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pago al presidente de la comunidad

30 Comentarios
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pago al presidente de la comunidad
09/08/2014 19:31
Desde hace tres años la presidenta (que siempre se presenta voluntaria pues hasta este año q yo también me he prentado no lo hacia nadie) ha puesto la condición de que se la exima de pagar la cuota de la comunidad como pago por los servicio que conlleva el cargo , en la junta eramos cuatro propietarios, la presidenta y 12 autorizaciones de propietarios ausentes q a la hora de darle la autorización no sabían q se iba a presentar otro propietario para el puesto de presidente sin cobrar ( son casi 600 euros al año ).
Es legal el cobro?
Hay alguna manera de no tener q pagar, me puedo negar ?
El dinero que le pagamos ni siquiera lo declara, como deberia reflejarse en el acta para hacerlo legal si no queda otro remedio.
MUCHAS GRACIAS.
10/08/2014 14:40
Se lo pongo sencillísimo, el presidente no puede recibir dinero porque es una responsabilidad voluntaria y obligada.
Si su reclamación va por un camino, tiene meses incluso años para hacer justicia; incluso como están las cosas de juzgado ,si lo promueve hay pocas posibilidades que se haga justicia.
El otro conducto es fulminante, notifique a la agencia tributaria el caso, previo plazo a la comunidad, el resto es fulminante, tengo experiencia....
10/08/2014 18:18
Muchísimas gracias por su respuesta damaot.
un saludo, nines123
11/08/2014 13:14
¿Sabe si esos 6.000 €, aparecen reflejados, en las cuentas de la comunidad y en el presupuesto anual?.
De ser así, en la próxima Junta General anual, vote en contra a las cuentas y al presupuesto. Diga que reflejen su voto en contra en el acta y que salva el voto.
A continuación, impugne esos dos acuerdos en el juzgado, dentro de los 3 meses de celebración de la Junta.
11/08/2014 16:31
En las cuentas bienen reflejados los 600 euros anuales q le pagamos al presidente como indemnización. Acabamos de tener la reunion anual ahora el dia 09/08/2014, yo he votado no conforme con el pago a la presidenta; pero a las cuentas presentadas no he puesto objeción al no saber que debía hacerlo si no estaba de acuerdo en relación al cobro de la presidenta. Puedo hacer algo todavía?
Muchas gracias por vuestro interés, un saludo.
Nines
11/08/2014 17:55
Ya no. Han aprobado las cuentas y no se puede hacer nada.
11/08/2014 18:11
Muchas gracias, lo tendré en cuenta la proxima junta.
Un saludo.
Nines
13/08/2014 19:29
Para nines123:

Es al presupuesto anual, al que tenía que haber votado que no y salvar el voto, para después impugnar.
14/08/2014 09:20
Yo he votado q no tanto en las cuentas como q se le vuelva a pagar esos 600 euros, y si no me queda mas remedio q pagarlos q se reflejen no como indemnizacion si no como un pago de la comunidad al presidente con su iva y todo.
14/08/2014 09:34
No se como lo reflejara en el acta el administrador este año el pago; pero la presidenta estuvo cuchicheando sobre el asunto con el.
Tengo plazo para iniciar acciones? pues el acta me dijo el administrador q hasta septiembre o mas, no nos llegaria y en lo referente al pago del presidente tambien me dijo q habia jurisprudencia en la comunidad de Alicante ( esta comunidad de propietarios somos de allí ) y ademas una modificacion de la Ley en junio o julio de 2013. Es cierto?
Muchas gracias a todos po contestarme. Un saludo
Nines
14/08/2014 11:26
¿En que fecha fue la Junta?.
Debe consultarlo con un abogado, la posibilidad de impugnar el acuerdo.
El plazo sería de 3 meses, desde la celebración de la Junta.
14/08/2014 16:48
La fecha ha sido el 09/08/2014.
Gracias por sus respuestas.
Nines
18/08/2014 10:26
¿Que problema le causa a usted que este presidente cobre por esa labor?
18/08/2014 15:35
A parte del desenvolso económico
creo que si una persona se presenta de presidente voluntariamente ha de hacerlo de forma altruista (mas cuando se ha presentado otra persona al cargo sin cobrar) y no con la prepotencia de que como tiene la camarilla de amigos en el edificio que le dan su autorizacion en las juntas y comulgan con todo lo que a ella (presidenta) le interesa , los demás vecinos al ser minoria nos tenemos que aguantar.
Creo que el desembolso economico seria suficiente ya que se le esta pagando a una persona por no hacer nada ; pue ha estado estropeado un pulsador de la luz de la escalera un año hasta que llegue de vaciones de un año a otro y se lo dije al administrador, la contestacion de la presidenta es que ella no es criada de nadie que el pulsador está en el primero y ella vive en el cuarto. (a lo mejor estoy equivocada pero una persona que quiere cobrar por un trabajo que es como yo lo veo debe por lo menos hacerlo bien).
Gracias. Un saludo
Nines



19/08/2014 18:23
Lo primero decirle que no soy partidario que un presidente que realice las funciones de secretario-administrador cobre por esta labor, pero no obstante si le digo que esto es una democracia y por tanto mandan las mayorias nos gusten o no. Si ese propietario tiene la confianza mayoritaria de sus vecinos y estos le aceptan que por su labor cobre por ello no le veo mayor problema. Tenga en cuenta que en lo mismo ocurriria ante un administrador profesional, el gasto es similar. Pienso que si ese presidente hace las cosas bien y por lo que veo tiene un respaldo importante de sus vecinos es lo importante. Sobre si declara o no lo que percibe, le digo que entramos en un tema personal. Debe hacerlo, pero quién soy yo para meterme en la declaración de la renta de los demás, y por qué pensamos que no lo hace. Reitero mi postura y es que lo importante lo haga bien, si no lo hace hay que censurarselo, y hasta reprocharselo llegado el caso pero no creo que el problema sea el cobrar o no combrar. Le ley ya determina que los gastos que se ocasionen a los órganos de gobierno hay que resarcirlos, gastos de movil, papel, tinta, tiempo, etc... y si la comunidad lo acepta no lo puedo censurar, y le repito que, no soy partidario de ello, pero quién soy yo para reprocharlo cuando una importante mayoria así lo quiere.
19/08/2014 18:48
Un matiz, si cobra debe hacerlo con su correspondiente factura (más IVA y menos la retención a cuenta del IRPF), para lo que debe darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Es la LEY (de IVA y de IRPF), guste o no.

Y a la comunidad SI LE INCUMBE. Ante una inspección, puede ser sancionada por tener gastos sin factura y sin iva, y por no efectuar la retención obligatoria a profesionales.
19/08/2014 20:01
Que viene el lobo.
Sobre las inspecciones de hacienda. Vamos a ver, qué inspecciones hace Hacienda a la comunidades de vecinos, alguien conoce alguna. No. Estamos las amenazas de Hacienda y Hacienda no se va a meter en temas de ninguna importancia y menos cuando son de 1000 euros, seamos sensatos. Además eso es facil de justificar, gasto admnistrativos, folios, sellos, facturas taxis, bus, tinta, etc... Hacienda no se mete en esas nimiedades, siempre estamos en que se declare, y también que declare el mendigo que está en la puerta de Mercadona lo que recibe de la gente de buena voluntad (arroz, aceite, leche, etc...) dejémonos de pequeñeces que el país está lleno de chorizos robando millones de euros y no les pasa nada. Que no, que el lobo no viene, porque no hay lobo, el lobo lo inventamos nosotros. ¿Cuántos inspectores de Hacienda hay por las calles mirando las liquidaciones de las comunidades? De haberlos, los administradores, todos, estarían en la cárcel. A ver si es verdad y los ponen.
20/08/2014 13:25
Sobre chorizos, de acuerdo; sobre el resto,nada de nada; ? y que le parece a usted que una comunidad de propietarios con chorizos por doquier, conviene un gasto de color negro y en cinco años ha opacidad fiscal de 300.000 euros¿
Estos guarros que lo hacen, piden para sus hijos, escuelas,becas,seguridad Social, carreteras... todo por la puta cara y luego roban como bellacos al fisco pero en el camino se quedan en sus bolsillos el dinero de sus compañeros de portal.... este es el germen monumental donde hemos llegado en éste país.
20/08/2014 16:12
Me pareceria bien que cobrase si realmente hiciese un servicio a la comunidad ; pero en realidad ha quien se lo hace es a los 10 o 12 vecinos de los cuales tiene el respaldo pues es de los que tiene las llaves y les alquila y limpia los apartamentos y las plazas de garaje tambien cobrando. Tiene un negocio bien montado.
Además tenemos administrador que le pagamos una minuta anualmente aparte de los folios, las fotocopias, etc. Y es el profesional al que acdimos cuando tenemos un problema pues si llamamos a la pesidenta eso es lo que hace, pero cobrandonos la llamada a la comunidad.
Seguís pensando que se le debe pagar por ser presidenta de la comunidad?
Gracias. Un saludo
Nines



20/08/2014 18:14
Seguís pensando que se le debe pagar por ser presidenta de la comunidad?
Mi opinión, un NO rotundo.

Para Fontanero. He escrito lo que dicen las leyes en vigor. A partir de ahí, cada cual que haga lo que quiera. Si aplicamos su lógica todos los "pequeños" negocios exentos de pagar impuestos, total, no tienen importancia. Por ejemplo, los famosos administradores, en una comunidad de 150-200 euros mensuales de honorarios, es poca cosa, que no paguen, etc. etc.
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09/08/2014 19:31
Desde hace tres años la presidenta (que siempre se presenta voluntaria pues hasta este año q yo también me he prentado no lo hacia nadie) ha puesto la condición de que se la exima de pagar la cuota de la comunidad como pago por los servicio que conlleva el cargo , en la junta eramos cuatro propietarios, la presidenta y 12 autorizaciones de propietarios ausentes q a la hora de darle la autorización no sabían q se iba a presentar otro propietario para el puesto de presidente sin cobrar ( son casi 600 euros al año ).
Es legal el cobro?
Hay alguna manera de no tener q pagar, me puedo negar ?
El dinero que le pagamos ni siquiera lo declara, como deberia reflejarse en el acta para hacerlo legal si no queda otro remedio.
MUCHAS GRACIAS.
10/08/2014 14:40
Se lo pongo sencillísimo, el presidente no puede recibir dinero porque es una responsabilidad voluntaria y obligada.
Si su reclamación va por un camino, tiene meses incluso años para hacer justicia; incluso como están las cosas de juzgado ,si lo promueve hay pocas posibilidades que se haga justicia.
El otro conducto es fulminante, notifique a la agencia tributaria el caso, previo plazo a la comunidad, el resto es fulminante, tengo experiencia....
10/08/2014 18:18
Muchísimas gracias por su respuesta damaot.
un saludo, nines123
11/08/2014 13:14
¿Sabe si esos 6.000 €, aparecen reflejados, en las cuentas de la comunidad y en el presupuesto anual?.
De ser así, en la próxima Junta General anual, vote en contra a las cuentas y al presupuesto. Diga que reflejen su voto en contra en el acta y que salva el voto.
A continuación, impugne esos dos acuerdos en el juzgado, dentro de los 3 meses de celebración de la Junta.
11/08/2014 16:31
En las cuentas bienen reflejados los 600 euros anuales q le pagamos al presidente como indemnización. Acabamos de tener la reunion anual ahora el dia 09/08/2014, yo he votado no conforme con el pago a la presidenta; pero a las cuentas presentadas no he puesto objeción al no saber que debía hacerlo si no estaba de acuerdo en relación al cobro de la presidenta. Puedo hacer algo todavía?
Muchas gracias por vuestro interés, un saludo.
Nines
11/08/2014 17:55
Ya no. Han aprobado las cuentas y no se puede hacer nada.
11/08/2014 18:11
Muchas gracias, lo tendré en cuenta la proxima junta.
Un saludo.
Nines
13/08/2014 19:29
Para nines123:

Es al presupuesto anual, al que tenía que haber votado que no y salvar el voto, para después impugnar.
14/08/2014 09:20
Yo he votado q no tanto en las cuentas como q se le vuelva a pagar esos 600 euros, y si no me queda mas remedio q pagarlos q se reflejen no como indemnizacion si no como un pago de la comunidad al presidente con su iva y todo.
14/08/2014 09:34
No se como lo reflejara en el acta el administrador este año el pago; pero la presidenta estuvo cuchicheando sobre el asunto con el.
Tengo plazo para iniciar acciones? pues el acta me dijo el administrador q hasta septiembre o mas, no nos llegaria y en lo referente al pago del presidente tambien me dijo q habia jurisprudencia en la comunidad de Alicante ( esta comunidad de propietarios somos de allí ) y ademas una modificacion de la Ley en junio o julio de 2013. Es cierto?
Muchas gracias a todos po contestarme. Un saludo
Nines
14/08/2014 11:26
¿En que fecha fue la Junta?.
Debe consultarlo con un abogado, la posibilidad de impugnar el acuerdo.
El plazo sería de 3 meses, desde la celebración de la Junta.
14/08/2014 16:48
La fecha ha sido el 09/08/2014.
Gracias por sus respuestas.
Nines
18/08/2014 10:26
¿Que problema le causa a usted que este presidente cobre por esa labor?
18/08/2014 15:35
A parte del desenvolso económico
creo que si una persona se presenta de presidente voluntariamente ha de hacerlo de forma altruista (mas cuando se ha presentado otra persona al cargo sin cobrar) y no con la prepotencia de que como tiene la camarilla de amigos en el edificio que le dan su autorizacion en las juntas y comulgan con todo lo que a ella (presidenta) le interesa , los demás vecinos al ser minoria nos tenemos que aguantar.
Creo que el desembolso economico seria suficiente ya que se le esta pagando a una persona por no hacer nada ; pue ha estado estropeado un pulsador de la luz de la escalera un año hasta que llegue de vaciones de un año a otro y se lo dije al administrador, la contestacion de la presidenta es que ella no es criada de nadie que el pulsador está en el primero y ella vive en el cuarto. (a lo mejor estoy equivocada pero una persona que quiere cobrar por un trabajo que es como yo lo veo debe por lo menos hacerlo bien).
Gracias. Un saludo
Nines



19/08/2014 18:23
Lo primero decirle que no soy partidario que un presidente que realice las funciones de secretario-administrador cobre por esta labor, pero no obstante si le digo que esto es una democracia y por tanto mandan las mayorias nos gusten o no. Si ese propietario tiene la confianza mayoritaria de sus vecinos y estos le aceptan que por su labor cobre por ello no le veo mayor problema. Tenga en cuenta que en lo mismo ocurriria ante un administrador profesional, el gasto es similar. Pienso que si ese presidente hace las cosas bien y por lo que veo tiene un respaldo importante de sus vecinos es lo importante. Sobre si declara o no lo que percibe, le digo que entramos en un tema personal. Debe hacerlo, pero quién soy yo para meterme en la declaración de la renta de los demás, y por qué pensamos que no lo hace. Reitero mi postura y es que lo importante lo haga bien, si no lo hace hay que censurarselo, y hasta reprocharselo llegado el caso pero no creo que el problema sea el cobrar o no combrar. Le ley ya determina que los gastos que se ocasionen a los órganos de gobierno hay que resarcirlos, gastos de movil, papel, tinta, tiempo, etc... y si la comunidad lo acepta no lo puedo censurar, y le repito que, no soy partidario de ello, pero quién soy yo para reprocharlo cuando una importante mayoria así lo quiere.
19/08/2014 18:48
Un matiz, si cobra debe hacerlo con su correspondiente factura (más IVA y menos la retención a cuenta del IRPF), para lo que debe darse de alta en Hacienda y en la Seguridad Social. Es la LEY (de IVA y de IRPF), guste o no.

Y a la comunidad SI LE INCUMBE. Ante una inspección, puede ser sancionada por tener gastos sin factura y sin iva, y por no efectuar la retención obligatoria a profesionales.
19/08/2014 20:01
Que viene el lobo.
Sobre las inspecciones de hacienda. Vamos a ver, qué inspecciones hace Hacienda a la comunidades de vecinos, alguien conoce alguna. No. Estamos las amenazas de Hacienda y Hacienda no se va a meter en temas de ninguna importancia y menos cuando son de 1000 euros, seamos sensatos. Además eso es facil de justificar, gasto admnistrativos, folios, sellos, facturas taxis, bus, tinta, etc... Hacienda no se mete en esas nimiedades, siempre estamos en que se declare, y también que declare el mendigo que está en la puerta de Mercadona lo que recibe de la gente de buena voluntad (arroz, aceite, leche, etc...) dejémonos de pequeñeces que el país está lleno de chorizos robando millones de euros y no les pasa nada. Que no, que el lobo no viene, porque no hay lobo, el lobo lo inventamos nosotros. ¿Cuántos inspectores de Hacienda hay por las calles mirando las liquidaciones de las comunidades? De haberlos, los administradores, todos, estarían en la cárcel. A ver si es verdad y los ponen.
20/08/2014 13:25
Sobre chorizos, de acuerdo; sobre el resto,nada de nada; ? y que le parece a usted que una comunidad de propietarios con chorizos por doquier, conviene un gasto de color negro y en cinco años ha opacidad fiscal de 300.000 euros¿
Estos guarros que lo hacen, piden para sus hijos, escuelas,becas,seguridad Social, carreteras... todo por la puta cara y luego roban como bellacos al fisco pero en el camino se quedan en sus bolsillos el dinero de sus compañeros de portal.... este es el germen monumental donde hemos llegado en éste país.
20/08/2014 16:12
Me pareceria bien que cobrase si realmente hiciese un servicio a la comunidad ; pero en realidad ha quien se lo hace es a los 10 o 12 vecinos de los cuales tiene el respaldo pues es de los que tiene las llaves y les alquila y limpia los apartamentos y las plazas de garaje tambien cobrando. Tiene un negocio bien montado.
Además tenemos administrador que le pagamos una minuta anualmente aparte de los folios, las fotocopias, etc. Y es el profesional al que acdimos cuando tenemos un problema pues si llamamos a la pesidenta eso es lo que hace, pero cobrandonos la llamada a la comunidad.
Seguís pensando que se le debe pagar por ser presidenta de la comunidad?
Gracias. Un saludo
Nines



20/08/2014 18:14
Seguís pensando que se le debe pagar por ser presidenta de la comunidad?
Mi opinión, un NO rotundo.

Para Fontanero. He escrito lo que dicen las leyes en vigor. A partir de ahí, cada cual que haga lo que quiera. Si aplicamos su lógica todos los "pequeños" negocios exentos de pagar impuestos, total, no tienen importancia. Por ejemplo, los famosos administradores, en una comunidad de 150-200 euros mensuales de honorarios, es poca cosa, que no paguen, etc. etc.