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Planteamos una reclamacion de cuantia inferior a 3000 € por caida de arbol y daños en mi propiedad, en marzo o abril de 2011, antes de la entrada en vigor de la ley de Agilizacion Procesal, habiendo recaido sentencia en enero de 2012 desestimatoria. Podemos recurrir la misma, en virtud de la disposicion transitoria de dicha ley?. Gracias |