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negligencia procurador

7 Comentarios
 
Negligencia procurador
24/02/2010 04:52
Muy buenas, me gustaria saber qué puedo hacer o a qué tengo derecho en el caso que les explico:
En un pleito sobre la titularidad registral de mi vivienda, en el que fui demandado, perdiendo en 1ª instancia, luego tambien en la Adiencia Provincial, llegamos hasta el Supremo donde habia base para la admision, como asi fue, pues bien, llegada la fecha se le notifica al procurador para personarse, éste recoge la notificación, pues así figura en el registro, pero resulta que se le "olvidó" que tenia que presentarse en el Supremo!! Obviamente dieron el tema por cerrado...
Se puede pues presentar una queja en la oficina de att al ciudadano del CGPJ?
Podria haber acciones disciplinarias?
Gracias por su interés.
24/02/2010 13:16
Te recomendaría que, si crees que vale la pena y el daño causado lo merece, presentaras una demanda por daños extracontractuales. Los procuradores seguro que tienen un seguro de responsabilidad civil, como cualquier otro profesional, que le cubrirá contingencias como esa.

24/02/2010 18:53
Mi consecjo es que hables con el procurador, estoy convencido de que reconocerá su culpa porque será evidente y que tiene un seguro de responsabiliad civil para estos casos.
24/02/2010 21:57
taxland, ABQ,

si se archiva una causa en una Audiencia Provincial ¿se puede recurrir al Supremo? ¿o sólo si se da sentencia condenatoria?
25/02/2010 20:23
Gracias por las repuestas.
Obviamente hablamos con el procurador, se lamentó muchisimo, dijo que era el responsable, que su seguro de responsabilidad civil se haria cargo, etc, pero que al no haber una valoracion del daño el seguro cubriria una pequeña cantidad (no más de 3000 €) pero de momento no hay nada.
Y aun asi quisiera saber si hay motivo para una accion disciplinaria por parte del colegio o de algun organo de la Justicia, para una inhabilitación o algo así.
Es que no creo que sea justo que algo tan importante se vaya al traste por una negligencia como esa. Por supuesto que se me ocurre pensar tambien en manos negras o amiguismos. Si yo fuera cercano a la parte contraria y fuera procurador tambien o conociera bien los movimientos procesales seria una manera facil y definitiva de anular un recurso en el Supremo, no?
25/02/2010 21:30
Kinder, no te dejes engañar, por "eso" que te hicieron el seguro cubre muuuchos más euros de lo que te dice ese procura, no hagas caso tampoco de la "valoración del daño" eso son pamplinas, el ha cometido una negligencia por SER TU REPRESENTANTE LEGAL, y punto, la razón de que quieran pagar poco es porque el seguro puede aumentar mucho la cuota a pagar por el Colegio correspondiente, en cuanto a inhabilitar a ese procurador, puedes, presenta con firma de Letrado o con la tuya una denuncia/queja ante su propio Colegio con copia de las spruebas -no originales-, si aún así no te hacen caso -problamente- acude al Colegio REgional de Procuradores y llegado el caso al CG de procuradores de España, la clave estár en insistir -sin obsesionarse- cuando veas que vas en serio pues eso ellos también se lo tomarán en serio, estas cosas no se pueden permitir, en cualquier otro oficio les supondría el despido fulminante, por qué ellos tienen que ser diferentes?

¿Hablas de amiguismo? lo dudas? Yo le llamaría algo más grave...
Salu2 y manténnos informados O.K.?
25/02/2010 21:37
Hola de nuevo Kinder.
Si ni el seguro ni el procurador te han dicho nada, puedes demandarlos. Ahora bien, es cierto que el perjuicio no es muy elevado, porque no tenías el juicio ganado, más bien parece lo contrario. La jurisprudencia habla en estos casos del valor de la pérdida de oportunidad. Comprendo perfectamente tu indignación y tienes derecho a una indemnización, pero no va a ser igual que si hubieras ganado el juicio, porque eso no ha pasado y nunca sabremos si hubiera pasado.
En cuanto a la denuncia al Colegio, puedes hacerla, la tramitarán, le pedirán explicaciones al procurador, las dará y probablemente no va a pasar nada, pues es muy comprensible que cuando mueves cientos de papeles al día, se te pase uno. Si tuviéramos esa vara de medir con los funcionarios, la administración no tendría dinero para pagar tantos olvidos.
26/02/2010 10:34
Richd,

Todos las resoluciones, autos y sentancias son recurribles. Mira los Arts 448 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Un saludo,
negligencia procurador | PorticoLegal
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Negligencia procurador
24/02/2010 04:52
Muy buenas, me gustaria saber qué puedo hacer o a qué tengo derecho en el caso que les explico:
En un pleito sobre la titularidad registral de mi vivienda, en el que fui demandado, perdiendo en 1ª instancia, luego tambien en la Adiencia Provincial, llegamos hasta el Supremo donde habia base para la admision, como asi fue, pues bien, llegada la fecha se le notifica al procurador para personarse, éste recoge la notificación, pues así figura en el registro, pero resulta que se le "olvidó" que tenia que presentarse en el Supremo!! Obviamente dieron el tema por cerrado...
Se puede pues presentar una queja en la oficina de att al ciudadano del CGPJ?
Podria haber acciones disciplinarias?
Gracias por su interés.
24/02/2010 13:16
Te recomendaría que, si crees que vale la pena y el daño causado lo merece, presentaras una demanda por daños extracontractuales. Los procuradores seguro que tienen un seguro de responsabilidad civil, como cualquier otro profesional, que le cubrirá contingencias como esa.

24/02/2010 18:53
Mi consecjo es que hables con el procurador, estoy convencido de que reconocerá su culpa porque será evidente y que tiene un seguro de responsabiliad civil para estos casos.
24/02/2010 21:57
taxland, ABQ,

si se archiva una causa en una Audiencia Provincial ¿se puede recurrir al Supremo? ¿o sólo si se da sentencia condenatoria?
25/02/2010 20:23
Gracias por las repuestas.
Obviamente hablamos con el procurador, se lamentó muchisimo, dijo que era el responsable, que su seguro de responsabilidad civil se haria cargo, etc, pero que al no haber una valoracion del daño el seguro cubriria una pequeña cantidad (no más de 3000 €) pero de momento no hay nada.
Y aun asi quisiera saber si hay motivo para una accion disciplinaria por parte del colegio o de algun organo de la Justicia, para una inhabilitación o algo así.
Es que no creo que sea justo que algo tan importante se vaya al traste por una negligencia como esa. Por supuesto que se me ocurre pensar tambien en manos negras o amiguismos. Si yo fuera cercano a la parte contraria y fuera procurador tambien o conociera bien los movimientos procesales seria una manera facil y definitiva de anular un recurso en el Supremo, no?
25/02/2010 21:30
Kinder, no te dejes engañar, por "eso" que te hicieron el seguro cubre muuuchos más euros de lo que te dice ese procura, no hagas caso tampoco de la "valoración del daño" eso son pamplinas, el ha cometido una negligencia por SER TU REPRESENTANTE LEGAL, y punto, la razón de que quieran pagar poco es porque el seguro puede aumentar mucho la cuota a pagar por el Colegio correspondiente, en cuanto a inhabilitar a ese procurador, puedes, presenta con firma de Letrado o con la tuya una denuncia/queja ante su propio Colegio con copia de las spruebas -no originales-, si aún así no te hacen caso -problamente- acude al Colegio REgional de Procuradores y llegado el caso al CG de procuradores de España, la clave estár en insistir -sin obsesionarse- cuando veas que vas en serio pues eso ellos también se lo tomarán en serio, estas cosas no se pueden permitir, en cualquier otro oficio les supondría el despido fulminante, por qué ellos tienen que ser diferentes?

¿Hablas de amiguismo? lo dudas? Yo le llamaría algo más grave...
Salu2 y manténnos informados O.K.?
25/02/2010 21:37
Hola de nuevo Kinder.
Si ni el seguro ni el procurador te han dicho nada, puedes demandarlos. Ahora bien, es cierto que el perjuicio no es muy elevado, porque no tenías el juicio ganado, más bien parece lo contrario. La jurisprudencia habla en estos casos del valor de la pérdida de oportunidad. Comprendo perfectamente tu indignación y tienes derecho a una indemnización, pero no va a ser igual que si hubieras ganado el juicio, porque eso no ha pasado y nunca sabremos si hubiera pasado.
En cuanto a la denuncia al Colegio, puedes hacerla, la tramitarán, le pedirán explicaciones al procurador, las dará y probablemente no va a pasar nada, pues es muy comprensible que cuando mueves cientos de papeles al día, se te pase uno. Si tuviéramos esa vara de medir con los funcionarios, la administración no tendría dinero para pagar tantos olvidos.
26/02/2010 10:34
Richd,

Todos las resoluciones, autos y sentancias son recurribles. Mira los Arts 448 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Un saludo,