínimo orientador), sino que al resultar 127 € de la suma anterior y ser menor que 300, estos 300 serían la cantidad a tener en cuenta.
Por el contrario si de la suma saliera una cantidad superior al mínimo, podría cobrar una u otra según mi criterio (siempre añadiendo el IVA).

Espero haberme explicado bien.
Un saludo y espero que leas este mensaje.
21/10/2004 18:41
Te has explicado perfectamente y tienes toda la razón. Dado que en este caso la cantidad que minutada es de 127 y por lo tanto es menor que el modulo orientador, la cantidad a cobrar sería la de 300 euros.
Por el contrario si la cantidad hubiera sido superior al modulo orientador tendrías que haber optado entre una y otra (siempre aparte el IVA).....aunque creo que no hubieras tenido mucho problema en saber cual es la cantidad a elegir....LA MÁS ALTA!!!.

Un saludo. (Si tengo alguna duda jurídica continuaré con el mensaje).
02/12/2004 20:42
Dado que he visto la forma en que Ernesto Fernández ayudó con su respuesta, yo que soy principiante, me gustaria me echen un cable también.
Para la tramitación de un procedimiento pedi la provisión de fondos correspondiente según mi colegio de Abogados.Acabo de recibir mi primera sentencia (que es favorable a mi cliente) en la que
condenan a la parte contraria.
Mi duda es con respecto a la provisión de fondos: ¿debo devolver la provisión a mi cliente?
Gracias
02/12/2004 21:05

HONORARIOS HERENCIA+IMPUESTO SUCESIONES+REORGANIZAR HERENCIA COMO EMPRESA

Os agradecería ayuda para presentar bien una minuta que sé vamos a ir a juicio porque no querrán pagarla sea cual sea la cantidad. Ni he ido a juicio nunca ni aplicado tablas de honorarios nunca, pero esta vez quiero hacerlo para minimizar en lo posible la posibilidad de perder el futuro juicio y los honorarios.
El trabajo que he realizado es en síntesis: asesorar 5 años para reducir o eliminar el Impuesto de Sucesiones y ahora:
-todas las operaciones sucesorias
-preparar la liquidación de Impuesto de Sucesiones
-reorganizar todo el patrimonio de forma distinta al testamento (con acuerdo de todos los herederos) para tributar como herencia de patrimonio empresarial, que en su región significa pagar 0 (cero) en impuestos.

Todo el trabajo se sintetiza en un Cuaderno particional que es al mismo tiempo declaración de Impuesto de Sucesiones y reorganiza la herencia para tributar como patrimonio empresarial.

Si sólo se tratase de partir la herencia, no tendría problema:

Criterio 32. Por la total intervención y asesoramiento hasta finalizar todas las operaciones sucesorias, con redacción del Cuaderno Particional, se aplicará hasta el 30% la Escala, tomando como base el total neto del caudal inventariado.

… pero el grueso del trabajo es de tipo fiscal y de lograr un acuerdo que reorganiza el patrimonio familiar…

¿Puedo hacer una factura por el criterio 32; otra por el Criterio 134. Asesoramiento y representación TRIBUTARIO se aplicará sobre la base imponible un mínimo del 10% y un máximo del 40% y; otra por el Criterio 15. La redacción de contratos y documentos privados, sencillos o sin especial complejidad, cuando conste la cuantía o pueda –de alguna manera- determinarse, se minutará hasta un 30% de la Escala?

Sé positivamente que acabaremos en el juzgado sea cual sea la minuta presentada (siempre lo hace). ¿qué me recomendáis hacer? ¿cómo es mejor presentar los honorarios en la práctica para que un juez no los considere excesivos?

Os agradeceré mucho una respuesta clara,

Juan
10/12/2004 18:14
en principio te diria que si seria posible.ya que una cossa es las operaciones particionales como consecuencia de la aceptacion de herencia y otra distinta los otros servcios profesionales que les has prestado que han de minutarse a parte.
un saludo
10/12/2004 20:39
gracias lucia-teresa. Si alguien tiene un modelo de minuta un poco detallado, le agradecería mucho que me lo enviase. Gracias.
17/12/2004 03:25
me gustaria saber que minuta tengo que cobrar por realizar las gestiones para el trámite de liquidacion del impuesto de sucesiones y la particion hereditaria. el total de los bienes heredados asciende a 90.000 euros. espero que alguien me ayude ya que, todavia soy novato
muchisimas gracias
ramon
20/12/2004 03:15
ramon, si recibes una respuesta, te agradecería la mencionases en el foro. Gracias
20/12/2004 19:09
Dado que he visto la forma en que Ernesto Fernández ayudó con su respuesta, yo que soy principiante, me gustaria me echen un cable también.
Para la tramitación de un procedimiento pedi la provisión de fondos correspondiente según mi colegio de Abogados.Acabo de recibir mi primera sentencia (que es favorable a mi cliente) en la que
condenan a la parte contraria.
Mi duda es con respecto a la provisión de fondos: ¿debo devolver la provisión a mi cliente?
Gracias
30/12/2004 17:28
hola, soy una estudiante de derecho y tengo que entregar una practica en la que me piden hacer un testamento y un cuaderno particional (aparte de 100000 cosas mas), y no se por donde cogerlo porque no encuentro ningún modelo; si alguien pudiera decirme alguna página que me fuera útil (y gratuita porque ya los he encontrado de pago) se lo agradecería. De todas formas, gracias por adelantado.
07/01/2005 08:26
Respecto a Elena te diré que el mejor libro (que te aclarará incluso las dudas que no tengas) es La división Judicial de Patrimonios: Derecho Sustantivo y Procesal, editado por Cuadernos Judiciales, del CGPJ, lo compré hace poco en la Librería Marcial Pons de Madrid, frente al TS y creo que sería un libro de obligada lectura para todo abogado. Por cierto, vale 30 euros.
Respecto a minutas, el ICA Madrid dispone de un CD que contempla todos los Colegios de Abog. de España y que es una maravilla, sólo tienes que poner los datos y a funcionar, de todas formas y respecto a minutas, cada Tribunal hace después lo que quiere en costas: mira las sentencias sobre impugnaciones en cualquier base de datos y verás las sorpresas.
16/01/2005 21:45
elena,

si quieres te envío un cuaderno por email

saludos,

herencias@tob-eur-opa.com
28/01/2005 23:06
Ese CD al que se refiere Lolo es de Lex Tools.

Si quieres ver cómo funciona entra en esta dirección. Es del Colegio de Murcia pero puedes entrar a otros Colegios.

http://herramientas.lextools.net/herramientas/?col=Murcia

Saludos, Zahara.