Un inquilino tuvo una avería en el tubo sinfónico de su piso calando a su vez en el local de la peletería de abajo.
Dicho inquilino contaba con un seguro del hogar que ha resultado sólo le cubre el contenido.
No obstante el seguro, parece ser por un error, procedió a la reparación sin contactar con el propietario, arrendador. Una vez se percataron ellos mismos, por parte de la aseguradora, que no estaba cubierto por ese seguro no remataron del todo la reparación pese a quedar subsanada (reconociendo el propio perito que había habido un error al no resultar cubierta a la hora de la verdad).
Es ahora cuando reclaman al propietario unos 5000€ por tal reparación.
El caso es que si esto realmente puede llevarse a cabo y no hay modo, por parte del propietario, de oponerse al pago de esa reclamación que realiza la aseguradora (además recientemente han modificado la póliza por un error en algunos códigos según alegan).
No, ahí empieza el problema en un primer momento se creía cubierto por el seguro del arrendatario por lo que el propietario no hizo seguro a parte. Y procediendo la aseguradora a realizar las reparaciones (no a indemnizar, art. 18LCS) ahora exige el pago al propietario. Todo ello sin consultársele.