Tengo un asunto con una duda que por mas que le doy vueltas mas me lio : el asunto es la validez o no de una junta de propietarios de una comunidad de propietarios que la mayoria son extranjeros y cuya convocatoria para celebracion se efectua en una ciudad de Alemania.
No comprendo bien, lo que ha expuesto Larzack. ¿Dónde está la Comunidad?, ¿en España o en Alemania?. Cuando dice "cuya convocatoria para celebracion se efectua en una ciudad de Alemania", ¿quiere decir que usted recibe la convocatoria desde Alemania, porque allí vive el Presidente?. ¿Dónde se va a celebrar la Junta, en España o en Alemania?.
Perdona Acriton a lo mejor me expresé mal. La comunidad está en España, en Baleares para mas señas. La junta anual ordinaria se ha convocado para su celebración en una ciudad de Alemania , parece ser , con la "razón" de que una mayoría de titulares de las urbanas son de aquella nacionalidad. Gracias por vuestras respuestas.
LPH Art 9 1. Son obligaciones de cada propietario: h) Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el domicilio en España a efectos de citaciones y notificaciones de toda índole relacionadas con la comunidad. En defecto de esta comunicación se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad, surtiendo plenos efectos jurídicos las entregadas al ocupante del mismo.
"domicilio en España". No parece que sea posible realizar la junta en Alemania.